El padre del acceso a la justicia fue el escritor y abogado Franz Kafka, quien en su parábola “Ante la ley” se anticipó a la formulación del problema: “Ante la ley hay un guardián. Un campesino se presenta ante este guardián y solicita que le permita entrar en la ley. Pero el guardián contesta que por ahora no puede dejarlo entrar. El hombre reflexiona, y pregunta si más tarde lo dejará entrar. Tal vez, dice el centinela, pero no por ahora...”.
Sabemos que el campesino espera y cuando pasa el tiempo, ya a punto de morir, pregunta al guardián por qué nadie más que él se presentó ante las puertas de la ley. El guardián le explica que esa puerta estaba dedicada sólo a él, entonces cierra la puerta.
La parábola de Kafka intenta explicar que el acceso a la justicia es un problema de “caminos y puertas”. El camino a la justicia es una puerta bloqueada. Quien pasa es alguien sin fuerza. En la imagen de lo rural (Kafka siempre apela a imágenes rurales), un campesino representa al débil. Los guardianes son los obstáculos, los dueños de las puertas y de la justicia. Los guardianes son las burocracias que gestionan legalidad. Pero qué pasaría si los guardianes modificaran su actitud, si los guardianes dejaran pasar.
Hace ya más de treinta años que Mauro Cappelletti y Bryan Garth escribieron una obra legendaria: El acceso a la justicia, la tendencia en el movimiento mundial para hacer efectivos los derechos. Para estos autores, si bien el concepto de acceso a la justicia ya estaba implícito en numerosas constituciones modernas, la ciencia del Derecho impedía a la Sociología cuestionar los problemas de la validez. Los niveles de democracia de un país se miden por la capacidad del orden jurídico de llegar a los excluidos por medio del ejercicio real y concreto de sus derechos. Por medio de la legitimidad. De allí que sea necesario que el Estado dote de mecanismos de efectivización para el ejercicio pleno y goce de derechos, en especial para aquellos que normalmente quedan afuera (por obstáculos objetivos y subjetivos) de su satisfacción.
La idea de acceso a la justicia en Argentina está vinculada, en estos últimos 40 años, a una dinámica histórica que se va cincelando desde abajo. Las primeras problematizaciones del acceso están vinculadas con la lucha de los familiares de las víctimas del terrorismo de Estado y organizaciones de derechos humanos, quienes durante la última dictadura cívico-militar y luego ya en democracia padecieron todo tipo de obstáculos en los procesos de verdad y justicia. En una segunda fase, el acceso a la justicia está vinculado al activismo de personas y organizaciones sociales y políticas durante la década del 90, frente al abandono y achicamiento del Estado, que obturaba el acceso de vastos sectores a derechos básicos. En esta etapa el activismo judicial frente a casos de violencia institucional, criminalización de la protesta, o casos de litigio estratégico por la exigibilidad de derechos económicos y sociales, obtiene esporádica reacción del sistema de justicia.
En una tercera fase, el acceso está vinculado con un proceso de ampliación de derechos que se inicia a partir de 2003 y que tiene que ver con políticas públicas universales o focalizadas que reconstituyen tejido social y vuelven a poner a la estatalidad en el centro de la escena. Aunque también en esta fase, los mecanismos de acceso a la justicia tienen que ver con el activismo intra y extrajudicial de organizaciones que logran incidir y obtener respuesta y reconocimiento estatal. A diferencia de los ’90, la Justicia pasa a ser permeable a los reclamos basados en la vulnerabilidad y la exigibilidad de derechos. Toda una jurisprudencia, desde la Corte y órganos inferiores, da muestra de este lento proceso de reconocimiento de derechos (sea en litigio individual como estructural).
En la última fase –que surge como consecuencia de la anterior y es en la que estamos–, el acceso a la justicia está vinculado con la creación de dispositivos estatales que tratan de canalizar la demanda de los vulnerables desde sus lugares. Los ejemplos van desde los CIC, Centros de Integración Comunitaria, del Ministerio de Desarrollo de Nación, y los CAJ, Centros de Acceso a la Justicia, del Ministerio de Justicia de la Nación, hasta algunas experiencias de la Corte Suprema, como la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) o el Programa de Acceso de la Defensoría General de la Nación. Estas experiencias, si bien enfrentan limitaciones, encarnan mecanismos institucionales estatales que canalizan el acceso a derechos.
Todas estas fases llevan a pensar la categoría de acceso a la justicia como algo dinámico, relacionado a movimientos que, desde abajo, perfilan el reconocimiento de la propia justicia. En este sentido, me interesa la idea de Movimiento de Acceso a la Justicia en Argentina, como contingencia y empoderamiento histórico de los oprimidos y vulnerables frente a los niveles de reconocimiento estatal, con trabas y desbloqueos en el camino por el acceso a lo justo.
En este recorrido, crear oficinas de la Justicia en los barrios es un verdadero desafío del que hubo pruebas exitosas en muchos países. En este contexto, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, creó el Programa de Acceso Comunitario a la Justicia, que funcionará a través del las Agencias Territoriales de Acceso a la Justicia, los Atajos, oficinas descentralizadas del Ministerio Público Fiscal dentro de barrios de mayor vulnerabilidad de país, para recibir denuncias, prevenir situaciones conflictivas y promocionar derechos.
La justicia del siglo XXI debe ser cercana, flexible, y estar dirigida a dialogar con los excluidos. Los Atajos buscarán fortalecer los lazos entre los magistrados y la comunidad, dando mayor institucionalidad y presencia de la Justicia en los barrios, en la creencia de que un servicio de Justicia en espacios de alta vulnerabilidad aportará al desarrollo de la democracia, fomentando la cultura de derechos entre los más humildes.
Ojalá que la decisión de la procuradora sea imitada por otros Poderes Judiciales, que asuman el mismo compromiso y adecuen las estructuras judiciales a los problemas de la gente. El acceso a la justicia como política de Estado merece que, tarde o temprano, una ley nacional coloque la temática a mayor escala institucional.
Volviendo a la parábola de Kafka, esperemos que algún día las puertas de la justicia no tengan guardianes. Y, aun cuando los tengan, que ella misma genere su propio atajo.
* Director del Programa de Acceso Comunitario a la Justicia del Ministerio Público Fiscal presentado en la Casa de la Cultura, Villa 21/24 el 10 de julio de 2014.