Página principal  |  Contacto  

Correo electrónico:

Contraseña:

Registrarse ahora!

¿Has olvidado tu contraseña?

CUBA POR SIEMPRE CUBA
 
Novedades
  Únete ahora
  Panel de mensajes 
  Galería de imágenes 
 Archivos y documentos 
 Encuestas y Test 
  Lista de Participantes
 
 
  Herramientas
 
COLOMBIA: Reformas al reglamento en PH
Elegir otro panel de mensajes
Tema anterior  Tema siguiente
Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: Ruben1919  (Mensaje original) Enviado: 12/11/2018 23:27

87. a. Las reformas a los estatutos en P.H., son muy costosos, ¿cuándo se debe reformar los estatutos y más o menos cuánto valen?

R/ Pues a mi parecer ni tanto, lo que más vale es la asesoría técnica y profesional a que haya lugar de abogado y peritos expertos cuando haya lugar como mediciones, avalúos, recalculo de coeficientes, alinderamientos, etc.

Habrá lugar cuando las circunstancias lo exijan, cuando se requiera modificar la copropiedad, hacer una desafectación, corregir coeficientes, enunciar conductas infractoras y sus sanciones, etc.

Frente a derechos notariales y registrales, son actos sin cuantía y se aplica tarifa mínima.

c. Cuando se contrata honorarios de los abogados para cobro de cartera, la administración debe cancelar de una vez estos honorarios con el dinero que se recoge o se debe pagar con lo que se recoja, ¿En qué momento se deben cancelar, los honorarios? ¿Por qué generalmente se estas pagando con dineros recogidos?

R/ No confunda honorarios con costas necesarias para impulsar el proceso.



Primer  Anterior  Sin respuesta  Siguiente   Último  

 
©2024 - Gabitos - Todos los derechos reservados