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General: Ser residente legal en España...
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: Marthola  (Mensaje original) Enviado: 13/01/2011 01:23

Ser residente legal en España...

 

 

Yo sé y solo yo sé, todo lo que tuve que penar por conseguir mi residencia en España.

Las trabas, el trato despectivo, la desidia, la incoherencia, pero bueno todo lo hice en pos de vivir en regla, en la que a nosotros nos enseñaron en la escuela llamarla “Madre Patria”…

Cuando al año pasado hacia mis trámites en Buenos Aires en la Embajada de España, que me la pase del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Ministerio de Salud, y la Embajada,  apostillando papeles y mas papeles, papeles que en algunos casos ni sirvieron,  papeles que cuando ya los tenía todos, alguno se vencía porque obvio entre la burocracia y los tiempos de estas instituciones se me caducaban, volver nuevamente hacer los papeles, y con todo el cansancio de ese manoseo seguía firme porque quería vivir en regla en la Madre Patria…

Pero claro, a mi si me dieron papeles, pero yo no soy sola, tengo una niña (en ese momento de 4 años) a la que no le daban su residencia porque para ello necesitaba que su madre estuviera 1 año residiendo para luego pedir su agrupación…Claro pequeño detalle su madre es soltera, su hija depende de ella, ¿La tenia que dejar? antes muerta, obvio iba a ser motivo más que suficiente para desistir totalmente de vivir en la Madre Patria…pero así y todo haciendo todo tipo de averiguaciones de que pasaría si llegaba con mi hija sin su residencia me aventure a viajar con mis papeles en regla, y así entre a vivir en la Madre Patria…

Hace algunos años, siendo profesora de “Proyectos y Metodologías de la Investigación” un grupo de alumnos realizó un trabajo relacionado con la inmigración, haciendo una comparación de los movimientos migratorios a lo largo de la historia en  Argentina, y con datos precisos, con un caudal de información importante, que al día de hoy me sigue llenando de orgullo el saber que ese trabajo fue pedido por Museo Nacional de la Inmigración,  puesto que mis pibes iban allí a recopilar información y este lugar se encontró que mis chicos tenían materiales que ellos no poseían. Aquella investigación  nos cultivo de un montón de datos, de historias, de números, de la inmigración de “gallegos” (utilizando el americanismo) italianos, alemanes etc. a la Argentina, y en mi tierra, trabajaron, tuvieron su casa, sus tierras, algunos sus hijos, donde muchos de ellos salieron universitarios, se armaron de un patrimonio a costa de sudor y lágrimas,  puesto que no todos llegaron con familia, muchos solos, luchándola, añorando, soñando que algún día se volverían a reunir con sus afectos… Todos o casi todos los argentinos llevamos en nuestras venas sangre gallega, yo Claudia argenta 100% hasta el tuétano, llevo apellido vasco y así muchos de nosotros…

Ahora bien, alguna vez me pregunté, ¿Qué papeles les habrán pedido cuando ellos llegaban al puerto? ¿Tenían visa de residencia y trabajo? ¿Les ponían algún impedimento que vinieran con su familia? ¿Con cuánto dinero contaban en sus bolsillos? ¿Traían sus antecedentes penales? ¿Certificado médico que acredite que no padece ninguna enfermedades susceptibles de cuarentena…? ¿Cuál era su situación legal… no eran ilegales????

Y ya les explico de donde me viene esta incontinencia verbal con el tema.

 Pues esta mañana al leer el diario La Nación que me llega al correo, dentro de las noticias importantes del exterior figura: La UE se endurece con los ilegales

El Parlamento del bloque aprobó una ley que habilita a detener, expulsar y prohibirles el reingreso a los indocumentados.

Les copio y pego algunas de las normas

La norma

§                                 Retorno: se impone el "principio de retorno" de un indocumentado a su país de origen o a un tercer Estado (están exentos los asilados).

§                                 Retorno voluntario: el expulsado puede acordar su vuelta voluntaria en un plazo de entre 7 y 30 días.

§                                 Detención: se recurrirá a ella cuando hay riesgo de fuga o el "sin papeles" se niega a ser expulsado.

§                                 Plazo de retención: la duración máxima es de 6 meses, pero se puede extender hasta los 18. Pasado ese plazo, el indocumentado recupera la libertad. Hoy, el tiempo de detención es ilimitado en Francia, Dinamarca, Gran Bretaña, Finlandia, Estonia y Holanda.

§                                 Sin ingreso: la expulsión será seguida de una prohibición de entrada en el bloque durante cinco años. Puede ser más en caso de ser una "amenaza grave" a la seguridad.

§                                 Minoridad: los menores sin un adulto a cargo y las familias con niños serán trasladados a centros especiales donde se les garantiza el acceso a la educación.

Si me resulta “chocante” estas normas muchísimo mas la ultima que habla de la minoridad, ustedes pensarán ¿es qué hay menores que están solos aquí en Europa? Pues si, los que llegan en “pateras” que vienen desde África muchos de ellos, si tienen la suerte de no morir en el intento llegan a tierra firme, huyendo de esa vida desgraciada que llevaban en sus países de origen, buscando un futuro mejor.

Pero bueno no sé, sin irme por la tangente y sabiendo que esto lo leerán solo un par de personas, simplemente quería hacer catarsis con este tema y como siempre mi amado León tipo coherente si los hay, como siempre con las palabras justas, el dice:

 

“Si me pedís que vuelva otra vez donde nací
yo pido que tu empresa se vaya de mi país”

 

 

He dicho

Claudia M Arancibia.

Argenta 100%

 

 

 

 

Te adoro León!!!!




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