El fallo de cámara que declaró nulas las elecciones tucumanas, si se lo mira aisladamente, descontextualizado, tal vez sea un papelón jurídico inédito. Un tribunal incompetente para tratar cuestiones electorales se autoerige en apto para hacerlo y con la firma de dos jueces invalida un resultado donde el oficialismo aventajó por 113 mil votos al candidato opositor, que, pese a la supuesta maquinaria fraudulenta denunciada, se alzó con el triunfo nada menos que en la capital provincial. El cuerpo del fallo son 49 fojas, donde los magistrados desconocen lo hecho por la Junta Electoral en materia de transparencia y control del comicio, citan profusamente materiales periodísticos de diarios y canales opositores, mencionan jurisprudencia a granel de Carlos Fayt y prejuzgan que los tucumanos no fueron libres de votar a quien querían y lo hicieron mal porque no se habrían respetado parámetros escandinavos en la organización y ejecución de la compulsa. Hábiles en el manejo de los argumentos, los jueces no citan la ya famosa quema de urnas que mantiene detenidos a cuatro militantes y candidatos del PRO local, origen de la mayor operación de sentido que buscó deslegitimar la elección, condición previa que dotó de verosimilitud al golpe judicial que Clarín y Mauricio Macri calificaron de "histórico". Directamente, impugnaron todo, una vez instalada la sospecha con ayuda de la prensa hegemónica. La pieza, que seguramente entrará en los anales de la jurisprudencia fallida, recoge además la suma de prejuicios contra los sectores populares a la hora de votar: que son arriados, que se los compra con bolsones de comida y que eligen contra sus propios intereses por la aplicación de mecanismos de cooptación de voluntades que anulan hasta la alienación sus capacidades de discernimiento. De allí al voto calificado hay sólo un paso. Habría, en el entendimiento de estos jueces, un voto civilizado y otro barbárico. El primero sería uno que vota según el criterio que conforma a los magistrados, el segundo uno que lo contradice en las formas y en el fondo. Está todo escrito, la pieza jurídica habla por sí misma y desnuda sus propios desaciertos en cada uno de sus párrafos. Se supone que la Corte de Justicia provincial corregirá en las próximas horas la arrogancia de un tribunal que se autoproclama intérprete de misteriosas fuerzas republicanas, que en nombre de la defensa de la voluntad popular no hizo otra cosa que violentar e ignorar esa misma voluntad popular declarando nulo lo votado por los tucumanos, con la anuencia y algarabía de los tractores de la Sociedad Rural frente a la Casa de Gobierno.
Hasta acá, lo que se puede decir del insólito fallo en materia judicial. Ahora, si se suma al análisis el contexto político, la cosa se agrava. Desde 1983 que no se declaraba nula una elección democrática. Tucumán puede ser visto como un ensayo para un drama general que saldría a escena la noche del próximo 25 de octubre. Si el resultado no conforma a los poderes fácticos que apoyan la candidatura de Macri, no faltarán jueces que intenten por la vía del amparo primero, la intromisión en fueros que no le son propios después y finalmente mediante fallos que repongan el orden natural de las cosas que a ellos se les antojan, decretar una suerte de estado de sitio para desgastar la voluntad ciudadana expresada libremente en las urnas. Es un escenario temerario, sin dudas. Pero más temerario sería descartarlo, después de lo ocurrido en el ensayo tucumano.
Ya lo dijo La Nación en su editorial "Sin transparencia electoral no hay democracia”, del viernes 18. El medio es el mensaje. Se trata del diario que apoyó todas las dictaduras que hubo en el país en aras de la República, la libertad y la democracia. Porque hay que volver a decirlo: ningún golpe se hizo en nombre del fascismo, ni de la muerte, ni del caos, ni de la depravación humana. Todos fueron ejecutados bajo la sagrada promesa de restaurar el orden, garantizar la paz y hasta sentar las bases de la democracia civil, feliz y duradera. Los dictadores (cívicos y militares) nunca se vieron a sí mismos como violadores seriales de leyes y derechos personalísimos, sino como intérpretes mesiánicos de presuntos valores trascendentes para la convivencia. Los 18 años de proscripción electoral del peronismo se fundaron en la supuesta nocividad del voto peronista para el sistema democrático. Se excluyó así de la vida política a la mitad de la población durante casi dos décadas: y se lo hizo bajo la odiosa premisa de que la democracia verdadera no podía incluirlos, porque votaban peronismo, y votar peronismo era antidemocrático. Cualquier parecido con el fallo de los camaristas tucumanos no es pura coincidencia. Son los mismos sectores, con argumentos parecidos, en busca de la misma absurda utopía, que viene desde la época del Fraude Patriótico: que la gente vote distinto a lo que vota mayoritariamente, por convicción o por conveniencia, eso es lo de menos, porque la razón del voto es privativa de quien lo ejerce. Pero los sectores conservadores, que siempre han visto en el voto popular una suerte de anomalía institucional, una injerencia inexplicable en el debate sobre el poder, no se resignan a tutelar o torcer esa voluntad ciudadana. Por las buenas o por las malas.  
Habrá en lo sucesivo, entonces, denuncias de fraude a granel. Pasó en Tucumán. Pasó en la antesala de la elección chaqueña de hoy. Pasó en todos los canales de televisión. Y pasó ante los ojos de los jueces Santiago Corcuera y Alberto Dalla Vía, que integran la Cámara Electoral Nacional, ante quienes un grupo de opositores encabezado por Patricia Bullrich dejó un escrito con 30 exigencias para garantizar la transparencia, como pidió La Nación, del comicio de octubre. ¿Qué van a decir si sólo se cumplen 20? Fraude. ¿Qué dirán si se concretan 29? Fraude.  ¿Y qué dirán si se cumplen las 30 y gana el FPV? Fraude. Porque lo que no es transparente, lo que ensucia la elección, en el concepto opositor, es aquel voto que no los acompaña y elige al peronismo. Han construido con ayuda de los fabricantes de sentido de los grupos hegemónicos de la comunicación un nuevo apartheid, con reglas propias. Los incluidos en calidad de votantes aptos son los que rechazan al peronismo y todo lo que este representa. A los integrantes de ese contingente se los declara votantes de primera, lúcidos y civilizados militantes de la república. Para el resto, hay sólo prejuicio y destrato: son comedores de presupuestos públicos, beneficiarios de prebendas escandalosas, electores de dictadorzuelos de provincia, varios escalones por debajo de lo exigible en la democracia imaginaria que promueven desde su narrativa impoluta. A estos les está impedido el ingreso a la ciudadela de las grandes decisiones. Se los invalida de antemano. Son carne de fraude, dicen, porque son pobres, manipulables, incapaces que necesitan tutela de los que realmente saben lo que el país, y ellos mismos, como habitantes de segunda, necesitan.  
Joaquín Morales Solá ya lo anunció, también desde La Nación. No sólo van a gritar fraude: quieren impedir que Cristina Kirchner haga un traspaso de mando ordenado. No quieren la foto de la entrega del bastón y la banda a otro presidente surgido de la voluntad popular, en los tiempos previstos por la Constitución Nacional. Sobre todo, porque descuentan que lo hará en beneficio de otro peronista, que llegará a la Casa Rosada con sus votos, que son votos peronistas.
El columnista preferido de Mauricio Macri fue claro: como la diferencia para ir a un balotaje será mínima, la oposición deberá denunciar de modo airado el manejo fraudulento para ver si en el escrutinio definitivo aparecen esos votos que le faltan. La batalla será urna por urna, distrito por distrito, mesa por mesa, cualquier falencia será sobredimensionada en sus diarios, comentada en sus canales, opinada hasta el cansancio por sus comunicadores militantes rentados, diseminada por todos sus dirigentes como si se tratara de una batalla entre republicanos y tiranos. La intención será estirar el recuento, ralentizarlo, todo lo que se pueda en el tiempo. Judicializarlo también. Si hay balotaje, que el conteo entonces dure dos o tres meses. Que haya jueces opinando. Lo necesario para que supere la fecha del 10 de diciembre, fecha tope para la entrega del poder. El objetivo declarado por. Morales Solá: que la presidencia interina sea asumida por Gerardo Zamora, como presidente provisional del Senado. Que Cristina se vaya sin su foto. Que Scioli asuma después, con una legitimidad escoriada, con el escenario en desventaja para negociar gobernabilidad con los poderes fácticos. Está escrito. Fue publicado por La Nación el día 13, bajo el título: "¿Y si Zamora es presidente?" Lleva la firma de Morales Solá. De puño y letra.
Si la historia la ganan los que la escriben en este sentido, al panorama sombrío que se avecina como tormenta perfecta diseñada por los dueños del poder y del dinero de nuestro país, lo único que valdría oponerle es la esperanza de que el voto popular acompañe masivamente la profundización democrática y no los atajos opositores al pasado.
Hacia ese pasado con elecciones que eran ganadas por minorías selectas aprovechando mayorías proscriptas, mientras los inspectores de salubridad institucional se llenaban la boca hablando de libertades que no existían e igualdades que eran negadas, con la república maniatada y boca abajo en un camastro reponiéndose del submarino seco.
Merecido castigo por irse de parranda con esos que votan sin saber votar. Como pasó en Tucumán. O como viene pasando desde 2003 a la fecha. «

 

El estado de la comunicación: VHM, C5N y Antena Negra TV

 

 

La Corte de Justicia bonsái que preside Ricardo Lorenzetti dejó firme la condena contra Víctor Hugo Morales que promovió el Grupo Clarín SA y lo obliga a pagar una indemnización millonaria por haberse atrevido a pasar goles por la TV Pública cuando estos pertenecían a Héctor Magnetto y su monopolio. Aunque la cuestión de fondo es abstracta mirada en perspectiva (hoy los goles son de todos), el objetivo de la chicana legal de la cual la Corte se hizo cómplice busca acallar las voces críticas, como la de VHM, que denuncian la concentración comunicacional. El fallo validado vergonzosamente por el máximo tribunal del país es una mordaza judicial, y una censura indirecta por afectación económica que beneficia a Clarín del mismo modo que lesiona el derecho humano a la comunicación. Lorenzetti debería volver a leer la LSCA y algunos fallos de la Corte anteriores para ver qué tan grande y que tan repudiable es la tropelía que acaba de suscribir, después de haber sido reelecto con un Fayt que no estaba en condiciones de votarlo, como se reconoció finalmente con la renuncia posdatada que la presidenta le aceptó. La legitimidad de su mandato está en duda. Lorenzetti tenía una Corte de lujo: la convirtió en buffete de abogados de los grupos empresarios.
¿Qué pasaría si el conflicto tucumano llega al Palacio de Talcahuano? ¿Cómo votará la Corte bonsái? Mejor, no imaginarlo.
El caso Macri que terminó con la renuncia de Fernando Niembro a la candidatura demostró que el macrismo no soporta una semana de escudriñaje periodístico como el que se le aplica al kirchnerismo de forma despiadada hace 12 años. El procesado candidato a presidente de Cambiemos mostró la hilacha en eso y también con la clausura boba a C5N, que lo desnudó como infantil y autoritario. Pero la Defensoría del Público, organismo creado por la Ley de Medios impulsada por Cristina Fernández de Kirchner, alertó que el método de mordaza a los medios opositores con reproches municipales nimios constituye un avance sobre el derecho humano a la comunicación y la LSCA que tiene a Macri como referencia insoslayable, pero del que muchos aprenden rápido:

1) El 17 de septiembre de 2015, el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispuso a través de un trámite local administrativo la clausura de parte de la señal de noticias C5N de CABA. La medida dispuesta afectó indirectamente el derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información del público audiovisual. La Defensoría se presentó hoy ante el jefe de Gobierno porteño y ante el director de la Agencia Gubernamental de Control para advertir sobre la vulneración de derechos y requerir explicaciones sobre los motivos y fundamentos de las medidas tomadas respecto de la señal C5N; la gravedad de los incumplimientos administrativos esgrimidos por el GCBA para disponer dicha medida y las causas que llevaron a levantar intempestivamente la clausura.

2) El 29 de julio de 2015, el municipio de Pilar, provincia de Córdoba, dispuso la clausura de las radios locales FM TOP 100.9 y T-GUA ROCK 88.5. La Defensoría del Público recibió denuncias de las audiencias afectadas y actuó inmediatamente para garantizar el ejercicio pleno de la libertad de expresión y el derecho al acceso a la información. El organismo se presentó ante la justicia federal de Villa María para solicitar la salvaguarda del derecho de las audiencias. Y, ante el municipio de Pilar, para instár a que se abstenga de invadir competencias federales y vulnerar derechos constitucionales. La justicia dictó una medida cautelar a favor de la radio afectada (7/8/2015). (Expediente DP A230/2015).
3) En el mes de junio de 2015, la Defensoría recibió denuncias del público por la clausura dispuesta por la Agencia Gubernamental de Control del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires respecto de la AM 740 Radio Rebelde. La intervención tendió a determinar las competencias a nivel administrativo y el conflicto quedó resuelto a través del dictado de una medida cautelar a favor de la emisora (Expediente DP C.625/2015).

4) En febrero de 2013 el gobierno de la provincia de Córdoba dispuso la clausura de las Antenas de la Televisión Digital Abierta (TDA) de las ciudades Cerro de los Mogotes, Leones, Villa Dolores, Villa María y Río Cuarto. La decisión se fundó en posibles daños y afectó a un número estimado de 400 mil personas.
Las denuncias del público motivaron la intervención de la Defensoría, que junto con otros organismos federales lograron que se revirtiera la medida y que la provincia reconociera los derechos y permitiera la continuidad del uso de las antenas (Resolución DP Nº107/2014). En el caso de Río Cuarto se logró revertir la situación por la vía judicial.
Las acciones de la Defensoría del Público frente a estos hechos que afectan la libertad de expresión y avasallan competencias del Estado Federal fue puesta en conocimiento del Consejo Federal de la Comunicación Audiovisual para que intervenga en el marco de sus competencias. Y, ante la reiteración de estos mecanismos, recomienda a los estados provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el pleno cumplimiento de la LSCA, en especial atención al artículo 163 que dispone que "las jurisdicciones provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las municipalidades no podrán imponer condiciones de funcionamiento y gravámenes especiales que dificulten la prestación de los servicios reglados por la presente ley, sin perjuicio de sus propias competencias".
También la Defensoría del Público, que dirige Cynthia Ottaviano, intervino en la causa que derivó en el allanamiento y decomiso de los equipos de Antena Negra TV, canal comunitario porteño contemplado en la LCSA, presentándose como amicus curiae ante el juzgado federal de Marcelo Martínez de Giorgi.
El juez destacó que "habida cuenta que conforme al nuevo paradigma incorporado por la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual N° 26.522, resulta un aporte valorable para este tribunal la participación en el presente proceso de la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual –creada por el artículo 19 de la citada Ley-, considerando que dicho organismo posee competencia específica sobre la materia regulada en la norma, y que reúne los requisitos contemplados en el Reglamento sobre Intervención de Amigos del Tribunal “.
En el caso concreto de Antena Negra TV, el escrito presentado hace hincapié en la no utilización del uso de la justicia penal y recomienda la regularización de la situación conflictiva en la vía administrativa prevista por la LSCA, "ya que se trata del uso del espectro radioeléctrico con fines de comunicación audiovisual para beneficio de las audiencias y no de telecomunicaciones".
En otro de los considerandos, la Defensoría del Público alentó "la inmediata descriminalización de la comunicación, ya que la comunicación comunitaria, alternativa y popular no es un accionar delictivo (…) La comunicación comunitaria es la expresión más genuina de un pueblo, en el ejercicio de su derecho humano a la comunicación".
En el mismo sentido, bregó para que se evite "toda medida persecutoria de aquello que debe promover y proteger para mejorar la vida en democracia". «