Correo electrónico:

Contraseña:

Registrarse ahora!

¿Has olvidado tu contraseña?

LATINOS EN ITALIA
 
Novedades
  Únete ahora
  Panel de mensajes 
  Galería de imágenes 
 Archivos y documentos 
 Encuestas y Test 
  Lista de Participantes
 General 
 BIENVENID@S 
 ME PRESENTO 
 ITALIA/NOTIZIE 
 LEGGI/VITA ITALIANA 
 ESPAÑA 
 CERVANTES - DON QUIJOTE 
 ESCRITORES 
 El rincón de la poesía 
 EFEMÉRIDES ARGENTINAS 
 MARTÍN FIERRO 
 EL LUNFARDO 
 PATRIA MÍA 
 MATEANDO 
 CON HUMOR 
 FONDOS Y DIBUJOS 
 MUNDO MAGICO 
 EL ZODÍACO 
 ARRIVEDERCI 
 
 
  Herramientas
 
General: Efemérides
Elegir otro panel de mensajes
Tema anterior  Tema siguiente
Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: 2158Fenice  (Mensaje original) Enviado: 05/03/2011 05:59

Entra en vigor el "Tratado de No Proliferación Nuclear"

 

Un día como el de hoy, pero del año 1970, entró en vigor el “Tratado de No Proliferación Nuclear”. El TNP, que se había firmado dos años antes, se presentaba como el único mecanismo legal vinculante en el que los Estados nucleares se comprometían a eliminar sus arsenales. Este Tratado se alcanzó mediante un pacto. Bajo los términos del mismo, los Estados nucleares accedieron a eliminar sus arsenales, mientras los Estados no nucleares, se comprometían a no fabricar o adquirir armas atómicas. Lamentablemente, el TNP no pudo cumplir su objetivo de eliminar las armas nucleares en un plazo de 25 años, como se había acordado. Por el contrario, en las cuatro décadas transcurridas, la situación se viene agravando. El principal problema del TNP es que el uranio enriquecido, si bien puede ser utilizado con fines energéticos, es también el primer paso en el desarrollo de las cabezas nucleares. Mientras que los Estados nuclearmente armados (EEUU, Inglaterra, Francia, Rusia y China) se han negado a cumplir con su parte del trato, se han venido incorporaron al “selecto club” India, Paquistán, Corea del Norte e Israel. Al tiempo que el TNP, en la teoría, promueve la no-proliferación, el desarme y el uso pacífico de la energía nuclear, en la práctica, privilegia su tenencia a solo 5 Potencias y niega ese mismo derecho al resto de los países, sin explicar sobre qué fundamentos éticos considera válida esta distinción.


Primer  Anterior  Sin respuesta  Siguiente   Último  

 
©2024 - Gabitos - Todos los derechos reservados