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General: "Embestida mediática y judicial en Argentina
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Respuesta  Mensaje 1 de 6 en el tema 
De: Ruben1919  (Mensaje original) Enviado: 20/02/2015 23:40
RAPIDITOS PARA LOS MANDADOS

"Embestida mediática y judicial"

El jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, señaló que la confirmación del procesamiento del vicepresidente Amado Boudou es parte de una serie de "ataques infundados" de un sector del Poder Judicial contra integrantes del Ejecutivo, y denunció que “la Justicia no es independiente de las corporaciones”, ya que que “las causas de las corporaciones mediáticas, como Papel Prensa, no avanzan y están estancadas”.

"Es una estrategia más vieja que la injusticia", ironizó el jefe de ministros durante su habitual conferencia en Casa de Gobierno, donde apuntó contra "un pacto de impunidad entre las corporaciones mediática y judicial que da protección a fiscales y jueces, a cambio de que las causas no avancen y se estanquen”.

Capitanich calificó a la medida adoptada por la Cámara Federal porteña de mantener el procesamiento de Boudou comoe “una embestida corporativa mediática y judicial contra los integrantes del Poder Ejecutivo”. “La Justicia no es independiente de las corporaciones. Existe un pacto de impunidad entre las corporaciones mediática y judicial que da protección a fiscales y jueces, a cambio de que las causas no avancen y se estanquen”, dijo Capitanich durante su habitual conferencia de prensa matutina, al ser consultado sobre la situación judicial de Boudou, quien ayer recibió la confirmación de su procesamiento en el caso Ciccone.

El ministro coordinador agregó que esta medida adoptada ayer por la Cámara Federal porteña forma parte de “una embestida corporativa mediática y judicial contra los integrantes del Poder Ejecutivo”, e ironizó con que esta estrategia “es más vieja que la injusticia”.

El funcionario dijo también que como parte de esta estrategia es que se suceden los “ataques infundados al Poder Ejecutivo”, y advirtió sobre “la falta de independencia del Poder Judicial” respecto a las corporaciones.

Además, se preguntó por qué no avanzan causas como Papel Prensa, o se da lugar permanentemente desde la Justicia a medidas cautelares que impiden la aplicación de la ley de Medios a las corporaciones, o se frenan las iniciativas del gobierno tendientes a combatir la evasión fiscal o la fuga de capitales. “Jueces y fiscales se pasan la pelota”, en el marco de un “pacto de impunidad y protección”, dijo al respecto.



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Respuesta  Mensaje 2 de 6 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 24/02/2015 15:27

Noticia de máximo interés para el imperio y Clarín

 

miércoles, 7 de enero de 2015

La Argentina dominó otra tecnología para enriquecer uranio

 
Por Daniel Santoro - Clarín.com
Proyectos tecnológicos de uso civil y militar.Desde 1983, controlaba el enriquecimiento por difusión gaseosa y ahora desarrolló otro que usa el láser

El Gobierno anunciará oficialmente entre abril y mayo dos desarrollos tecnológicos de punta que afianzarán la posición de la Argentina en el selecto club nuclear. Por un lado, confirmará que un equipo de científicos del instituto Balseiro y del Centro Atómico Bariloche enriqueció uranio con un nuevo método que usa tecnología láser, como el que utiliza EE.UU. o países europeos.

Por otro, informará que la plata de enriquecimiento de uranio de Pilcaniyeu, Bariloche, comenzará a producir uranio enriquecido a través del viejo método de difusión gaseosa que es similar al que quiere alcanzar Irán y ha creado un conflicto internacional. Una tercera medida -ya difundida- es la venta de un reactor de investigación de INVAP a EE.UU. Esta empresa estatal, que dirige Héctor Otheguy, exportará una planta nuclear a EE.UU. que incluye un reactor dedicado exclusivamente a producir el radioisótopo Molibdeno 99, que es el precursor del Tecnecio 99, de uso medicinal. 
 
La facilidad la compró COQUI RadioPharmaceuticals Corp., una empresa de isótopos médicos que trabaja para ser el primer productor comercial de Molibdeno-99 (Mo-99) de los EE.UU. La planta estará en Alachua, Florida. INVAP ya exportó reactores de investigación a Australia, a Egipto y a Argelia. Fuentes de INVAP no revelaron el monto de la operación que se estima millonario. 
 
INVAP, además, construye radares civiles y satélites, entre otros productos.La única palabra oficial sobre los proyectos hasta ahora fue la del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, el viernes pasado, en conferencia de prensa. "En materia de ciencia y tecnología es importante reconocer que un equipo de 60 investigadores del Instituto Balseiro y del Centro Atómico Bariloche, acaba de desarrollar una tecnología que emplea láser para lograr el enriquecimiento de uranio", dijo. 
 
El equipo lo lidera Fabián Bonetto y el trabajo está en etapa de "prueba de concepto", es decir en pequeñas cantidades. El nuevo método de enriquecimiento se llama proyecto Silvar, que consiste en la separación isotópica utilizando láser en vapor atómico de uranio informó La Nación. Este proyecto es parte de plan estratégico de la CNEA.Fuentes de la CNEA consultas por Clarín no respondieron preguntas sobre los proyectos pero informaron que los anuncios oficiales se harán "entre abril y mayo". En ambos casos el enriquecimiento del uranio se hace hasta el límite del 19,7 por ciento, que es el porcentaje que se requiere para ser considerado de "uso pacífico". 
 
Por encima de ese porcentaje, el uranio puede servir para producir bombas atómicas. Pero Argentina ratificó, en los noventa, los tratados de Tlatelolco y de No Proliferación Nuclear en los que se comprometió a no construir artefactos militares. Además, es parte de la Agencia Brasileño-Argentina de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares (ABACC) que hace un monitoreo bilateral de cada gramo de uranio.La producción de uranio de Pilcaniyeu se usará, por ejemplo, para los elementos combustibles de las centrales nucleoeléctricas de Atucha I, Atucha II o Embalse. 
 
También para reactores de investigación que producen radioisótopos de uso medicinal. Así el Gobierno retomó un proyecto de la CNEA que había comenzado la dictadura de Lanusse, que anunció Alfonsín antes de asumir en 1983 y frenó Menem. El nuclear es uno de los pocos proyectos que con altibajos fueron mantenidos en el tiempo pese a los cambios de gobierno.
 

Respuesta  Mensaje 3 de 6 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 25/02/2015 14:32

Lorenzetti mostró sintonía con Arroyo Salgado, quien gana fuerza contra la fiscal

El titular de la Corte  comparte dudas con la ex mujer del fiscal sobre la hipótesis investigada. El tribunal está dividido. Cuestionamientos a Fein.

El enfrentamiento entre la titular de la Fiscalía Nº 45, Viviana Fein, y la ex esposa de Alberto Nisman, la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, se elevó esta semana. La magistrada logró fuertes gestos de apoyo.

Acompañada de su hija, marchó junto a centenares de miles de paraguas que colmaron el centro porteño; además, mantuvo un encuentro con el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, el pasado miércoles a las 9 de la mañana.

Según pudo reconstruir PERFIL a partir de fuentes judiciales, durante el encuentro coincidieron en que la hipótesis del suicidio despierta fuertes dudas y que el caso debería estar en la Justicia Federal. También compartieron la preocupación por los plazos y formas en que se lleva adelante la investigación. Desde su perspectiva, a esta altura ya debería existir una hipótesis clara de trabajo o una línea de investigación “rotunda”. Asimismo, los une la preocupación por presuntas inconsistencias en la recolección de pruebas en el departamento de Nisman durante las primeras horas.

Las fuentes consultadas sostuvieron que Lorenzetti expresó especial preocupación ante la posibilidad de que los “vicios” ocurridos puedan dar lugar a una catarata de pedidos de nulidades. Un escenario que podría llevar la causa a “foja cero”. El magistrado mostró especial inquietud por la presencia del secretario de Seguridad, Sergio Berni, en la escena, porque podría ser presentada como una “grave irregularidad, que podría considerarse como la intromisión del Poder Ejecutivo sobre el judicial en clara vulneración de la Constitución”.

Fein, por su parte, acusó recibo. Al menos en lo que respecta a los cuestionamientos que Arroyo Salgado realizó por la difusión de información a los medios: evitó difundir las pruebas del examen toxicológico, a pesar de que la fiscal había prometido darlos a conocer. También supo dar un contragolpe. Fuentes de su repartición revelaron que el ex hombre fuerte de la ex Secretaría de Inteligencia (SI) Antonio Stiuso recibió al menos una llamada de Arroyo Salgado, nueve días después de la muerte de su ex marido, el 27 de enero.

Arroyo Salgado hubiera deseado que la causa fuera llevada por la Justicia Federal desde un primer momento. A este fuero se le adjudican fuertes contactos con los sectores desplazados de la SI por el Gobierno. La estrategia que trazó la ex esposa de Nisman fue presentar pruebas ante el Juzgado Federal Nº 9 de una amenaza que llegó en la edición de la revista Noticias recibida en su casa antes de la muerte del fiscal.

El juez federal Luis Rodríguez lleva desde 2012 una causa por amenazas, por lo que podría tomar el caso sobre la base de la conexidad de las causas. Fuentes judiciales indicaron que él preferiría evitar este caso, por lo que no la pedirá de oficio. Resta esperar que Arroyo Salgado le solicite que tome a su cargo la investigación.   

La idea de que el caso deje de estar a cargo de la Justicia ordinaria no agrada a todos los ministros de la Corte. Según pudo saber este medio, Elena Highton de Nolasco prefiere que quede en manos del fuero actual. Voces cercanas a la ministra indicaron que evalúa, en contraste con el presidente del tribunal, que la tarea desarrollada por Fein ha sido “efectiva, profesional y de oficio”. Por su parte, Carlos Fayt tendría una opinión similar, pues cree que la permanencia en la Justicia criminal ordinaria evitará la intromisión de intereses poderosos.


Respuesta  Mensaje 4 de 6 en el tema 
De: Tatisverde Enviado: 27/02/2015 02:50
 
 

 

GRACIAS

 
 
 

Respuesta  Mensaje 5 de 6 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 27/02/2015 12:30
Yo no soy Nisman
24.2.2015

CASO NISMAN: comparto un brillante artículo por una destacada penalista argentina que da por tierra con la charlatanería y la irresponsabilidad con que se ha manejado el caso, en donde cualquiera que tenía acceso a un medio de comunicación se creía con derecho a decir cualquier cosa. Lo de Lucía Larrandart instala la discusión en otro nivel. ¡Enhorabuena
! Atilio Borón



Página/12, Martes, 24 de febrero de 2015 


"Yo no soy Nisman"
http://www.pagina12.com.ar/commons/imgs/go-gris.gif Por Lucila Larrandart *

Lamenté profundamente la muerte de Alberto Nisman, a quien conocía por haberse desempeñado un tiempo como fiscal en el Tribunal Oral Federal que yo integraba y a quien apreciaba.
No obstante, tal hecho no me lleva a ocultar los graves defectos que contenía el escrito que presentara, titulado “denuncia”, desde la falta de descripción de conductas de los denunciados, pasando por la reiteración de conceptos y la falta de fundamentación y de pruebas, hasta la circunstancia que ninguna de las repetidas descripciones podía ser encuadrada en delito alguno de las leyes penales.
Pienso que lo que pudo haber determinado su presentación fue la posible trascendencia que tal hecho podía tener públicamente y que ello motivó que no examinara debidamente su contenido, desde el punto de vista jurídico y constitucional, ya que de haberlo hecho se hubiera percatado de los evidentes defectos que presentaba.
Si uno lee las 298 fojas que ocupa la “denuncia”, concluye en que parece acusar a la Presidenta y a su ministro de haber mantenido relaciones con otro país y, en ese marco, haber firmado un memorándum, afirmando reiteradamente que el “ilícito” lo constituyó el haberse propuesto el levantamiento de las órdenes internacionales de detención a través de Interpol, circunstancia que no sólo no se acreditaba en la presentación, sino que fue desmentida categóricamente por quien dirige dicha entidad, es decir que se trataba de una falsa imputación.
Asimismo, por ejemplo, cuando se refiere al diputado Andrés Larroque, la acusación pareciera consistir en ser una persona de confianza de la Presidenta y mantener entrevistas con ella. No se acompaña tampoco en este caso prueba alguna acerca de una conducta que constituyera sospecha de delito.
Los mismos hechos que Nisman describe y que considera constituyeron un “encubrimiento” pueden ser perfectamente interpretados de modo totalmente contrario, es decir, que ese mejoramiento en las relaciones se hacía con el fin de impulsar la investigación en la Justicia argentina y que se permitiera a los investigados prestar declaración indagatoria.
Tampoco resulta explicable que presente en el mes de ferias un escrito que no encuadra en los asuntos que habilitan la actuación de los tribunales en ese período y que tal circunstancia no resulte conocida por un fiscal de la Nación. Como tampoco que lo presente ante un juzgado que instruía otro hecho totalmente distinto y lejano en el tiempo respecto del ahora denunciado y que no sepa que debiera ir a sorteo.
Tampoco se percató de que un fiscal, cuando formula una denuncia –y con la gravedad institucional que ésta representaba– previamente debe haber investigado algo y recabado alguna prueba, más allá de recortes periodísticos y notas de revistas que expresan la opinión de quien las suscribe. Es decir, tales notas sólo pueden llevar a una previa investigación luego de la cual surja alguna prueba que sostenga una imputación fiscal.
Asimismo, de haber examinado jurídicamente su escrito, habría reparado en que no hay descripción alguna de hechos que se encuadren en ninguno de los tipos penales.
Es decir, tal indefinición de hechos y pruebas, las suposiciones sin sustento alguno –y que además no constituyen delito alguno–, la no fundamentación de una denuncia constituyen una violación del principio de legalidad y del derecho de defensa que enmarcan cualquier actuación ante la Justicia penal.
Evidentemente, se está utilizando a la Justicia con fines políticos. Eso puede ser utilizado por dirigentes políticos –el ejemplo más palpable es el de la diputada Elisa Carrió–, pero cuando un miembro de la Procuración General de la Nación hace un denuncia, otro es el eje que predomina y otro el valor que debe tener.
De otro modo –como desgraciadamente está sucediendo con frecuencia–, podría titularse “denuncia” cualquier presentación que se hiciera ante la Justicia con el solo fin de que ésta fuera difundida por los medios de comunicación y dañar la imagen pública de cualquier persona o de cualquier funcionario. Corresponde a la Justicia, precisamente, el poner límite a su utilización con fines políticos.
Es por ello y a fin de no lesionar las mencionadas garantías constitucionales que la denuncia debiera ser rechazada sin más trámite.

* Directora del Departamento de Derecho Penal. Facultad de Derecho, UBA.

Respuesta  Mensaje 6 de 6 en el tema 
De: Ruben1919 Enviado: 02/03/2015 13:39
 
24.2.2015

CASO NISMAN: comparto un brillante artículo por una destacada penalista argentina que da por tierra con la charlatanería y la irresponsabilidad con que se ha manejado el caso, en donde cualquiera que tenía acceso a un medio de comunicación se creía con derecho a decir cualquier cosa. Lo de Lucía Larrandart instala la discusión en otro nivel. ¡Enhorabuena!tilio Borón A


 
Página/12, Martes, 24 de febrero de 2015 
 
 
"Yo no soy Nisman"
 Por Lucila Larrandart *
 
Lamenté profundamente la muerte de Alberto Nisman, a quien conocía por haberse desempeñado un tiempo como fiscal en el Tribunal Oral Federal que yo integraba y a quien apreciaba.
No obstante, tal hecho no me lleva a ocultar los graves defectos que contenía el escrito que presentara, titulado “denuncia”, desde la falta de descripción de conductas de los denunciados, pasando por la reiteración de conceptos y la falta de fundamentación y de pruebas, hasta la circunstancia que ninguna de las repetidas descripciones podía ser encuadrada en delito alguno de las leyes penales.
Pienso que lo que pudo haber determinado su presentación fue la posible trascendencia que tal hecho podía tener públicamente y que ello motivó que no examinara debidamente su contenido, desde el punto de vista jurídico y constitucional, ya que de haberlo hecho se hubiera percatado de los evidentes defectos que presentaba.
Si uno lee las 298 fojas que ocupa la “denuncia”, concluye en que parece acusar a la Presidenta y a su ministro de haber mantenido relaciones con otro país y, en ese marco, haber firmado un memorándum, afirmando reiteradamente que el “ilícito” lo constituyó el haberse propuesto el levantamiento de las órdenes internacionales de detención a través de Interpol, circunstancia que no sólo no se acreditaba en la presentación, sino que fue desmentida categóricamente por quien dirige dicha entidad, es decir que se trataba de una falsa imputación.
Asimismo, por ejemplo, cuando se refiere al diputado Andrés Larroque, la acusación pareciera consistir en ser una persona de confianza de la Presidenta y mantener entrevistas con ella. No se acompaña tampoco en este caso prueba alguna acerca de una conducta que constituyera sospecha de delito.
Los mismos hechos que Nisman describe y que considera constituyeron un “encubrimiento” pueden ser perfectamente interpretados de modo totalmente contrario, es decir, que ese mejoramiento en las relaciones se hacía con el fin de impulsar la investigación en la Justicia argentina y que se permitiera a los investigados prestar declaración indagatoria.
Tampoco resulta explicable que presente en el mes de ferias un escrito que no encuadra en los asuntos que habilitan la actuación de los tribunales en ese período y que tal circunstancia no resulte conocida por un fiscal de la Nación. Como tampoco que lo presente ante un juzgado que instruía otro hecho totalmente distinto y lejano en el tiempo respecto del ahora denunciado y que no sepa que debiera ir a sorteo.
Tampoco se percató de que un fiscal, cuando formula una denuncia –y con la gravedad institucional que ésta representaba– previamente debe haber investigado algo y recabado alguna prueba, más allá de recortes periodísticos y notas de revistas que expresan la opinión de quien las suscribe. Es decir, tales notas sólo pueden llevar a una previa investigación luego de la cual surja alguna prueba que sostenga una imputación fiscal.
Asimismo, de haber examinado jurídicamente su escrito, habría reparado en que no hay descripción alguna de hechos que se encuadren en ninguno de los tipos penales.
Es decir, tal indefinición de hechos y pruebas, las suposiciones sin sustento alguno –y que además no constituyen delito alguno–, la no fundamentación de una denuncia constituyen una violación del principio de legalidad y del derecho de defensa que enmarcan cualquier actuación ante la Justicia penal.
Evidentemente, se está utilizando a la Justicia con fines políticos. Eso puede ser utilizado por dirigentes políticos –el ejemplo más palpable es el de la diputada Elisa Carrió–, pero cuando un miembro de la Procuración General de la Nación hace un denuncia, otro es el eje que predomina y otro el valor que debe tener.
De otro modo –como desgraciadamente está sucediendo con frecuencia–, podría titularse “denuncia” cualquier presentación que se hiciera ante la Justicia con el solo fin de que ésta fuera difundida por los medios de comunicación y dañar la imagen pública de cualquier persona o de cualquier funcionario. Corresponde a la Justicia, precisamente, el poner límite a su utilización con fines políticos.
Es por ello y a fin de no lesionar las mencionadas garantías constitucionales que la denuncia debiera ser rechazada sin más trámite.

* Directora del Departamento de Derecho Penal. Facultad de Derecho, UBA
 


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