Las leyes de Solón prohibían también la exportación de cereales fuera de las fronteras del Ática, pero estimulaban, en cambio, la exportación del aceite de oliva. Legislativamente, se daban disposiciones detalladas acerca del orden y métodos a emplear en la plantación de olivos, y también acerca de cómo cavar pozos y de la manera de hacer uso de los mismos. Esta medida tenía gran valor debido a la aridez del Ática. En la legislación de Solón aparece también una tendencia a estimular los oficios artesanales. Por ejemplo, una ley especial eximía al hijo de la obligación de mantener a un padre, anciano, si éste no le había hecho aprender ningún oficio.
En interés del desarrollo del comercio ateniense y con el fin de liberar a Atenas de la influencia mercantil de Egina, se promulgó una reforma monetaria y se estableció un nuevo sistema de pesas y medidas. Hasta aquel momento, Atenas utilizaba el sistema de pesas de Fidón y el sistema monetario de Egina. Entre tanto, durante el siglo vi habían cobrado una más amplia difusión, especialmente en las ciudades periféricas, los sistemas monetario y de pesas y medias de Eubea. En virtud de esto, Atenas adoptó con Solón sistemas cercanos a los de Eubea. La nueva moneda ateniense era algo más liviana que la de Egina: cien dracmas de Solón eran iguales a sólo setenta y tres de las anteriores. Esta reforma determinó condiciones favorables a una ulterior ampliación del comercio ateniense.
Simultáneamente con la estimulación de la actividad productora, la legislación había emprendido una campaña contra toda clase de excesos y gastos improductivos. Una ley especial exigía la reducción de los gastos de sepelio y prohibía funerales suntuosos y caros y la inmolación de bueyes en holocausto, en honor del fallecido. Se prohibió también erigir sepulcros cuyo costo fuera mayor del de uno que pudieran construir diez personas en el curso de tres días. Esta medida se consideraba generalmente como dirigida a poner coto a la tendencia a un lujo excesivo que apuntaba entre los mercaderes y empresarios atenienses; pero también puede ser interpretada como un golpe asestado a la antigua nobleza de abolengo que trataba de mantener su prestigio mediante el cumplimiento del antiguo suntuoso culto de los difuntos. Una de las reformas más importantes ligadas al nombre de Solón fue la del censo, denominada también reforma timocrática. En función de la misma, toda la población ateniense libre, con excepción de los metecos, fue dividida en cuatro categorías, según la cantidad de sus ingresos y sin tomar en consideración la procedencia del censado:
1) los pentacosiomedimnos, que obtenían de sus campos, chacras y huertas, 500 medimnos o medidas de productos, entre sólidos (cereales) y líquidos (vino, aceite de oliva); 2) los caballeros, que obtenían 300 medidas; 3) los zeugitas, que obtenían 200 medidas, y 4) los tetes, que tenían ingresos menores a las 200 medidas, o que, en general, carecían de ingresos. Tales categorías censales, al parecer, habían sido formadas ya anteriormente, con motivo de gravar a la población según las naucrarías; pero sólo en los tiempos de Solón habían recibido su sanción política fundamental, en calidad de división.
En correspondencia con el valor de la propiedad agraria, predominante aún, y con las fuertes supervivencias de las relaciones económicas de la economía natural, esa división tenía que basarse en los ingresos naturales de la tierra. Es posible que ya el propio Solón, al determinar los límites entre las clases censatarias, guiándose por los ingresos proporcionados por la tierra, colocara dentro de esas categorías también a los hombres pudientes que carecían de propiedades agrarias, porque en caso contrario una considerable cantidad de representantes de la población comerciante y artesana se vería privada de la posibilidad de tomar parte activa en la vida política.
Se conoce, por ejemplo, que Solón había establecido una tasa determinada para los holocaustos, equiparando, dicho sea de paso, un medimno de cereales al precio de un dracma. El dinero tenía muy alto valor en el Ática del siglo vi, y según las tarifas introducidas por Solón, una oveja, por ejemplo, valía un dracma y un buey cinco. Mas no se conoce con exactitud si tal valuación era aplicada también para los cálculos de ingresos.
La subdivisión de la población en clases de acuerdo con sus bienes (subdivisión junto a la cual siguió conservándose la división básica en cuatro filai, de a tres tribus y de a doce naucrarías cada file) fundamentaba también la distribución de las cargas militares. Los ciudadanos de la primera categoría daban cumplimiento en los tiempos de guerra, y por cuenta propia, a toda clase de suministros; los de la segunda categoría prestaban servicio en la caballería; los zeugitas constituían la infantería provista, por cuenta propia, de armas pesadas (hoplitas); los tetes eran guerreros de armas livianas (himnetes) y también prestaban servicio en la flota. La misma subdivisión de los ciudadanos según sus bienes sirvió de base para la determinación de sus derechos políticos. Los ciudadanos que pertenecían a las dos primeras categorías disponían de la plenitud de los derechos políticos activos y pasivos, esto es, podían elegir y ser electos para cualquier órgano gubernamental del Estado ateniense. Los derechos de los ciudadanos de la tercera categoría eran limitados: no podían ser elector para el cargo de arcontes y, en consecuencia, entrar a formar parte del areópago. Los ciudadanos de la cuarta categoría, los tetes, gozaban solamente del derecho a elegir, pero no al de ser electos.
La organización política de Atenas, durante la vida de Solón, se reducía, en sus rasgos fundamentales, a los siguiente: el areópago conservaba el valor de tribunal superior en lo tocante a los asuntos criminales y ejercía el control general sobre todos los demás órganos atenienses. Hay que anotar que esa institución que se integraba con los exarcontes había modificado en grado considerable su composición y carácter anteriores al introducirse la elección de arcontes en base del censo. Entonces el areópago no tomaba participación directa en los asuntos administrativos; sus funciones habían pasado en parte a la asamblea popular (ekklesia) y en parte al consejo de los cuatrocientos (bulé) establecido por Solón. La formación de este último conservaba aún rasgos del antiguo orden gentilicio familiar. Para su composición se elegían cien hombres de cada una de las cuatro filai. «Pero también este fue el único punto en el que la constitución antigua se introdujo en el nuevo cuerpo del Estado», observa Engels. En el nuevo sistema administrativo introducido por Solón se incluían, además de la asamblea popular y del consejo de los cuatrocientos, ciertos funcionarios. Aristóteles menciona a arcontes, tesoreros, poletes (que posteriormente entendieron en el arriendo de los bienes del Estado); colacretes (función financiera que existía aún antes de Solón; al comienzo, sirvientes auxiliares al hacerse los holocaustos), y el colegio de once carceleros. Los náucraros, ya conocidos por nosotros, conservaron sus funciones anteriores.
Al parecer, las naucrarías se convierten, en el tiempo de Solón, en principales órganos financieros. Perciben diferentes aportes e impuestos y corren con todos los gastos corrientes. Dice Aristóteles que, inclusive en su tiempo, cuando ya las leyes de Solón habían quedado fuera de uso, sobrevivían expresiones tales como: «Cabe a los náucraros recabar», «efectuar el gasto de las sumas de náucraros». Además de los órganos enumerados, existía en Atenas un tribunal popular, tribunal de jurados: la heliaía. No es conocido el número de sus miembros durante el tiempo de Solón, pero nos consta que en el mismo, al igual que en la asamblea popular, podían tomar parte todos los ciudadanos (incluso los tetes), que tuvieran treinta años cumplidos. Al parecer, la elección de los jurados era realizada por sorteo. Entraban en la competencia del tribunal, por una parte la recepción de los informes que presentaban los funcionarios al vencer el término de sus servicios, y por otra parte la investigación judicial (según las apelaciones) de los veredictos ya pronunciados por funcionarios en asuntos referentes tanto a violencias físicas y daños materiales como a obligaciones de la más diversa índole. A la heliaía le fue otorgado el derecho de anulación (ruptura) de tratados estatales y privados. Sólo el juzgado en lo criminal que se mantenía en la jurisdicción del areópago, no entraba en la competencia de la heliaía. En resumen, todo este sistema estaba calculado de manera que, oponiendo los elementos oligárquicos a los democráticos, se aseguraran la situación dominante y los intereses de las capas mercantiles—industriales de la población urbana. Y, en virtud de ello, los cargos superiores se otorgaban solamente a las personas pudientes; las elecciones que tenían lugar en la asamblea popular debían afianzar a aquéllos en los correspondientes cargos. De esta manera, el nuevo orden era estructurado ya sobre los principios de la propiedad privada. «Los derechos y los deberes de los ciudadanos del Estado determináronse con arreglo a la importancia de sus bienes territoriales; y quedaron suplantadas las antiguas corporaciones consanguíneas. La gens había sufrido otra nueva derrota.»
Las antiguas organizaciones de las gens perdieron su significación política. El valor decisivo lo fue adquiriendo en cambio el censo de bienes y el principio territorial puesto en la base de la organización de las naucrarías. Por otra parte, para llegar al afianzamiento definitivo de este último principio, debió transcurrir aún mucho tiempo.
Haciendo disminuir los intereses de la nobleza terrateniente, las leyes de Solón abrían camino a las relaciones esclavistas de producción. La introducción del censo de bienes reducía a cero los privilegios políticos de los eupátridas. El papel principal para llenar los cargos sociales ya no lo desempeñaba la nobleza del origen, sino la situación económica. El acceso a la administración, celosamente custodiado hasta entonces por las prerrogativas creadas por el régimen gentilicio, quedó despejado y abierto a las personas pudientes que habían salido de las filas del demos. De esta manera, los eupátridas se vieron constreñidos a repartir el poder político con los esclavistas promovidos por las capas artesano—mercantiles de la población ateniense. Como resultado lógico de todo ello, en la vieja aristocracia surgió la oposición a Solón. Por eso mismo, las leyes de Solón significaron una revolución en las relaciones de propiedad. Habían propiciado el desarrollo de las relaciones esclavistas y de un nuevo régimen social que venía a reemplazar el ordenamiento de clan familiar, que ya sólo era un freno para el desarrollo del Ática.
Engels, al valorar el significado de las reformas de Solón, subraya que éste «inicia la serie de lo que se llama "revoluciones políticas" y lo hizo con un ataque a la propiedad».
Se sobreentiende que, a consecuencia de esa revolución, no fue abolida la explotación de los esclavos, campesinos y artesanos, ni fueron destruidos los opresores. Sólo cambiaron las formas de la opresión. Como es natural, se intensificó la explotación de los esclavos, y la situación de los campesinos, aun liberados de sus deudas, siguió siendo penosa, igual que antes.
http://www.biblioteca-tercer-milenio.com/sala-de-lectura/HistoriaUniversal/GreciaAntigua-VV_Struve/Volumen-I/CAPITULO-VII-A.htm