Cuando el presidente venezolano, Nicolás Maduro, convocó a una Constituyente en 2017, algunos sectores dijeron que quebrantaba la Constitución de 1999, impulsada por Hugo Chávez, porque no había una consulta popular previa. Sin embargo, una abogada consultada por RT considera que no es necesaria.
Un poco de historia
Con la aprobación de la Carta Magna de 1999, quedó sin efecto la Constitución de 1961 y Venezuela pasó de tener un modelo de democracia representativa a uno participativo. Pero, ¿qué significa esto?
La Constitución de 1961 consagraba el modelo democrático representativo, donde los electores delegaban su soberanía en las autoridades que los representaban. No se contemplaba la consulta popular para decidir asuntos de interés común.
Luego de que los venezolanos aprobaran la Constitución de 1999, en el país se adoptó el modelo democrático participativo y protagónico, donde la población interviene en la toma de decisiones más allá de las consultas electorales.
Consulta popular: ¿sí o no?
Basándose en este modelo participativo, algunas voces han manifestado que el presidente Maduro debió consultar antes al pueblo si deseaba una nueva Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Sin embargo, la abogada constitucionalista Olga Álvarez, consultada por RT, considera que la consulta no es necesaria.
"Revisé el diario de debates de 1999 para entender por qué ahora se decide no ir a referendo aprobatorio: fuimos a referendo consultivo en 1999 porque la Constitución de 1961 tenía clausulas pétreas, no permitía ir a una ANC", explica Álvarez.
La Corte Suprema de ese entonces determinó que, basándose en la Ley Orgánica del Sufragio, existente en 1999, y en el poder popular originario, existía la posibilidad de consultar a los venezolanos si querían ir a una ANC. "Por eso hubo un referendo previo a todo el proceso, para dar flexibilidad a la Constitución, para permitirlo por vía legal".
En abril de 1999 se hizo un referendo, en el que el 87,75% de los venezolanos manifestó que estaba de acuerdo con ir a una ANC. Tres meses después se eligieron a los constituyentes que darían forma a la nueva Carta Magna y el 15 de diciembre del mismo año el 71,78% de los electores aprobaron la nueva Constitución.
La decisión de un mes antes
Sin embargo, un mes antes de la aprobación, el 9 de noviembre, explica Álvarez, los constituyentistas en reunión plenaria decidieron eliminar la propuesta hecha por el propio Chávez de hacer un referendo aprobatorio previo a la convocatoria a una ANC.
"La iniciativa del presidente goza de legitimidad de origen, es decir, el poder constituyente decidió otorgarle la capacidad para convocar un proceso constituyente sin necesidad de realizar un referendo", explica la abogada constitucionalista.
La ANC puede ser convocada, según el artículo 347 de la Constitución actual, por el presidente en Consejo de Ministros, las dos terceras partes de la Asamblea Nacional, las dos terceras partes de los Concejos Municipales en cabildo o el 15% de los electores.
En su criterio, cuando el pueblo dijo sí a la Constitución de 1999, que incluye el artículo 347, "le dio legitimidad al presidente para que pueda convocar una Constituyente".
"Hay quienes siguen insistiendo en la aprobación popular. Eso no tiene asidero constitucional. Nadie puede decidir lo que el Constituyente negó en su momento", agregó la abogada constitucionalista.
Nathali Gómez