En el Libro de Deuteronomio y en el libro de Nehemías del Antiguo Testamento, es donde mayormente se encuentran las instrucciones de cómo anualmente se debía apartar y compartir el diezmo.
Esas instrucciones que IEVÉ determinó exclusivamente sobre las tierras que ocupaban las 12 tribus de la Nación de Israel, estaban ordenadas de acuerdo a las siguientes disposiciones:
EL DIEZMO GENERAL.
Generalmente se debía diezmar indefectiblemente, todo el producto del grano que el campo rindiere cada año; así como del vino, el aceite, las primicias de las manadas y del ganado. (Deuteronomio 14:22, 23); y en lo subsiguiente debía ser compartido entre el que diezmaba, su familia y sus servidores en el lugar que IEVÉ escogiera, sin desamparar al levita (Deuteronomio 12:18; y 14:27).
DEDUCCIÓN DEL DIEZMO GENERAL.
Del diezmo general, estaba ordenado a deducirse hasta la décima parte del grano, vino y aceite, para canteros, porteros y levitas. Lo cual era un mandato ya existente, que fue ratificado en el pacto firmado por 79 israelitas (Nehemías 10: 1 al 27; y 13:5,12).
Una de las razones por la que del diezmo general se mandaba a deducir la décima parte del grano, vino y aceite, para los canteros, porteros y levitas, es porque son productos de mayor duración, siempre que se depositen y se guarden de manera adecuada.
EL DIEZMO DEL DIEZMO.
A los levitas se les ordenó que en la ciudades de Israel y con la presencia de un sacerdote de la descendencia de Aarón, recibieran la décima parte de las labores de los demás israelitas; y que luego en ofrenda mecida tenían que llevar el diezmo de este diezmo (diezmo del diezmo), a la casa de Yahváhe, a las cámaras de la casa del tesoro (Nehemías 10:37 al 38; y Número 18:26).
DE TODOS LOS DIEZMOS.
De todos los diezmos que de los israelitas Moisés recibiera, se debía ofrecer ofrenda a IEVÉ, y dar esta ofrenda al Sacerdote Aarón (Número 18:28). Lo cual se repetiría en correspondencia con los que posteriormente sucedieran a estos dos personajes bíblicos.
EL DIEZMO PARA EL DISFRUTE COLECTIVO.
La otra y última de las instrucciones que IEVÉ ordenó, es que al final de cada tres años, específicamente en el año del diezmo, se debía apartar y guardar el diezmo de los frutos o productos de la tierra en las ciudades de Israel (Deuteronomio 14:28; y 26:12); y en este caso, se debía dar al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda que habían en las poblaciones de Israel, para que se saciaran en las aldeas de los israelitas (Deuteronomio 14:28-29; y 26:12-15).
RESUMEN DE DEDUCCIÓN Y COMPARTIMIENTO DEL DIEZMO.
Anualmente de todos los diezmos se deduciría una parte, que debería compartirse entre el que diezmaba, su familia y sus servidores en el lugar que IEVÉ escogiera, sin desamparar al levita.
Cada año deducir del diezmo general, la décima parte del grano, vino y aceite, para canteros, porteros y levitas.
Cada año en ofrenda mecida a IEVÉ, debían deducirla del diez por ciento de todas las labores de los israelitas, y llevarla luego a su casa, a las cámaras de la casa del tesoro
Dar la ofrenda que se indica en el Punto 3, al Sacerdote Aarón.
Cada tres años deducir de todos los diezmos y dar al levita, al extranjero, al huérfano y a la viuda que había en las poblaciones de Israel, para que se saciaran en las aldeas de los israelitas.
MALAQUÍAS.
En Malaquías 3:8-10, se hace alusión exclusivamente de la Nación de Israel, por el incumplimiento a los mandamientos que los israelitas estaban haciendo con respecto al diezmo de todas sus labores, de donde cada año se sustraía la ofrenda para IEVÉ, que solo el Sacerdote del templo tenía la autorización de recibir; y semejante situación era lo que estaba sucediendo con el diezmo general, al que anualmente se debía deducir una décima parte del grano, vino y aceite para canteros, porteros y levitas. Tal fue la gravedad del asunto que el mismísimo IEVÉ, exigió que fueran llevados los diezmos al alfolí “granero o depósito” (Nehemías 10:1-27; 10:37-38; Número 18:26; y 13: 5-12).