Correo electrónico:

Contraseña:

Registrarse ahora!

¿Has olvidado tu contraseña?

LA CUBA DEL GRAN PAPIYO
 
Novedades
  Únete ahora
  Panel de mensajes 
  Galería de imágenes 
 Archivos y documentos 
 Encuestas y Test 
  Lista de Participantes
 Conociendo Cuba 
 CANCION L..A 
 FIDEL CASTRO.. 
 Fotos de FIDEL 
 Los participantes más activos 
 PROCLAMA AL PUEBLO DE CUBA 
 
 
  Herramientas
 
General: LA JUSTICIA DESESTIMÓ LA DENUNCIA DE NISMAN CONTRA CRISTINA
Elegir otro panel de mensajes
Tema anterior  Tema siguiente
Respuesta  Mensaje 1 de 9 en el tema 
De: Ruben1919  (Mensaje original) Enviado: 20/04/2015 22:36

17:12 › EL FISCAL DE LUCA AFIRMO QUE "NO HUBO DELITO ALGUNO"

La Justicia desestimó la denuncia de Nisman

"De ningún modo puede iniciarse una investigación para averiguar las circunstancias de algo que no es delito", explicó el fiscal ante Casación Javier De Luca en su dictamen, en el que desistió de impulsar la denuncia de Alberto Nisman contra la presidenta Cristina Kirchner por un supuesto encubrimiento del atentado a la AMIA. Sobre el Memorándum de Entendimiento con Irán, afirmó que "sostener que la firma de un tratado constituye un plan criminal es un absurdo desde el punto de vista jurídico" y que "el Poder Legislativo en ejercicio de su competencia constitucional no puede cometer delitos". Si la Sala I del máximo tribunal penal del país considera que la resolución de De Luca es "fundada", la denuncia se quedará sin instancias de apelación.
Dictamen completo

El fiscal ante la Cámara Federal de Casación, Javier De Luca, desistió de apelar la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la Presidenta, el canciller Héctor Timerman y el diputado Andrés Larroque, entre otros. “Desisto fundadamente del recurso interpuesto por el colega que me antecediera en la etapa”, concluyó De Luca al dejar sentado que no apelará la denuncia sostenida por el fiscal German Moldes y por ende no impulsará la continuidad de la investigación por supuesto encubrimiento al atentado contra la AMIA.

De Luca consideró que "las extensas y oportunas argumentaciones" del juez de primera instancia, Daniel Rafecas, y de los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero de la sala I de la Cámara Federal "no han sido refutadas". "Con todo tipo de argumentos, alternativos, subsidiarios y complementarios, demostraron por distintas vías que no hubo delito alguno, consumado ni tentado", afirmó.

El fiscal diferenció entre dos "líneas argumentales" en la denuncia presentada por el fallecido titular de la UFI-AMIA, Alberto Nisman, e impulsada primero por el fiscal Gerardo Pollicita y luego por el fiscal general Germán Moldes. Dijo que hay una línea de naturaleza "procesal, de prueba" y otra "jurídica-penal", que consiste en determinar si los hechos denunciados, aunque estuvieran probados, constituyen o no un delito. "La hipótesis fáctica no constituye delito", reiteró al respecto De Luca y fundamentó que "el Poder Legislativo en ejercicio de su competencia constitucional, no puede cometer delitos".

"Sostener que la firma de un tratado constituye un plan criminal es un absurdo desde el punto de vista jurídico", prosiguió y afirmó que el poder Legislativo tiene entre sus atribuciones la incriminación de ciertas conductas y la derogación de aquellas consideradas delito. Como ejemplo puso el caso de la ley de Obediencia Debida, que "significó en su momento la impunidad de varios cientos de personas, y no es posible considerar que ese fue un acto de encubrimiento por favorecimiento personal de parte de quienes la proyectaron, los legisladores que la votaron, el presidente que la promulgó y los jueces que en su momento la aplicaron en los casos sometidos a su jurisdicción".

"En definitiva, aunque este Memorándum significase la impunidad de los prófugos, lo cual no afirmo, ello podría haber sido hecho por quienes lo suscribieron en ejercicio de facultades constitucionales", afirma De Luca al reiterar nuevamente la inexistencia de un delito en la firma del Memorándum con Irán.

En sus consideraciones finales, el fiscal afirmó que "carece de relevancia" si el Ejecutivo buscó o no un restablecimiento o intensificación de las relaciones comerciales o de otro tipo con la República Islámica de Irán. Añadió que "no pueden ser considerados actos de conspiración las conductas denunciadas por el hecho de haberse llevado a cabo de manera reservada", porque "por su propia naturaleza, las relaciones diplomáticas se llevan a cabo en la más estricta reserva".

Respecto a las alertas rojas de Interpol, recordó que ellas fueron solicitadas por el juez de la causa AMIA y aseguró que "la comunicación a Interpol de la celebración del acuerdo no tiene ninguna relevancia en el proceso penal argentino y ,además, no constituye un procedimiento reglado por Interpol para hacer cesar las alertas rojas". "No es la Argentina ni la República Islámica Irán por sí mismos, ni el acuerdo entre ambos países, los que podrán generar automáticamente la baja de las alertas rojas, de modo que, toda construcción argumental respecto de que ése era el nudo del acuerdo, se cae por su propio peso", manifestó.

Reiteró que "lo que se pretende es la investigación de conductas que no constituyen delito alguno". "Tanto los fiscales que me anteceden como el voto de la disidencia, plantearon una falacia consistente en sostener que la hipótesis del denunciante puede dar lugar a un delito o puede dar lugar a un no delito, lo cual demanda investigación para su dilucidación", sostuvo De Luca y rechazó esa postura: "Es requisito necesario tener en claro cuál es el delito al que esa investigación refiere".

"El supuesto intento de hacer caer las alertas rojas y la creación de una comisión que opinaría sobre el caso, no pueden constituir la base de un delito, porque no son la 'ayuda' típica del art. 277 CP porque se inscriben en la competencia constitucional de los otros poderes del Estado, ajenas al Poder Judicial", insistió el fiscal. Concluyó que no pueden producirse las medidas de prueba solicitadas porque "su producción sólo nos conduciría al mismo punto en el que estamos hoy, a la confirmación de hipótesis no delictivas".



Primer  Anterior  2 a 9 de 9  Siguiente   Último  
Respuesta  Mensaje 2 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 21/04/2015 10:45

EL PAIS › EL FISCAL DE CASACION JAVIER DE LUCA DESESTIMO LA DENUNCIA DE NISMAN CONTRA LA PRESIDENTA CRISTINA KIRCHNER

“No hay delito alguno, ni consumado ni tentado”

De Luca insistió en que no existe delito en lo denunciado. Sólo resta que la Cámara de Casación firme una resolución dejando en pie el desestimiento de primera instancia del juez Rafecas para que la denuncia de Nisman se archive.

 Por Raúl Kollmann e Irina Hauser

@El fiscal ante la Cámara de Casación, Javier De Luca, desistió ayer del recurso de Casación por la denuncia del fallecido fiscal Alberto Nisman contra la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el canciller Héctor Timerman, el diputado Andrés Larroque y varios dirigentes sociales. De Luca tenía la obligación de fundamentar su desistimiento y lo hizo en un escrito de 27 páginas en los que afirma que en la denuncia de Nisman “por más que se recorran todas sus hipótesis una y otra vez, no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”. De Luca sostiene que no existe delito en la firma del memorándum ni en la constitución de una Comisión de la Verdad, todo lo cual fue votado por el Congreso. “Sostener que firmar un tratado constituye un plan criminal es un absurdo desde el punto de vista jurídico. Las supuestas motivaciones, móviles o ultra-intenciones no son delito”, remata el fiscal. Tras la presentación del escrito de De Luca, la Sala I de la Cámara de Casación seguramente dirá que el recurso no fue sostenido, lo que deja firme el desestimiento original del juez Daniel Rafecas. Será el final de una denuncia que naufragó desde el principio (ver aparte).

Tratado

Aunque se pretenda descalificar a De Luca por su pertenencia a la agrupación Justicia Legítima, lo cierto es que el fiscal no sólo siguió los lineamientos del fallo de primera instancia de Rafecas y de dos de los tres jueces de Casación –Jorge Ballestero y Eduardo Freiler–, sino que convalidó los mismos argumentos que públicamente explicaron juristas de la talla de Raúl Zaffaroni, León Arslanian, Ricardo Gil Lavedra, Julio Maier o Luis Moreno Ocampo. Todos coincidieron en que en la denuncia de Nisman no existe delito o que tenía más de denuncia política que judicial.

El fiscal dice: “Véase que la conformación de una ‘Comisión de la Verdad’ y la notificación a Interpol de la celebración del acuerdo internacional están escritas en el mismo memorándum, totalmente a la vista, y fueron ratificados por el Congreso de la Nación. Es decir, nuestros legisladores, en el ejercicio de su potestad constitucional, dispusieron esas cláusulas. No queda resquicio alguno para operaciones encubiertas o la realización de móviles ocultos, porque está todo a la vista. Un tratado es equiparable a una ley. Fue votado por el Congreso. Es el soberano el que decide. Hay tratados que eximen de extradición, que modifican regímenes de excarcelaciones y todo ello está dentro de las facultades del Legislativo y el Ejecutivo, que luego promulga. No puede haber delito en eso”.

Interpol

Ya está demostrado que la Cancillería no pidió el levantamiento de las alertas rojas. Las pruebas exhibidas fueron categóricas: la carta a Interpol advirtiéndole que la firma del memorándum no cambiaba el status de las capturas; la respuesta de Interpol ratificando que no habría cambios; las declaraciones de Ronald Noble.

Sin embargo, De Luca resalta que ni el Ejecutivo ni el Legislativo argentino tenían facultades para incidir en el levantamiento de las órdenes de captura, incluso si se hubiera hecho alguna gestión. “No existe en Interpol el mecanismo de solicitudes u órdenes de los poderes ejecutivos –afirma De Luca–. No es un procedimiento reglado para bajar las alertas rojas. Ni Argentina ni Irán tienen capacidad legal de bajar alertas. Sólo los jueces son quienes pueden solicitar a Interpol las altas y las bajas de las capturas internacionales de personas imputadas de delitos, que dan lugar a un procedimiento reglado de Interpol. Los otros poderes de los respectivos Estados no tienen una competencia específica para incidir en el proceso interno de la Interpol al respecto, ni para darles el alta ni para darles la baja.”

AMIA

Hay un punto del dictamen de De Luca que va a uno de los meollos del memorándum. El fiscal explica que el tratado no detuvo nada de la causa judicial argentina, que siempre estuvo en las manos de un juez, Rodolfo Canicoba Corral, y delegada en un fiscal, Nisman. De Luca analiza que el expediente afrontaba un problema sin solución: los prófugos no podían ser indagados porque ni se presentaban voluntariamente ni podían ser aprehendidos. “No se podía avanzar –señala De Luca–. En ese contexto, se desprende de la simple lectura del memorándum que el acuerdo no pretende otra cosa que traer a derecho a esas personas para que declaren ante el juez de la causa. La historia judicial argentina está plagada de búsqueda de soluciones, porque no se trata de un conjunto de normas pétreas. Los poderes del Estado competentes buscan e instauran un mecanismo que destrabe una situación. Y la solución puede ser criticada por los políticos, la doctrina, las partes, pero es lo que pudieron y supieron concretar quienes dirigen las políticas exterior y criminal de la República.” Esto no significa –redondea De Luca– que el Ejecutivo o el Legislativo hayan entorpecido la causa judicial, que siempre estuvo a cargo de un magistrado. No se afectó el trámite judicial en la Argentina. Tampoco significó ayuda para los prófugos, no les facilitó la elusión de la Justicia.

Comisión

De Luca responde al argumento de que la creación de la Comisión de la Verdad, en el marco del Memorándum, sea una ayuda a los prófugos y, por lo tanto, un delito. “De la lectura misma del memorándum –dictamina De Luca– surge que el juez y el fiscal a cargo de la etapa de investigación no están obligados ni vinculados por las acciones y conclusiones de la llamada ‘Comisión de la Verdad’, de modo que no tiene efectos sobre el proceso porque siempre dependerán de la decisión autónoma que tomen los magistrados a cargo. La intervención de la Comisión no tiene mayor valor que el que pudieran tener las infinitas opiniones, estudios, investigaciones y conclusiones que sobre el atentado hubo desde el primer día. Y ello conduce a visibilizar que el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, al concretar este acuerdo, con esa redacción, de ningún modo entorpecieron la marcha del proceso penal que, reitero, en nuestro país está a cargo de un magistrado que pertenece a otro poder del Estado.”

Delito

El fiscal de Casación, en su desistimiento del recurso, polemiza con lo que llama una falacia “consistente en sostener que la hipótesis del denunciante (Nisman) puede dar lugar a un delito o puede dar lugar a un no delito, lo cual demanda investigación para su dilucidación”. El fiscal rechaza ese proceder: “Si se reciben denuncias del tipo ‘en la casa de al lado se trafican estupefacientes’, o que ‘Fulano mató a Mengano’, o de un robo de una cartera, etcétera, debemos investigarlas porque se parte de la base de que traficar estupefacientes, matar a otro, o robar, son delitos. Pero si la denuncia consiste en tratar de probar si Fulano es infiel a su mujer porque tiene manceba, esa investigación está vedada porque el adulterio no es más delito en la Argentina. En este caso, como ya se dijo, el supuesto intento de hacer caer las alertas rojas y la creación de una comisión que opinaría sobre el caso, no pueden constituir la base de un delito, porque no son una ayuda para los prófugos y se inscriben en la competencia constitucional de los otros poderes del Estado”. Es decir que hubo un tratado y una ley, que –como señaló la Cámara Federal– pudo haberse considerado inconstitucional, pero no un delito.

Finalmente, el fiscal les responde a quienes dicen que hay que investigar e iniciar un proceso de recolección de pruebas. “Nuestra ley –remata De Luca– exige que lo que se denuncie e investigue sean hechos que constituyan delitos y no cualquier hecho de la vida. En este caso no estamos ante hechos que no se pudieran probar, sino que lo que se pretende probar son hechos que no podrían configurar un delito.”

 

Compartir: 

Twitter
 
  

 
El fiscal ante la Cámara de Casación, Javier De Luca, ayer, saliendo de los tribunales de Comodoro Py.

Comparta esta nota con un amigo


Respuesta  Mensaje 3 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 21/04/2015 10:46

EL PAIS › El fiscal De Luca desestimó la denuncia de Nisman

Colorín colorado (este cuento se ha acabado)

Por Raúl Kollmann e Irina Hauser

| | Consideró que “no hubo delito alguno, ni consumado ni tentado. Sostener que la firma de un tratado constituye un plan criminal es un absurdo jurídico”, aseguró. Cuando la Sala I de Casación lo convalide, será el final de la insólita denuncia que sólo cosechó rechazos en todas las instancias judiciales


Respuesta  Mensaje 4 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 21/04/2015 10:47
EL DERROTERO DE LA DENUNCIA DE NISMAN

Al borde del archivo

 

La denuncia de Alberto Nisman por encubrimiento fue arrasada desde los primeros días y quedó ayer al borde del archivo definitivo. El fiscal volvió sorpresivamente de viaje y en una movida de fuerte contenido político presentó su denuncia durante la feria judicial, el 15 de enero. Esa jugada ya llamó la atención: Nisman dijo que la venía trabajando desde hace años y, sin embargo, no la presentó en el período ordinario de funcionamiento de la Justicia.

  • La jueza María Servini de Cubría rechazó habilitar la feria porque no consideró que se estuvieran pidiendo medidas de urgencia. Pero, además, le dijo a Nisman que ni siquiera había presentado las pruebas.

  • El juez Rodolfo Canicoba Corral, a cargo de la causa AMIA, afirmó que la denuncia tenía “escaso o nulo valor probatorio” y que debía estudiarse la actuación del fiscal que, según sus propios dichos, invirtió años en eso sin notificárselo a ningún juez. Canicoba agregó que se trataba de una denuncia basada en versiones de servicios de Inteligencia y no en pruebas.

  • El ex secretario de Interpol Ronald Noble señaló por escrito que ningún funcionario argentino hizo jamás alguna gestión para que se levantaran las alertas rojas. Es más, Héctor Timerman presentó la carta que la Cancillería envió a Interpol diciéndole que las alertas rojas no debían modificarse. “La denuncia de Nisman es falsa”, escribió Noble.

  • El juez Ariel Lijo también consideró que no había motivos para habilitar la feria judicial y elogió la resolución de Servini de Cubría.

  • El juez Daniel Rafecas desestimó la denuncia por inexistencia de delito. Señaló que las alertas rojas nunca se levantaron ni hubo ninguna iniciativa para levantarlas. Además consideró que el memorándum ni siquiera se puso en marcha por lo que no podía constituir delito.

  • Dos de los tres integrantes de la Sala I de la Cámara Federal también desestimaron la denuncia. Entre los argumentos, Jorge Ballestero y Eduardo Freiler señalaron que el memorándum pasó por varias instancias judiciales y en ninguna se lo consideró un delito. Esa misma sala lo declaró inconstitucional, pero no un delito. Los camaristas mencionaron una grave manipulación de las escuchas telefónicas, uniendo tramos de unas llamadas con tramos de otras realizadas tiempo después. Los camaristas señalaron que la Justicia no puede ir “de pesca”, es decir iniciar causas judiciales para ver si existe algún delito.

  • Finalmente, ayer Javier De Luca no sostuvo el recurso transitando el mismo camino: “No se logra encontrar delito alguno”.


Respuesta  Mensaje 5 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 21/04/2015 10:49

EL PAIS › ZAFFARONI Y ARSLANIAN AVALARON EL DICTAMEN DE DE LUCA

Coincidencias con el fiscal

Zaffaroni insistió en que en lo denunciado por Nisman ni siquiera había delito en grado de tentativa. Arslanian recordó que el único que puede levantar las alertas rojas de Interpol es el juez que lleva la causa.

 Por Irina Hauser

“Javier De Luca hizo lo correcto. Si hacía otra cosa, hubiera negado normas elementales de derecho. La desestimación de la denuncia de (Alberto) Nisman ya había sido resuelta en primera instancia y en la Cámara Federal, porque no había delito alguno ni siquiera una tentativa”, dijo el ex juez de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni en aval del dictamen que presentó ayer el fiscal de la Cámara de Casación para desestimar la presentación del fiscal fallecido, que imputaba a la Presidenta, el canciller y otras personas por el supuesto encubrimiento de los iraníes acusados por el atentado a la AMIA. Para Nisman, el Memorándum de Entendimiento con Irán y la Comisión de la Verdad que creaba para indagar a los sospechosos eran parte de un pacto de impunidad, que se concretaría a través del levantamiento de las alertas rojas de Interpol dispuestas para lograr su captura. “El acuerdo con Irán en sí no puede ser delito ni tener consecuencias jurídico-penales. Quien puede levantar las órdenes de captura es únicamente el juez de la causa, no el Poder Ejecutivo ni el Legislativo. Esto no pasó. Por eso está bien el razonamiento del fiscal: al no haber un delito tipificado tampoco hay obligación de abrir una investigación y ordenar medidas de prueba”, analizó el penalista León Arslanian. Para ambos juristas, con la presentación de De Luca no hay dudas de que la causa está terminada.

En la denuncia de Nisman, dice Zaffaroni, “no se advertía ni siquiera el comienzo de ejecución de un delito, ni una tentativa”. Pone un ejemplo para comparar con el memorándum: “Yo puedo ir a comprar un revólver para matar a mi vecino; aunque me paren y me pregunten para qué compré el arma, y yo diga que era para matar a mi vecino, no hay delito. El delito se empieza a cometer con la ejecución. Un tratado no puede ser un acto preparatorio de un delito ni es un acto de tentativa. Y si fuera preparatorio, tampoco es un delito. Está fuera de discusión penal, aquí y en todo el mundo”. El penalista explica que “lo que Nisman denunciaba era ‘un plan y una confabulación’. Nosotros podemos planificar cualquier crimen, pero si no hacemos nada y el plan queda en plan, no hay delito. Además, Nisman se refería a una ‘confabulación’. Esta es una palabra que no usamos. Es la traducción usual de la conspiracy inglesa y norteamericana, que no tenemos nosotros. Esto lo escribió un ‘service’, no un abogado, seamos claros y digamos la verdad que sale del documento de Nisman, además desmentido por él mismo en otros dos documentos que dejó firmados, en los que elogiaba a la Presidenta en relación con el impulso de la causa AMIA. Esto no tiene ninguna seriedad. ¿Qué podía hacer De Luca? ¿Pedir prueba de un ‘no delito’? ¿De una confabulación, de un plan? Es un disparate tan grande que a nadie se le pasa por la cabeza. De Luca es un profesor titular, un catedrático por concurso de la UBA; hay otros a quienes no les importa escribir barbaridades”.

–¿Nunca la firma de un tratado podría ser un plan criminal? –le preguntó este diario al ex juez supremo.

–Yo no creo que haya actos que no sean judiciables. Podría haber un delito si firmo un tratado con otra potencia para restablecer la esclavitud, por ejemplo. Lo que creo es que hay niveles de judiciabilidad. El memorándum con Irán no es motivo de un delito. Obviamente lo que quisieron hacer el Poder Ejecutivo y el Legislativo fue destrabar la causa judicial sobre el atentado a la AMIA, que estaba parada porque los iraníes no extraditaban y los imputados no declaraban. La intención era mover la causa. Otra cosa es opinar si está bien o mal, es una evaluación política o hay que preguntarle a algún experto en derecho internacional si estaba bien o se podía hacer otra cosa. De ninguna manera cabe decir que fue un acto de encubrimiento.

–¿No había que agotar medidas de prueba, como decían los fiscales Germán Moldes y Gerardo Pollicita? ¿O usted cree, como De Luca, que ése es un razonamiento falaz? –le preguntó Página/12 a Arslanian.

–Ese es un punto de vista muy interesante que aporta De Luca al dejar en claro que no hay obligación de promover una investigación. Es un error conceptual, muy difundido en los medios, decir que hay que hacer sí o sí medidas de prueba. No es que hay una obligación de investigar frente a cualquier tipo de denuncia, tiene que haber un delito específico que se describa. No hay por qué ordenar pruebas si uno e de antemano ya puede verificar que lo que se describe y se denuncia como un delito de encubrimiento no lo es, porque los hechos no tienen tipicidad. Se puede tener sospechas sobre el memorándum firmado con Irán, o suponer que fue una forma para sacarles el lazo del cuello a los iraníes, pero esas acciones no pueden tener consecuencias jurídico-penales. Ya el juez de primera instancia (Daniel Rafecas) explicó que el único que podía levantar las órdenes de captura, que a la vez permitirían el levantamiento de las alertas rojas de Interpol, es sólo el juez de la causa.

Zaffaroni agrega que “para anotar las órdenes de captura, Interpol tuvo que convocar a la asamblea; de las ocho órdenes de captura se ejecutaron cinco. Esas órdenes, emitidas con la disposición previa de un juez, no se pueden levantar sin otra orden de ese juez. No tiene sentido pensar que el canciller Héctor Timerman habló con el entonces secretario de Interpol para darle instrucciones”. Arslanian suma: “A la vez, el juez sólo podría levantar las capturas una vez que escuchó a los sospechosos iraníes en indagatoria, si es que no decide procesarlos, pero el convenio no puede favorecer personalmente a las personas. Por otro lado, como señala el fiscal de Casación, la Comisión de la Verdad (que tampoco existió porque el memorándum nunca entró en vigencia) no tenía facultades judiciales ni vinculantes. Aquí nadie, ni el Ejecutivo ni el Legislativo, entorpecieron la investigación. No hay manera de que pudiera haber un encubrimiento y que los sospechosos zafaran de una imputación”.

Tanto Zaffaroni como Arslanian coinciden en que con el dictamen desestimatorio de De Luca se terminó la causa promovida por Nisman. “Si el fiscal de Casación no sostiene el recurso, se termina todo acá. Salvo que aparezcan hechos nuevos, no hay motivos para que se reabra esto. Sólo si apareciera una carta de amor entre Cristina y el presidente de Irán habría un hecho nuevo”, ironiza Zaffaroni.

 
 
Raúl Zaffaroni y León Arslanian aseguraron que con el dictamen de ayer se terminó la causa.

Respuesta  Mensaje 6 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 21/04/2015 10:51

EL PAIS › LA DAIA EMITIO UN COMUNICADO PARA RESPONDER A LA PRESIDENTA Y AL EX DIRECTOR JORGE ELBAUM

Los nexos entre la denuncia y los buitres

La entidad judía buscó desmentir lo revelado por su ex director ejecutivo en un artículo publicado en Página/12 sobre las presiones para derogar el memorándum con Irán.

La DAIA le respondió a través de un comunicado a la presidenta Cristina Kirchner y al ex director ejecutivo de esa entidad Jorge Elbaum, quien publicó el sábado pasado una columna en Página/12 en la que vinculó al fallecido fiscal Alberto Nisman con los fondos buitre y reveló el contenido de una serie de reuniones del magistrado con directivos de la DAIA, periodistas e intelectuales que buscaban presionar para que las entidades de la comunidad judía tomaran una postura contraria al Memorándum de Entendimiento con Irán. La Presidenta retomó el artículo y consideró que se trata de un “modus operandi global”. La DAIA expresó su “consternación y preocupación” ante lo dicho por Elbaum y volvió a calificarlo de falso. El ex directivo ratificó sus dichos y replicó a la DAIA, a la que consideró “una institución muy poco representativa”.

“En la Argentina se intentó que el Congreso no aprobara el Memorándum de Entendimiento. Cualquier similitud no es mera coincidencia y mucho menos casualidad”, afirmó CFK en un texto que subió a su página web durante el fin de semana. “Estamos ante un modus operandi de carácter global que no sólo lesiona severamente las soberanías nacionales interfiriendo y coaccionando el funcionamiento de los distintos poderes de los Estados, sino que además genera operaciones políticas internacionales de cualquier tipo, forma y color”, advirtió.

Lo de modus operandi tenía que ver con un artículo aparecido en el diario israelí Haaretz que revelaba cómo lobbistas pro israelíes operaban en estos días para que sancionen una ley para revisar el acuerdo nuclear que Estados Unidos firmó con Irán.

La DAIA emitió un comunicado, firmado por su presidente, Julio Schlosser, y su secretario general, Jorge Knoblovits, en el que consideró: “La representación política de la comunidad judía argentina expresa su consternación y preocupación respecto de imputaciones formuladas por la máxima autoridad del país, lamentablemente basadas en declaraciones de un ex empleado de la DAIA y actual funcionario del gobierno argentino, plagada de falsedades y mentiras sobre supuestas confabulaciones internacionales de las cuales sería parte la entidad”.

La DAIA destacó en su comunicado de repudio que “reafirma su inclaudicable lucha por la verdad y la justicia en el caso del atentado terrorista del que fuera víctima el 18 de julio de 1994 con el terrible saldo de 85 personas asesinadas”. Indicó que su “único ámbito de actuación respecto de ese luctuoso hecho es el de los tribunales de justicia”.

Elbaum ratificó luego sus dichos y se refirió a la DAIA. “Es una institución específica que es muy poco representativa, donde votan 120 personas cada 3 años”, por lo que “ha construido simbólicamente una imagen de representatividad de la cual carece”. “Lo primero que debemos hacer desde el Estado, pero también desde los judíos, es poner en evidencia que ellos representan a una porción de derecha conservadora, aliada con los fondos buitre.”

En su artículo, Elbaum había relatado una serie de reuniones en las que Nisman les habría dicho que podía conseguir la ayuda de Paul Singer. También señaló la intervención del periodista José “Pepe” Eliaschev, del jurista Daniel Sabsay, del filósofo Santiago Kovadloff y de Marcos Aguinis para torcer la voluntad de la dirección de la DAIA en contra de la iniciativa del Gobierno. La Presidenta dijo haber leído tres veces el artículo, “algo que nunca hago”.

 

Compartir: 

Twitter
 
  

 
Antes de partir hacia Rusia, la Presidenta subió a las redes sociales su análisis sobre lo revelado.

Respuesta  Mensaje 7 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 21/04/2015 10:59

La madre de Nisman encabezó un acto

 

La madre del fiscal Alberto Nisman, Sara Garfunkel, encabezó ayer un acto frente a los tribunales porteños para conmemorar los tres meses de la muerte del fiscal y exigir a la Justicia que investigue la denuncia que ese funcionario había presentado y que poco después sería desestimada por el fiscal Javier De Luca. Garfunkel fue la figura central del acto que organizaron en la puerta de los tribunales de Comodoro Py el filósofo Santiago Kovadloff y el rabino y diputado del PRO Sergio Bergman. Los acompañaron Graciela Fernández Meijide, los periodistas Nelson Castro y Alfredo Leuco, además de algunas personas que se acercaron a “saludar” a la madre del fiscal muerto. Luego, los organizadores le entregaron un petitorio al titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti –lo recibió una secretaria–, pidiéndole que se creen mecanismos para evitar que caiga la denuncia de Nisman. Al respecto, y en el marco del homenaje de ayer, el abogado Alejandro Fargosi, ex integrante del Consejo de la Magistratura, consideró al petitorio como una iniciativa “novedosa” y opinó que “la Corte debería” tener la potestad de pedir investigar “en el caso que el nuevo fiscal decida archivar la causa”, como finalmente ocurrió unas horas después. Bergman coincidió: “Nisman está muerto, quieren matar la causa”.

 
 

Respuesta  Mensaje 8 de 9 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 12/05/2015 20:23
fallo

La Cámara de Casación archivó la denuncia de Nisman contra la Presidenta

12.05.2015

En un fallo por unanimidad, los camaristas Ana María Figueroa, Luis María Cabral y Gustavo Hornos fundaron su decisión en que la apelación había sido desistida por el fiscal Javier De Luca, en sintonía con el fallo del juez Daniel Rafecas por inexistencia de delito.


La Cámara al confirmó hoy el archivo de la denuncia del fiscal Alberto Nisman contra la presidenta de la Nación y otros funcionarios por "supuesto encubrimiento del atentado" a la Amia perpetrado en 1994.

Respuesta  Mensaje 9 de 9 en el tema 
De: adamar okoye Enviado: 13/05/2015 22:52


Primer  Anterior  2 a 9 de 9  Siguiente   Último  
Tema anterior  Tema siguiente
 
©2024 - Gabitos - Todos los derechos reservados