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General: CADA MAÑANA MIRO POR LA VENTANA ESPERANDO que llegue MI AMIGO JESUCRISTO...
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Message 1 of 84 on the subject |
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From: Josediego (Original message) |
Sent: 20/02/2024 01:48 |
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CADA MAÑANA MIRO POR LA VENTANA ESPERANDO que llegue MI AMIGO JESUCRISTO...
Jesucristo se me ha manifestado y me ha mostrado su amor... Y aquellas
manifestaciones me han ayudado mucho a vivir... Gracias mi Señor y mi
Dios Jesucristo por tu misericordia...
Pero ha pasado mucho tiempo, y estoy cansado..., muy cansado..., pero mi
madrecita, mis amigas y mis amigos me animan a que siga adelante con
esperanza... Y por eso, benditos sean sus nombres para siempre... Y que
pronto estemos todos juntos en el paraíso que nos ha prometido
Jesucristo nuestro Señor...
"Por tanto, id, y haced discípulos a todas las naciones, bautizándolos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo; enseñándoles que guarden todas las cosas que os he mandado; y he aquí yo estoy con vosotros todos los días, hasta el fin del mundo. Amén". (Mateo 28,19-20).
"Y será predicado este evangelio del reino en todo el mundo, para testimonio a todas las naciones; y entonces vendrá el fin". (Mateo 24,11-14).
"Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura. El que creyere y fuere bautizado, será salvo; mas el que no creyere, será condenado". (Marcos 16:15-16).
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Message 70 of 84 on the subject |
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La Ley y los mandamientos de Dios que fueron entregados al mundo en tiempos de Moisés, despues de los años y los siglos fueron cambiados por los escribas judíos que reescribieron las leyes antiguas del viejo testamento, así como nos dicen los profetas Jeremías e Isaías.
Entonces, fueron los escribas antiguos después de Moisés los que cambiaron los mandamientos de Dios, y de esta forma el viejo testamento en tiempos de Jesucristo estaba cargado de preceptos y tradiciones de hombres que Dios no había mandado. Los profetas nos dicen:
"...mi pueblo no conoce el juicio de Yavé. ¿Cómo decís: Nosotros somos sabios, y la ley de Yavé está con nosotros? Ciertamente la ha cambiado en mentira la pluma mentirosa de los escribas" (Jeremías 8:7-9).
"Así ha dicho Yavé el Señor: Esta es Jerusalén; la puse en medio de las naciones y de las tierras alrededor de ella. Y ella cambió mis decretos y mis ordenanzas en impiedad más que las naciones, y más que las tierras que están alrededor de ella; porque desecharon mis decretos y mis mandamientos, y no anduvieron en ellos". (Ezequiel 5:5-6)
"Y la tierra se contaminó bajo sus moradores; porque traspasaron las leyes,cambiaron los mandamientos, quebrantaron el pacto sempiterno" (Isaías 24:5-6).
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Message 71 of 84 on the subject |
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Ha venido a ser cabeza del ángulo...
Y cita linaje escogido, real sacerdocio
"Jesús les dijo: ¿Nunca leísteis en las Escrituras: La piedra que desecharon los edificadores, Ha venido a ser cabeza del ángulo. El Señor ha hecho esto, Y es cosa maravillosa a nuestros ojos? Por tanto os digo, que el reino de Dios será quitado de vosotros, y será dado a gente que produzca los frutos de él. Y el que cayere sobre esta piedra será quebrantado; y sobre quien ella cayere, le desmenuzará. Y oyendo sus parábolas los principales sacerdotes y los fariseos, entendieron que hablaba de ellos". (Mateo 21:42-45)
"Para vosotros, pues, los que creéis, él es precioso; pero para los que no creen, La piedra que los edificadores desecharon, Ha venido a ser la cabeza del ángulo; y: Piedra de tropiezo, y roca que hace caer, porque tropiezan en la palabra, siendo desobedientes; a lo cual fueron también destinados. Mas vosotros sois linaje escogido, real sacerdocio, nación santa, pueblo adquir
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Message 72 of 84 on the subject |
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Los judíos celebraban la pascua así como enseñaban las escrituras del viejo testamento que ellos tenían, Y los cristianos celebran la pascua como manda y enseña Jesucristo en el nuevo pacto, así como lo enseña el Evangelio:
""El primer día de la fiesta de los panes sin levadura, vinieron los discípulos a Jesús, diciéndole: ¿Dónde quieres que preparemos para que comas la pascua? Y él dijo: Id a la ciudad a cierto hombre, y decidle: El Maestro dice: Mi tiempo está cerca; en tu casa celebraré la pascua con mis discípulos. Y los discípulos hicieron como Jesús les mandó, y prepararon la pascua. Cuando llegó la noche, se sentó a la mesa con los doce"". (Mateo 26:18
""Y mientras comían, tomó Jesús el pan, y bendijo, y lo partió, y dio a sus discípulos, y dijo: Tomad, comed; esto es mi cuerpo. Y tomando la copa, y habiendo dado gracias, les dio, diciendo: Bebed de ella todos; porque esto es mi sangre del nuevo pacto, que por muchos es derramada para remisión de los pecados. Y os digo que desde ahora no beberé más de este fruto de la vid, hasta aquel día en que lo beba nuevo con vosotros en el reino de mi Padre"". (Mateo 26:27
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Message 73 of 84 on the subject |
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JESUCRISTO ABOLIÓ MUCHOS PRECEPTOS DEL VIEJO TESTAMENTO PORQUE NO ERAN LEY DE DIOS
Jesucristo nos dice: "No penséis que he venido para abrogar la ley o los profetas" (Mateo 5,17). Y muchas religiones interpretan que eso significa que Jesús no abolió nada del viejo testamento. Pero esa interpretación es un error, pues Jesús sí dejó abolidos muchos preceptos del viejo testamento cuando nos dice:
"oisteis que fue dicho... pero yo os digo..." (Mateo 5,21-48)
Jesús dejó abolidos muchos preceptos del viejo testamento, como ojo por ojo, diente por diente y otros muchos que faltaban a la caridad y nos reveló la verdadera Ley de Dios..., Ley que el pueblo ya no conocía porque desde antiguo los escribas la habían cambiado, como nos dice el profeta Jeremías:
"Aun la cigüeña en el cielo conoce su tiempo, y la tórtola y la grulla y la golondrina guardan el tiempo de su venida; pero mi pueblo no conoce el juicio de Yavé. ¿Cómo decís: Nosotros somos sabios, y la ley de Yavé está con nosotros? Ciertamente la ha cambiado en mentira la pluma mentirosa de los escribas." (Jeremías 8:7-9). __________________
LOS MANDAMIENTOS DE JESUCRISTO ESCRITOS EN EL EVANGELIO dejaron abolidos muchos mandamientos del viejo testamento... Y la Gracia no anula los mandamientos de Jesucristo.
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Message 74 of 84 on the subject |
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La piedra quebrantado desecharon los edificadores, Ha venido a ser cabeza del ángulo...
Y cita linaje escogido, real sacerdocio
"Jesús les dijo: ¿Nunca leísteis en las Escrituras: La piedra que desecharon los edificadores, Ha venido a ser cabeza del ángulo. El Señor ha hecho esto, Y es cosa maravillosa a nuestros ojos? Por tanto os digo, que el reino de Dios será quitado de vosotros, y será dado a gente que produzca los frutos de él. Y el que cayere sobre esta piedra será quebrantado; y sobre quien ella cayere, le desmenuzará. Y oyendo sus parábolas los principales sacerdotes y los fariseos, entendieron que hablaba de ellos". (Mateo 21:42-45)
"Para vosotros, pues, los que creéis, él es precioso; pero para los que no creen, La piedra que los edificadores desecharon, Ha venido a ser la cabeza del ángulo; y: Piedra de tropiezo, y roca que hace caer, porque tropiezan en la palabra, siendo desobedientes; a lo cual fueron también destinados. Mas vosotros sois linaje escogido, real sacerdocio, nación santa, pueblo adquirido por Dios, para que anunciéis las virtudes de aquel que os llamó de las tinieblas a su luz admirable". (1ª Pedro 2:7-10)
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Message 75 of 84 on the subject |
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LA BIBLIA NO es TODA PALABRA DE DIOS...
LA BIBLIA NO ES TODA PALABRA DE DIOS...
Jesucristo que es Dios, no mandó predicar biblias, pues las biblias judías del viejo testamento estaban sobrecargadas de preceptos de hombres que Jesucristo abolió...
Luego los Emperadores de Roma (siglo IV, emperador Costantino), como no amaban el Evangelio porque el Evangelio les mandaba: NO MATARAS, Y QUE REPARTIERAN TODOS SUS BIENES ENTRE LOS POBRES... Entonces se volvieron de nuevo a las leyes judías del viejo testamento que Jesucristo había dejado abolidas, y las volvieron a imponer en sus biblias, llamándolo a todo leyes de Dios...
Las viejas leyes judías mandaban: Penas de muerte, guerras, genocidios donde se mataban a hombres mujeres y niños, esclavitud y muchos sacrificios que Dios no había mandado...
Desde entonces, los emperadores de Roma y de otros imperios de terror, imponiendo al mundo sus biblias y dejando mal entendido el Evangelio, se sintieron con las manos libres para seguir imponiendo sistemas de terror...
Y de esos imperios de terror impuestos por los emperadores de Roma y de otros imperios de terror, aparecerían luego las terribles inquisiciones que imponían terribles castigos y que dejaron aterrorizado al mundo... El Evangelio no mandaba esas atrocidades, y este es el motivo de dejarlo mal comprendido entre todos los libros de las biblias que los poderosos de los imperios impusieron...
Los cristianos que realmente aman a Jesucristo deben volver a los misericordiosos mandamientos del Evangelio... Y esto hará que muchos cristianos vuelvan a vivir una vida misericordiosa así como vivieron los primeros cristianos...
Jesucristo abolió de las biblias del viejo testamento todos los preceptos que mandaban matar o hacer daño a las personas, y los abolió porque solo eran preceptos de hombres... Entonces lo que mandó predicar Jesucristo por todos los pueblos fue el Evangelio y sus misericordiosos mandamientos...
Jesús cito de los profetas para citar palabras de Dios y otras veces para corregir a los judíos que cambiaban las escrituras... Jesucristo así les dijo:
"Hipócritas, bien profetizó de vosotros Isaías, cuando dijo: Este pueblo de labios me honra; Mas su corazón está lejos de mí. Pues en vano me honran, Enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres". (Mateo 15,7-9
"...mi pueblo no conoce el juicio de Yavé. ¿Cómo decís: Nosotros somos sabios, y la ley de Yavé está con nosotros? Ciertamente la ha cambiado en mentira la pluma mentirosa de los escribas" (Jeremías 8:7-9).
"Así ha dicho Yavé el Señor: Esta es Jerusalén; la puse en medio de las naciones y de las tierras alrededor de ella. Y ella cambió mis decretos y mis ordenanzas en impiedad más que las naciones, y más que las tierras que están alrededor de ella; porque desecharon mis decretos y mis mandamientos, y no anduvieron en ellos". (Ezequiel 5:5-6)
"Y la tierra se contaminó bajo sus moradores; porque traspasaron las leyes, cambiaron los mandamientos, quebrantaron el pacto sempiterno" (Isaías 24:5-6).
"Ay de los que dan leyes inicuas y de los escribas que escriben prescripciones tiránicas para apartar del tribunal a los pobres y conculcar el derecho de los desvalidos de mi pueblo, para despojar a las viudas y robar a los huérfanos" (Isaías 10,1-2)
Y Jesucristo, recordando las palabras del profeta Isaías, también les dijo a los escribas y fariseos que estaban enseñando mandamientos de hombres:
"Hipócritas, bien profetizó de vosotros Isaías, cuando dijo: Este pueblo de labios me honra; Mas su corazón está lejos de mí. Pues en vano me honran, Enseñando como doctrinas, mandamientos de hombres". (Mateo 15,7-9
Los escribas judíos habían cambiado la Ley de Dios y la habían aumentado con muchos preceptos de hombres, preceptos de hombres que mandaban penas de muerte y castigos terribles... Entonces Jesucristo volvió a enseñar al mundo los verdaderos mandamientos de Dios..., mandamientos que así dicen:
"todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque ésta es la ley y los profetas". (Mateo 7:12)
"Si hubierais comprendido qué quiere decir: "Misericordia quiero, y no sacrificios", no condenaríais a los inocentes" (Mateo 12:7) "........ si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos. Le dijo: ¿Cuáles? Y Jesús dijo:
No matarás. No adulterarás. No hurtarás. No dirás falso testimonio. Honra a tu padre y a tu madre; y, Amarás a tu prójimo como a ti mismo.
El joven le dijo: Todo esto lo he guardado desde mi juventud. ¿Qué más me falta? Jesús le dijo: Si quieres ser perfecto, anda, vende lo que tienes, y dalo a los pobres, y tendrás tesoro en el cielo; y ven y sígueme.
Oyendo el joven esta palabra, se fue triste, porque tenía muchas posesiones. Entonces Jesús dijo a sus discípulos: De cierto os digo, que difícilmente entrará un rico en el reino de los cielos. Otra vez os digo, que es más fácil pasar un camello por el ojo de una aguja, que entrar un rico en el reino de Dios". (Mateo 19:16-24)
Jesucristo también mandó ir por todo el mundo y predicad el Evangelio a toda criatura.
"Id por todo el mundo y predicad el evangelio a toda criatura. El que creyere y fuere bautizado, será salvo; mas el que no creyere, será condenado". (Marcos 16:15-16).
"Por tanto, id, y haced discípulos a todas las naciones, bautizándolos en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo; enseñándoles que guarden todas las cosas que os he mandado; y he aquí yo estoy con vosotros todos los días, hasta el fin del mundo. Amén". (Mateo 28,19-20).
"Y será predicado este evangelio del reino en todo el mundo, para testimonio a todas las naciones; y entonces vendrá el fin". (Mateo 24,11-14).
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Message 76 of 84 on the subject |
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TODAS LAS RELIGIONES DICEN que ellos son el verdadero pueblo de Dios...
Católicos, protestantes, judíos, mahometanos etc, todos se hacen llamar pueblo de Dios. Pero todos están de acuerdo en hacer guerras contra sus enemigos, y en muchos casos imponen penas de muerte. Pero el verdadero pueblo de Dios no imponen penas de muerte, ni guerras, ni genocidios.
El Verdadero pueblo de Dios solo sigue los mandamientos que Jesucristo enseña en el Evangelio. Y el Evangelio manda ...NO MATARÁS.... y tener misericordia con todos.
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Message 77 of 84 on the subject |
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TODAS LAS RELIGIONES DICEN que ellos son el verdadero pueblo de Dios...
Católicos, protestantes, judíos, mahometanos etc, todos se hacen llamar pueblo de Dios. Pero todos están de acuerdo en hacer guerras contra sus enemigos, y en muchos casos imponen penas de muerte. Pero el verdadero pueblo de Dios no imponen penas de muerte, ni guerras, ni genocidios.
El Verdadero pueblo de Dios solo sigue los mandamientos que Jesucristo enseña en el Evangelio. Y el Evangelio manda ...NO MATARÁS.... y tener misericordia con todos.
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Message 78 of 84 on the subject |
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YO SOY EL CAMINO,Y LA VERDAD, Y LA VIDA...
(JUAN 14, 1-21)...
""No se turbe vuestro corazón; creéis en Dios, creed también en mí.
En la casa de mi Padre muchas moradas hay; si así no fuera, yo os lo hubiera dicho; voy, pues, a preparar lugar para vosotros. Y si me fuere y os preparare lugar, vendré otra vez, y os tomaré a mí mismo, para que donde yo estoy, vosotros también estéis.
Y sabéis a dónde voy, y sabéis el camino. Le dijo Tomás: Señor, no sabemos a dónde vas; ¿cómo, pues, podemos saber el camino? Jesús le dijo: Yo soy el camino, y la verdad, y la vida; nadie viene al Padre, sino por mí.
Si me conocieseis, también a mi Padre conoceríais; y desde ahora le conocéis, y le habéis visto. Felipe le dijo: Señor, muéstranos el Padre, y nos basta. Jesús le dijo: ¿Tanto tiempo hace que estoy con vosotros, y no me has conocido, Felipe? El que me ha visto a mí, ha visto al Padre; ¿cómo, pues, dices tú: Muéstranos el Padre?
¿No crees que yo soy en el Padre, y el Padre en mí? Las palabras que yo os hablo, no las hablo por mi propia cuenta, sino que el Padre que mora en mí, él hace las obras.
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Message 79 of 84 on the subject |
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JESUCRISTO ES DIOS, porque DIOS ES el PADRE, el HIJO y el ESPÍRITU SANTO, y estos tres son UNO, como nos dice en su carta el apóstol Juan:
1ª Juan 5:7 Porque tres son los que dan testimonio en el cielo: el Padre, el Verbo y el Espíritu Santo; y estos tres son uno.
Espero que muchos puedan comprenderlo y comprendan que Jesucristo es Dios, que fue manifestado en carne:
1ª Timoteo 3,16 E indiscutiblemente, grande es el misterio de la piedad: Dios fue manifestado en carne, Justificado en el Espíritu, Visto de los ángeles, Predicado a los gentiles, Creído en el mundo, Recibido arriba en gloria.
Y es que Jesucristo es el Verbo que se hizo carne. Y antes del Verbo (la Palabra) no existía nada, pues al principio era el Verbo, la Palabra y por el Verbo de Dios, la Palabra de Dios, fueron creadas todas las cosas, porque la Palabra era Dios. Y la Palabra se hizo carne y habitó entre nosotros.
Y eso no es doctrina de religiones de hombres sino lo que enseña el Evangelio:
Juan 1:1 Al principio era el Verbo, y el Verbo estaba en Dios, y el Verbo era Dios. 1:2 El estaba al principio en Dios. 1:3 Todas las cosas fueron hechas por EL, y sin El no se hizo nada de cuanto ha sido hecho. 1:4 En El estaba la vida, y la vida era la luz de los hombres.
Juan 1:14 Y el Verbo se hizo carne y habitó entre nosotros, y hemos visto su gloria, gloria como de Unigénito del Padre, lleno de gracia y de verdad.
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Message 80 of 84 on the subject |
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Jesucristo también les dijo a aquellos judíos y a las falsas religiones que aparecerían despees de Él:
"... si hubierais comprendido lo qué significa: Misericordia quiero, y no sacrificio, no condenaríais a los inocentes" (Mateo 12:7
"Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, y con toda tu alma, y con toda tu mente. Este es el primero y grande mandamiento. Y el segundo es semejante: Amarás a tu prójimo como a ti mismo". (Mateo 22:34-40)
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Message 81 of 84 on the subject |
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Los
mandamientos que Jesucristo le entrega al hombre rico son para todos
los hombres, y son los mandamientos que Dios entregó a los hombres en
tiempos de Moisés...
""...es más fácil pasar un camello por el ojo de una aguja, que entrar un rico en el reino de Dios".
"........ si quieres entrar en la vida, guarda los mandamientos. Le dijo: ¿Cuáles? Y Jesús dijo:
No
matarás. No adulterarás. No hurtarás. No dirás falso testimonio. Honra a
tu padre y a tu madre; y, Amarás a tu prójimo como a ti mismo.
"
El joven le dijo: Todo esto lo he guardado desde mi juventud. ¿Qué más
me falta? Jesús le dijo: Si quieres ser perfecto, anda, vende lo que
tienes, y dalo a los pobres, y tendrás tesoro en el cielo; y ven y
sígueme."
Oyendo
el joven esta palabra, se fue triste, porque tenía muchas posesiones.
Entonces Jesús dijo a sus discípulos: De cierto os digo, que
difícilmente entrará un rico en el reino de los cielos. Otra vez os
digo, que es más fácil pasar un camello por el ojo de una aguja, que
entrar un rico en el reino de Dios".
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Message 82 of 84 on the subject |
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"Jesús les dijo: ¿Nunca leísteis en las Escrituras: La piedra que desecharon los edificadores, Ha venido a ser cabeza del ángulo. El Señor ha hecho esto, Y es cosa maravillosa a nuestros ojos? Por
tanto os digo, que el reino de Dios será quitado de vosotros, y será
dado a gente que produzca los frutos de él. Y el que cayere sobre esta
piedra será quebrantado; y sobre quien ella cayere, le desmenuzará. Y
oyendo sus parábolas los principales sacerdotes y los fariseos,
entendieron que hablaba de ellos". (Mateo 21:42-45)
"Para
vosotros, pues, los que creéis, él es precioso; pero para los que no
creen, La piedra que los edificadores desecharon, Ha venido a ser la
cabeza del ángulo; y: Piedra de tropiezo, y roca que hace
caer, porque tropiezan en la palabra, siendo desobedientes; a lo cual
fueron también destinados. Mas vosotros sois linaje escogido, real sacerdocio, nación santa, pueblo adquirido por Dios, para que anunciéis las virtudes de aquel que os llamó de las tinieblas a su luz admirable". (1ª Pedro 2:7-10)
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Message 83 of 84 on the subject |
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AGUSTÍN DE HIPONA, TOMÁS DE AQUINO Y LAS PENAS DE MUERTE
Estos
dos escritores eclesiásticos del imperio de Roma fueron dos de los que
más influyeron para justificar las penas de muerte y los castigos
terribles que se impondrían como ley en aquel imperio religioso que se
impuso en Roma a partir del siglo IV. Para comprobar sus escritos y los
escritos de otros escritores que justificaban las penas de muerte. EXAMINEMOS.
La pena de muerte
Autor: José Juan García
La preocupación por la compleja cuestión de la pena de
muerte no es patrimonio exclusivo de nuestro tiempo. Sin embargo sigue
concitando la atención, el debate intelectual y hasta la acalorada
polémica. Es verdad que el siglo XXI que hemos comenzado a transitar es
testigo de una sensibilidad creciente a poner límites a la aplicación de
la pena de muerte, al menos para delitos comunes. Pero no menos es
verdad que aún hoy más de sesenta Estados la sostienen y aplican en sus
jurisdicciones. Argumentos a favor y en contra se suceden y aspiran a
tener vigencia legal. Todos somos conscientes que la sociedad civil está
llamada a administrar justicia, mediante sus magistrados, y no
venganza, llevando así a la sociedad en su conjunto la paz, la seguridad
y la armonía requeridas.
1. Una mirada a la historia
La pena de muerte ha sido un castigo contemplado en
las costumbres y en los ordenamientos jurídicos de las distintas
culturas desde los albores de la humanidad. En ella se ve la superación
de la simple venganza, estableciendo los casos en los que el reo de un
delito debe pagar sus culpas con la vida. Sin embargo, sólo en ámbito
occidental —por estímulo del Cristianismo— han madurado una reflexión y
un debate serios a nivel filosófico y teológico, que cuestionan su
legitimidad y utilidad para la sociedad. Por esta razón, la exposición
histórica del problema se centrará en aquellos aspectos que tienen
relevancia para comprender la discusión ética sobre este tema de gran
actualidad.
1.1. La pena de muerte en la antigüedad
Durante el tercer y el segundo milenio antes de
Cristo, el derecho de aplicar la pena de muerte en las culturas del
Antiguo Oriente casi no se discute, compartiendo tradiciones comunes, a
excepción de Egipto [De Vaux 1958:
223-224]. Como se sabe, la tradición jurídica en el Antiguo Oriente se
encuentra en las fuentes legales conservadas en textos cuneiformes. Los
más conocidos son el Código de Ur-Nammu, de origen sumerio, del siglo
XXI a C.; el Código de Lipit-Ishtar, también sumerio, del siglo XIX,;
los acádicos Código de Eshnunna y Código de Hammurabi del siglo XVII;
las Leyes Asirias también acádicas del siglo XVII; y las Leyes Hititas,
del siglo XVIII. La comparación entre estos códigos permite observar
ciertas semejanzas, si bien poseen elementos particulares. No estamos
entonces frente a una legislación monolítica, aunque se observan no
pocas similitudes entre sí.
En aquellas culturas se entendía que los actos
gravemente culpables —tales como el incesto, la blasfemia, el
bestialismo, la práctica de la homosexualidad, etc.— desencadenaban la
ira divina sobre la sociedad bajo formas tales como la sequía, la plaga o
la derrota en lo militar. Por ende, la sociedad se protegía a sí misma
removiendo ese motivo de ira divina, a través de la ejecución o el
exilio del reo [Rivas 2010:
61]. Otra categoría de actos graves tales como el homicidio, la
violación, el adulterio, la injuria y el robo, la violencia contra el
padre, preveían el pago de indemnizaciones y también el castigo máximo.
«Un crimen fue concebido como un mal contra otra persona o contra el
dios, frente al cual la víctima tenía derecho a la venganza. El papel
del tribunal se limitaba a establecer un límite a la venganza humana y a
impedir la venganza divina en la sociedad…Determinar el límite correcto
de venganza fue la principal tarea de la jurisprudencia mesopotámica» [Westbrook 1992: 555].
Hammurabi (1728-1688) fue rey de Babilonia de la
estirpe de los amorreos, sexto de la primera dinastía babilónica y
sucedido por Samsu-lluna. El Código se presenta en una gran estela de
basalto de 2, 25 m. de alto. En la parte superior, hay un relieve que
representa a Hammurabi de pie delante del dios Asmas de Mesopotamia.
Debajo aparecen las leyes, inscritas en caracteres cuneiformes acadios.
La ley del Talión (latín: lex talionis,), que
impone una pena idéntica por el crimen cometido, como criterio de
justicia retributiva que pone límite a la venganza, está ya codificado
por Hammurabi. Obviamente, la ley del Talión preveía la pena de muerte
por el homicidio, pero esta se aplicaba también por otros delitos. En
este Código la pena capital se aplicaba a 25 tipos de delitos, tales
como el robo, delitos sexuales, daños a la propiedad, etc. En cuanto a
la especificidad de las penas, la de muerte aparece como castigo de
numerosos delitos, sin que se justifiquen los motivos para la elección
del método. Así, por ejemplo, en el Código de Hammurabi, el ahogamiento
aparece varias veces; la quema de personas, dos veces; y una, el
empalamiento, lo mismo que en las Leyes Asirias [Código de Hammurabi: 108, 110, 129, 133, 143, 153, 155, 157; Leyes Asirias, Tabla A53].
Esta pena también se admitía en los códigos judío,
griego y romano. Concretamente, en el derecho romano, eran castigados
con la pena capital los crímenes que comportaban alta traición al
Estado. Para los delitos cometidos contra privados se aplicaba, según el
caso, la ley del Talión. Sin embargo, los ciudadanos romanos gozaban de
especiales garantías ante los jueces: el derecho preveía que una
condena a muerte de un ciudadano romano, dictada por un magistrado, no
podía ser ejecutada sin haber dado al condenado la posibilidad de
apelarse a los Comicios Centuriales por medio de la “provocatio ad
populum”. Durante la república romana los abusos en contra de este
derecho eran castigados duramente. Cicerón, ejerciendo su cargo de
cónsul durante la conjuración de Catilina, mandó ejecutar condenas a
muerte sin respetar este derecho. Por esta razón, al promulgarse la “Lex
Clodia” fue condenado al exilio.
1.2. La tradición religiosa hebrea y la pena capital
El quinto precepto del Decálogo es explícito: “No
Matar” (Ex 20, 13). Pero ya en el Génesis 9, 6 se da este principio
general: «Quien derrama sangre de hombre, su sangre será desparramada
por otro hombre, porque a imagen de Dios El hizo el hombre». El
principio que dice que el homicidio es un acto que merece el castigo de
la pena de muerte, domina la cultura y la praxis del pueblo hebraico.
Éxodo 21, 12-14 establece: «Aquél que hiera mortalmente a otro, morirá;
pero si no estaba al acecho, sino que Dios se lo puso al alcance de la
mano, yo te señalaré un lugar donde éste pueda refugiarse. Pero al que
se atreva a matar a su prójimo con alevosía, hasta de mi altar le
arrancarás para matarle. El que pegue a su padre o a su madre morirá…».
El delito de homicidio es castigado con la pena de muerte también en
Números 35, 16-21, con detallada casuística: «…el homicida debe morir.
Si le hiere con una piedra como para causar la muerte con ella, y muere,
es homicida. El homicida debe morir…»
La pena de muerte estaba prevista también para los
delitos de índole religiosa y moral, como la idolatría. Así Éxodo 22,
19: «El que ofrece sacrificios a otros dioses, será entregado al
exterminio». También en Números 25, 5. La blasfemia era igualmente
castigada (véase Levítico 24, 16). Similar castigo recibiría la
profanación del sábado: «Guardad el sábado, porque es sagrado para
vosotros. El que lo profane morirá...» [Éxodo 31, 14]. De igual modo los
pecados contra los padres: «El que pegue a su padre o a su madre, debe
morir» [Éxodo 21,15]. Los pecados que ofenden el patrimonio deben ser
castigados, incluso con la muerte (véase Éxodo 22, 1).
Las sanciones no se justifican según la moderna teoría
penal (retribución, defensa social, corrección, expiación) sino que hay
que entenderlas casi únicamente en sentido religioso. Se castiga
gravemente la falta a la Ley divina promulgada por Moisés. Por tanto,
hay que sospechar de quien quisiera valerse hoy de textos
veterotestamentarios para legitimar la aplicación de la pena capital.
Sería apelar al texto bíblico sin apreciar justamente el contexto
histórico-social en la cual se entiende dicha sanción penal. El nuevo
Israel necesitaba de un orden, y Dios estaba allí, ordenando con sus
profetas, al inicialmente nómada pueblo de Dios.
No es superfluo señalar que el “No matar” [Éxodo 20, 13] expresado en hebreo con el término “rasah”,
ni viene nunca usado «para matar a los animales ni para expresar la
matanza del enemigo en la guerra o la muerte decretada en obediencia a
una ley divina» [Bonora 1987:
31-32]. Quizá por esto es que la mejor traducción del hebreo podría ser
“no asesinar”, o también, “no gravarte con un delito de sangre”. El
asesinato expresa no cualquier homicidio, sino aquél que viene
perpetrado por odio, venganza, maldad contra una persona inocente y no
contra un culpable. Por tanto, el mandamiento “no matarás al inocente o
al justo” representa la concretización del “No matar”.
Debemos analizar sucintamente el texto más citado del
Antiguo Testamento para justificar la pena de muerte, el ya citado
Génesis 9, 6: «El que desparrama sangre de hombre, por el hombre su
sangre será desparramada…». En primer término debemos decir que el
versículo en sí mismo «no contiene ningún imperativo, sino que describe
una situación» [Honecker 1978: 1769]. La situación es la de una sociedad
donde existe la violencia, y por ende, la posibilidad de matar a su
semejante y necesita de una pena ejemplar. James Megivern dice que este
texto «por siglos ha sido tomado como un mandamiento divino, promulgado
en la alianza con Noé, que impone la muerte para los asesinos» [Megivern 1997:
15]. Es claro que es instituida así la medida de la venganza de sangre o
ley del Talión: quien esparce la sangre de alguien y muere, es digno de
recibir el mismo castigo.
Históricamente la ley del Talión ha servido para
encauzar la venganza privada e impedir que a un delito le siguiese una
cadena de reacciones delictivas de mayores proporciones. En definitiva,
este pasaje bíblico, ¿contiene una suerte de promulgación del derecho
del hombre de condenar a muerte a un semejante? Parece que no se pueda
negar esto, pero con tal de no olvidar que, aún cuando exista la
autorización para aplicar una sentencia capital, nunca se podrá llegar a
usurpar el derecho soberano e incondicionado de Dios sobre la vida
humana.
Porque no podemos tampoco dejar de ver cómo en el Antiguo Testamento,
ya desde su origen, se manifiesta una particular valoración del don de
la vida humana. Después de que Caín cometió el homicidio de su hermano
el justo Abel, recibe un castigo por ello, pero luego Dios dice: «Pero
quien sea que quiera matar a Caín recibirá venganza por siete veces»
[Génesis 4, 15].
Las múltiples instancias jurídico-religiosas de pena
de muerte que se encuentran en la Biblia hebrea, sobre todo en el
Pentateuco, fueron para la mayoría de los rabinos un vínculo muy fuerte,
y también un peso. Por una parte querían expresar en sus legislaciones y
debates la obediencia incondicionada al Dios de la revelación bíblica.
No olvidemos que la concepción del derecho rabínico es teónoma [Herzog 1974].
Pero por otro lado, representaban también exigencias e ideales
antropológicos. Los rabinos conocían la justicia inhumana de los
ambientes de poder extrajudáicos e incluso la primitiva praxis legal
saducea, en muchos casos contraria a la dignidad del hombre. Según L. I.
Rabinowitz, de varios textos rabínicos se puede concluir que «en
general la tendencia de los rabinos era ir hacia la completa abolición
de la pena de muerte» [Rabinowitz 1971: 145-147].
1.3. La pena de muerte en las escrituras cristianas
En el Nuevo Testamento no se encuentra una
prescripción específica acerca de la pena de muerte. Sin embargo, los
sostenedores a ultranza de la pena de muerte buscan fundamentación en
prescripciones mosaicas y algunos textos de Pablo, el cual no obstante,
no afirma explícitamente la licitud de tal pena. El texto frecuentemente
citado era Romanos 13, 4, el cual proclama que la autoridad «está al
servicio de Dios para tu bien. Pero si haces el mal, teme, pues no en
vano lleva la espada; pues es un servidor de Dios para hacer justicia y
castigar al que obra el mal».
Con el símbolo de la espada, ¿se quiere indicar el
poder de la pública autoridad de condenar a muerte? Se trata de una
cuestión discutida, sobre la cual no hay opinión unívoca. El exegeta
Giuseppe Barbaglio, por ejemplo, afirma: «La espada, más que el derecho
de condenar a muerte, quiere probablemente indicar el poder de policía…
El pasaje se interesa en las relaciones concretas que todo ciudadano
tiene con la administración pública, en particular con la magistratura,
la policía y los empleados del oficio de las tasas» [Barbaglio 1983: 483].
También el biblista Joseph Fitzmeyr, en su comentario a
la carta a los romanos, dice: «La expresión ‘llevar la espada’ podría
ser símbolo del poder de infligir la pena capital…, pero se debe
recordar que los gobernadores de las provincias romanas gozaban de un
poder limitado sobre los ciudadanos romanos que incluso tenían soldados
en sus dependencias… La afirmación de Pablo parece tener una mirada más
amplia, o bien podría ser una referencia a la policía» [Fitzmeyr 1999: 793.].
Como se puede apreciar, no se ve que Pablo argumente
directa o explícitamente a favor de tal pena capital. O sea, el símbolo
de la espada no lleva consigo y por sí mismo, el significado de la
potestad de aplicación de la pena capital. Con todo, en aras de la
honestidad intelectual, hemos de decir con R. H. Stein que «pocos de los
originales lectores de Pablo podrían haber pensado que la pena capital
no fuese incluida en el significado de esta metáfora» [Stein 1989: 335].
Sin embargo, podríamos decir que el Nuevo Testamento
presenta una concepción personalista del hombre, al que reconoce en cada
caso individual un valor pleno, que trasciende en ciertos aspectos a la
sociedad misma. La persona humana no se ordena a la sociedad como a su
fin último —concepción presente entre los griegos— si bien es parte
intrínseca de ella y está a su servicio. Para Jesús, el delincuente es
un ser humano a redimir y a ganar para la vida eterna. La férrea condena
cristiana del delito y el pecado está prevista en función de la
redención de la naturaleza herida.
1.4. Los primeros cristianos y la pena capital
En los primeros siglos de la era cristiana, la
reflexión teológica de los Padres de la Iglesia y de otros escritores
cristianos nunca ha afrontado directamente el problema de la pena de
muerte. La sociedad romana en la cual el cristianismo se ha difundido en
los primeros siglos, y toda la cultura de aquél tiempo, daban por
descontada la legitimidad del poder público de llevar a la muerte a
quien se manchaba de determinados delitos. Los mismos cristianos, al
menos hasta el edicto del emperador Constantino del año 314, que les
concedía a los cristianos libertad de culto, han tenido la experiencia
de cuánto severas eran las leyes y lo fácil que era ser ajusticiado no
sólo por delitos como el homicidio, sino también otros menos graves. El
hecho de pasar de ser víctimas a potenciales jueces que dictaban penas
capitales, dado el ingreso masivo de los cristianos en la vida pública y
la conversión de muchedumbres, había ciertamente traído consigo un
cambio de perspectivas.
Podremos esperar entonces en los primeros siglos
reservas agudas e incluso críticas y rechazos hacia la pena de muerte, y
en los siglos sucesivos una aceptación tranquila de la misma.
1.4.1 Período pre-constantiniano
Tertuliano vive en el tiempo de los emperadores
Septimio Severo (193-211) y Antonino Caracalla (211-217), en un período
crítico para Roma por la presencia de insurrecciones internas y guerras
externas. No faltan persecuciones. Incluso en el propio Cártago se
desata una persecución en el 197, probablemente por la llegada de un
nuevo procónsul [Siniscalco 1984: col. 3414].
En un pasaje de su obra De spectaculis
—escrito moral contra los juegos de circo, del estadio y del anfiteatro
y prohibición de los cristianos de participar en ellos— dice: «Es un
bien que sean castigados los culpables. ¿Quién negará esto, si no es el
culpable? Pero no es necesario que los inocentes se alegren de los
suplicios de los otros, más aún, sería justo que los inocentes sintieran
dolor por el hecho que un hombre, su semejante, sea de tal modo
culpable para ser sacrificado así tan cruelmente. ¿Y quién me garantiza,
después, que sean destinados a las fieras, o a cualquier otro suplicio,
siempre a los culpables, de modo tal que no quede herida la inocencia, o
sea hecho por una venganza del juez o por la incapacidad del defensor o
por la violencia de la tortura? Cuánto es mejor, por tanto, no saber
cuándo los paganos sean castigados, así no se tampoco cuándo mueren los
inocentes» [De spectaculis, 19 (PL I, 726). Cfr. De idolatria, 17 (PL I, 764)].
Como se ve, hay aceptación tranquila de la pena
capital, y por otra parte se deja ver claramente dudas acerca del
peligro de llevar a la pena última a un inocente. A la vez Tertuliano,
invadido por la sensibilidad evangélica, hace una invitación a los
cristianos de no alegrarse cuando alguno es ajusticiado.
Según testimonio de Eusebio y Jerónimo, Hipólito
(170-236) era un obispo que se destaca por ser un escritor prolífico. Un
texto suyo importante, de la segunda mitad del segundo siglo, es la Tradición Apostólica.
En un pasaje dedicado a los oficios que pueden estar permitidos y lo
que no, a quienes se presenten para ser catequizados y luego bautizados,
se dice: «El soldado subalterno no mate a ninguno. Si recibe tal orden,
no la seguirá y no prestará juramento. Se lo rechaza, no sea aceptado.
Quien tiene el poder de vida o de muerte, o el magistrado de una ciudad,
que viste la púrpura, debe dimitir o será rechazado. El catecúmeno o el
fiel que quisiera enrolarse en el ejército, sean rechazados, porque han
despreciado a Dios» [Tradición Apostólica, 16 (SC 11bis, 73)].
Hay interpretaciones varias de esta sentencia. Una de
ellas nos dice que podría aludir «a la matanza de criminales en conexión
con los juegos de gladiadores, las persecuciones, o simplemente la pena
capital. Parece claro que la corriente de pensamiento antes y después
es reglamentar el quitar la vida en combate, como su verdadero
significado» [Helgeland 1985:
36]. De todos modos, se trata de una posición fuertemente radical. Esta
posición reflejaría un cierto “extremismo” de la Iglesia de los
primeros tiempos, cosa posible incluso porque eran pocos los cristianos
que asumieran cargos públicos. Después, con Constantino, cuando la mayor
parte de la población se bautiza, las actitudes cambiarán.
Más o menos del mismo período de Hipólito, Clemente de
Alejandría (150-211) desarrolla su fecunda actividad. Autor de
numerosas obras, entre ellas sobresale el Proteptico, el Pedagogo y los Stromata. En esta última obra, Stromata,
en un pasaje interesante se muestra favorable a la pena de muerte con
un argumento que será usado posteriormente por Santo Tomás de Aquino:
«La ley, teniendo en cuenta aquellos que le obedecen, insta a una piedad
estable hacia Dios, indica las cosas que hay que hacer y se aleja de
todo pecado, imponiendo penas para los pecados que resultan menos
graves. Cuando, después, uno ve que se comporta en modo tal de resultar
incurable, lanzándose hacia una grave inmoralidad, entonces, teniendo en
cuenta el bien de los otros, para no ser corrompidos por él, como
cuando se corta una parte del cuerpo entero, así aquél que se encuentra
en tal situación, con sabia decisión, viene condenado a muerte» [Stromata, I, 27 (PG VIII, 919)].
La pena capital se justifica por el así llamado
posteriormente, principio de totalidad: por el bien del todo, la
sociedad, es lícito suprimir una parte, o sea, un delincuente peligroso
para la sociedad misma. Clemente configura la pena capital, puede
decirse, como extrema ratio, después de que los
intentos medicinales de rescatar al reo han fallado. Clemente sería el
primer teólogo cristiano que justifica, en línea argumental directa, a f
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AGUSTÍN DE HIPONA, TOMÁS DE AQUINO Y LAS PENAS DE MUERTE
Estos
dos escritores eclesiásticos del imperio de Roma fueron dos de los que
más influyeron para justificar las penas de muerte y los castigos
terribles que se impondrían como ley en aquel imperio religioso que se
impuso en Roma a partir del siglo IV. Para comprobar sus escritos y los
escritos de otros escritores que justificaban las penas de muerte. EXAMINEMOS.
La pena de muerte
Autor: José Juan García
La preocupación por la compleja cuestión de la pena de
muerte no es patrimonio exclusivo de nuestro tiempo. Sin embargo sigue
concitando la atención, el debate intelectual y hasta la acalorada
polémica. Es verdad que el siglo XXI que hemos comenzado a transitar es
testigo de una sensibilidad creciente a poner límites a la aplicación de
la pena de muerte, al menos para delitos comunes. Pero no menos es
verdad que aún hoy más de sesenta Estados la sostienen y aplican en sus
jurisdicciones. Argumentos a favor y en contra se suceden y aspiran a
tener vigencia legal. Todos somos conscientes que la sociedad civil está
llamada a administrar justicia, mediante sus magistrados, y no
venganza, llevando así a la sociedad en su conjunto la paz, la seguridad
y la armonía requeridas.
1. Una mirada a la historia
La pena de muerte ha sido un castigo contemplado en
las costumbres y en los ordenamientos jurídicos de las distintas
culturas desde los albores de la humanidad. En ella se ve la superación
de la simple venganza, estableciendo los casos en los que el reo de un
delito debe pagar sus culpas con la vida. Sin embargo, sólo en ámbito
occidental —por estímulo del Cristianismo— han madurado una reflexión y
un debate serios a nivel filosófico y teológico, que cuestionan su
legitimidad y utilidad para la sociedad. Por esta razón, la exposición
histórica del problema se centrará en aquellos aspectos que tienen
relevancia para comprender la discusión ética sobre este tema de gran
actualidad.
1.1. La pena de muerte en la antigüedad
Durante el tercer y el segundo milenio antes de
Cristo, el derecho de aplicar la pena de muerte en las culturas del
Antiguo Oriente casi no se discute, compartiendo tradiciones comunes, a
excepción de Egipto [De Vaux 1958:
223-224]. Como se sabe, la tradición jurídica en el Antiguo Oriente se
encuentra en las fuentes legales conservadas en textos cuneiformes. Los
más conocidos son el Código de Ur-Nammu, de origen sumerio, del siglo
XXI a C.; el Código de Lipit-Ishtar, también sumerio, del siglo XIX,;
los acádicos Código de Eshnunna y Código de Hammurabi del siglo XVII;
las Leyes Asirias también acádicas del siglo XVII; y las Leyes Hititas,
del siglo XVIII. La comparación entre estos códigos permite observar
ciertas semejanzas, si bien poseen elementos particulares. No estamos
entonces frente a una legislación monolítica, aunque se observan no
pocas similitudes entre sí.
En aquellas culturas se entendía que los actos
gravemente culpables —tales como el incesto, la blasfemia, el
bestialismo, la práctica de la homosexualidad, etc.— desencadenaban la
ira divina sobre la sociedad bajo formas tales como la sequía, la plaga o
la derrota en lo militar. Por ende, la sociedad se protegía a sí misma
removiendo ese motivo de ira divina, a través de la ejecución o el
exilio del reo [Rivas 2010:
61]. Otra categoría de actos graves tales como el homicidio, la
violación, el adulterio, la injuria y el robo, la violencia contra el
padre, preveían el pago de indemnizaciones y también el castigo máximo.
«Un crimen fue concebido como un mal contra otra persona o contra el
dios, frente al cual la víctima tenía derecho a la venganza. El papel
del tribunal se limitaba a establecer un límite a la venganza humana y a
impedir la venganza divina en la sociedad…Determinar el límite correcto
de venganza fue la principal tarea de la jurisprudencia mesopotámica» [Westbrook 1992: 555].
Hammurabi (1728-1688) fue rey de Babilonia de la
estirpe de los amorreos, sexto de la primera dinastía babilónica y
sucedido por Samsu-lluna. El Código se presenta en una gran estela de
basalto de 2, 25 m. de alto. En la parte superior, hay un relieve que
representa a Hammurabi de pie delante del dios Asmas de Mesopotamia.
Debajo aparecen las leyes, inscritas en caracteres cuneiformes acadios.
La ley del Talión (latín: lex talionis,), que
impone una pena idéntica por el crimen cometido, como criterio de
justicia retributiva que pone límite a la venganza, está ya codificado
por Hammurabi. Obviamente, la ley del Talión preveía la pena de muerte
por el homicidio, pero esta se aplicaba también por otros delitos. En
este Código la pena capital se aplicaba a 25 tipos de delitos, tales
como el robo, delitos sexuales, daños a la propiedad, etc. En cuanto a
la especificidad de las penas, la de muerte aparece como castigo de
numerosos delitos, sin que se justifiquen los motivos para la elección
del método. Así, por ejemplo, en el Código de Hammurabi, el ahogamiento
aparece varias veces; la quema de personas, dos veces; y una, el
empalamiento, lo mismo que en las Leyes Asirias [Código de Hammurabi: 108, 110, 129, 133, 143, 153, 155, 157; Leyes Asirias, Tabla A53].
Esta pena también se admitía en los códigos judío,
griego y romano. Concretamente, en el derecho romano, eran castigados
con la pena capital los crímenes que comportaban alta traición al
Estado. Para los delitos cometidos contra privados se aplicaba, según el
caso, la ley del Talión. Sin embargo, los ciudadanos romanos gozaban de
especiales garantías ante los jueces: el derecho preveía que una
condena a muerte de un ciudadano romano, dictada por un magistrado, no
podía ser ejecutada sin haber dado al condenado la posibilidad de
apelarse a los Comicios Centuriales por medio de la “provocatio ad
populum”. Durante la república romana los abusos en contra de este
derecho eran castigados duramente. Cicerón, ejerciendo su cargo de
cónsul durante la conjuración de Catilina, mandó ejecutar condenas a
muerte sin respetar este derecho. Por esta razón, al promulgarse la “Lex
Clodia” fue condenado al exilio.
1.2. La tradición religiosa hebrea y la pena capital
El quinto precepto del Decálogo es explícito: “No
Matar” (Ex 20, 13). Pero ya en el Génesis 9, 6 se da este principio
general: «Quien derrama sangre de hombre, su sangre será desparramada
por otro hombre, porque a imagen de Dios El hizo el hombre». El
principio que dice que el homicidio es un acto que merece el castigo de
la pena de muerte, domina la cultura y la praxis del pueblo hebraico.
Éxodo 21, 12-14 establece: «Aquél que hiera mortalmente a otro, morirá;
pero si no estaba al acecho, sino que Dios se lo puso al alcance de la
mano, yo te señalaré un lugar donde éste pueda refugiarse. Pero al que
se atreva a matar a su prójimo con alevosía, hasta de mi altar le
arrancarás para matarle. El que pegue a su padre o a su madre morirá…».
El delito de homicidio es castigado con la pena de muerte también en
Números 35, 16-21, con detallada casuística: «…el homicida debe morir.
Si le hiere con una piedra como para causar la muerte con ella, y muere,
es homicida. El homicida debe morir…»
La pena de muerte estaba prevista también para los
delitos de índole religiosa y moral, como la idolatría. Así Éxodo 22,
19: «El que ofrece sacrificios a otros dioses, será entregado al
exterminio». También en Números 25, 5. La blasfemia era igualmente
castigada (véase Levítico 24, 16). Similar castigo recibiría la
profanación del sábado: «Guardad el sábado, porque es sagrado para
vosotros. El que lo profane morirá...» [Éxodo 31, 14]. De igual modo los
pecados contra los padres: «El que pegue a su padre o a su madre, debe
morir» [Éxodo 21,15]. Los pecados que ofenden el patrimonio deben ser
castigados, incluso con la muerte (véase Éxodo 22, 1).
Las sanciones no se justifican según la moderna teoría
penal (retribución, defensa social, corrección, expiación) sino que hay
que entenderlas casi únicamente en sentido religioso. Se castiga
gravemente la falta a la Ley divina promulgada por Moisés. Por tanto,
hay que sospechar de quien quisiera valerse hoy de textos
veterotestamentarios para legitimar la aplicación de la pena capital.
Sería apelar al texto bíblico sin apreciar justamente el contexto
histórico-social en la cual se entiende dicha sanción penal. El nuevo
Israel necesitaba de un orden, y Dios estaba allí, ordenando con sus
profetas, al inicialmente nómada pueblo de Dios.
No es superfluo señalar que el “No matar” [Éxodo 20, 13] expresado en hebreo con el término “rasah”,
ni viene nunca usado «para matar a los animales ni para expresar la
matanza del enemigo en la guerra o la muerte decretada en obediencia a
una ley divina» [Bonora 1987:
31-32]. Quizá por esto es que la mejor traducción del hebreo podría ser
“no asesinar”, o también, “no gravarte con un delito de sangre”. El
asesinato expresa no cualquier homicidio, sino aquél que viene
perpetrado por odio, venganza, maldad contra una persona inocente y no
contra un culpable. Por tanto, el mandamiento “no matarás al inocente o
al justo” representa la concretización del “No matar”.
Debemos analizar sucintamente el texto más citado del
Antiguo Testamento para justificar la pena de muerte, el ya citado
Génesis 9, 6: «El que desparrama sangre de hombre, por el hombre su
sangre será desparramada…». En primer término debemos decir que el
versículo en sí mismo «no contiene ningún imperativo, sino que describe
una situación» [Honecker 1978: 1769]. La situación es la de una sociedad
donde existe la violencia, y por ende, la posibilidad de matar a su
semejante y necesita de una pena ejemplar. James Megivern dice que este
texto «por siglos ha sido tomado como un mandamiento divino, promulgado
en la alianza con Noé, que impone la muerte para los asesinos» [Megivern 1997:
15]. Es claro que es instituida así la medida de la venganza de sangre o
ley del Talión: quien esparce la sangre de alguien y muere, es digno de
recibir el mismo castigo.
Históricamente la ley del Talión ha servido para
encauzar la venganza privada e impedir que a un delito le siguiese una
cadena de reacciones delictivas de mayores proporciones. En definitiva,
este pasaje bíblico, ¿contiene una suerte de promulgación del derecho
del hombre de condenar a muerte a un semejante? Parece que no se pueda
negar esto, pero con tal de no olvidar que, aún cuando exista la
autorización para aplicar una sentencia capital, nunca se podrá llegar a
usurpar el derecho soberano e incondicionado de Dios sobre la vida
humana.
Porque no podemos tampoco dejar de ver cómo en el Antiguo Testamento,
ya desde su origen, se manifiesta una particular valoración del don de
la vida humana. Después de que Caín cometió el homicidio de su hermano
el justo Abel, recibe un castigo por ello, pero luego Dios dice: «Pero
quien sea que quiera matar a Caín recibirá venganza por siete veces»
[Génesis 4, 15].
Las múltiples instancias jurídico-religiosas de pena
de muerte que se encuentran en la Biblia hebrea, sobre todo en el
Pentateuco, fueron para la mayoría de los rabinos un vínculo muy fuerte,
y también un peso. Por una parte querían expresar en sus legislaciones y
debates la obediencia incondicionada al Dios de la revelación bíblica.
No olvidemos que la concepción del derecho rabínico es teónoma [Herzog 1974].
Pero por otro lado, representaban también exigencias e ideales
antropológicos. Los rabinos conocían la justicia inhumana de los
ambientes de poder extrajudáicos e incluso la primitiva praxis legal
saducea, en muchos casos contraria a la dignidad del hombre. Según L. I.
Rabinowitz, de varios textos rabínicos se puede concluir que «en
general la tendencia de los rabinos era ir hacia la completa abolición
de la pena de muerte» [Rabinowitz 1971: 145-147].
1.3. La pena de muerte en las escrituras cristianas
En el Nuevo Testamento no se encuentra una
prescripción específica acerca de la pena de muerte. Sin embargo, los
sostenedores a ultranza de la pena de muerte buscan fundamentación en
prescripciones mosaicas y algunos textos de Pablo, el cual no obstante,
no afirma explícitamente la licitud de tal pena. El texto frecuentemente
citado era Romanos 13, 4, el cual proclama que la autoridad «está al
servicio de Dios para tu bien. Pero si haces el mal, teme, pues no en
vano lleva la espada; pues es un servidor de Dios para hacer justicia y
castigar al que obra el mal».
Con el símbolo de la espada, ¿se quiere indicar el
poder de la pública autoridad de condenar a muerte? Se trata de una
cuestión discutida, sobre la cual no hay opinión unívoca. El exegeta
Giuseppe Barbaglio, por ejemplo, afirma: «La espada, más que el derecho
de condenar a muerte, quiere probablemente indicar el poder de policía…
El pasaje se interesa en las relaciones concretas que todo ciudadano
tiene con la administración pública, en particular con la magistratura,
la policía y los empleados del oficio de las tasas» [Barbaglio 1983: 483].
También el biblista Joseph Fitzmeyr, en su comentario a
la carta a los romanos, dice: «La expresión ‘llevar la espada’ podría
ser símbolo del poder de infligir la pena capital…, pero se debe
recordar que los gobernadores de las provincias romanas gozaban de un
poder limitado sobre los ciudadanos romanos que incluso tenían soldados
en sus dependencias… La afirmación de Pablo parece tener una mirada más
amplia, o bien podría ser una referencia a la policía» [Fitzmeyr 1999: 793.].
Como se puede apreciar, no se ve que Pablo argumente
directa o explícitamente a favor de tal pena capital. O sea, el símbolo
de la espada no lleva consigo y por sí mismo, el significado de la
potestad de aplicación de la pena capital. Con todo, en aras de la
honestidad intelectual, hemos de decir con R. H. Stein que «pocos de los
originales lectores de Pablo podrían haber pensado que la pena capital
no fuese incluida en el significado de esta metáfora» [Stein 1989: 335].
Sin embargo, podríamos decir que el Nuevo Testamento
presenta una concepción personalista del hombre, al que reconoce en cada
caso individual un valor pleno, que trasciende en ciertos aspectos a la
sociedad misma. La persona humana no se ordena a la sociedad como a su
fin último —concepción presente entre los griegos— si bien es parte
intrínseca de ella y está a su servicio. Para Jesús, el delincuente es
un ser humano a redimir y a ganar para la vida eterna. La férrea condena
cristiana del delito y el pecado está prevista en función de la
redención de la naturaleza herida.
1.4. Los primeros cristianos y la pena capital
En los primeros siglos de la era cristiana, la
reflexión teológica de los Padres de la Iglesia y de otros escritores
cristianos nunca ha afrontado directamente el problema de la pena de
muerte. La sociedad romana en la cual el cristianismo se ha difundido en
los primeros siglos, y toda la cultura de aquél tiempo, daban por
descontada la legitimidad del poder público de llevar a la muerte a
quien se manchaba de determinados delitos. Los mismos cristianos, al
menos hasta el edicto del emperador Constantino del año 314, que les
concedía a los cristianos libertad de culto, han tenido la experiencia
de cuánto severas eran las leyes y lo fácil que era ser ajusticiado no
sólo por delitos como el homicidio, sino también otros menos graves. El
hecho de pasar de ser víctimas a potenciales jueces que dictaban penas
capitales, dado el ingreso masivo de los cristianos en la vida pública y
la conversión de muchedumbres, había ciertamente traído consigo un
cambio de perspectivas.
Podremos esperar entonces en los primeros siglos
reservas agudas e incluso críticas y rechazos hacia la pena de muerte, y
en los siglos sucesivos una aceptación tranquila de la misma.
1.4.1 Período pre-constantiniano
Tertuliano vive en el tiempo de los emperadores
Septimio Severo (193-211) y Antonino Caracalla (211-217), en un período
crítico para Roma por la presencia de insurrecciones internas y guerras
externas. No faltan persecuciones. Incluso en el propio Cártago se
desata una persecución en el 197, probablemente por la llegada de un
nuevo procónsul [Siniscalco 1984: col. 3414].
En un pasaje de su obra De spectaculis
—escrito moral contra los juegos de circo, del estadio y del anfiteatro
y prohibición de los cristianos de participar en ellos— dice: «Es un
bien que sean castigados los culpables. ¿Quién negará esto, si no es el
culpable? Pero no es necesario que los inocentes se alegren de los
suplicios de los otros, más aún, sería justo que los inocentes sintieran
dolor por el hecho que un hombre, su semejante, sea de tal modo
culpable para ser sacrificado así tan cruelmente. ¿Y quién me garantiza,
después, que sean destinados a las fieras, o a cualquier otro suplicio,
siempre a los culpables, de modo tal que no quede herida la inocencia, o
sea hecho por una venganza del juez o por la incapacidad del defensor o
por la violencia de la tortura? Cuánto es mejor, por tanto, no saber
cuándo los paganos sean castigados, así no se tampoco cuándo mueren los
inocentes» [De spectaculis, 19 (PL I, 726). Cfr. De idolatria, 17 (PL I, 764)].
Como se ve, hay aceptación tranquila de la pena
capital, y por otra parte se deja ver claramente dudas acerca del
peligro de llevar a la pena última a un inocente. A la vez Tertuliano,
invadido por la sensibilidad evangélica, hace una invitación a los
cristianos de no alegrarse cuando alguno es ajusticiado.
Según testimonio de Eusebio y Jerónimo, Hipólito
(170-236) era un obispo que se destaca por ser un escritor prolífico. Un
texto suyo importante, de la segunda mitad del segundo siglo, es la Tradición Apostólica.
En un pasaje dedicado a los oficios que pueden estar permitidos y lo
que no, a quienes se presenten para ser catequizados y luego bautizados,
se dice: «El soldado subalterno no mate a ninguno. Si recibe tal orden,
no la seguirá y no prestará juramento. Se lo rechaza, no sea aceptado.
Quien tiene el poder de vida o de muerte, o el magistrado de una ciudad,
que viste la púrpura, debe dimitir o será rechazado. El catecúmeno o el
fiel que quisiera enrolarse en el ejército, sean rechazados, porque han
despreciado a Dios» [Tradición Apostólica, 16 (SC 11bis, 73)].
Hay interpretaciones varias de esta sentencia. Una de
ellas nos dice que podría aludir «a la matanza de criminales en conexión
con los juegos de gladiadores, las persecuciones, o simplemente la pena
capital. Parece claro que la corriente de pensamiento antes y después
es reglamentar el quitar la vida en combate, como su verdadero
significado» [Helgeland 1985:
36]. De todos modos, se trata de una posición fuertemente radical. Esta
posición reflejaría un cierto “extremismo” de la Iglesia de los
primeros tiempos, cosa posible incluso porque eran pocos los cristianos
que asumieran cargos públicos. Después, con Constantino, cuando la mayor
parte de la población se bautiza, las actitudes cambiarán.
Más o menos del mismo período de Hipólito, Clemente de
Alejandría (150-211) desarrolla su fecunda actividad. Autor de
numerosas obras, entre ellas sobresale el Proteptico, el Pedagogo y los Stromata. En esta última obra, Stromata,
en un pasaje interesante se muestra favorable a la pena de muerte con
un argumento que será usado posteriormente por Santo Tomás de Aquino:
«La ley, teniendo en cuenta aquellos que le obedecen, insta a una piedad
estable hacia Dios, indica las cosas que hay que hacer y se aleja de
todo pecado, imponiendo penas para los pecados que resultan menos
graves. Cuando, después, uno ve que se comporta en modo tal de resultar
incurable, lanzándose hacia una grave inmoralidad, entonces, teniendo en
cuenta el bien de los otros, para no ser corrompidos por él, como
cuando se corta una parte del cuerpo entero, así aquél que se encuentra
en tal situación, con sabia decisión, viene condenado a muerte» [Stromata, I, 27 (PG VIII, 919)].
La pena capital se justifica por el así llamado
posteriormente, principio de totalidad: por el bien del todo, la
sociedad, es lícito suprimir una parte, o sea, un delincuente peligroso
para la sociedad misma. Clemente configura la pena capital, puede
decirse, como extrema ratio, después de que los
intentos medicinales de rescatar al reo han fallado. Clemente sería el
primer teólogo cristiano que justifica, en línea argumental directa, a f
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