¿Memoria Económica? Imprescindible para días como hoy, 1 de mayo.
Hace menos de dos años, el PSOE aprobó una reforma laboral que facilitó el despido barato: 20 días por año trabajado.
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No nos confundamos. La indemnización de 20 días por año trabajado existe desde hace muchos años. Pero casi ningún juez aceptaba que una empresa procediera a un despido ‘procedente’.
Con la ley en la mano, cualquier despido se convertía para el juez en ‘improcedente‘. Eso quería decir que el empresario tenía que pagar 45 días de indemnización por año trabajado, si bien había un límite de años.
En 2010, a la vista de la presión de los mercados en mayo, las amenazas de Alemania en una cumbre extraordinaria europea, la caída de la Bolsa en ese mismo mes y la conflagración económica que amenazaba con arruinar España (se hablaba de suspensión, de intervención, de colapso), el gobierno aprobó la reforma laboral. Fue en junio de 2010. Consejo de ministros. El rey aprobó el real decreto ley y entró en vigor el 17 de junio de 2010. El Parlamento y el Senado lo tenían que ratificar.
Sus señorías lo estuvieron debatiendo en las Cámaras. El PP se opuso porque era una reforma confusa e improvisada. Al final se aprobó en septiembre, se publicó en el BOE y la maquinaria siguió imparable.
¿Novedades? Lo más importante fue que se aclaraba cuándo se podía despedir a un trabajador de forma procedente y pagarle los famosos 20 días. En la página 79286 del BOE del 18 de septiembre, un poco al final, se dice que se aceptará el despido del empleado en la siguientes circunstancias económicas de la empresa :
“Se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos, que puedan afectar a su viabilidad o a su capacidad de mantener el volumen de empleo. A estos efectos, la empresa tendrá que acreditar los resultados alegados y justificar que de los mismos se deduce la razonabilidad de la decisión extintiva para preservar o favorecer su posición competitiva en el mercado”.
Con este párrafo en la mano, los jueces podían aprobar con más facilidad la extinción del contrato indefinido de un trabajador propuesta por un empresario. Bastaba decir “es que estoy fatal“, y el juez lo aprobaba. Bastaba decir que “es que creo que voy a perder pasta”, o “vendo menos”. Y el juez ya podía aprobar el despido procedente.
¿Diferencias con el despido de la reforma laboral del PP? Básicamente, que ahora se acepta que la disminución de ventas de una empresa debe ser “durante tres trimestres consecutivos”, y sobre todo, que ya no hace falta una autorización previa del Ministerio para llevar a cabo un Expediente de Regulación de Empleo (ERE).
El PSOE ha arremetido contra esta reforma laboral ‘injusta’. Pero no recuerda que las bases ya las puso Rodríguez Zapatero en 2010, un año inolvidable desde el punto de vista económico.
@ojomagicohttp://blogs.lainformacion.com/zoomboomcrash/2012/05/01/prueba-de-memoria-que-partido-facilito-el-despido-de-20-dias/