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General: PARTE IV.- GUSTAR EL CAFÉ.
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Respuesta  Mensaje 1 de 3 en el tema 
De: gambito2010  (Mensaje original) Enviado: 22/12/2007 17:03

EL CALENDARIO Y LA GEOGRAFÍA DE LA TIERRA.

"A la tierra, el indígena la ve como la madre.

El capitalista, como uno que no tiene ídem".

Don Durito de La Lacandona.



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Respuesta  Mensaje 2 de 3 en el tema 
De: gambito2010 Enviado: 22/12/2007 17:09

Ley Agraria Revolucionaria

La lucha de los campesinos pobres en México sigue reclamando la tierra para los que la trabajan. Después de Emiliano Zapata y en contra de las reformas al artículo 27 de la Constitución Mexicana, el EZLN retoma la justa lucha del campo mexicano por tierra y libertad. Con el fin de normar el nuevo reparto agrario que la revolución trae a las tierras mexicanas se expide la siguiente LEY AGRARIA REVOLUCIONARIA.

Primero.- Esta ley tiene validez para todo el territorio mexicano y beneficia a todos los campesinos pobres y jornaleros agrícolas mexicanos sin importar su filiación política, credo religioso, sexo, raza o color.

Segundo.- Esta ley afecta todas las propiedades agrícolas y empresas agropecuarias nacionales o extranjeras dentro del territorio mexicano.

Tercero.- Serán objeto de afectación agraria revolucionaria todas las extensiones de tierra que excedan las 100 hectáreas en condiciones de mala calidad y de 50 hectáreas en condiciones de buena calidad. A los propietarios cuyas tierras excedan los límites arriba mencionados se les quitarán los excedentes y quedarán con el mínimo permitido por esta ley pudiendo permanecer como pequeños propietarios o sumarse al movimiento campesino de cooperativas, sociedades campesinas o tierras comunales.

Cuarto.- No serán objeto de afectación agraria las tierras comunales, ejidales o en tenencia de cooperativas populares aunque excedan los límites mencionados en el artículo tercero de esta ley.

Quinto.- Las tierras afectadas por esta ley agraria, serán repartidas a los campesinos sin tierra y jornaleros agrícolas, que así lo soliciten, en PROPIEDAD COLECTIVA para la formación de cooperativas, sociedades campesinas o colectivos de producción agrícola y ganadera. Las tierras afectadas deberán trabajarse en colectivo.

Sexto.- Tienen DERECHO PRIMARIO de solicitud los colectivos de campesinos pobres sin tierra y jornaleros agrícolas, hombres, mujeres y niños, que acrediten debidamente la no tenencia de tierra alguna o de tierra de mala calidad.

Séptimo.- Para la explotación de la tierra en beneficio de los campesinos pobres y jornaleros agrícolas las afectaciones de los grandes latifundios y monopolios agropecuarios incluirán los medios de producción tales como maquinarias, fertilizantes, bodegas, recursos financieros, productos químicos y asesoría técnica.

Todos estos medios deben pasar a manos de los campesinos pobres y jornaleros agrícolas con especial atención a los grupos organizados en cooperativas, colectivos y sociedades.

Octavo.- Los grupos beneficiados con esta Ley Agraria deberán dedicarse preferentemente a la producción en colectivo de alimentos necesarios para el pueblo mexicano: maíz, frijol, arroz, hortalizas y frutas, así como la cría de ganado vacuno, apícola, bovino, porcino y caballar, y a los productos derivados (carne, leche, huevos, etc.).

Noveno.- En tiempo de guerra, una parte de la producción de las tierras afectadas por esta ley se destinará al sostenimiento de huérfanos y viudas de combatientes revolucionarios y al sostenimiento de las fuerzas revolucionarias.

Décimo.- El objetivo de la producción en colectivo es satisfacer primeramente las necesidades del pueblo, formar en los beneficiados la conciencia colectiva de trabajo y beneficio y crear unidades de producción, defensa y ayuda mutua en el campo mexicano. Cuando en una región no se produzca algún bien se intercambiará con otra región donde sí se produzca en condiciones de justicia e igualdad. Los excedentes de producción podrán ser exportados a otros países si es que no hay demanda nacional para el producto.

Undécimo.- Las grandes empresas agrícolas serán expropiadas y pasarán a manos del pueblo mexicano, y serán administradas en colectivo por los mismos trabajadores. La maquinaria de labranza, aperos, semillas, etc. que se encuentren ociosos en fábricas y negocios u otros lugares, serán distribuidos entre los colectivos rurales, a fin de hacer producir la tierra extensivamente y empezar a erradicar el hambre del pueblo.

Duodécimo.- No se permitirá el acaparamiento individual de tierras y medios de producción.

Décimo Tercero.- Se preservarán las zonas selváticas vírgenes y los bosques y se harán campañas de reforestación en las zonas principales.

Décimo Cuarto.- Los manantiales, ríos, lagunas y mares son propiedad colectiva del pueblo mexicano y se cuidarán evitando la contaminación y castigando su mal uso.

Décimo Quinto.- En beneficio de los campesinos pobres, sin tierra y obreros agrícolas, además del reparto agrario que esta ley establece, se crearán centros de comercio que compren a precio justo los productos del campesino y le vendan a precios justos las mercancías que el campesino necesita para una vida digna. Se crearán centros de salud comunitaria con todos los adelantos de la medicina moderna, con doctores y enfermeras capacitados y conscientes, y con medicinas gratuitas para el pueblo. Se crearán centros de diversión para que los campesinos y sus familias tengan un descanso digno sin cantinas ni burdeles. Se crearán centros de educación y escuelas gratuitas donde los campesinos y sus familias se eduquen sin importar su edad, sexo, raza o filiación política y aprendan la técnica necesaria para su desarrollo. Se crearán centros de construcción de viviendas y carreteras con ingenieros, arquitectos y materiales necesarios para que los campesinos puedan tener una vivienda digna y buenos caminos para el transporte. Se crearán centros de servicios para garantizar que los campesinos y sus familias tengan luz eléctrica, agua entubada y potable, drenaje, radio y televisión, además de todo lo necesario para facilitar el trabajo de la casa, estufa, refrigerador, lavadoras, molinos, etc.

Décimo Sexto.- No habrá impuestos para los campesinos que trabajen en colectivo, ni para ejidatarios, cooperativas y tierras comunales. DESDE EL MOMENTO EN QUE SE EXPIDE ESTA LEY AGRARIA REVOLUCIONARIA SE DESCONOCEN TODAS LAS DEUDAS QUE POR CRÉDITOS, IMPUESTOS O PRESTAMOS TENGAN LOS CAMPESINOS POBRES Y OBREROS AGRÍCOLAS CON EL GOBIERNO OPRESOR, CON EL EXTRANJERO O CON LOS CAPITALISTAS.

Con ese artículo décimo sexto termina esa ley. Hay más leyes, pero no vienen al caso, o cosa, según. Quisiera hacer notar la falta de perspectiva de modernidad de estos transgresores de la gramática y el buen gusto, ya que no aparece ninguna referencia al libre comercio ni a las comodidades agrícolas que, dios salve al señor Monsanto, el capitalismo ha traído felizmente al mundo.

En fin, parece ser que en los territorios que llegaron a controlar los rebeldes, se aplicó esta ley y que los finqueros fueron expulsados de sus grandes propiedades y esas tierras se repartieron entre los indígenas que, cuentan, lo primero que hicieron fue desalambrar los cercos que protegían las casas de los hacendados.

Cuentan también que ese atentado contra la propiedad privada lo hicieron cantando la rola del mismo nombre, autoría de un tal Daniel Viglietti (mismo que fue visto todavía hace unas horas en esta geografía, acompañado de gente de muy dudosa reputación -varias personas presentes se cubrían el rostro, lo que no deja duda de que ocultaban algo-).

Según rumores, años después los alzados crearon sus propias formas de autogobierno y formaron lo que llaman "comisiones agrarias" para vigilar el reparto de tierras y el cumplimiento de esta ley.

Lo que sí sabemos es que no son pocas las dificultades que han encontrado y encuentran, y que las resuelven según sus propias facultades y medios, en lugar de recurrir a asesores, especialistas e intelectuales que les digan lo que deben hacer, cómo deben hacerlo y les evalúen lo hecho y deshecho.

Hay otro dato, escandaloso como el que más. Según fuentes confiables, que no pueden ser reveladas porque usan pasamontañas, una madrugada cualquiera, esos hombres, mujeres, niños y ancianos, se descubrieron el rostro y cantaron y bailaron, siempre con ritmos que no tiene catalogación conocida. Dicen que sabían que no eran menos pobres que antes y que se les venían encima problemas de todo tipo, entre ellos el de la muerte, así que no sabemos el motivo, causa o razón de su alegría.

Según últimas informaciones, siguen bailando, cantando y riendo desde hace 14 calendarios y que dicen que es porque hay ya otra geografía en sus tierras. Esto sólo demuestra que son unos ignorantes, porque los mapas y cartas topográficas del INEGI no dan cuenta de ningún cambio en el territorio de ese suroriental estado mexicano de Chiapas.

***

Respuestas simples a preguntas complejas.

"La madrugada es la región más che Guevara de los sueños"

Daniel Viglietti.

Primera pregunta: ¿Hay cambios fundamentales en la vida de las comunidades indígenas zapatistas?

Primera respuesta: Sí.

Segunda pregunta: ¿Estos cambios se dieron a partir del alzamiento del primero de enero de 1994?

Segunda respuesta: No.

Tercera pregunta: ¿Cuándo fue entonces que se dieron?

Tercera respuesta: Cuando la tierra pasó a ser propiedad de los campesinos.

Cuarta pregunta: ¿Quiere decir que fue cuando la tierra pasó a manos de quien la trabaja, que se desarrollaron los procesos que se pueden apreciar ahora en los territorios zapatista?

Cuarta respuesta: Sí. Los avances en gobierno, salud, educación, vivienda, alimentación, participación de las mujeres, comercialización, cultura, comunicación e información tiene como punto de arranque la recuperación de los medios de producción, en este caso, la tierra, los animales y las máquinas que estaban en manos de los grandes propietarios.

Quinta pregunta: ¿Esto de la ley agraria revolucionaria fue en todos los territorios en los que los zapatistas reclaman tener control?

Quinta respuesta: No. Por sus características propias, en la zona de Los Altos y Norte de Chiapas este proceso fue mínimo o inexistente. Sólo se dio en las zonas Selva Tzeltal, Tzotz Choj y Selva Fronteriza. Pero los cambios se extendieron a todas las zonas por los puentes subterráneos que unen a nuestros pueblos.

Sexta pregunta: ¿Por qué siempre parecen estar contentos, aunque tengan errores, problemas y amenazas?

Sexta respuesta: Porque, con la lucha, hemos recuperado la capacidad de decidir nuestro destino. Y eso incluye, entre otras cosas, el derecho a equivocarnos nosotros mismos.

Séptima pregunta: ¿De dónde sacan esos ritmos extraños que cantan y bailan?


Respuesta  Mensaje 3 de 3 en el tema 
De: miranrami Enviado: 24/12/2007 17:56
Las luchas Mexicanas por la justicia social son tan antiguas como las Centroamericanas. Empero, el desarrollo de las mismas ha tenido en México   un desarrollo particular. Me refiero en concreto a Pancho Villa y otros Luchadores como Emiliano Zapata.


 
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