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General: Seis años de prisión para expresidenta Cristina Fernández
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Respuesta  Mensaje 1 de 4 en el tema 
De: cubanet201  (Mensaje original) Enviado: 14/11/2024 13:25

Tribunal argentino confirma condena de seis años de prisión para expresidenta Cristina Fernández

Por ALMUDENA CALATRAVA

BUENOS AIRES —  El mayor tribunal penal de Argentina ratificó el miércoles la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por administración fraudulenta impuesta en 2022 a la expresidenta Cristina Fernández, lo que no afecta de lleno a quien es considerada la principal figura política de las últimas dos décadas en el país sudamericano.

El fallo no implica que la también exvicepresidenta (2019-2023) y titular del peronismo pierda su libertad o deba abstenerse de aspirar a un cargo público en los meses venideros, ya que tiene previsto apelar el fallo ante la Corte Suprema, que puede tardar años en pronunciarse.

Pocos minutos antes de que la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal diera a conocer su resolución, Fernández, de 71 años, había difundido un video en X, antes Twitter, en el que anunció que se dirigía a una localidad a las afueras de Buenos Aires para “compartir una actividad” con 400 mujeres. La exmandataria terminó su mensaje tirando un beso al aire.

Luego, durante el acto al que asistió, señaló que es víctima de una persecución política y judicial y que se ensañan con ella por ser mujer. Dijo que “como no me pueden dar un piña (golpe) hacen lo que hicieron hoy”.

Fernández fue condenada en 2022 a seis años de cárcel por un tribunal federal por el delito de “administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”. El tribunal consideró que cometió un fraude millonario al Estado mediante la asignación irregular de obras públicas en la provincia sureña de Santa Cruz a un empresario allegado durante su mandato presidencial (2007-2015). La entonces vicepresidenta consideró por su lado que fue víctima de una persecución judicial orquestada por opositores para sacarla del escenario político.

El empresario de la construcción Lázaro Báez y ocho exfuncionarios del gobierno nacional y provincial también fueron sentenciados a cumplir distintas penas de cárcel. Báez ya había sido condenado previamente por enriquecimiento ilícito.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó ahora esas sentencias en una audiencia que tuvo lugar en la sede de los tribunales federales en Buenos Aires, a la cual Fernández y los otros condenados no asistieron.

Por otro lado la cámara ratificó la absolución del exministro de Planificación Federal, Julio De Vido.

En las inmediaciones, militantes del kirchnerismo —la corriente de centroizquierda del peronismo que tiene a la exmandataria como referente— se manifestaron en contra de lo que consideran un ejemplo del “lawfare” o uso de los mecanismos del sistema de justicia para destruir a personalidades políticas.

El fallo fue celebrado por el ultraderechista presidente argentino Javier Milei. En su cuenta de X, antes Twitter, el líder de la Libertad Avanza, quien asumió el poder en diciembre y es un antikirchnerista acérrimo, dijo “Todo llega”.

“Recuerdo que en la campaña fuimos criticados por no expedirnos sobre la culpabilidad de Cristina Fernández... Bueno, en el día de hoy (durante este gobierno) la justicia argentina confirmó la condena e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos de la expresidente. Hoy podemos afirmar sin ninguna duda que Cristina Fernández de Kirchner es culpable de actos de corrupción”, afirmó el mandatario.

La decisión de la Cámara se basó en parte en la firma de un decreto por parte de Fernández que modificó un fideicomiso para el manejo de los fondos de la obra pública y su larga relación comercial con Báez.

En el caso de que la Corte Suprema ratifique la condena a Fernández, podría cumplirla en su casa por tener más de 70 años.

La exmandataria se expresó la víspera en contra de la sentencia y apuntó contra los jueces del tribunal federal que la condenaron hace dos años así como con los de la Cámara Federal de Casación Penal vinculándolos con el conservador expresidente Mauricio Macri (2015-2019), su sucesor en el cargo y quien, en su opinión, estuvo detrás de la investigación judicial en su contra.

En un escrito difundido en sus redes sociales en el que asumió que la sentencia en su contra iba a ser confirmada, la dirigente peronista apuntó que el delito de administración fraudulenta en relación con las obras viales nunca pudo haberlo cometido como presidenta.

Al respecto señaló que ese medio centenar de obras realizadas por la empresa de Báez fueron “aprobadas por el Parlamento en los presupuestos nacionales, licitadas, ejecutadas y pagadas por el gobierno de la provincia de Santa Cruz y aprobada su rendición de cuentas por la Auditoría General de la Nación y el Congreso de la Nación desde 2003 al 2015”.

La expresidenta ha dado señales de que busca convertirse en una referente de la oposición. Pocos días atrás, la junta electoral del Partido Justicialista (peronista) la proclamó como nueva presidenta de esa fuerza a nivel nacional, cargo que asumirá el 17 de noviembre.

Fernández ha expresado que busca “enderezar” a la fuerza opositora, que sufrió un fuerte traspié con la derrota de su candidato presidencial Sergio Massa ante Milei en las elecciones de noviembre de 2023. De esa forma manifestó que sigue en competencia en el escenario político, lo que podría incluir su postulación para el cargo de diputada o senadora en las elecciones legislativas del 2025, que funcionarán como una suerte de prueba para el mandatario ultraliberal.

Fernández enfrenta otras causas judiciales: una cámara federal ordenó juzgarla como presunta responsable del encubrimiento de los exfuncionarios iraníes acusados por la justicia argentina del cruento atentado en 1994 contra un centro judío a partir de la firma en 2013 de un memorando de entendimiento con Irán.

Además ordenó que sea investigada por presunto “lavado de dinero” a partir del uso que le dio a hoteles y propiedades de alquiler de su familia.

Fuente: Associated Press




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Respuesta  Mensaje 2 de 4 en el tema 
De: Gran Papiyo Enviado: 16/11/2024 01:28
INJUSTICIA TOTAL

CFK es una perseguida política por haber llevado adelante muchas medidas a favor del pueblo y del país.

 

 


 
SALUDOS REVOLUCIONARIOS 
(Gran Papiyo)      

Respuesta  Mensaje 3 de 4 en el tema 
De: Gran Papiyo Enviado: 21/11/2024 02:09

La expresidenta publicó una respuesta demoledora de la Inteligencia Artificial al fallo de la causa Vialidad

El ChatGPT develó las inconsistencias del fallo contra CFK

El informe indica que el fallo tiene serios problemas tanto en la "construcción probatoria como en la lógica de los argumentos".

 
                        Los tres jueces soretes ensobrados
 
 
 
Por Raúl Kollmann para Página/12

El equipo de Cristina Fernández de Kirchner le preguntó a la Inteligencia Artificial (IA) cuáles eran las inconsistencias del fallo de la Sala IV de la Cámara de Casación. La pregunta se hizo al ChatGPT que respondió de forma abrumadora, según transcribió CFK en sus redes sociales. El texto marca un resumen que podría firmar cualquiera que hubiese seguido el juicio por las rutas de Santa Cruz --este cronista lo hizo-- durante tres años y medio. 

La IA respondió a la pregunta sobre las inconsistencias con 10 puntos y una conclusión. El resumen final es el siguiente: “el fallo presenta inconsistencias, tanto en la construcción probatoria como en la lógica de los argumentos. Estas deficiencias podrían ser utilizadas para cuestionar la solidez jurídica de la condena y podrían ser violaciones a principios fundamentales del derecho penal”. Ni más ni menos.

 
 
 

Las 10 inconsistencias del fallo que menciona el Chat GPT son categóricas. Estas son algunas:


  • Las pruebas son indirectas, se usan inferencias. Las pruebas son circunstanciales y no se contó con pruebas directas concluyentes que establezcan relación entre CFK y la administración fraudulenta. De hecho, a lo largo de todo el juicio, a Cristina no la nombraron. Ningún testigo la vinculó con las rutas de Santa Cruz ni se presentó un correo electrónico o un chat que la relacionara con el expediente.
  • Se usaron pruebas de otras causas, que no fueron discutidas ni confrontadas en el juicio oral. Por ejemplo, los fiscales usaron el contenido del celular de José López, aquel secretario que tiró los millones de dólares en un convento. Ese celular no fue periciado en el juicio.
  • Hay cronologías incoherentes. Existen contradicciones temporales en la asignación de responsabilidad a CFK. O sea, se la acusa de hechos que ocurrieron en momentos en los que ella no tenía ninguna intervención.
  • Sin riesgo jurídico. A Cristina se la acusa por emitir el decreto 54/2009 que habilitó el uso de un fideicomiso para pagar obras viales en todo el país. No se clarifica como eso derivó en un ilícito y menos todavía en un ilícito cometido por ella.
  • Falta de realización de peritajes técnicos, lo que deja un vacío probatorio importante. Se acusó a CFK por sobreprecios en 51 obras, pero sólo se evaluaron tres y no se llegó a la conclusión de que hubo sobreprecios en esos tramos de la Ruta 3.
  • Uso de hechos de otras causas. A pesar de declarar que los hechos relacionados con los alquileres de los hoteles Hotesur y Los Sauces no serían evaluados, se utilizaron como parte del análisis del fallo. La defensa de CFK, que encabezó Carlos Beraldi propuso tratar conjuntamente Vialidad, Hotesur y Los Sauces, los jueces no lo permitieron y después usaron esas causas --en las que CFK estaba sobreseída en ese momento-- para darle un sostén al fallo.
  • Inexistencia de elementos que prueben beneficio personal. Este punto es demoledor. La IA dice que “el fallo no establece de manera clara cómo Cristina Kirchner obtuvo un beneficio personal de los hechos investigados. Este es un elemento clave en delitos como la administración fraudulenta”.
  • Introducción de elementos que no estaban en la acusación original y ni siquiera en el juicio. Cuando los fiscales usaron los chats de José López, con el juicio terminado, Cristina pidió declarar, pero no se lo permitieron.

 

Tal vez podría hacerse una crítica al Chat GPT por la ausencia de un enfoque de importancia. A CFK la acusaron de beneficiar a Lázaro Báez para que consiguiera 51 de las 81 obras que se hicieron en la provincia sureña. Lo que omite la IA es que todas las obras fueron adjudicadas en licitaciones, ninguno de los competidores las cuestionó y los empresarios de otras constructoras estuvieron en el juicio y sostuvieron que Báez ganaba las licitaciones porque tenía el personal y la maquinaria en Santa Cruz. 

Cuando se le pregunta a la IA una evaluación del fallo, responde generalidades del estilo de “es una resolución importante para el sistema judicial, pero los sectores afines al kirchnerismo lo consideran un proceso viciado de irregularidades”. Ahora, cuando se acerca el foco, y se le pregunta por la consistencia o inconsistencia de la resolución de los jueces, la catarata que emite el Chat GPT es precisa y demoledora. 

SALUDOS REVOLUCIONARIOS 

(Gran Papiyo)        


Respuesta  Mensaje 4 de 4 en el tema 
De: Gran Papiyo Enviado: 21/11/2024 05:41

El Gobierno, el PRO y el Poder Judicial, alineados

Ficha Sucia: la ley de Milei y el macrismo para eliminar a Cristina Kirchner del mapa político

Luego de condenarla por la causa Vialidad y quitarle su jubilación, la Casa Rosada y el PRO impulsan una ley de Ficha Limpia para que la expresidenta no pueda ser candidata. Las claves de la persecución.

 
 
 
Por Raúl Kollmann para Página/12

Perseguir, proscribir, erradicar. Estos son los verbos que conjugan el gobierno de Javier Milei y el aparato judicial alineado con el macrismo y el mileismo. El objetivo: Cristina Fernández de Kirchner, pero incluso también el fallecido presidente Néstor Kirchner. Al fallo condenatorio de la Cámara de Casación -una condena cuestionada hasta por el jefe de los abogados del Ejecutivo, Rodolfo Barra, y el ministro de Justicia de Milei, Mariano Cúneo Libarona, antes de ser funcionarios-, siguió la búsqueda del ahogo económico de Cristina, suprimiéndole de manera ilegal la asignación vitalicia por haber ejercido la Presidencia de la Nación y la que le corresponde por ser viuda de Néstor. Milei no le pidió a la justicia que lo haga -también hubiera sido ilegal-, se atribuyó la autoridad como si fuera un monarca, sin derecho a defensa alguna. 

 
 

Al mismo tiempo, se removió el busto de Néstor Kirchner de la ANSES, se cambió el nombre del gasoducto que puso en valor la energía de Vaca Muerta, tal como se hizo con el Centro Cultural construido en el edificio de lo que fuera el Correo. Hay que borrar hasta el nombre. Y, la ofensiva continúa en la semana que empieza, en que se intentará votar en la Cámara de Diputados la ley conocida como Ficha Limpia, cuyo verdadero nombre es Proscribir a Cristina. Es un proyecto inconstitucional, tal como ya dictaminó la Corte Suprema en el caso de Carlos Menem, quien fue candidato a senador estando con doble condena, pero sin que estuviera firme. Menem fue habilitado y ocupó la banca. El ídolo de Milei, Donald Trump, acaba de ganar la presidencia con múltiples condenas encima.

Condena de cabaret

 

El ex integrante de la Corte Suprema, Raúl Eugenio Zaffaroni (ver aparte), emparentó la inusual escena de la lectura del fallo de la Cámara de Casación, con una obra teatral de la calle Corrientes o de Hollywood. La Casación no convoca a audiencias para leer fallos, simplemente los cuelga en Internet. Esta vez quiso el show.

El jurista desnudó la ausencia de pruebas reflejando que en el fallo se repiten hasta el cansancio adverbios del estilo de “obviamente”; “claramente”, “indudablemente”, “incuestionablemente” y, sobre todo, copiado y pegado de lo dicho por el tribunal oral: no hay un argumento jurídico nuevo ni un elemento probatorio distinto, tras tres años y medio de juicio en el que a CFK ni la nombraron.

Curiosamente, el jefe de los abogados del Estado, designado por Milei, Rodolfo Barra, derribó el principal argumento usado en la condena de la expresidenta: que firmó el decreto 54/2009 que habilitaba el uso de un fideicomiso para pagar obras viales. El decreto no fue para pagarle a Lázaro Báez sino que se utilizó para pagar 500 obras en todo el país. Barra dictaminó: “no hay responsabilidad penal objetiva del Presidente por el decreto. El decreto fue legítimo y sigue vigente. El Congreso y la Auditoría General de la Nación aprobaron las cuentas relacionadas con la gestión, respaldando la legalidad”.

 

El propio ministro Cúneo Libarona, en sus intervenciones mediáticas, se hizo la pregunta: “¿está probada la participación de Cristina Kirchner en los hechos? El concepto es no”.

Como resume Zaffaroni, es otro caso de uso del aparato judicial para la persecución política. No sólo en la Argentina, “sino en todos nuestros países para paralizar toda resistencia nacionalista o defensa de nuestras soberanías”.

Inhabilitación, proscripción


Como se sabe, la pena aplicada a Cristina en la causa Vialidad fue de seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. O sea, cuando el fallo quede firme, no podrá ser candidata. Esta semana, el actual integrante de la Corte Suprema, Juan Carlos Maqueda, que se jubila a fin de año, estimó que el fallo de Vialidad “tardará años en confirmarse" . Un expediente que viene al caso, el del contrabando de armas a Croacia y Ecuador, en que el principal acusado era Menem, tardó 9 años entre el fallo del tribunal oral y el fallo de la Corte. Si se aplicara el mismo tiempo en Vialidad, el máximo tribunal resolvería en 2031. Por supuesto, es un cálculo arbitrario y, como se trata de lawfare, podrían acelerarlo. Como mínimo, estará tres o cuatro años en el cuarto piso de Tribunales.

 

Si hoy en día alguien objetara una candidatura de Cristina Kirchner, la Cámara Nacional Electoral (CNE), instancia clave en la habilitación de candidatos, tendrá que aplicar la doctrina de la Corte del caso Menem. En ese momento, se le denegó al riojano la inscripción como candidato a senador, argumentando, justamente, que tenía una doble condena. La Corte rechazó ese criterio: reafirmó que los ciudadanos son inocentes hasta que se demuestre lo contrario.

Ante ese panorama, una troupe de diputados de la Coalición Cívica y el PRO intentarán el próximo miércoles aprobar una ley de Ficha Limpia, que sin dudas apunta a Cristina. Aún si la ley se aprobara -es una norma electoral y requiere el voto de la mitad más uno de los miembros de las dos cámaras-, es muy posible que se declare inconstitucional, porque viola el principio de inocencia, como ya lo ha dicho la Corte en el caso Menem.

 

El proceso sería el siguiente. Aunque se apruebe la ley de Ficha Limpia, el peronismo igual podría resolver inscribir a Cristina como candidata, argumentando que la ley viola el artículo 18 de la Constitución Nacional, en cuanto a que nadie puede ser penado sin juicio previo (hasta que no tenga más instancias a las que recurrir). Otras fuerzas objetarían la inscripción de CFK como candidata y el tema debería ser primero resuelto por el juez o jueza electoral, y luego por la CNE. Como sucedió con Menem, el expediente puede terminar en la Corte que, en verdad, ya se expidió en su momento.

Sin embargo, es difícil asegurar algo cuando lo que está en juego es silenciar a los dirigentes progresistas: se vio con Lula en Brasil, donde lo sacaron de la cancha con la ley de Ficha Limpia y luego, tras un mandato de Bolsonaro, lo habilitaron. En Estados Unidos directamente una ley de ese tipo no existe: el pueblo es soberano y las candidaturas no pueden ser obstruidas por jueces ni legisladores.

 

El apriete económico


En medio de la ofensiva generalizada, Javier Milei decidió suprimir la asignación vitalicia por haber ejercido el cargo de presidenta de la Nación y por ser viuda de presidente de la Nación. Los expertos en cuestiones previsionales son muy claros: no es un régimen jubilatorio, es una asignación por el ejercicio del cargo. Y es por el cargo, no por la persona. Como es obvio, existe en otros países. En Estados Unidos es de 220.000 dólares anuales; en Israel de 17.000 dólares mensuales; hay países con regímenes parlamentarios en que la pensión está asociada al tiempo en que fueron diputados o senadores. Como la clave está en quién ejerció el cargo y no quien recibe el beneficio, la única razón de exclusión es haber sido destituido por juicio político. El gobierno, sin fundamentación alguna, trata de asimilar la condena de Casación con un juicio político. El algo burdo. En Estados Unidos, como en la Argentina, sólo hay exclusión si el presidente fue destituido por juicio político. Y en el caso de la viuda, resulta excluida sólo si se vuelve a casar. No hay otra razón.

 

Lo que además es grotesco en la decisión de Milei y su ministra Sandra Pettovello, es que se hizo sin dictamen jurídico alguno, por acto administrativo y, entre otras cosas, todo acto de esa naturaleza implica también -según el código de procedimiento administrativo- un derecho de defensa: o sea, notificar al damnificado, recibir su respuesta y recién después proceder a una resolución. Es más, la lógica indica que lo que se debe hacer es pedirle a la justicia que intervenga. Nada de eso se hizo. Milei resolvió como si fuera un rey. Al final del decreto dice notifíquese, lo que significa que no notificaron a nadie. Es un agujero difícil de defender judicialmente.

Cristina recibía este fin de semana a sus abogados previsionalistas y lo primero que debe hacerse es apelar la decisión ante la propia ANSES. Luego se inicia el camino judicial. Prácticamente todos los consultados por Página/12 sostienen que el expediente terminará favorable a CFK y el Estado, no sólo deberá pagar todas las asignaciones que se le quitaron, con intereses, costas, sino que también deberá pagarle a los abogados de Cristina. Quien firmó la resolución, Pettovello, se expone a una demanda por incumplimiento de los deberes de funcionario público, abuso de autoridad y otros delitos.

 

Es posible que nada de eso le importe a Milei: su prioridad era el golpe político, la ofensiva contra CFK y también Amado Boudou. La prueba más evidente es que a Zulema Yoma no se le saca la pensión que tenía como viuda de Carlos Menem, pese a que fue condenado en doble instancia en la causa de los sobresueldos. Cuando murió, el fallo no estaba firme y su compañero de andanzas, Domingo Cavallo, sigue doblemente condenado en el mismo expediente. El gobierno argumentará que Zulema no está condenada como CFK, pero la asignación se cobra por el cargo ocupado, no por lo que la persona es en la actualidad.

Borrar del mapa

 

Más allá de que los temas parecen judiciales o administrativos, en todos los movimientos el libreto es el mismo: sacar de la cancha, silenciar, proscribir. La cuestión es política. Como se sabe, el gobierno no hace obras públicas, pero se dedica a cambiar nombres: el Centro Cultural, el gasoducto, sacar el busto de Néstor Kirchner en la Anses, impedir que CFK sea candidata. Las jugadas libertarias hacen acordar a otros supuestos libertarios. Es que parece el espíritu de aquel decreto 4161 de la autodenominada Revolución Libertadora que, a partir de 1956, penaba con prisión de 30 días a seis años al que nombrara a Juan Domingo Perón o a Eva Perón. Son fantasmas que sobrevuelan. 

SALUDOS REVOLUCIONARIOS 

(Gran Papiyo)        



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