Proceso a las «milicias kamikazes»: ¿enemigos del imperio?
inSurGente.- "(...) Si el tribunal de apelación confirma el primer juicio, se crearía una jurisprudencia que permitirá que la incriminación estadounidense «de enemigo combatiente ilegal» sea reconocida en nuestro ordenamiento jurídico. Esto facilitará futuras peticiones de extradición de ciudadanos belgas hacia Estados Unidos basándose en este argumento y, según los acuerdos de extradición firmados en 2003 entre la Unión Europea y los Estados Unidos, nada impide que las personas que recurran sean juzgadas ante consejos militares, tribunales especiales en los que no existe el derecho de defensa. Así, esta jurisprudencia convertiría nuestro sistema judicial en un ordenamiento jurídico imperial. (...)" Hagan clic en "Leer más" para acceder al texto íntegro.
Proceso a las «milicias kamikazes»: ¿enemigos del imperio?
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(Traducido para inSurGente por Iñaki Errazkin)
La décimosegunda sala correccional del Tribunal de Apelación de Bruselas comenzó el 21 de abril el proceso a cinco acusados, condenados en primera instancia por pertenencia a un grupo terrorista a penas que oscilan entre 28 meses y 10 años de prisión. Están acusados de haber participado en una «milicia» que habría reclutado en Bélgica a los kamikazes con el propósito de actuar en Iraq. La Fiscalía les acusa, particularmente, de haber ayudado a llegar a Iraq a Muriel Degauque, que se habría suicidado haciendo explotar una bomba el 9 de noviembre de 2005.
En un conflicto en el que Bélgica no es parte activa, el tribunal se arroga competencias para determinar qué bando actúa legítimamente y cuál debe ser calificado de criminal. En vez de considerar a los acusados como combatientes que luchan contra la presencia ilegítima de las tropas estadounidenses, según el derecho internacional, el tribunal los considera terroristas. Los jueces justifican su postura alegando dos razones: por una parte, piensan que su lucha no es justa y, por otra, los medios empleados les parecen criminales.
El tribunal considera que estos hombres formaban parte de milicias islamistas que «sueñan con provocar una guerra civil interconfesional para aupar al poder a un régimen retrógrado». El presidente del tribunal ha asegurado que «su verdadero objetivo era entregarse a una guerra de religión y a una cruzada antioccidental» con el fin de instaurar un califato. Sin embargo, el tribunal concedió credibilidad a la declaración del acusado L. según la cual éste había combatido en el frente en la batalla de Faluya, en 2004, contra las incursiones estadounidenses y no contra los civiles.
En vista de que la guerra iniciada por los Estados Unidos supone una violación del derecho internacional y de que los motivos esgrimidos (colaboración del régimen iraquí con Al Qaeda o la existencia de armas de destrucción masiva) han sido invalidados por los hechos, este juicio hay que enmarcarlo en el «choque de culturas» y de «la lucha del bien contra el mal» alentados por el presidente de los Estados Unidos.
Ignorando la presencia de tropas de ocupación (150.000 soldados y más de 100.000 mercenarios), el fiscal consideró que la ocupación de Iraq ya había se acabado en el momento de los hechos. El paso de un estado de guerra a una situación de paz no estaría determinado por la realidad, sino por la declaración de la administración estadounidense. El punto de vista estadounidense ha sido compartido plenamente por el tribunal, que consideró que en 2004 y 2005 no había conflicto armado en Iraq en el sentido del derecho internacional, motivo por el que las facciones armadas disidentes no pudieron ocupar zonas significativas del territorio iraquí desde las que lanzar ataques sistemáticos.
Pensemos en que, por ejemplo, la aplicación de estos criterios a los miembros de la Resistencia contra la ocupación nazi los convertiría en terroristas.
Su falta de visión es también, para el tribunal, otro dato que los señala como terroristas. Un combatiente sólo puede formar parte de un ejército regular desde un Estado constituido. Toda guerrilla, toda guerra de resistencia de los pueblos contra un enemigo militarmente superior se vuelve automáticamente criminal. Sin embargo, este criterio no se aplica a los mercenarios empleados por empresas privadas estadounidenses, combatientes que no están sometidos al derecho de guerra y que no son más identificables que los miembros de la Resistencia y que tampoco llevan a cabo acciones que cubren el conjunto del territorio.
No serían pues las características intrínsecas de un combatiente las que le convertirían en un criminal, sino, simplemente, el hecho de ser calificado como tal por la administración estadounidense. Es el poder que se arroga ésta para tildar a un enemigo de terrorista lo que confirma el tribunal. Este reconocimiento lo integra en una orden de verdadero derecho imperial.
La acusación y el juicio de primera instancia se basan en un supuesto: la existencia de una milicia belga de kamikazes para combatir en Iraq. La realidad de un grupo estructurado no ha sido establecida y el ministerio fiscal federal no aportó la prueba de que los acusados «hubieran reclutado a terroristas».
Los elementos transmitidos por el FBI no permiten saber con precision lo que pasó. El ministerio fiscal federal sólo pudo basar su acusación en que los juzgados «tenían la intención de enviar a kamikazes a Iraq para suicidarse explotando allí».
Las pruebas se basan en peticiones de colaboración contra EEUU en Marruecos, en Argelia, en Turquía, en Siria, en Francia y en Tailandia. Los elementos recogidos por esta vía son sólo presunciones pues se han conseguido de forma irregular, sin que la defensa haya dispuesto de medios para verificar su legalidad. El tribunal considera que en materia de ayuda mutua judicial internacional no es necesario que sea transmitida la integridad del expediente. Es imposible derribar la presunción de legalidad de estos elementos. Sin embargo, la defensa demostró que la búsqueda y el embargo de datos informáticos habían sido realizados de forma irregular en base al derecho estadounidense.
Otras pruebas recogidas en Argelia también han sido aceptadas, a pesar de que el Consejo de Europa considera que ese país magrebí utiliza sistemáticamente la tortura en el marco de la lucha antiterrorista. El tribunal declaró que «no es competente ni está habilitado para juzgar a un Estado soberano". Sin embargo, ese mismo tribunal no habilitado para verificar la legalidad de las pruebas presentadas, se arroga competencia universal para definir qué es una democracia, qué es un estado de guerra o de paz o qué son una guerra y una resistencia justas.
Si el tribunal de apelación confirma el primer juicio, se crearía una jurisprudencia que permitirá que la incriminación estadounidense «de enemigo combatiente ilegal» sea reconocida en nuestro ordenamiento jurídico. Esto facilitará futuras peticiones de extradición de ciudadanos belgas hacia Estados Unidos basándose en este argumento y, según los acuerdos de extradición firmados en 2003 entre la Unión Europea y los Estados Unidos, nada impide que las personas que recurran sean juzgadas ante consejos militares, tribunales especiales en los que no existe el derecho de defensa. Así, esta jurisprudencia convertiría nuestro sistema judicial en un ordenamiento jurídico imperial.
No sólo perdería su autonomía, sino también su capacidad de juzgar hechos, pues avalaría los valores y las posturas políticas de las autoridades estadounidenses.
*Jean-Marie Dermagne, abogado, ex Decano del Colegio de Abogados y profesor de la UCL; Bernard Francq, profesor de la UCL; Corrine Gobin, investigadora de la ULB; Lieven de Cauter, filósofo; Jean-Marie Klinkenberg, profesor de la ULG; Dogan Özguden, periodista; Christine Pagnoulle, profesora de la ULG; Jean-Claude Paye, sociólogo; Eric Therer, abogado; Jean Pestieau, profesor de la UCL y Dan Van Raemdonck, profesor de la ULB.