La Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador entra
en vigencia este martes, tras su aprobación en la Asamblea Nacional y la
ratificación del presidente Rafael Correa, quien este lunes en horas de
la tarde la remitió para su publicación en el Registro Oficial.
En ese sentido, el director del Registro Oficial, Hugo del Pozo,
informó a la agencia Andes que “a primeras horas de este martes ya
estará publicada la Ley, por lo que a partir de ese momento entra en
plena vigencia ”.
Por tal motivo, este mismo martes también queda derogada la Ley de
Radiodifusión, una norma promulgada en 1975 durante la dictadura militar
que regía en la nación suramericana, y que fue reformada en dos
ocasiones posteriores; la primera en 1996 y la segunda en 2002.
La Asamblea Legislativa aprobó el proyecto el pasado 14 de junio, con
un promedio de al menos 108 de los 137 parlamentarios en las votaciones
de los siete títulos del cuerpo legal.
La promulgación de esta norma cumple finalmente el mandato derivado
de la Constitución de 2008, que ordenó al Parlamento aprobar en un plazo
máximo de 365 días varias leyes, entre ellas la de Comunicación. Sin
embargo, debido a obstáculos interpuestos por la oposición, el proceso
se demoró más de tres años.
El presidente Correa ha explicado que este instrumento jurídico tiene
entre sus objetivos poner fin al abuso mediático de los medios de
comunicación privados, cuyos fines de lucro se consideran “el mayor
atentado a la libertad de expresión popular”.
La ley tiene 119 artículos y 22 disposiciones transitorias, y plantea
revertir las frecuencias ilegalmente conseguidas para luego
redistribuirlas, establecer el principio de responsabilidad ulterior,
prohibir la censura previa y sancionar el linchamiento mediático.
El Gobierno busca así acabar con el monopolio mediático existente en
el país, puesto que actualmente más de un 90 por ciento de las
frecuencias de emisoras está en manos privadas. La ides es que un 34 por
ciento sean asignadas a medios comunitarios, un 33 por ciento a medios
públicos y un 33 por ciento a medios privados.
Otra de las tareas será la conformación del Consejo de Regulación, un
ente que estará integrado por cinco personas que representan a la
Función Ejecutiva (instancia que lo presidirá), Consejos Nacionales de
Igualdad, Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, de los
Gobiernos Autónomos Descentralizados y el Defensor del Pueblo.
Dicho organismo deberá estar conformado en un plazo máximo de hasta
30 días luego de la entrada en vigencia de la norma. Mientras tanto, la
designación del Superintendente de Información y Comunicación saldrá de
una terna que envíe el Ejecutivo al Consejo de Participación Ciudadana.