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Tecnología e Internet: Derecho colectivo de acceso a la cultura
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: Marti2  (Mensaje original) Enviado: 08/03/2010 21:35
 
 
Un voto particular a favor del derecho colectivo de acceso a la cultura
 

El pasado mes de febrero se conoció el informe aprobado por la Subcomisión sobre la reforma de la Ley 23/2006, de 7 de julio, por la que se modificó el texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

La lectura de las mencionadas conclusiones, que teóricamente deberían inspirar una próxima reforma del marco legislativo relativo al derecho de autor, provoca una cierta desilusión, al constatarse la tibieza de los grupos mayoritarios en lo que  se refiere al conflicto abierto entre los intereses de la industria de contenidos y los derechos fundamentales de los ciudadanos.

Recientemente he tenido acceso al único voto particular formulado frente a dicho informe, firmado por los diputados Gaspar Llamazares y Joan Herrera, el cual abre una puerta a la esperanza.  Pese a que los mencionados diputados apoyaron en su día la reforma operada por la Ley 23/2006 -por la que se limitó el ámbito de la copia privada y el derecho de cita, amén de considerar como comunicación pública la puesta a disposición interactiva de obras protegidas por derechos de autor- lo cierto es que en los cuatro años transcurridos han acercado sus posiciones al clamor mayoritario de foros de opinión de la Red española.   Clamor, todo hay que decirlo, que no se corresponde en absoluto con la actual composición de las cámaras, donde los diputados Llamazares y Herrera se encuentran en franca minoría.

El elemento más luminoso del voto particular es el que se refiere a la necesidad de toma en consideración, a juicio de los dos diputados, de la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, documento elaborado por más de 100 especialistas y organizaciones participantes en el Foro de Cultura que tuvo lugar entre el 29 de octubre y 1 de noviembre de 2009 en Barcelona, especialmente en cuanto a las demandas legales que trasladan y su definición de los derechos en un contexto digital y el estímulo a la creatividad y la innovación.

También destaca la toma de posición de los diputados en cuanto a la polémica “Ley Sinde”, y su posible incidencia sobre el derecho a la libertad de expresión e información.  Se afirma en el voto particular, textualmente que “algunas de las propuestas de la Ley de Economía Sostenible que afectan a la gestión de la Propiedad Intelectual, podrían vulnerar dichos derechos fundamentales, con lo que se hace imprescindible el diálogo entre las partes afectadas, evitando la imposición unilateral de los intereses de determinadas Sociedades de Gestión”.

Más afirmaciones rotundas: “El derecho del autor es necesario, para garantizar la creación cultural y la autonomía creativa. Pero no puede entrar en contraposición de los derechos ciudadanos y del acceso a la cultura. La propiedad intelectual debe contribuir al fomento de la creación, a la formación y potenciación de nuevos creadores y creadoras. Los pagos de derechos de autor, las royalties, las patentes y demás incentivos similares no deben ser considerados un fin en sí mismos, sino como un medio de promover el interés público, la innovación y el acceso a la ciencia y a la tecnología.”

Como colofón de todo ello, los diputados firmantes del voto particular consideran que deberían abolirse todos los “cánones digitales” injustos que sancionan indiscriminadamente en nombre de la “compensación de los/as artistas”, y que tratan de penalizar actividades que no son criminales en modo alguno.   Un canon digital que precisamente ayer se sentó en el banquillo del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.


Carlos Sánchez Almeida
El abogado del Navegante


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