esta clase de extrańos incidentes vinculados a la fenomenología OVNI los ufólogos los denominamos «abducciones». Según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Espańola, este término significa, en el contexto jurídico, «rapto por persuación o violencia». A él le siguen cuatro acepciones más que corresponden a la Filología y la Lógica, la Milicia y la Zoología, que aquí no nos interesan. De hecho, los ufólogos han adoptado esta palabra a su terminología teniendo sólo en cuenta la primera definición, pudiéndose precisar que en Ufología, «una abducción es el supuesto secuestro de uno o varios seres humanos por presuntos extraterrestres». Obsérvese que aquí se emplea la misma terminología prudente y aséptica que en Espańa utiliza, por ejemplo, la prensa diaria y el Ministerio del Interior para referirse a los secuestros practicados por bandas terroristas. Todo el mundo es «presunto» y «supuesto», mientras no se demuestre lo contrario. Se parte, siempre, de la presunción de los hechos. |