CARACAS (AP) — El Tribunal Supremo de Justicia negó la solicitud de extradición a Estados Unidos de un nadador venezolano que es requerido en ese país por varios delitos, entre ellos relación sexual ilícita con menores, informó el lunes la instancia judicial.
El máximo tribunal dijo en un comunicado que "declaró improcedente" la solicitud de extradición que presentó el gobierno estadounidense del nadador Simón Daniel Chocrón, alegando que "ningún venezolano puede ser objeto de extradición", tal como lo establecen las leyes y la Constitución.
En la decisión se estableció que según la legislación venezolana el acusado debe ser enjuiciado en el país "a solicitud de la parte agraviada o del Ministerio Público si el delito que se le imputa mereciere pena por la ley".
Chocrón es requerido por la justicia estadounidense por los delitos de "exhibición lasciva u obscena, actos lascivos u obscenos, venta distribución o exhibición de material pornográfico a menores, agresión física lasciva u obscena y relación sexual ilícita con determinados menores", que habría cometido en un colegio del estado de Florida, Estados Unidos, entre los años 2000-2001, según refiere el comunicado
La Interpol emitió una solicitud de detención internacional de Chocrón desde el 2004.
El Tribunal Supremo de Justicia se comprometió en la sentencia a remitir el expediente de Chocrón a un circuito judicial de la capital para que sea enjuiciado en el país.
Asimismo, Chocrón quedó obligado a presentarse cada quince días en un tribunal capitalino, y se le prohibió la salida del país e instruir en la disciplina de natación a niños, niñas y adolescentes.