Sobre el derecho de migración en un mundo globalizado.-
El exilio, entendido ampliamente, siempre ha sido considerado en un sentido doble y antagónico: como experiencia traumática y pérdida del lugar (tanto geográfico como simbólico) al que uno pertenece, y como experiencia positiva que permite la posibilidad de un nuevo comienzo. De alguna forma ambas miradas sobre la realidad del desplazamiento se tiñen de tonos distintos según se aspire a la tranquilidad y la seguridad del hogar o a la universalidad y novedad del cosmos.
Esta mirada bifronte sobre el desplazamiento exige que una reflexión equilibrada sobre éste deba tener en cuenta tanto el deseo de las personas concretas a abandonar su lugar de origen como su deseo a preservar ese lugar y a protegerse de las circunstancias que le impelen a abandonarlo. El derecho de migración debería recoger ambos deseos a la hora de exponer y defender el derecho de todos los seres humanos a desplazarse libremente y a pertenecer a una comunidad política. Ese derecho a pertenecer a una comunidad política, es decir, a ser un sujeto de derecho en todo lugar se dispone como estrato superior jerárquico capaz de legitimar ambas concreciones de sí mismo. De esa forma sería compatible reivindicar tanto el derecho a desplazarse libremente como el derecho a permanecer en la comunidad política de origen al colocarse ambos derechos como instancias de ese derecho a pertenecer a una comunidad política o derecho de membresía.