
El Tribunal Europeo de
Derechos Humanos, conocido también como Tribunal de Estrasburgo, ha
demolido la denominada Doctrina Parot. La citada doctrina permitía
aplicar con carácter retroactivo una modificación jurisprudencial
impuesta por el Tribunal Supremo en 2006 por la que la redención de pena
(un día de prisión por cada dos de trabajo), regulada en los artículos
70 y 100 del Código Penal de 1973, dejaba de aplicarse sobre el máximo
cumplimiento legalmente previsto (30 años de prisión) y pasaba a
aplicarse sobre cada una de las penas por separado.
El odio como principio jurídico.
La reacción no se ha
hecho esperar. Cientos de páginas de periódicos, de minutos de radio y
televisión, han sido puestos al servicio de un proceso de
embrutecimiento de masas que busca extender el odio y sentar las bases
ideológicas de una interpretación ultrarreaccionaria del ordenamiento
jurídico. La Ley del Talión campa a sus anchas: ojo por ojo diente por
diente. La venganza se convierte en el principio esencial de los amantes
de la Doctrina Parot y de la reacción.
Da igual que desde el
punto de vista del ordenamiento jurídico del sistema la cuestión sea
legal o ilegal, el principio pro reo debe ser sustituido por el
principio pro víctima. La cuestión no es que sea legal o ilegal, sino
que la condena satisfaga o no las ansias de venganza de la víctima
–humanamente entendible, pero no jurídicamente-. ¿De todas las víctimas?
Claro que no, sólo de las víctimas de ETA. Las cientos de miles de
personas que en este país han sido víctimas de tortura y otros tratos
crueles, inhumanos o degradantes, en sedes policiales o penitenciarias,
no son consideradas víctimas. Tampoco lo son los cientos de miles de
torturados, asesinados o desparecidos por la dictadura franquista, la
misma que se niega a condenar el Partido Popular y que fue protegida en
la transición por una Ley de Amnistía hecha a medida de los asesinos
franquistas con la complicidad, cuando menos, de la izquierda del
régimen.
La tendencia a la reacción avanza.
Con algunas mínimas
excepciones, el Código Penal de 1995, aprobado con el voto de IU
(ejercicio de memoria histórica), vino a facilitar la represión estatal
de las luchas populares. La interpretación reaccionaria de las normas
penales prosiguió en las reformas posteriores y, el pasado mes de
septiembre, se ha condensado en el Proyecto de Ley aprobado por el PP
para imponer un nuevo Código Penal a medida de las necesidades
represivas del capitalismo en crisis.
Si con el Código de 1973
el máximo de estancia en prisión se fijaba en 30 años, con posibilidad
de redimir pena, en el Código de 1995 desaparece esta posibilidad y
desde el año 2004 el máximo de estancia en prisión se eleva a los 40
años. La guinda del pastel es la denominada “prisión permanente
revisable” incluida en el nuevo Código Penal y que no deja de ser un
sucedáneo, muy del estilo Gallardón, de la execrable cadena perpetua.
La decisión del Tribunal
Europeo de Derechos Humanos no niega la tendencia a la reacción propia
de las sociedades imperialistas, sino que constituye una pieza más del
opaco juego puesto en marcha el los laberintos de la superestructura
para sellar definitivamente el fin de ETA. No por casualidad la
sentencia se dicta el mismo día en que se cumplen dos años de la
declaración por parte de ETA del fin de las acciones armadas. A pesar de
las lágrimas de cocodrilo vertidas por la reacción, todo responde a un
verdadero juego que se desarrolla a espaldas de la población y jugando
con los sentimientos de unos y otros. Mientras, prosigue la tendencia a
la reacción.
Libertad para los presos políticos. ¡Amnistía!
Las cárceles españolas
continúan plagadas de presos políticos, vascos y no vascos. Los presos
no pueden convertirse en moneda de cambio, en rehenes de un juego al
que, por desgracia, juegan unos y otros desde la comodidad
institucional.
Debe levantarse con
fuerza la consigna de la amnistía, de la exigencia de libertad para
todos los presos políticos, convirtiéndola en un sólido muro solidario
capaz de contener el avance de la reacción.
RMT.
- Detalles
-
Escrito por RMT
-
Categoría: Actualidad