Los magistrados consideran que este tipo de medidas legitiman "la conducta de quienes, de forma insolidaria, incumplieron su deber de tributar de acuerdo con su capacidad económica".
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad declarar inconstitucional la amnistía fiscal aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy de 2012. Así, los magistrados admiten el recurso presentado por el Grupo Socialista del Congreso, que sostenía que la amnistía vulneraba el principio de igualdad de los españoles.
En cualquier caso, la anulación se ha producido porque el tribunal considera que se vulneró el art. 86.1 de la Constitución, que prohíbe el uso de la vía urgente del decreto-ley cuando las medidas aprobadas afecten "de forma relevante o sustancial" a los deberes consagrados en la Constitución, como es el caso del "deber constitucional de 'todos' de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos".
Sin embargo, en virtud del principio de seguridad jurídica, el Tribunal limita el alcance de su decisión, ya que la nulidad de la norma no afecta a los expedientes de los contribuyentes del IRPF y del Impuesto de Sociedades que aprovecharon el decreto-ley para regularizar su situación con Hacienda, tributando el dinero aflorado al 10%; es decir, sin ningún tipo de recargo o sanción.
La sentencia además advierte de que la adopción de medidas que, "en lugar de servir a la lucha contra el fraude fiscal, se aprovechan del mismo so pretexto de la obtención de unos ingresos que se consideran imprescindibles ante un escenario de grave crisis económica, supone la abdicación del Estado ante su obligación de hacer efectivo el deber de todos de concurrir al sostenimiento de los gastos públicos".