En concreto el tribunal dejó sin efecto el
inciso de un artículo del Código Penal que condena a entre 25 y 30 años
de cárcel a los adultos que mantengan
relaciones sexuales con menores sin distinguir si había consentimiento o no.
El fallo es la respuesta a la demanda de la abogada Ana Victoria Suárez,
en representación de más de 10.000 ciudadanos, que exigía el cambio de
esta norma. La decisión del tribunal, aprobada con cinco votos a favor y
dos en contra, contempla que “los
menores de
edad entre 14 y 18 años” también pueden ostentar el “derecho a la
libertad sexual como parte de su derecho al libre desarrollo de la
personalidad”, explica el comunicado del tribunal.
Sin embargo, una parte de la sociedad peruana rechaza el fallo al considerar que ahora “el menor queda totalmente
desprotegido frente
a un mayor de edad que en una cierta situación de dominio y obviamente
ejerciendo una capacidad de seducción, puede terminar abusando de él”,
sostiene el presidente de la Comisión de Vida y Familia del Episcopado
del Perú, José Antonio Eguren, citado por la Agencia Católica de
Informaciones en América Latina.