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General: CONSTITUCION DEL HOGAR
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Respuesta Eliminar Mensaje  Mensaje 1 de 2 en el tema 
De: euler_romeo  (Mensaje original) Enviado: 11/05/2006 05:26

Por si no lo sabían...

Nosotros, legítimos representantes del hogar, en uso de las facultades con las que Dios solo dotó a los Hombres y reunidos en asamblea para instituir una autocracia con el ánimo de otorgarle y garantizarle a la Mujeres el ejercicio de los sagrados derechos y deberes que adquieren cuando su estado civil las convierte en señoras de la casa, promulgamos la siguiente:

CONSTITUCION DEL HOGAR

Articulo 1

: Todo deseo del marido debe ser considerado una orden.

Parágrafo único

: Es deber de la esposa adivinar y atender todos los deseos de su marido.

Articulo 2

: Toda esposa tiene el derecho a expresar libremente su opinión.

Parágrafo 1

: El marido no esta obligado a oírla.

Parágrafo 2

: En el caso supuesto y extremo que la opinión llegara a ser inteligente, el marido, en su condición de Jefe del Hogar, asumirá su

autoridad.

Artículo 3

: Es derecho inalienable de la esposa proferir la decisión

final en todos los asuntos del hogar con la siguiente expresión:!Si Señor!

Articulo 4

: Queda expresamente prohibido a la esposa, dormir con rulos en la cabeza, cremas faciales, patines de lana, gorros, aretes, collares, y similares, quedando la infractora sujeta a los correctivos impuestos por su marido y de acuerdo con la gravedad del hecho.

Articulo 5

: Es deber de toda esposa, trabajar y obtener fuentes de

renta, entregar todas la rentas obtenidas a su marido para que este la

administre de acuerdo a su profunda sabiduría.

Articulo 6

: Queda restablecida la figura de cabeza del matrimonio, atribuida de forma indelegable al marido, adicionalmente, se le dará el titulo de tutor perpetuo de la esposa.

Articulo 7

: Quedan garantizadas dos noches y una mañana libres, por semana,para que el marido las destine para jugar fútbol, beber con los amigos o ejercer cualquier otra actividad exigida por su condición de "varón".

Artículo 8

: Con el fin de preservar la tranquilidad del hogar, queda a la

esposa prohibido rotundamente, llegar a tener ataques histéricos, lloriqueos nerviosos y otras frescuras.

Artículo 9

: A partir de la promulgación de esta constitución, toda esposa

pasa a ser llamada de patrona a mujer.

Parágrafo único

: Es facultado a la esposa tratar al marido por usted cuando este autorizada, exclusivamente en los momentos de receso de las actividades propias del hogar.

Articulo 10

: Queda restablecido a las esposas la condición de pertenecientes al sexo frágil y considerando tratado el tema con la suficiente ilustración, no se aceptaran discusiones, debates o cuestionamiento alguno.

Articulo 11

: Son derechos inalienables de las esposas:

I. No pretender tener derecho a nada;

II. No pretender reclamar los derechos que tiene y,

III. No pretender reclamar los derechos que nunca tendrá.

Artículo 12

: Esta constitución entra en vigencia en la fecha y hora

de su conocimiento.

Articulo 13

: Revócanse todas aquellas disposiciones contrarias

a esta constitución.

Firmado...

Maridos y dueños del hogar

P.D. No hay chance de llorar.



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Recomendar Mensaje 2 de 2 en la discusión
De: Alias de T1MSNreikota Enviado: 10/05/2006 02:17 p.m.
POETA_SEDUCTOR_YO_SOY

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Por si no lo sabían...

Nosotros, legítimos representantes del hogar, en uso de las facultades con las que Dios solo dotó a los Hombres y reunidos en asamblea para instituir una autocracia con el ánimo de otorgarle y garantizarle a la Mujeres el ejercicio de los sagrados derechos y deberes que adquieren cuando su estado civil las convierte en señoras de la casa, promulgamos la siguiente:

CONSTITUCION DEL HOGAR

Articulo 1

: Todo deseo del marido debe ser considerado una orden.

Parágrafo único

: Es deber de la esposa adivinar y atender todos los deseos de su marido.

Articulo 2

: Toda esposa tiene el derecho a expresar libremente su opinión.

Parágrafo 1

: El marido no esta obligado a oírla.

Parágrafo 2

: En el caso supuesto y extremo que la opinión llegara a ser inteligente, el marido, en su condición de Jefe del Hogar, asumirá su

autoridad.

Artículo 3

: Es derecho inalienable de la esposa proferir la decisión

final en todos los asuntos del hogar con la siguiente expresión:!Si Señor!

Articulo 4

: Queda expresamente prohibido a la esposa, dormir con rulos en la cabeza, cremas faciales, patines de lana, gorros, aretes, collares, y similares, quedando la infractora sujeta a los correctivos impuestos por su marido y de acuerdo con la gravedad del hecho.

Articulo 5

: Es deber de toda esposa, trabajar y obtener fuentes de

renta, entregar todas la rentas obtenidas a su marido para que este la

administre de acuerdo a su profunda sabiduría.

Articulo 6

: Queda restablecida la figura de cabeza del matrimonio, atribuida de forma indelegable al marido, adicionalmente, se le dará el titulo de tutor perpetuo de la esposa.

Articulo 7

: Quedan garantizadas dos noches y una mañana libres, por semana,para que el marido las destine para jugar fútbol, beber con los amigos o ejercer cualquier otra actividad exigida por su condición de "varón".

Artículo 8

: Con el fin de preservar la tranquilidad del hogar, queda a la

esposa prohibido rotundamente, llegar a tener ataques histéricos, lloriqueos nerviosos y otras frescuras.

Artículo 9

: A partir de la promulgación de esta constitución, toda esposa

pasa a ser llamada de patrona a mujer.

Parágrafo único

: Es facultado a la esposa tratar al marido por usted cuando este autorizada, exclusivamente en los momentos de receso de las actividades propias del hogar.

Articulo 10

: Queda restablecido a las esposas la condición de pertenecientes al sexo frágil y considerando tratado el tema con la suficiente ilustración, no se aceptaran discusiones, debates o cuestionamiento alguno.

Articulo 11

: Son derechos inalienables de las esposas:

I. No pretender tener derecho a nada;

II. No pretender reclamar los derechos que tiene y,

III. No pretender reclamar los derechos que nunca tendrá.

Artículo 12

: Esta constitución entra en vigencia en la fecha y hora

de su conocimiento.

Articulo 13

: Revócanse todas aquellas disposiciones contrarias

a esta constitución.

Firmado...

Maridos y dueños del hogar

P.D. No hay chance de llorar.




RENZO ROMEO

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De: mony38 Enviado: 11/05/2006 07:51

Artículo 3: Es derecho inalienable de la esposa proferir la decisión final en todos los asuntos del hogar con la siguiente expresión:!Si Señor!

Andaa!!!!

Artículo 8: Con el fin de preservar la tranquilidad del hogar, queda a la esposa prohibido rotundamente, llegar a tener ataques histéricos, lloriqueos nerviosos y otras frescuras.

jejejeje en que Pais??

Parágrafo único: Es facultado a la esposa tratar al marido por usted cuando este autorizada, exclusivamente en los momentos de receso de las actividades propias del hogar.

Juassssssssssssss, trabajamos mas que todos nuestros maridos, por que lo hacemos DENTRO Y FUERA DE CASA. somos INDEPENDIENTES, nada de USTED!!!!!! ...y sino ellos tambien a nosotras. ''la ley pareja no es rigurosa''

Un beso.

Mony



 
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