El término no había aparecido en todas las coyunturas políticas que ha vivido Venezuela desde que el chavismo es Gobierno. Apenas el 12 de junio durante su programa televisivo, el alcalde de Caracas Jorge Rodríguez se refirió a "la utilización de niños como niños soldados" en las protestas violentas convocadas por la oposición venezolana, según publicó el diario 'Últimas Noticias'.
Una calificación incluso más dura que la referida por el presidente Nicolás Maduro en su carta al papa Francisco, en la que condenó "la utilización frecuente y perversa de niños, niñas y adolescentes en acciones de violencia terrorista callejera". A través de las redes sociales ha circulado material audiovisual que demuestra y condena la presencia de niños en las llamadas guarimbas opositoras.
Delito
En opinión de la presidenta de la Fundación Niños, Niñas y Adolescentes del Gobierno del Distrito Capital (GDC), Anahí Arizmendi, esa actitud de la dirigencia opositora constituye un delito, porque "existe una voluntad manifiesta de captar niños para entrenarlos en prácticas paramilitares y utilizarlos como escudos humanos en las guarimbas".
Entrevistada por RT, Arizmendi precisó que los actores políticos deben saber "que no pueden usar niños en las manifestaciones". Además subrayó que incluso cuando la convocatoria a una manifestación es realizada por un partido político, "eso no los exime de sanciones penales". "Mucho más cuando esas protestas terminan en violencia, o cuando es la violencia su herramienta principal", precisó.
Marco legal
En Venezuela existe un amplio marco legal que, además de catalogar a los niños como "sujetos plenos de derecho", les ofrece protección integral. El artículo 78 de la Constitución obliga al Estado a desarrollar "la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales", pero, además, asegura a los menores "prioridad absoluta" al tomar en cuenta "su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan".
Por su parte, la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), considerada una avanzada legislación, amplía y detalla los mandatos constitucionales. El artículo 83 de esa ley garantiza el derecho a la protesta de los niños cuando se realizan "pacíficamente y sin armas (…) sin más limites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables".
En ese sentido, las protestas violentas conocidas como guarimbas violan el derecho a la vida del niño, contemplado en el artículo 15 de esa misma ley, y su integridad física, psíquica y moral, garantizada en el artículo 32. Mientras que movilizar niños sin consentimiento de sus padres puede catalogarse como "traslado ilícito dentro del territorio", según los postulados del artículo 40 de la LOPNA.
Otros artículos custodian el derecho al honor, reputación y propia imagen (artículo 65); prohíben la exposición pública de niños (artículo 79,) y condenan expresamente cuando se facilitan armas, municiones y explosivos (artículo 92).
Para los adultos se prevén penas de entre 25 y 30 años de prisión si cometen un delito en concurrencia con un niño (artículo 264). Por lo tanto, precisa Arizmendi, "existe legislación suficiente, en el marco nacional e internacional, como para poder sancionar a aquellos que utilizan niños en las protestas políticas".
Impunidad
Luego de casi tres meses de protestas violentas en Venezuela, aún no se ha sancionado el uso de niños en las guarimbas, "porque el actual Ministerio Público (MP), se comporta como una institución forajida y no cumple sus tareas como órgano del Estado venezolano", indica la presidenta de la Fundación Niños, Niñas y Adolescentes del Gobierno del Distrito Capital. Para la funcionaria capitalina "la impunidad es el alimento de quienes usan a niños soldados en Venezuela".
Por estas razones, la comunicadora venezolana Larissa Costas, presentadora en Venezolana de Televisión, estima que "es una responsabilidad de la fiscal Luisa Ortega imputar esos delitos que son públicos, notorios y hasta comunicacionales". Consultada por RT, aclaró que es esa institución la que debe agilizar sus actuaciones porque en Venezuela "la infancia tiene prioridad en el marco de todos los principios constitucionales".
Ernesto J. Navarro