El PP ha abierto un poco más el coladero de los pecados urbanísticos del litoral y avanza en la privatización de la costa española. Una enmienda a la nueva Ley de Costas reduce en la práctica la zona de litoral protegido de 100 a 20 metros, por lo que las viviendas que se sitúan en esos 80 metros de diferencia pasarán de estar sometidas a controles muy estrictos para hacer obras o cambios en su estructura, a tener todos los parabienes para hacer obras cumpliendo la normativa de ayuntamientos y comunidades autónomas.
Para entrar en este nuevo saco de regularización, las viviendas deben cumplir uno de estos requisitos: tener acceso rodado, abastecimiento de agua, evacuación de aguas residuales y suministro de energía eléctrica. O bien, estar “en áreas consolidadas por la edificación, al menos en un tercio de su superficie”.
En el Ministerio de Medio Ambiente explican que este cambio responde a las reclamaciones de Canarias y Galicia, y pretende resolver la situación de los núcleos de población preexistentes a la Ley de Costas de 1988, que no tenían entonces la calificación de suelo urbano, pero cumplían con alguno de los requisitos que se establecen en la enmienda. En estos casos, la servidumbre de protección pasará de 100 metros a 20 metros. “Esto quiere decir que en los 80 metros de diferencia, desde la perspectiva de la Ley de Costas, no habrá prohibición para edificar”, explican fuentes de Medio Ambiente, aunque aseguran que no se podrá hacer obra nueva, ni aumentar la edificabilidad.
Los ayuntamientos beneficiarios deberán solicitarlo en el plazo de tres meses desde la aprobación de la norma y el trámite terminará en dos años. Si Medio Ambiente no ha respondido a los 18 meses, se entenderá que su informe es favorable.
“Es un coladero, legaliza todos los incumplimientos”, consideraFernando Palao, exsecretario de Estado con el PSOE y redactor de la Ley de Costas vigente desde 1988. Palao cree que solo quedarán fuera de esta criba las zonas en las que haya alguna casa solitaria. “El problema es cómo se va a aplicar todo eso”, se cuestiona.
La servidumbre de protección de 20 metros era una circunstancia excepcional hasta ahora. Para el abogado José Ortega, presidente de la Plataforma de Afectados por la Ley de Costas el mayor problema para desproteger estas zonas se generará cuando llegue a la hora de calcular la superficie consolidada de esas áreas. “No se delimita sobre qué superficie se va a calcular”, subraya.
La propuesta del PP forma parte de las 184 enmiendas a la reforma, bautizada Proyecto de Ley de Protección y uso sostenible del litoral, que se debatirán este mes en el Senado. En el barrio Ojos de Garza, en Telde (Gran Canaria), confían en que el cambio al menos les permita ganar tiempo. En este núcleo tienen 21 órdenes de demolición y hay otras 30 viviendas que también podrían recibirla por invadir suelo de dominio público. “La enmienda no se refiere a núcleos con riesgo de demolición. Se trata de núcleos que existen legalmente desde antes de 1988, se encuentran fuera de dominio público y tienen dueños”, precisan en Medio Ambiente.
María Rosa de Haro, senadora del PP por La Palma, aseguró el viernes durante un debate en el Parlamento canario, que esta enmienda, la 182, flexibiliza la servidumbre pública para aquellas zonas que demuestran que cuentan con servicios urbanos. Durante la mesa redonda aportaron las cifras de este problema en las islas: 1.872 casas en dominio público distribuidas en 72 núcleos.
La nueva ley, polémica porque salva de la destrucción unas 10.000 viviendas repartidas en diez núcleos, también incorporará previsiblemente dos nuevos barrios amnistiados: Moaña (Pontevedra), con unos 200 afectados, y Xilxes (Castellón). Ese municipio, con 96 viviendas pendientes de consolidar, se había contemplado en el borrador, pero terminó cayendo de la lista.
Entre las modificaciones, el PP también ha incluido una serie de medidas que contemplan los efectos del cambio climático. Entre ellas está la posibilidad de extinguir el derecho de ocupación de propiedades en riesgo de ser alcanzadas por el mar mediante la declaración de situación de “regresión grave”. Esta condición la determinaría una Orden Ministerial y se publicará en el Boletín Oficial del Estado. También se fija la obligación de los adjudicatarios de cumplir con los requerimientos para adaptarse a la subida del nivel del mar, los cambios en la dirección del oleaje u otros aspectos del cambio climático y que los propietarios de terrenos “amenazados por la invasión del mar o las arenas de las playas”, puedan construir obras de defensa.