CUANDO EL PAPA PIO V CONDENÓ LOS TOROS EN ESPAÑA
13 - 1 - 2011
EL PAPA PIO V
El Papa San Pío V (patrón de los antitaurinos), en una bula promulgada en 1567, afirmaba que "pensando con solicitud en la salvación de la grey del Señor, confiada a nuestro cuidado por disposición divina, como estamos obligados a ello por imperativo de nuestro ministerio pastoral, nos afanamos incesantemente en apartar a todos los fieles de dicha grey de los peligros inminentes del cuerpo, así como de la ruina del alma. En verdad, si bien se prohibió, por decreto del Concilio de Trento, el detestable uso del duelo, así y todo, no han cesado aún, en muchas ciudades y en muchísimos lugares, las luchas con toros y otras fieras en espectáculos públicos y privados, para hacer exhibición de fuerza y audacia; lo cual acarrea a menudo incluso muertes humanas, mutilación de miembros y peligro para el alma. Por lo tanto, Nos, considerando que esos espectáculos en que se corren toros y fieras en el circo o en la plaza pública no tienen nada que ver con la piedad y caridad cristiana, y queriendo abolir tales espectáculos cruentos y vergonzosos, propios no de hombres sino del demonio y proveer a la salvación de las almas, en la medida de nuestras posibilidades, con la ayuda de Dios, prohibimos terminantemente por esta nuestra Constitución, que estará vigente perpetuamente, bajo pena de excomunión y de anatema en que se incurrirá por el hecho mismo (ipso facto), que todos y cada uno de los príncipes cristianos, cualquiera que sea la dignidad de que estén revestidos, sea eclesiástica o civil, incluso imperial o real o de cualquier otra clase, cualquiera que sea el nombre con el que se los designe o cualquiera que sea su comunidad o Estado, permitan la celebración de esos espectáculos en que se corren toros y otras fieras en sus provincias, ciudades, territorios, plazas fuertes, y lugares donde se lleven a cabo. Prohibimos, asimismo, que los soldados y cualesquiera otras personas osen enfrentarse con toros u otras fieras en los citados espectáculos, sea a pie o a caballo. Y si alguno de ellos muriere allí, no se le dé sepultura eclesiástica. Del mismo modo, prohibimos bajo pena de excomunión que los clérigos, tanto regulares como seculares, que tengan un beneficio eclesiástico o hayan recibido órdenes sagradas tomen parte en esos espectáculos".
Hace más de cuatro siglos, el papa Pío V condenó los toros en España con penas gravísimas para los que asístieran a las corridas: penas de excomunión.Sin embargo, un 3 de enero de 1596, hace 415 años, Felipe II consiguió que otro papa, Gregorio XIII, rebajara un poco el castigo. Eso sí, los católicos siguen penados con la excomunión, tal como nos cuenta Nieves Concostrina
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