“El Ejecutivo, en cabeza del señor Iván Duque Márquez, le propina una estocada mortal a la Constitución Política y con ella al Estado Social
y Democrático de Derecho, al manifestar su apoyo incondicional con la persona subjudice y al ponerlo de ejemplo, faro moral y ético del país,
saliéndole así́ al paso a cualquier decisión en contra de aquél, con lo que de paso, deja entrever que desconoce cualquier decisión en contario
de su amigo y mentor, enviándole un mensaje muy claro a la Corte Suprema, con lo que se afecta la autonomía e independencia del máximo tribunal
de justicia del país, socavando así́ de paso el Estado Social Democrático de Derecho, que juró defender al momento de posesionarse,
el cual establece la separación de poderes y el respeto que cada uno debe al otro en sus labores y tareas encomendadas por la Constitución y la ley”.
El anterior es parte del mensaje emitido hace dos semanas por Asonal Judicial, sindicato de industria, ante los ataques del presidente de la República
y el partido de Gobierno a la Corte Suprema de Justicia por la medida de aseguramiento emitida contra el senador Álvaro Uribe Vélez.
En otro de sus apartes, Asonal expresa: “La integridad del sistema democrático de Derecho, reclama la sujeción, de absolutamente todos los poderes públicos,
incluyendo por supuesto al presidente de la república, a las sentencias y fallos judiciales.
“La rebeldía manifestada por altos dignatarios del Ejecutivo y el partido de gobierno, al lanzar críticas y llamados a la desobediencia a los fallos judiciales,
demuestra una prepotencia deplorable para cualquier autoridad pública, que por concepción, debe ser impermeable al autoritarismo,
porque ello nos conduciría a un completo desconocimiento de los cimientos del Estado Social de Derecho. Recordemos que la Constitución Política
le da un mandato perentorio al poder ejecutivo, en cabeza del presidente: ‘Prestar a los funcionarios judiciales, con arreglo a las leyes,
los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias’”.
Corte tumba decreto
Por otra parte, en el marco de la emergencia sanitaria, el presidente de la República, Iván Duque, emitió el decreto 568 con el fin de reducir el salario
de altos funcionarios públicos y de esta manera, obtener recursos y solventar los gastos que produjo la pandemia.
Asonal Judicial Sindicato de Industria, demandó el decreto ante la Corte Constitucional para que fuera declarado inexequible argumentando,
entre otras cosas, que era inequitativo.
El pasado 5 de agosto, la Corte lo declaró inconstitucional y estableció que el dinero que se haya pagado por la medida no se devolverá,
sino que quedará como anticipo del impuesto de renta de la vigencia 2020, que se paga el próximo año.
Fernando Otálvaro
El presidente de la organización que demandó, Asonal Judicial SI, Luis Fernando Otálvaro, explicó a VOZ que el impuesto, denominado solidario, afectaba a los trabajadores de la rama judicial
porque reducía en más del 15% la afectación mensual de quienes devengan más de 10 millones de pesos, y era constituido en un
impuesto para trabajadores del sector público, excepto a las fuerzas militares.
“El impuesto desfigura la solidaridad porque es creado de manera impositiva, debió haber sido consultado con los trabajadores, y va en contra de la misma Constitución Política
que determina que en estados de emergencia no pueden desmejorarse las condiciones sociales y salariales de los trabajadores”, explica el presidente de Asonal.
Para Otálvaro, es una salida facilista de la Corte no ordenar la devolución de lo descontado: “Así pasó con la Ley de Financiamiento, de la que dice que es inconstitucional,
pero la dejó viva hasta el 31 de diciembre y le da plazo al Gobierno para expedir la otra. Entonces, uno dice ‘expiden normas inconstitucionales y la Corte no las declara
inconstitucionales desde que nacieron’. Nosotros a pesar del fallo favorable seguimos soportando este descuento y esto lleva a que solo el año entrante, cuando se vaya a declarar
el impuesto de este año puede que haya un reconocimiento de los dineros descontados este año. Por eso, esto afectó gravemente el salario de los trabajadores de la rama judicial en Colombia”.
Sin suficiente protección
Pero el decreto no es la única manera como han sido golpeados los trabajadores de la justicia. Durante la pandemia las medidas adoptadas por el Consejo Superior de la Judicatura
y la Fiscalía General de la Nación han conllevado a que muchos funcionarios y empleados hayan tenido que ir a laborar a las sedes judiciales
sin las garantías de bioseguridad, o los elementos de protección personal adecuados.
Denuncian que hay oficinas de dos por dos metros en las que trabajan tres o cuatro funcionarios y es imposible el distanciamiento social. Además, según lo ha estipulado
por el Consejo Superior, por la pandemia solo un 20% deben ir a las sedes, pero es una medida no tenida en cuenta por los jueces quienes obligan a muchos a asistir.
Por otra parte, los hacen trabajar desde casa, pero no les dan los elementos para esto. Muchos de ellos no cuentan con la tecnología necesaria para desarrollar audiencias
virtuales desde su residencia por no contar con internet de banda ancha y de alta velocidad, o los equipos.
Eso produjo que se interpusiera una tutela ante la Corte Suprema de Justicia, en la que se vinculó también al ministerio de las TIC y al ministerio de Hacienda para que
faciliten los recursos y las herramientas, y poder realizar los trabajos desde casa.
No obstante, la justicia no ha estado parada en un 100%, de una u otra manera, los jueces penales municipales de control de garantías y los jueces de ejecución de penas
han estado realizando audiencias. Asimismo, la Fiscalía General de la Nación adelanta trabajos en medio de la pandemia, así como los médicos de las morgues del
Instituto Medicina Legal. En este último varios se han contagiado con el nuevo coronavirus.
Posible conflicto sindical
Fernando Otálvaro también informó que hace una semana el Consejo Superior de la Judicatura creó 138 cargos en la dirección ejecutiva de la rama judicial. Treinta y
siete de ellos adscritos al director nacional de Administración Judicial, de libre nombramiento y remoción del director, y con salarios altos.
Para Asonal, esos cargos son considerados como burocráticos, pero además, se crean otros que la ley ha definido como de carrera administrativa. Le están cambiando la
categoría a libre nombramiento y remoción: “Dicen que hasta los conductores son de libre nombramiento, cuando la norma 270 establece que los cargos de dirección y
manejo son los únicos de libre nombramiento y señala cuales, y dice que todos los demás serán de carrera. Pero aquí, con un acuerdo quieren modificar eso, modifican
la estructura de la rama judicial, inclusive volviendo la planta global y flexible como en la Fiscalía General de la Nación, lo que implica la movilidad
y el no respeto a la carrera judicial”, expresa Fernando Otálvaro.
Por las anteriores anormalidades, la organización sindical ha hecho llamados a todas las bases judiciales a estar en alerta por el detrimento de los derechos
de los trabajadores, lo que puede provocar un grave conflicto laboral en la rama judicial.