¿Quién firma el acta de asamblea si no la firman los designados?
R/ Si no la firma presiente o secretario o ambos la puede firmar el revisor fiscal Art. 430 del C de Comercio,
Si no hay revisor fiscal ni modos, se debe convocar a otra asamblea para que ratifique las decisiones.
No es necesario la firma de la comisión verificadora de texto de acta, ni obligatorio su nombramiento.