Página principal  |  Contacto  

Correo electrónico:

Contraseña:

Registrarse ahora!

¿Has olvidado tu contraseña?

LA CUBA DEL GRAN PAPIYO
¡ Feliz Cumpleaños нιĸarι !
 
Novedades
  Únete ahora
  Panel de mensajes 
  Galería de imágenes 
 Archivos y documentos 
 Encuestas y Test 
  Lista de Participantes
 Conociendo Cuba 
 CANCION L..A 
 FIDEL CASTRO.. 
 Fotos de FIDEL 
 Los participantes más activos 
 PROCLAMA AL PUEBLO DE CUBA 
 
 
  Herramientas
 
General: LA SENADORA PIEDAD CÓRDOBA Y EL PROCURADOR ORDOÑEZ
Elegir otro panel de mensajes
Tema anterior  Tema siguiente
Respuesta  Mensaje 1 de 3 en el tema 
De: Ruben1919  (Mensaje original) Enviado: 14/10/2013 09:50

Notas de buhardilla

Cruzada del odio

Por: Ramiro Bejarano Guzmán
 

El Procurador Alejandro Ordóñez destituyó a la senadora Piedad Córdoba y la inhabilitó para ejercer cargos públicos por 18 años, por supuestos vínculos con las Farc, hecho por el cual la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ni siquiera consideró que debía vincularla a un expediente que ya fue archivado.

  • 728Compartido
    http://www.elespectador.com/opinion/cruzada-del-odio-columna-452054
    http://tinyurl.com/jwhvooh
  • 173
  • 472
  • 0

Inclusive a los entendedores más desprevenidos les resulta fácil concluir lo que todo el mundo sabe: la sanción a Piedad fue una retaliación política y clasista, de la que Ordóñez fue el mortal mandadero. La destituyeron por negra, liberal, contestataria, y por eso se oyeron aplausos de sectores de la ultraderecha que le rinden culto a sus rencores centenarios.

El procurador le cumplió a su ideología y de paso a la de quienes lo viven alabando e inflando en su necia aspiración de convertirse en presidente de la República. Pero la tarea suya no terminó con la fulminante destitución. Ordóñez sabe perseguir y no se cansa jamás de hacerlo.

En efecto, desde hace meses deambula por los pasillos de la Corte Constitucional el expediente de la tutela que interpuso Piedad contra la insólita decisión de destituirla, y los vientos que allá soplan dan cuenta de que el temible procurador Ordóñez está permanentemente a la expectativa de que ninguno de los magistrados se atreva a revocar su fallo. Tal parece que el perverso jefe del Ministerio Público no ha ahorrado esfuerzos para que cada magistrado de los que le han permitido el abuso de ser abordados tenga que oír las razones por las cuales él considera que su determinación está ajustada a derecho, y que, por tanto, no pueden permitirle a la exsenadora recobrar sus derechos.

Tan enrarecido está el ambiente del supremo tribunal de lo constitucional, que ya en los corrillos y medios de comunicación se asegura que es adversa a las pretensiones de Piedad la ponencia presentada para resolver esta tutela, y, con nombres propios, que será votada 7 a 2. No me consta el lobby del que se habla profusamente, pero conociendo el almendrón, no me parecería extraño que eso esté ocurriendo, entre otras cosas, porque han resultado acertados algunos pronósticos mediáticos sobre el alcance y contenido de los fallos más recientes de la Corte.

Tremendo error histórico y político cometería la Corte Constitucional si desaprovecha la oportunidad de enmendar el desafortunado escenario de que un solo hombre, por sí y ante sí, pueda definir el futuro de legisladores elegidos por voto popular. Sí señor, lo que está en juego no es una tesis jurídica solamente, sino fundamentalmente la suerte de la democracia misma. Mientras miles de colombianos con su voto ungen a una persona como congresista, Ordóñez —funcionario administrativo designado por el Congreso—, con su sola pluma, torna ineficaz la representación popular dizque por inexistentes faltas disciplinarias.

Mientras la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Costa Rica ha reiterado por estos días que la exclusión de la vida pública de un parlamentario, solamente se adopta cuando se le declara responsable de un delito, en este país del Sagrado Corazón de Jesús, un solo colombiano, por cierto el menos ecuánime, tiene en sus manos las llaves de cerrar el Congreso cuando le venga en gana. Eso explica que el procurador Ordóñez no sólo haya sancionado a Piedad por una supuesta falta que a los ojos de los penalistas no constituyó delito, sino que aún hoy siga vigilante en la Corte Constitucional para controlar que a nadie se le ocurra llevarle la contraria.

Me resisto a creer que la otrora libertaria y progresista Corte Constitucional sea capaz de sucumbir y sacar avante la tesis personalista de un procurador al que nada le importa la democracia. Que tengan presente, hoy es Piedad, mañana puede ser cualquiera.

Adenda. La contratadora Sandra Morelli, que pregonaba estar conforme con las pesquisas que se adelantan a su desastrosa gestión, en cuanto empezó a descubrirse el mar de sus desaciertos e irregularidades, recusó a todo aquel que la pueda investigar. No le sirven el fiscal, el vicefiscal, la auditora, solamente está a gusto con su compinche Alejandro Ordóñez.

notasdebuhardilla@hotmail.com

 
  • Ramiro Bejarano Guzmán | Elespectador.com



Primer  Anterior  2 a 3 de 3  Siguiente   Último  
Respuesta  Mensaje 2 de 3 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 14/10/2013 09:54
PROCESO RUPTURA
OFICIO QUE REMITÍ A LA PROCURADURÍA GENERAL


A La 
Procuraduría General de la Nación. 
E. S. D. 

“(...) Ante los principios somos 
dos partidos. (...)”
Luis Eugène Vardin 1.868. 

Ref: Expediente UIS 2010 No.385480. 

Actuando como apoderada de la ciudadana Piedad Esneda Córdoba Ruiz, en ejercicio del mandato que me ha conferido y que consta en el memorial poder que adjunto, acudo para: 

1)Manifestar, desde ya, que ninguna gestión adelantaremos en la Procuraduría General de la Nación, ni por este ni por cualquiera otro proceso actuación o gestión que allí se pretenda adelantar contra la ciudadana Piedad Esneda Córdoba Ruiz, mientras sea alejandro ordoñez el procurador general de la nación. 


2)Expresar que los hechos que ahora se le pretenden imputar, con el único propósito de sancionarla nuevamente, sean o no ciertos, es algo que no discutiremos con quien ha violado los más elementales preceptos éticos como ciudadano, abogado, procurador general y como cristiano declarado, (al punto que ha pretendido imponerle al país y así, contrariando la ley, lo ha hecho en sus conceptos, sus propias ideas religiosas, que en nada tienen que ver con la doctrina de Cristo), pues que no ha honrado ni sus juramentos ni su fe y se ha dejado llevar por su racismo, misoginia, homofobia, entre otros prejuicios, que arremeten contra los principios de la Democracia que juró defender sobre la Constitución, no sobre la biblia y de los verdaderos creyentes, porque sería reconocerle algo de legitimidad. 
3) Y digo que el procurador ha violado los más elementales preceptos como ciudadano, porque no acata la máxima en virtud de la cual no se debe hacer a nadie lo que no se quiere que se haga a uno mismo; 

Y digo, que ha violado los preceptos éticos como abogado, pues que con su actuar contra Piedad Córdoba, no ha cumplido la misión de defender en Justicia los derechos de la sociedad y de los particulares. 

Y digo que violó los preceptos éticos como procurador general, como que no ha cumplido ni defendido la Constitución ni las leyes que juró cumplir y defender. 

Y digo que violó los preceptos éticos como cristiano, pues violó el séptimo mandamiento, cuando juró en falso al jurar sobre la Constitución que la acataría y que cumpliría las leyes y no lo ha hecho. 

Y que los volvió a violar, pues como buen cristiano, creyente y practicante, no puede sentir desprecio ni por los negros, ni por las mujeres, ni por las lesbianas, los homosexuales, los travestís y los transgeneristas, ni por quienes los respetan y los apoyan y simultáneamente violó, de otra manera, su ética como procurador, pues aun y a sabiendas de estos y otros prejuicios, no se declaró impedido. 

Y sigo diciendo que procedió contra la ciudadana y Senadora Piedad Córdoba, sin tener competencia y desconociendo con soberbia la Ley 5 de 1992 y la Ley 144 de 1994. 

Y digo también que procedió de mala fe y que tanto ello es así que mutiló, cercenó, tergiversó sentencias de la Corte Constitucional sobre el tema relativo a su competencia disciplinaria respecto de los miembros del congreso y el orden jurídico, al pretender que una sentencia de tutela tiene mayor rango y efectos que una de constitucionalidad. 

Y que es tal el afán, la necesidad malsana de perseguir, humillar y sancionar a la ciudadana Piedad Esneda Córdoba Ruiz, que confiere facultades a quien no las tiene para señalar fechas para llevar a cabo diligencias, como aconteció: 

a) Trabajó el funcionario comisionado Jhon Harvey Pinzón Navarrete, el miércoles festivo -no guarda las fiestas religiosas, ¿lo sabe el procurador cristiano?- ocho (8) de diciembre y fijó como fecha para realizar una diligencia de “visita especial” al Consejo Nacional Electoral dentro de estas diligencias, el día siguiente, es decir el nueve (9) de diciembre a las 8 a.m. 
b) El oficio, sin número, suscrito por el comisionado, es llevado a la casa de la ciudadana Piedad Córdoba el miércoles nueve (9) de diciembre a las 3:35 p.m., o sea cuando ya se había realizado la “visita especial”. 
c) Pero, puesto de presente el error al Auxiliar de la procuraduría auxiliar para asuntos disciplinarios Gisseth Castaño Ortiz, ejerciendo con una facultad, una función que no corresponde a su empleo, ella señala, como se lee de su puño y letra en el oficio, la fecha para la diligencia, que ya se debía haber realizado en horas de la mañana, para el día siguiente diez (10) de diciembre y, sin indicar la hora. 

Denuncio, entonces, éste como un acto más de persecución, como queda demostrado. 

Y siendo el procurador general culpable de todas estas violaciones de la Constitución, la Ley, la ética del ciudadano, del abogado y del cristiano, CARECE DE TODA LEGITIMIDAD PARA VOLVER A INVESTIGAR Y SANCIONAR a la ciudadana Piedad Esneda Córdoba Ruiz. 

La ciudadana Piedad Córdoba, que ha sido absolutamente respetuosa de la Constitución y de la ley, como mujer negra, con un profundo amor por sus prójimas y prójimos mujeres, indígenas, lesbianas, homosexuales, travestís y transgeneristas, que ha logrado por amor a este país y pasión por la paz la liberación de mujeres y hombres, civiles, policías y militares, no se someterá a las reglas de un juego que ya han sido suficientemente violadas por el procurador general, para que fingiendo ser defensor de la sociedad, nuevamente la humille. 

No, a la negra Piedad Córdoba así no se la silencia ni se la domeña, sus principios, sus valores, su amor por el país por sus prójimas y prójimos, su pasión por la paz, su beligerancia en la lucha por los derechos humanos de las personas, no devienen de su calidad de Senadora, son algo que, a diferencia del procurador, ella lleva dentro, muy dentro, de su alma, como un algo cierto, en cuyo ejercicio se inició desde su niñez y que no abandonará por el raponazo de que ha sido víctima su investidura como congresista de la República. 

Denunciamos, por último, que a Piedad Córdoba se le sanciona por sus pensamientos, no por sus actos. 

He dicho, 

María Ximena Castilla Jiménez. 
C.C. No. 35.461.043 de Usaquén. 
T.P. No. 25.792. de Minjusticia. 

Respuesta  Mensaje 3 de 3 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 19/10/2013 13:49
Consejo de Estado colombiano decidirá sobre fallo contra Cordóba PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Anubis Galardy   

Imagen activa18 de octubre de 2013, 16:26Bogotá, 18 oct (PL) El presidente de la Corte Constitucional colombiana, Jorge Ivan Palacio, afirmó hoy que compete al Consejo de Estado decidir sobre la validez de las pruebas por las cuales fue destituida e inhablitada la exsenadora Piedad Córdoba.

El dictamen fue ratificado la víspera por la Corte, al dictar sentencia sobre el recurso interpuesto por Córdoba, enfocado a la anulación del fallo impuesto por el procurador Alejandro Ordóñez, que la destituyó e inhabilitó el 29 de septiembre de 2010 para ejercer cargos públicos durante 18 años.

Según declaraciones de Palacio, la Corte sólo se centró en el cuestionamiento de la exsenadora sobre la facultad del Ministerio Público para sancionar a funcionarios sobre lo cual, alegó, sí tiene competencia, de acuerdo con el artículo 227 de la Constitución, que lo faculta para iniciar "investigaciones e imponer las sanciones diciplinarias definidas por la ley".

Añadió que durante todo este tiempo la acción legal giró en torno a este tema y "nunca se discutió sobre pruebas o el trámite mediante el cual se emitió la sanción, pues según ese tribunal, Córdoba no cuestionó ese aspecto en el recurso".

Asimismo reiteró que corresponde al Consejo de Estado estudiar la validez de tales pruebas, porque la exdirigente política sí las puso en tela de juicio ante la citada instancia gubernamental.

Nuestra decisión, especificó Palacio, solo se circunscribe a los problemas jurídicos examinados "y no a la valoración sobre aspectos de orden procedimental, sustantivo, probatorio o de cualquier otra índole relacionados con el trámite disciplinario seguido en contra de la accionante".

Tampoco "versa sobre la eventual invalidez de las pruebas recaudadas o la proporcionalidad de las sanciones impuestas a la peticionaria, asuntos que, además de no haber sido objeto de reproche el recurso, habrán de ser debatidos al interior del proceso contencioso administrativo que se encuentra en trámite en el Consejo de Estado", manifestó.

Sin embargo, un fallo de la Corte Internacional de Derechos Humanos, en un caso anterior de similar índole, estipula que las muertes políticas solo podrían decretarse cuando se trate de una condena impuesta por un juez competente en un proceso penal, lo cual no rige en el caso de Piedad Córdoba, cuya destitución e inhabilitación no correspondió a esos presupuestos legales.

El dictamen del Procurador General en 2010 se apoyó en supuestas informaciones encontradas en la computadora del líder guerrillero Raúl Reyes que, en su criterio, probaban la cercanía de Córdoba con las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo.

Reyes murió el 1 de marzo de 2008 cuando la aviación colombiana bombardeó un campamento insurgente en territorio de Ecuador, sin la autorización del Gobierno de ese país.

Por su parte, la exsenadora ha asegurado que sus contactos con las FARC se limitaron a su labor como miembro de misiones humanitarias para liberación de personas en poder de la guerrilla y que, tal como lo determinó en su momento la Corte Suprema de Justicia, las pruebas del computador de Reyes son inválidas, pues no se respetó la cadena de custodia.

Asimismo ha señalado que la Procuraduría se sustentó en pruebas inexistentes y que se violaron sus derechos a la honra, el buen nombre, la presunción de inocencia y el debido proceso.

mgt/ag


 
©2025 - Gabitos - Todos los derechos reservados