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General: Para Garzón es un honor ser juzgado por investigar crímenes del franquismo
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From: Ruben1919 (Original message) |
Sent: 11/03/2011 23:00 |
España
«Un país no se puede construir sobre miles de cadáveres», ha opinado en una conferencia. El juez suspendido ha relacionado los 300.000 desaparecidos durante la dictadura con la reciente causa abierta de los niños robados desde los años 40 a los 90
El juez Baltasar Garzón aseguró hoy que en España aun falta mucho camino por recorrer para cerrar el doloroso capítulo de los crímenes del franquismo, y dijo que aunque no desea ser juzgado por investigarlos considera "un honor" sentarse en el banquillo por esa causa. "Hay un largo camino por desarrollar todavía en España y hay que hacerlo sin estridencias. Un país no se puede construir sobre miles de cadáveres, y las organizaciones internacionales nos están pidiendo una respuesta y seguimos sin darla, más allá de abrirle un procedimiento al juez", afirmó Garzón.
"No es que tenga ganas de tener un juicio, pero para mí es un honor tenerme que sentar en el banquillo por tratar de investigar los crímenes del franquismo. No es que yo sea más valiente que nadie, pero la dignidad la quiero tener completa", subrayó el juez, en el curso de una multitudinaria conferencia pronunciada en la Universidad de Ginebra ante cientos de estudiantes.
Garzón, que actualmente trabaja como asesor en la Corte Penal Internacional de La Haya tras ser suspendido provisionalmente de sus funciones como juez de la Audiencia Nacional en España, comparaba así los procedimientos abiertos en Chile y Argentina para rendir cuentas con las dictaduras de esos países frente a la situación en España. "En mi país no se ha escrito el capítulo final, somos los más solidarios, empezamos las campañas más arriesgadas, pero siempre hacia fuera. Cuando es hacia dentro la cosa cambia", afirmó el magistrado.
Ahora, la causa de los niños robados...
Garzón se refirió a los cerca de 300.000 desaparecidos del franquismo sobre los que se buscan respuestas, "entre ellos unos 30.000 niños que entre 1937 y 1951 fueron dados ilegalmente en adopción, hijos de presas republicanas, etcétera, que fueron dados a familias que más estaban de acuerdo con los principios fascistas del régimen franquista". Y lo relacionó con las recientes revelaciones sobre robos de niños en hospitales madrileños para darlos en adopción entre las décadas de los 50 y los 80. "Y de aquellos vientos vinieron aquellos lodos y años más tarde se ha comprobado algo que está adquiriendo caracteres preocupantes, Y es que más de 300 personas han denunciado el robo de bebés para darlos en adopciones ilegales", señaló el juez, aunque esos casos pertenezcan a los años 40 hasta los 90. "¿Hay relación entre un caso y el otro? No lo sé, pero todo esto sucede cuando se quiere cerrar un capítulo de la historia sin haberlo leído casi", insistió.
Posteriormente, en una conferencia de prensa, Garzón insistió en que desea que su juicio se abra cuanto antes. "En más de una ocasión he pedido que sea realidad cuanto antes. Lo que deseo es poder comparecer ante el tribunal y ejercer mi derecho de defensa, que hasta ahora ha sido bastante o totalmente eliminado", afirmó Garzón acerca de la primera de las causas abierta contra él. El magistrado opinó que "debería existir un límite racional que todo procedimiento debe llevar, y creo que ya ha transcurrido", pero dijo no poder determinar cuándo tendrá lugar.
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Sociedad
VIDAS ROBADAS
La Fiscalía del Estado ordena no archivar ningún robo de bebés
La policía científica somete a pruebas de ADN a los denunciantes de La Línea
LUIS GÓMEZ - Madrid - 11/03/2011
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Elvira Tejada, fiscal de sala de la Fiscalía del Estado, ordenó a los fiscales jefes provinciales, reunidos la pasada semana en Sevilla, que no se archive ningún caso en tanto no avancen las investigaciones de la policía. Durante dicha cumbre de fiscales jefe se abordó, entre otros asuntos, el de los niños robados. Hubo división de opiniones al respecto, dado que algunos fiscales se mostraron partidarios de archivar los casos a la vista del tiempo transcurrido, de las dificultades de su investigación, de la posible prescripción de los delitos y de la falta de antecedentes de un caso de esta naturaleza. Fue Elvira Tejada, que actuó en nombre de Conde Pumpido, quien terminó el debate pidiendo que no se archivara ningún caso hasta que no avanzaran las investigaciones policiales.
Solo Cádiz y Algeciras suman más de 150 casos en estos momentos
La muerte del hijo de Isabel Aguera la firmó una matrona desconocida
En tres semanas el número de denuncias se ha multiplicado hasta tal punto que la Fiscalía General del Estado carece en estos momentos de una cifra exacta. Para algunas fiscalías andaluzas el problema adquiere grandes dimensiones, caso de Málaga, que ha pasado de 7 a 40 denuncias y, sobre todo, de Cádiz y Algeciras, que suman entre ambas más de 150 en estos momentos. Estas dos últimas fiscalías han tomado la decisión de no informar siquiera del número de diligencias abiertas. En cualquier caso, es en Málaga y en Cádiz donde la policía comenzó a trabajar hace meses.
Las investigaciones practicadas en Málaga no permiten aventurar que exista una trama organizada. No se vislumbran coincidencias respecto a unos mismos ginecólogos o matronas. Tampoco aparecen religiosos. Una mayoría de casos tienen como epicentro el antiguo Hospital Civil de Málaga, ya desaparecido. Hay lagunas de información por la desaparición de historiales clínicos como consecuencia de unas inundaciones que dañaron parte de los archivos de dicho centro. Faltan datos en varios cementerios a la hora de poder certificar el entierro de algunos cuerpos.
Uno de los casos investigados por la policía en Málaga hace referencia a una denuncia de una mujer que dio a luz una niña el 25 de abril de 1976. Aparentemente fue un parto normal. La niña pesaba 4,6 kilos y la madre pudo conocerla. Las complicaciones surgieron horas después, cuando la matrona se llevó al bebé para que lo examinara el pediatra, según cuenta la madre. Ella se durmió y al despertar le informaron de que la niña estaba grave. Horas después, le llegó la noticia de que había fallecido. A diferencia de otros casos denunciados en Málaga, el marido, que es funcionario, rechazó que el hospital se encargue de los trámites del entierro. Aunque le recomendaron no ver el cuerpo del bebé, lo recogió en una pequeña caja y lo trasladó él mismo al cementerio de San Rafael, donde fue enterrado en una fosa para 10 años. Nueve años después, cuando la familia debía trasladarse a Melilla, el marido acudió al cementerio para prorrogar la estancia en la fosa dos años más. Y antes de que se cumpliera el plazo, acudió de nuevo para exhumar el cuerpo y depositarlo en un panteón junto a su bisabuela. En ese momento, se encuentra con la sorpresa de que no hay nada en la fosa. La investigación policial sobre este caso no puede avanzar demasiado: no hay documentación sobre los restos en el cementerio y tampoco aparece el historial clínico del parto. La policía tampoco avanza en el caso de Isabel Aguera Vázquez, que tuvo complicaciones en el parto el 15 de agosto de 1970 y el bebé fue dado por muerto. Hay un parte firmado por una matrona, cuyo nombre no consta en los archivos del Sistema Andaluz de Salud (SAS) como profesional. La policía trata de contactar con una segunda matrona, pero esta falleció en 2008. No se localizan los historiales médicos.
Más larga va a resultar la investigación del casi medio centenar de casos registrados en La Línea de la Concepción, que dependen de la fiscalía de Algeciras. Los casos arrancaron a partir de la investigación de dos hermanas, Cristina y Flor Díaz Carrasco, que guardan una foto obtenida por su abuela con un hermano presuntamente muerto al nacer. En esta localidad se producen un número de circunstancias que levantan sospechas. Una de ellas es la ausencia de datos en los cementerios sobre enterramientos de numerosos bebés fallecidos. Y en los partos relacionados con esos fallecimientos intervienen mayoritariamente al menos dos ginecólogos muy conocidos en la ciudad. Se produce también otra anomalía, como es la presencia de dos personas como firmantes en numerosos documentos de la época, sea inscripción de nacimientos, legajos de abortos o traslados de cadáveres. En los libros de dicho centro que constan en el archivo histórico faltan los tomos de los años 1964 y 1965.
Numerosas familias han declarado ya ante la policía y, en este caso, la fiscalía de Algeciras ha puesto en marcha la toma de pruebas de ADN. Paralelamente a estas actuaciones, el ginecólogo Abelardo García Balaguer, quien aparece mayoritariamente mencionado en las denuncias, tomó la decisión de dimitir por "razones personales" de su cargo como presidente electoral del Partido Popular en la Línea de la Concepción. García Balaguer no quiso explicar en ningún momento el motivo de su dimisión, aunque fuentes de su entorno confirman que la inminencia de unas elecciones municipales y la posibilidad de que su apellido salga salpicado por este caso fueron argumentos utilizados dentro del partido para recomendarle una dimisión. García Balaguer, desde ese momento, se ha negado a hacer declaraciones sobre el caso y ha rechazado toda posibilidad de una entrevista. Otro de los ginecólogos mencionados, Fernando Martínez Martínez, ha negado tener relación con irregularidad alguna, pero reconoció a un canal de televisión haber adoptado a dos niños en aquella época.
Llamado a filas uno de los muertos
El 14 de mayo de 1972, una familia compuesta por los padres y sus cinco hijos, uno de ellos de un mes, sufrió un accidente de automóvil mientras iba desde San Roque a Algeciras. El padre (Andrés Delgado Jiménez), que era sargento del Ejército, sufrió una fractura en una pierna. La madre (María Rodríguez Benítez), la rotura de un brazo. Los cinco hijos estaban leves, según el atestado de la Guardia Civil. Todos ingresan en el hospital de La Línea de la Concepción, aunque el padre fue trasladado después al hospital militar. A las horas les comunican que el bebé ha fallecido por fractura craneal con salida de masa encefálica.
SIGUE ...
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España debe respaldar al juez Garzón en la aplicación del derecho internacional
Investigación de crímenes cometidos en la Guerra Civil y la dictadura
Washington D.C., 26 de abril de 2010
CEJIL muestra su preocupación por la decisión del magistrado instructor del Tribunal Supremo español de 7 de abril de 2010, de enjuiciar por prevaricato al juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, por investigar los crímenes de lesa humanidad y graves violaciones a los derechos humanos cometidos durante la Guerra Civil española y posterior dictadura. La decisión se basa entre otras razones, en la prescripción de los delitos y la existencia de la ley de amnistía 46/1977 de 15 de octubre de 1977 que el juez instructor considera aplicable.
CEJIL considera que las autoridades españolas no pueden criminalizar las acciones judiciales que, con fundamento jurídico en el derecho internacional, estén encaminadas a investigar crímenes de lesa humanidad, entre los que se encuentra la desaparición forzada de cientos de personas en España.
Si bien jueces y fiscales deben aplicar la ley vigente interna, no pueden ignorar el derecho internacional y las obligaciones asumidas por el Estado español, que son de cumplimiento también para funcionarios judiciales. La propia Constitución española establece que las normas relativas a los derechos fundamentales, se interpretarán de acuerdo con la Declaración Universal de Derechos Humanos y tratados y convenios internacionales ratificados por España.
En este sentido, la comunidad internacional, de la que forma parte España, ha reconocido la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad, la imposibilidad de que los mismos sean objeto de leyes de amnistía u otras eximentes de responsabilidad, y el derecho a la verdad que asiste a los familiares de las víctimas.
La Asamblea General de la ONU, en Resoluciones 2583 de 1969 y 3074 de 1973, resaltó la importancia de la “investigación rigurosa” de los crímenes de lesa humanidad, afirmando que éstos serán objeto de investigación, “dondequiera y cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido”, y que “las personas contra las que existan pruebas de culpabilidad en la comisión de tales crímenes serán buscadas, detenidas, enjuiciadas y, en caso de ser declaradas culpables, castigadas”. Por su parte, el Secretario General de la ONU, en su informe sobre el establecimiento del Tribunal Especial para Sierra Leona, señaló que “las Naciones Unidas mantienen sistemáticamente la posición de que la amnistía no puede concederse respecto de crímenes internacionales como el genocidio, los crímenes de lesa humanidad o las infracciones graves del derecho internacional humanitario”.
Igualmente, bajo el derecho internacional existe reconocimiento expreso de que la desaparición forzada es un delito de carácter continuado o permanente en tanto no se esclarezca el paradero de la persona desaparecida. Por tanto, no sólo se trataría de delitos que no han prescrito, sino que el Estado español tiene el deber de investigarlos para esclarecer los hechos e identificar a los culpables. Así lo ha establecido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en jurisprudencia constante y vinculante para España, y así pareció reconocerlo dicho Estado al ratificar en septiembre de 2009 la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, la cual recoge similares principios.
A pesar de ello, el magistrado instructor señala que el juez Baltasar Garzón continuó con el procedimiento penal que había iniciado a pesar “de su falta de competencia y de que los hechos denunciados ya carecían de relevancia penal al tiempo de iniciar el procedimiento”. Además, se acusa al juez de atribuirse competencia para investigar a pesar de tener conocimiento de que los sujetos eventualmente responsables podrían haber fallecido.
Vale señalar que las desapariciones forzadas se perpetúan, en ocasiones, por la complicidad y el encubrimiento de personas que no participaron de la detención inicial de las víctimas, lo que puede llegar a acarrear responsabilidades penales hasta la actualidad.
Adicionalmente, consideramos que la interpretación del juez instructor ignora de manera palmaria el derecho a la verdad que asiste a las víctimas respecto a sus familiares desaparecidos, en tanto la suerte de éstos no se esclarezca. Dicho derecho fue reconocido por Resolución 1463 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa de 3 de octubre de 2005, vinculante para España, así como en el “Conjunto de Principios para la Protección y la Promoción de los Derechos Humanos Mediante la Lucha contra la Impunidad”, emitidos por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en 1998.
En este sentido, las investigaciones penales de graves violaciones de derechos humanos son consideradas como clave para la satisfacción de tres objetivos fundamentales: el esclarecimiento de los hechos, el establecimiento de responsabilidades individuales y la reparación de las víctimas. Así, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que “el derecho a conocer la verdad de los familiares de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos se enmarca en el derecho de acceso a la justicia”, y que la obligación de investigar es una forma de reparación. En similares términos se ha pronunciado el Relator Especial sobre la Independencia de Magistrados y Abogados, quien destacó al respecto la “relación cercana entre el derecho a la justicia y el derecho a la verdad, debido a que los mecanismos judiciales juegan un rol prominente en asegurar que se esclarezcan los hechos” (E/CN.4 /2006/52 de 23 de enero de 2006).
Más aun, incluso si los presuntos responsables hubieran fallecido, en otras jurisdicciones, se han llevado a cabo procesos judiciales que, pueden tener entre sus fines el satisfacer el derecho a la verdad de las víctimas. De esta manera, en Argentina se llevaron a cabo los llamados “juicios de verdad”, que tenían como fin único “satisfacer la obligación de investigar el destino final de los desaparecidos entre 1976 y 1983, descubrir la verdad de lo sucedido y de esta manera dar respuesta a los familiares y a la sociedad” (Resolución 18/98 de la Cámara Federal de La Plata, de 21 de abril de 1998).
Con base en lo anterior, consideramos que la investigación iniciada por el juez Garzón para combatir la impunidad por crímenes de lesa humanidad y promover la búsqueda de la verdad para las víctimas afectadas, está sustentada en el derecho internacional. Por ello, las discrepancias sobre la competencia del juez o los posibles conflictos entre la ley internacional y la interna deben ser debatidos jurídicamente en el proceso, pero no deben implicar en ningún caso la penalización del juez.
De lo contrario, España estaría tomando un paso que, más allá de contravenir sus obligaciones internacionales, constituiría un retroceso para la justicia internacional, y crearía un peligroso precedente en la lucha contra la impunidad por graves violaciones de derechos humanos en España y en otras partes del mundo. Por tanto, CEJIL hace un llamado a las autoridades españolas para reconsiderar su decisión en el presente caso.
Contacto de prensa: Mauricio Herrera Ulloa
Director de Comunicación Tel: (202) 319-3000 mherrera@cejil.org www.cejil.org
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) es una organización de defensa y promoción de los derechos humanos en el hemisferio americano. El objetivo principal de CEJIL es asegurar la plena implementación de normas internacionales de derechos humanos en los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA), mediante el uso efectivo del sistema interamericano de derechos humanos y otros mecanismos de protección internacional. CEJIL es una organización no gubernamental sin fines de lucro con estatus consultivo ante la OEA, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y con calidad de observador ante la Comisión Africana de Derechos Humanos.
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España
Habían sido designados para juzgarle por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo
La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha admitido hoy la recusación planteada por el juez Baltasar Garzón contra cinco de los siete magistrados que habían sido designados para juzgarle por declararse competente para investigar los crímenes del franquismo.
La mayoría de los dieciséis magistrados que componen esta Sala ha aceptado apartar de este procedimiento al presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, y a los magistrados Adolfo Prego, Joaquín Giménez, Francisco Monterde y Juan Ramón Berdugo para evitar cualquier sospecha de parcialidad, ya que han participado en la instrucción de esta causa.
El magistrado Ángel Calderón, que había sido nombrado ponente, ha anunciado un voto particular por lo que ha sido nombrado nuevo ponente, el magistrado Ángel Moliner, mientras que el magistrado Juan Saavedra se ha ausentado de la votación por ser uno de los recusados.
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