VISTO Y CONSIDERANDO:Que Caperucita no desconocía
que atravesando el bosque podía encontrarse con el Lobo.
Que tampoco era ajena al hambre del Lobo, ni a los peligros del lugar.
Que si le hubiera ofrecido la cesta de la merienda
para que el Lobo calme su hambre,
no habrían sucedido los sucesos referidos “ut supra”.
Que el Lobo no ataca a Caperucita de inmediato,
y que hay evidencia de que primero establece un amigable dialogo con ella.
Que es Caperucita quien le de la pistas al Lobo
y le señala el camino de la casa de la abuelita.
Que la anciana es inimputable ya que confunde a su nieta con el Lobo,
por lo cual queda establecido mediante pericias sicológicas realizadas
por ambas partes, que la anciana posee principios de demencia senil.
Que cuando Caperucita llega y el Lobo está en la cama con la ropa de la abuela,
Caperucita no demuestra gestos de alarma..
Que el hecho de que Caperucita confunda al Lobo
con la abuelita demuestra lo poco que iba a visitar a la anciana,
hecho que tipificaría un “abandono de persona”
por parte de la joven Caperucita.
Imputación esta que se resolverá con ulterioridad a la presente causa.
Que el Lobo, con preguntas simples y directas,
intenta desesperadamente alertar a Caperucita sobre su posible conducta.
Que cuando el Lobo, que ya no sabe que mas hacer para ponerla sobre aviso,
finalmente se come a Caperucita, es porque no le queda otra alternativa.
Que es altamente posible , dadas las pruebas de ADN certificadas por el INDEC,
que antes del llamado”ataque feroz del Lobo”,
Caperucita hiciera el amor con el de mutuo acuerdo y además lo disfrutara… y mucho….
Que la versión de que Caperucita, cuando oye la pregunta del Lobo:
¿Adonde vas?, responde: “A bañarme desnuda en el río”;
fue cobrando fuerza con el correr de los días y las declaraciones vertidas por testigos indirectos.
Que se desprende del punto anterior que es Caperucita
la que provoca los mas bajos instintos,
brutales y depredadores, en la pobre fiera.
Que el Lobo ataca, pero tal hecho corresponde
a su propia naturaleza e instinto natural y animal,
exacerbados por la conducta inapropiada de la susodicha Caperucita.
Que, párrafo aparte merece la conducta de la progenitora de Caperucita,
quien exhibe culpabilidad con su accionar imprudente al no acompañar a su hija
y negligente al no llenar la canasta con comida “apetecible al Lobo”,
lo cual agrava su situación procesal,
habida cuenta de que llenó la cansta con pavadas,
ya que eran para alimentar a su suegra.
Por todo lo expuesto, RESUELVO:
Revocar el fallo de Cámara, absolviendo de culpa y cargo
al Señor Lobo Feroz cuyos demás datos constan en autos disponiendo además,
lo siguiente:
Apercibir a la familia de la Señorita Caperucita Roja,
imponiendo a la abuela presentarse en hospital a designar, para su observación gerontológica.
Apercibir a la madre de la mencionada Caperucita
para que cumpla correctamente con sus deberes maternos,
a modo ejemplificador ante la sociedad y para que estos hechos no se repitan.
A Caperucita se le impone la realización
de trabajos comunitarios en el Zoologico local
en los hábitats de leones, tigres, pumas, lobos,
monos y demás bichos que que conozca acabadamente la naturaleza
y el instinto animal.
Aclarase asimismo, que este proceso no afecta el buen nombre
y honor del Señor Lobo Feroz, el cual queda debidamente
libre de culpa y cargo en este caso, quedando a su criterio
y voluntad iniciar acciones legales contra Caperucita,
la abuela, la madre y el resto de la familia, por injurias,
calumnias, daños y perjuicios morales a su persona.
Publiquese, archivese y tengase por firme el presente fallo.
Será Justicia.