La publicidad engañosa es aquella que, de cualquier forma -incluida su presentación-, induce o puede inducir a error a sus destinatarios, puede afectar a su comportamiento económico o perjudicar o ser capaz de perjudicar a un competidor. La ley también entiende por engañosa la publicidad que silencia datos fundamentales de los bienes, actividades o servicios, siempre que dicha omisión induzca al error a los destinatarios.
Ahora os presentaremos claros ejemplos de este tipo de publicidad:
Todos conocemos el Actimel y todos hemos visto los anuncios de este producto en que nos dicen que está científicamente demostrado que consumiendo este producto nuestras defensas y las de nuestros hijos aumentan protegiéndonos de las enfermedades.
Un anuncio en el que aparece una botellita de Actimel ha sido prohibido por la Autoridad de Estándares en Publicidad de Reino Unido por considerarlo engañoso.
Al parecer Danone presentó diversos estudios para avalar tales beneficios que, pese a estar cerca de demostrar lo que aseguran, no justifican totalmente el mensaje publicitario.
Dichos estudios han sido rechazados porque con ninguno de ellos se puede concluir que Actimel sea beneficioso para la salud de los niños sanos.
Esto no quiere decir que las bacterias probióticas que contiene sean perjudiciales, ni mucho menos, sino que, como muchos científicos piensan, no aportan demasiado a las personas sanas y el beneficio en las personas con problemas de salud es mínimo.
“Estas bacterias han evolucionado con nosotros y de hecho existe un úmero gigantesco de ellas dentro del cuerpo humano”, explicó a la BBC Jeremy Nicholson, jefe de cirugía del Imperial College de Londres. “Para igualar el número de bacterias que hay en tu intestino, necesitarías tomarte unos 50.000 botes de Actimel cada día“.
Un juzgado de Barcelona ha condenado a la empresa que comercializa las patatas fritas con la marca Lay’s Mediterráneas a dejar de distribuirlas con el envoltorio actual y a eliminar de su presentación cualquier alusión a que el aceite de oliva es un elemento esencial del producto.
La sentencia considera que el envase actual induce al “fraude” y “engaño” al consumidor porque aparece una aceitera muy visible y la leyenda “aceite de oliva”, cuando ese producto sólo constituye el 2% de la composición del producto. Las patatas, además, se fríen con otros aceites vegetales.
El líder mundial de cereales, Kelloggs, ha sido condenado en Francia por “publicidad engañosa“. No tener un 0% de materia grasa, como dicen sus envases, le costará a la compañía 15.000 euros de multa.
Decían en los envases de sus productos, comercializados entre enero de 2001 y 2004 (actualmente en las etiquetas aparece el lema ‘pobres en grasa’), que la gama Special K, de Kelloggs, tenía un 0% de grasa y nada más lejos de la realidad.