Correo electrónico:

Contraseña:

Registrarse ahora!

¿Has olvidado tu contraseña?

LA CUBA DEL GRAN PAPIYO
¡ Feliz Cumpleaños Shidarta !                                                                                           ¡ Feliz Cumpleaños Gran Gabiyo !
 
Novedades
  Únete ahora
  Panel de mensajes 
  Galería de imágenes 
 Archivos y documentos 
 Encuestas y Test 
  Lista de Participantes
 Conociendo Cuba 
 CANCION L..A 
 FIDEL CASTRO.. 
 Fotos de FIDEL 
 Los participantes más activos 
 PROCLAMA AL PUEBLO DE CUBA 
 
 
  Herramientas
 
General: JUAN BAUTISTA ALBERDI EL CRIMEN DE LA GUERRA
Elegir otro panel de mensajes
Tema anterior  Tema siguiente
Respuesta  Mensaje 1 de 47 en el tema 
De: albi  (Mensaje original) Enviado: 22/11/2010 19:00

Capítulo I. Derecho histórico de la guerra

I. Origen histórico del derecho de la guerra - II. Naturaleza del crimen de la guerra - III. Sentido sofístico

en que la guerra es un derecho - IV. Fundamento racional del derecho de la guerra - V. La guerra como

justicia penal - VI. Orígenes y causas bárbaras de la guerra en los tiempos actuales - VII. Solución de los

conflictos por el poder.

I. Origen histórico del derecho de la guerra

El crimen de la guerra.

Esta palabra nos sorprende, sólo en fuerza del grande hábito que

tenemos de esta otra, que es la realmente incomprensible y monstruosa:

el derecho de la

guerra,

es decir, el derecho del homicidio, del robo, del incendio, de la devastación en la

más grande escala posible; porque esto es la guerra, y si no es esto, la guerra no es la

guerra.

Estos actos son

crímenes por las leyes de todas las naciones del mundo. La guerra los

sanciona y convierte en actos honestos y legítimos, viniendo a ser en realidad la guerra el

derecho del crimen,

contrasentido espantoso y sacrílego, que es un sarcasmo contra la

civilización.

Esto se explica por la historia. El derecho de gentes que practicamos es

romano de origen

como nuestra raza y nuestra civilización.

El derecho de gentes romano

I , era el derecho del pueblo romano para con el extranjero.

Y como el

extranjero para el romano era sinónimo del bárbaro y del enemigo, todo su

derecho externo era equivalente al

derecho de la guerra.

El acto que era un crimen de un romano para con otro, no lo era de un romano para con el

extranjero.

Era natural que para ellos hubiese dos derechos y dos justicias, porque todos los hombres

no eran hermanos, ni todos iguales. Más tarde ha venido la moral cristiana, pero han

quedado siempre las dos justicias del derecho romano, viviendo a su lado, como rutina

más fuerte que la ley.

Se cree generalmente que no hemos tomado a los romanos sino su

derecho civil:

ciertamente que era lo mejor de su legislación, porque era la ley con que se trataban a sí

mismos: la caridad en la casa.

Pero en lo que tenían de peor, es lo que más les hemos tomado, que es su derecho público

externo e interno: el despotismo y la guerra, o más bien la guerra en sus dos fases.

Les hemos tomado la guerra, es decir, el crimen, como medio legal de discusión, y sobre

todo de engrandecimiento, la guerra, es decir, el crimen como manantial de la riqueza, y

la guerra, es decir, siempre el crimen como medio de gobierno interior. De la guerra es

nacido el gobierno de la espada, el gobierno militar, el gobierno del ejército que es el

gobierno de la fuerza sustituida a la justicia y al derecho como principio de autoridad. No

pudiendo hacer que lo que es justo sea fuerte, se ha hecho que lo que es fuerte sea justo

(Pascal).

Maquiavelo vino en pos del renacimiento de las letras romanas y griegas, y lo que se

llama el

maquiavelismo no es más que el derecho público romano restaurado. No se dirá

que Maquiavelo tuvo otra fuente de doctrina que la historia romana, en cuyo

conocimiento era profundo. El fraude en la política, el dolo en el gobierno, el engaño en

las relaciones de los Estados, no es la invención del republicano de Florencia, que, al

contrario, amaba la libertad y la sirvió bajo los Médicis en los tiempos floridos de la Italia

moderna. Todas las doctrinas malsanas que se atribuyen a la invención de Maquiavelo,

las habían practicado los romanos. Montesquieu nos ha demostrado el secreto ominoso de

su engrandecimiento. Una grandeza nacida del olvido del derecho debió necesariamente

naufragar en el abismo de su cuna, y así aconteció para la educación política del género

humano.

La educación se hace, no hay que dudarlo, pero con lentitud.

Todavía somos romanos en el modo de entender y practicar las máximas del derecho

público o del gobierno de los pueblos.

Para no probarlo sino por un ejemplo estrepitoso y actual, veamos la Prusia de 1866

1.

Ella ha demostrado ser el país del derecho romano por excelencia, no sólo como ciencia y

estudio, sino como práctica. Niebühr y Savigny no podían dejar de producir a Bismarck,

digno de un asiento en el Senado Romano de los tiempos en que Cartago, Egipto y la

Grecia, eran tomados como materiales brutos para la constitución del edificio romano.

El olvido franco y candoroso del derecho, la conquista inconsciente, por decirlo así, el

despojo y la anexión violenta, practicados como medios legales de engrandecimiento, la

necesidad de ser grande y poderoso por vía de lujo, invocada como razón legítima para

apoderarse del débil y comerlo, son simples máximas del derecho de gentes romano

II, que

consideró la guerra como una industria tan legítima como lo es para nosotros el comercio,

la agricultura, el trabajo industrial. No es más que un vestigio de esa política, la que la

Europa sorprendida sin razón admira en el conde de Bismarck.

Así se explica la repulsión instintiva contra el derecho público romano, de los talentos

que se inspiraron en la democracia cristiana y moderna, tales como Tocqueville,

Laboulaye, Acollas, Chevalier, Coquerel, etc.

La democracia no se engaña en su aversión instintiva al cesarismo. Es la antipatía del

derecho a la fuerza como base de autoridad; de la razón al capricho como regla de

gobierno.

La espada de la justicia no es la espada de la guerra. La justicia, lejos de ser beligerante,

es ajena de interés y es neutral en el debate sometido a su fallo. La guerra deja de ser

guerra si no es el duelo de dos litigantes armados que se hacen justicia mutua por la

fuerza de su espada.

La espada de la guerra es la espada de la parte litigante, es decir, parcial y necesariamente

injusta.

II. Naturaleza del crimen de la guerra

El crimen de la guerra

es el de la justicia ejercida de un modo criminal, pues también la

justicia puede servir de instrumento del crimen, y nada lo prueba mejor que la guerra

misma, la cual es un

derecho, como lo demuestra Grocio, pero un derecho que, debiendo

ser ejercido por la parte interesada, erigida en juez de su cuestión, no puede

humanamente dejar de ser parcial en su favor al ejercerlo, y en esa parcialidad,

generalmente enorme, reside el crimen de la guerra.

La guerra es el crimen de los soberanos, es decir, de los encargados de ejercer el derecho

del Estado a juzgar su pleito con otro Estado.

Toda guerra es presumida justa porque todo acto soberano, como acto legal, es decir, del

legislador, es presumido justo. Pero como todo juez deja de ser justo cuando juzga su

propio pleito, la guerra, por ser la justicia de la parte, se presume injusta de derecho.

La guerra considerada como crimen, -el

crimen de la guerra- no puede ser objeto de un

libro, sino de un capítulo del libro que trata del derecho de las Naciones entre sí: es el

capítulo del derecho penal internacional. Pero ese capítulo es dominado por el libro en su

principio y doctrina. Así, hablar del crimen de la guerra, es tocar todo el derecho de

gentes por su base.

El crimen de la guerra reside en las relaciones de la guerra con la moral, con la justicia

absoluta, con la religión aplicada y práctica, porque esto es lo que forma la ley natural o

el derecho natural de las naciones, como de los individuos

III.

Que el crimen sea cometido por uno o por mil, contra uno o contra mil, el crimen en sí

mismo es siempre el crimen.

Para probar que la guerra es un crimen, es decir, una violencia de la justicia en el

exterminio de seres libres y jurídicos, el proceder debe ser el mismo que el derecho penal

emplea diariamente para probar la criminalidad de un hecho y de un hombre.

La estadística no es un medio de probar que la guerra es un crimen. Si lo que es crimen,

tratándose de uno, lo es igualmente tratándose de mil, y el número y la cantidad pueden

servir para la apreciación de las circunstancias del crimen, no para su naturaleza esencial,

que reside toda en sus relaciones con la ley moral.

La moral cristiana, es la moral de la civilización actual por excelencia; o al menos no hay

moral civilizada que no coincida con ella en su incompatibilidad absoluta con la guerra.

El cristianismo como la ley fundamental de la sociedad moderna, es la abolición de la

guerra, o mejor dicho, su condenación como un crimen.

Ante la ley distintiva de la cristiandad, la guerra es evidentemente un crimen. Negar la

posibilidad de su abolición definitiva y absoluta, es poner en duda la practicabilidad de la

ley cristiana.

El R. Padre Jacinto decía en su discurso (del 24 de junio de 1863), que el catecismo de la

religión cristiana es el catecismo de la paz. Era hablar con la modestia de un sacerdote de

Jesucristo.

El Evangelio es el derecho de gentes moderno, es la verdadera ley de las naciones

civilizadas, como es la ley privada de los hombres civilizados.

El día que el Cristo ha dicho:

Presentad la otra mejilla al que os dé una bofetada, la

victoria ha cambiado de naturaleza y de asiento, la gloria humana ha cambiado de

principio.

El cesarismo ha recibido con esa gran palabra su herida de muerte. Las armas que eran

todo su honor, han dejado de ser útiles para la protección del derecho refugiado en la

generosidad sublime y heroica.

La gloria desde entonces no está del lado de las armas, sino vecina de los mártires;

ejemplo: el mismo Cristo, cuya humillación y castigo sufrido sin defensa, es el símbolo

de la grandeza sobrehumana. Todos los Césares se han postrado a los pies del sublime

abofeteado.

Por el arma de su humildad, el cristianismo ha conquistado las dos cosas más grandes de

la tierra: la paz y la libertad.

Paz en la tierra a los hombres de buena voluntad, era como decir paz a los humildes,

libertad a los mansos, porque la buena voluntad es la que sabe ceder pudiendo resistir.

La razón porque sólo son libres los humildes, es que la humildad, como la libertad, es el

respeto del hombre al hombre; es la libertad del uno, que se inclina respetuosa ante la

libertad de su semejante; es la lib ertad de cada uno erigida en majestad ante la libertad del

otro.

No tiene otro secreto ese amor respetuoso por la paz, que distingue a los pueblos libres.

El hombre libre, por su naturaleza moral, se acerca del cordero más que del león: es

manso y paciente por su naturaleza esencial, y esa mansedumbre es el signo y el resorte

de la libertad, porque es ejercida por el hombre respecto del hombre.

Todo pueblo en que el hombre es violento, es pueblo esclavo.

La violencia, es decir la guerra, está en cada hombre, como la libertad, vive en cada

viviente, donde ella vive en realidad.

La paz, no vive en los tratados ni en las leyes internacionales escritas; existe en la

constitución moral de cada hombre; en el modo de ser que su voluntad ha recibido de la

ley moral según la cual ha sido educado. El cristiano, es el hombre de paz, o no es

cristiano.

Que la humildad cristiana es el alma de la sociedad civilizada moderna, a cada instante se

nos escapa una prueba involuntaria. Ante un agravio contestado por un acto de

generosidad, todos maquinalmente exclamamos:

-¡qué noble! ¡qué grande! -Ante un acto

de venganza, decimos al contrario:

-¡qué cobarde! ¡qué bajo! ¡qué estrecho! -Si la gloria

y el honor son del grande y del noble, no del cobarde, la gloria es del que sabe ve ncer su

instinto de destruir, no del que cede miserablemente a ese instinto animal. El grande, el

magnánimo es el que sabe perdonar las grandes y magnas ofensas. Cuanto más grande es

la ofensa perdonada, más grande es la nobleza del que perdona.

Por lo demás, conviene no olvidar que no siempre la guerra es crimen: también es la

justicia cuando es el castigo del crimen de la guerra criminal. En la criminalidad

internacional sucede lo que en la civil o doméstica: el homicidio es crimen cuando lo

comete el asesino, y es justicia cuando lo hace ejecutar el juez.

Lo triste es que la guerra puede ser abolida como justicia, es decir, como la pena de

muerte de las naciones; pero abolirla como crimen, es como abolir el crimen mismo, que,

lejos de ser obra de la ley, es la violación de la ley. En esta virtud, las guerras serán

progresivamente más raras por la misma causa que disminuye el número de crímenes: la

civilización moral Y material, es decir, la mejora del hombre.



Primer  Anterior  2 a 2 de 47  Siguiente   Último 
Respuesta  Mensaje 2 de 47 en el tema 
De: albi Enviado: 22/11/2010 19:01

III. Sentido sofístico en que la guerra es un derecho

Toda la grande obra de Grocio ha tenido por objeto probar que no siempre la guerra es un

crimen; y que es, al contrario, un derecho compatible con la moral de todos los tiempos y

con la misma religión de Jesucristo.

¿En qué sentido es la guerra un

derecho para Grocio? En el sentido de la guerra

considerada como el derecho de propia defensa, a falta de tribunales; en el sentido del

derecho penal que asiste al hombre para castigar al hombre que se hace culpable de un

crimen en su daño; en el sentido de un modo de proceder o de acción en justicia, con que

las naciones resuelven sus pleitos por la fuerza cuando no pueden hacerlo por la razón.

Era un progreso, en cierto modo, el ver la guerra de este aspecto; porque en su calidad de

derecho, obedece a principios de justicia, que la fuerzan a guardar cierta línea para no

degenerar en crimen y barbarie.

Pero, lo que fue un progreso hará dos y medio siglos para Grocio, ha dejado de serlo bajo

otros progresos, que han revelado la monstruosidad del pretendido derecho de la guerra

en otro sentido fundamental.

Considerado el

derecho de la guerra como la justicia penal del crimen de la guerra;

admitido que la guerra puede ser un derecho como puede ser un crimen, así como el

homicidio es un acto de justicia o es un crimen según que lo ejecuta el

juez o el asesino:

¿cuál es el juez encargado de discernir el caso en que la guerra es un derecho y no un

crimen? ¿Quién es ese juez? Ese juez es el mismo contendor o litigante. De modo que la

guerra es una manera de administrar justicia en que cada parte interesada es la víctima, el

fiscal, el testigo, el juez y el criminal al mismo tiempo.

En el estado de barbarie, es decir, en la ausencia total de todo orden social, este es el

único medio posible de administrar justicia, es decir, que es la justicia de la barbarie, o

más bien un expediente supletorio de la justicia civilizada.

Pero, en todo estado de civilización, esta manera de hacer justicia es calificada como

crimen, perseguida y castigada como tal, aun en la hipótesis de que el culpable de ese

delito (que se llama

violencia o fuerza) tenga derecho contra el culpable del crimen que

motiva la guerra.

No es el empleo de la fuerza, en ese caso, lo que convierte la justicia en delito; el juez no

emplea otro medio que la fuerza para hacer efectiva su justicia. Es el acto de constituirse

en juez de su adversario, que la ley presume con razón un delito, porque es imposible que

un hombre pueda hacerse justicia a sí mismo sin hacer injusticia a su adversario; tal es su

naturaleza, y ese defecto es toda la razón de ser del orden social, de la ley social y del

juez que juzga en nombre de la sociedad contra el pleito en que no tiene la menor parte

inmediata y directa, y sólo así puede ser justo.

Si no hay más que un derecho, como no hay más que una gravitación, si el hombre

aislado no tiene otro derecho que el hombre colectivo, ¿se concibe que lo que es un delito

de hombre a hombre, pueda ser un derecho de pueblo a pueblo?

Toda nación puede tener igual derecho para obrar en justicia, cada una puede hacerlo con

igual buena fe con que la hacen dos litigantes ante un juez, pero como la justicia es una,

todo pleito envuelve una falta de una parte u otra; y de igual modo en toda guerra hay un

crimen y un criminal que puede ser de robo u otro, y además dos culpables del delito de

fuerza o violencia.



 
©2024 - Gabitos - Todos los derechos reservados