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General: PETRO NO TUVO EL LEGÍTIMO DERECHO DE DEFENSA : jUDICATURA
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: Ruben1919  (Mensaje original) Enviado: 26/01/2014 19:47

Petro no tuvo el legítimo derecho de defensa: Judicatura

NACIÓNEn el fallo de las 323 tutelas se advierte que no se practicaron todas la pruebas necesarias para un proceso ajustado a la ley.

Petro no tuvo el legítimo derecho de defensa: Judicatura .

Foto: León Darío Peláez / SEMANA

Luego de la tormenta viene la calma, pero para la Procuraduría parece que no será así. El Consejo seccional de la judicatura unificó 323 tutelas interpuestas al fallo disciplinario contra el alcalde Gustavo Petro, y luego procedió a fallarlas a favor del burgomaestre, además haciendo fuertes ll
amados de atención al Ministerio Público.

El  fallo, de 80 páginas, que profirió la Sala Jurisdiccional de la Sala Disciplinaria, manifiesta que la Procuraduría  "no le permitió el ejercicio del derecho de defensa en debida forma" al alcalde Petro Urrego, "al denegarle las pruebas solicitadas dentro del trámite del proceso".

Uno de los argumentos se basa en el testimonio del polémico contratista Emilio Tapia, declaración que no fue tenida en cuenta por la Procuraduría en el proceso. Tapia aseguró a la que se organizó una especie de complot en contra del alcalde cuando este anuncio que iba a cancelar los contratos con los operadores privados.

Respecto a esto la Judicatura señaló, "se trataba de una prueba importante (el testimonio de Tapia) para la decisión porque sus declaraciones ante la fiscalía conocidas de primera mano por Procuraduría han debido llevarse al proceso, y ni siquiera ante la tardía petición del burgomaestre fue decretado de oficio su testimonio, ni solicitadas a la fiscalía en el proceso penal que seguía".

"Por otra parte se observa que no se permitió el ejercicio del derecho a la defensa, al denegarse las pruebas solicitadas dentro del trámite del proceso. Nótese que la procuraduría decreta tener como prueba un concepto técnico de la misma entidad, pasando por alto que la secretaria de ambiente conceptuó que no se dio daño ambiental, y denegando tener como prueba un concepto técnico de la Universidad Nacional", precisa el fallo

Por último la Sala deja en claro que "no pueden pasar inadvertidas las violaciones a los derechos fundamentales de las y los accionantes, porque al no llevarse un debido proceso afectó sus derechos políticos elegir".

En ese orden de ideas deberán ser muchos los dolores de cabeza en la Procuraduría por este cúmulo de tutelas que frenan la ejecución del fallo y dejan al alcalde Petro adportas de una elección para revocarle su mandato


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