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General: Donde hay patrón, no manda marinero
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Respuesta  Mensaje 1 de 3 en el tema 
De: Quico º  (Mensaje original) Enviado: 09/01/2013 21:10
En cambio, el artículo 233 establece que, "si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período constitucional, el vicepresidente asumirá las funciones presidenciales hasta completar dicho período".

A ver si los resabiados de la oposición entienden de una vez que "Donde hay patrón, no manda marinero" y se dejan de batallitas que rallan la ilegalidad y que la legalidad está garantizada en Venezuela, sin necesidad de que “venga el 7º de caballería” a imponerla.

¡¡QUE VIVA CHÁVEZ, CARAJO!!



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Respuesta  Mensaje 2 de 3 en el tema 
De: Quico º Enviado: 09/01/2013 22:10


Respuesta  Mensaje 3 de 3 en el tema 
De: Anti-gusano Enviado: 10/01/2013 05:41
El mandato de Hugo Chavez y de Maduro vence el 10 de Enero, si Chavez no jura y sigue en el cargo hay un golpe de Estado y Maduro se transforma en un gobernante de facto.  La constitución es muy clara y no establece otra fecha.


 
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