¿QUÉ ES EL RITO NACIONAL MEXICANO?
Según José Mª. Mateos existía masonería en México antes de 1806 ya
que en ese año fue iniciado Don Miguel Hidalgo y Costilla en una
Log.·. ubicada en la calle de Ratas No. 4, a la que asistían
prominentes integrantes del cabildo de la Ciudad de México.
Según Castillo desde finales del S. XVIII, existían en México (Nueva
España) Llog.·. militares de españoles.
Según el catecismo del Ap.·. del R.·. N.·. M.·. “El Rito Escocés
Antiguo y Aceptado fue el primero que se conoció en México…”.
Según Chism Las primeras Llog.·. aparentemente trabajaban bajo las
formas del Rito de York.
Durante la guerra de Independencia (1810-1821), las Llog.·. batieron
Ccol.·. formalmente, pero deben haber seguido trabajando bajo el
formato de Llog.·. militares, ya que solo así se explica que al final
de la guerra resurgieran las Llog.·. como hongos después de la lluvia
y que personas como Vicente Guerrero, que no tenían edad para ser
iniciados antes de la guerra, tenían altos grados al finalizar esta.
De 1821 a 1825 existieron en México dos tipos de Llog.·. según su
tendencia política, unas conservadoras, pro monárquicas y centralistas
formadas por personas adictas al antiguo régimen virreinal y otras
liberales, republicanas y federalistas, conformadas por los
independentistas y sus simpatizantes; pero todas trabajaban bajo las
formas del R.·. E.·. A.·. y A.·.
Según Jesús Reyes Heroles. durante toda la primera parte del S XIX, a
falta de partidos políticos, las Llog.·. Mas.·. hicieron las veces de
“partidos políticos embrionarios”.
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En el año de 1825, las Llog.·. liberales obtuvieron, por conducto de
Joel R. Poinset , (ministro plenipotenciario de los EE. UU. En
México ) carta patente del Rito de York, por lo cual empezaron a ser
llamados “yorkinos” y los conservadores “escoceses”, términos que
hasta hoy siguen usando los historiadores.
Como los escoceses simpatizaban con el modelo político europeo y los
yorkinos con el estadounidense, nueve HH.·.: Guillermo Gardette, José
María Mateos, Guillermo Lamont, Luís Luelmo y Goyanez, Cayetano
Rinaldi, Carlos Rinaldi, Juan María Mateos, Francisco Ocampo y Mariano
Rodríguez, cinco escoceses y cuatro yorkinos, buscaron una opción
diferente y en tenida solemne efectuada el 22 de agosto de 1825 se
declara legalmente constituido el R.·. N.·. M.·. y se establecen los
cinco principios que son sus antiguos límites:
1. Que el Rito Nacional Mexicano quedaba establecido regularmente en
derecho, por el que tenían los miembros que lo formaban, masones
regulares de ritos aceptados, que dicho Rito era por lo mismo, en su
régimen interior, libre e independiente de cualquier otro del globo,
como lo es la nación mexicana de las demás potencias.
2. Que el gobierno de este Rito residiría en un SUPREMO GRAN ORIENTE Y
UNA GRAN LOGIA NACIONAL MEXICANA, y que se consideraría como ilegal a
cualquiera reunión que trabajara bajo las formas del Rito sin haber
tenido cédula legalizada para ello.
3. Que los grados simbólicos serían los mismos en número, que en todos
los ritos establecidos y que forman la masonería universal, es decir,
APRENDIZ, COMPAÑERO Y MAESTRO, y los grados altos seis, formando el
todo nueve, cuyos títulos designaría el Reglamento General, así como
sus atribuciones y deberes.
4. Que en cualquiera ciudad, aunque no fuere capital de estado, si
llegaban a reunirse cinco logias particulares, regularmente
constituidas con credenciales de Grandes Logias, se podría instalar
una Gran Logia, sin que por eso pudiera haber más que una Gran Logia
en cada estado.
5. Que la masonería mexicana no tendría otro objeto, que trabajar por
despertar en nosotros los sentimientos de la más pura humanidad, y la
práctica de todas las virtudes, elevando al hombre al nivel del hombre
mismo, y enseñando a respetar y amar lo que la virtud y la sabiduría
consagran a la humanidad como verdades eternas; estableciendo también
en los misterios simbólicos, los lazos que unen a los miembros de la
Gran Familia para tenerlos siempre reunidos bajo los auspicios de la
concordia y la verdadera fraternidad.
Fundado ya, el Rito Nacional Mexicano, se procedió a formar el
Reglamento General en el que se declaró la independencia y autonomía
del rito, que los masones en él recibidos, se denominarían Mexicanos y
no de otro modo; que los grados de que se forma son nueve: APRENDIZ
RECIBIDO, COMPAÑERO, MAESTRO, MAESTRO APROBADO, CABALLERO DE SECRETO,
CABALLERO DEL AGUILA MEXICANA, PERFECTO ARTIFICE, GRAN JUEZ Y GRAN
INSPECTOR GENERAL DE LA ORDEN.
Aprobadas las bases de la Constitución Orgánica y del Reglamento
General, quedó instalada la Masonería Mexicana en el mismo día 22 de
agosto de 1825 y el 26 de marzo de 1826 lo fue la primera Gran Logia
Nacional Mexicana con el distintivo de: “LA LUZ “.
Durante este período los escoceses y los yorkinos se enfrascaron en
una lucha política que además de causar la muerte de muchos HH.·.
ocasionó la desaparición de ambos ritos en México, dejando solo al
R.·. N.·. M.·. hasta 1860 en que se volvió a constituir una Log.·. del
Rito Escocés en el puerto de Veracruz.
En el Congreso General del año de 1833, el R.·. N.·. M.·. decidió
iniciar una serie de reformas, la más importante hacia adentro,
incluir a la mujer en la masonería, ya que en sus manos está la
formación de los futuros ciudadanos; hacia fuera, luchar por la
abolición de los fueros militares y eclesiásticos, la separación de la
iglesia y el estado, la educación laica, la secularización de los
bienes eclesiásticos, la libertad de cultos, etc. Y le ordenó al G.·.
I.·. G.·. Valentín Gómez Farías, en ese momento Presidente de la
República (Su primer periodo comprendió del 1 de abril de 1833 al 18
de junio del mismo año, quedando a cargo del gobierno en ausencia de
Antonio López de Santa Anna) que las llevara a la práctica, el cumplió
pero ocasionó una revuelta de graves consecuencias para el Rito, y
perdieron la presidencia de la República.
A pesar del descalabro sufrido, el R.·. N.·. M.·. no cejó en sus
esfuerzos por llevar a cabo estas reformas, lo cual logró con la
Constitución de 1857 y posteriormente con las Leyes de Reforma, ambas
generadas en los talleres del Rito.
En tanto el gobierno liberal emanado del R.·. N.·. M.·. encabezado por
Benito Juárez aplicaba sus reformas, los conservadores continuaban con
sus intentos de traer un monarca europeo para consolidar su modelo
político, en esta ocasión, gracias a las ansias expansionistas de
Napoleón III, sus esfuerzos se vieron coronados con el éxito, logrando
imponer, con ayuda del ejercito francés, un imperio con Maximiliano de
Habsburgo a la cabeza; aunque nunca lograron controlar todo el
territorio nacional.
Durante este período de la intervención francesa, el R.·. N.·. M.·.
abate columnas formalmente y solo trabaja bajo la forma de Llog.·.
errantes o militares, sin embargo no claudica y continúa con su lucha
hasta recuperar totalmente al país y retomar la Constitución y las
Leyes de Reforma.
En lo masónico, el R.·. N.·. M.·. expide la Carta Patente de la Gr.·.
“Log.·. Valle de México” del R.·. E.·. A.·. y A.·. , conforma el
Supremo Consejo del 33º y Último Grado del R.·. E.·. A.·. y A.·. y se
firma un tratado de libre tránsito entre los talleres de los tres
primeros grados y del último grado de ambos ritos.
Durante el gobierno del Gral. Porfirio Díaz Mori, aprovechando que era
integrante de los Supremos Consejos de los Ritos Escocés y Nacional,
crea la Gran Dieta Masónica y con ella utiliza a la masonería como
estructura de control político del país y con ello hace caer a toda la
masonería en un sopor político del que solo fue despertando al final
del porfiriato (el cual duró 32 años, hasta 1910 que se inició la
Revolución Social Mexicana).
En 1916 el R.·. N.·. M.·. se enfrasca en una lucha ideológica con
Carranza (Presidente de los Estados Unidos Mexicanos) y el campo de
batalla fue el Congreso Constituyente. Los Masones Mexicanos que eran
diputados, capitaneados por el I.·. y P.·. H.·. Francisco J. Mújica le
ganan a los carrancistas los artículos vertebrales (3º, 27, 123, 130,
etc.) de la constitución de 1917; el proyecto de Constitución de
Carranza es rehecho en los talleres del R.·: N.·. M.·. y se logra que
la Constitución de 1917 sea una expresión de los ideales masónicos
mexicanos.
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