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General: LECCIONES DE REDACCION ( DE HISTORIA DE MEXICO)
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Respuesta  Mensaje 1 de 20 en el tema 
De: hangar3402  (Mensaje original) Enviado: 14/02/2011 16:03
EXISTE UNA NUEVA CLASE DE HIJOS DE LA CLASE POLITICA, QUE SE UFANAN DE LUCHAR
POR LO POBRES, MIENTRAS SOLAPAN LA CORRUPCION Y LOS CRIMENES DE SUS LIDERES,
SON TIPOS PREPONTENTES Y PRETENCIOSOS QUE CAUSAN ENCONO ENTRE LOS CIUDADANOS.
 
HACE POCO ME TOCO LEER EN LA RED LOS SEÑALAMIENTOS DE UNA MUJER, UNA PERIODISTA
LLAMADA DENISSE DRESSER, QUE PONIA EN EVIDENCIA EL MANEJO CORRUPTO DE EL GOBIERNO
DE EL DF, ENCABEZADO POR EL PROGRESISTA (PARA SI MISMO)  MARCELO EBRARD, COMPLICE
DE LOS PANISTAS Y COMPLICE DE LOS OBRADORISTA, LAS MAFIAS EN EL PODER, TAMBIEN
HE LEIDO INFINIDAD DE ARTICULOS DONDE LA PREPOTENCIA DE EL GOBIERNO DE EL DF
SE HA IMPUESTO SOBRE LAS PETICIONES DE LOS CIUDADANOS QUE AUN SUEÑAN CON EL DIALOGO,
Y POR ESO LES PASA LOS QUE A LOS VECINOS DE LA NARVARTE, QUE PIDIENDO LA PALABRA
LOS DEJARON SENTADOS COMO IMBECILES EN LA MESA, MIENTRAS SIGUEN LAS OBRAS,
NO SE TRATA ENTONCES SIQUIERA DE QUIEN TIENE LA RAZON O DE EL BENEFICIO GENERAL
SOBRE EL PARTICULAR, SE TRATA DE YO HAGO PORQUE PUEDO, Y PORQUE PUEDO TE CHINGAS.
 
ESTOS TIPOS DICEN QUE NO SE PUEDE PROCEDER CONTRA ELLOS, PORQUE SUS  RATERIAS
SIEMPRE ESTARAN JUSTIFICADAS EN EL VIEJO CUENTO DE "LO DIJO TELEVISA" Y DE AHI EN MAS
TODO SERA UN COMPLO, COMPLO QUE DARA COBIJO A LA IMPUNIDAD DE ESTOS CRIMINALES.
 
TODO ESTO NO SUCEDERIA SI LOS CIUDADANOS DE A PIE DEJARAMOS DE CREERLE
A ESTOS LADRONES QUE NOS LAVAN EL CEREBRO CON ESTIERCOL, Y SI EN LUGAR
DE ESTAR ESCRIBIENDO PARABOLITAS DE CACA TUVIERAN UN POCO DE DIGNIDAD, SE PONDRIAN
MANOS A LA OBRA Y LLEVARIAN A JUCIO A TODA ESA GAVILLA DE MARRANOS DE LA CLASE
POLITICA PROGRE.
 


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Respuesta  Mensaje 6 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:11

En torno al servidor público, Jorge Daniel Jiménez Lona, quien labora en la Secretaria de Gobierno; la Gestión Pública determinó que no se incurre en ninguna irregularidad, en base al artículo 12, fracción  II, de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y Municipios; dado que su ingreso a la administración estatal es con fecha del 3 de septiembre del 2007, no existiendo en ese momento, vínculo de parentesco, con la familia del Gobernador del Estado.

La Secretaría de la Gestión Pública, continúa con el proceso de auditoría que inició en octubre de 2010 en el Sistema Integral de la Familia DIF, misma que concluirá en los próximos días.

La Secretaria de la Gestión Pública  reitera su compromiso con la ciudadanía de trabajar en la legalidad, transparencia y buen uso de los recursos públicos.                                         

 

         TERCERO.- Con fecha 18 de enero de 2001, Aída Angélica Silva Castillo renunció a la Dirección General del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia, DIF, de Guanajuato, con el fin de facilitar la auditoría por corrupción que la Secretaría de la Gestión Pública del Estado aplica al organismo, y en su lugar fue designada la empresaria Adriana Rodríguez Vizcarra,  de acuerdo a la nota publicada por el periódico “La Jornada” en esa misma fecha,”… Las irregularidades por la aplicación y uso indebido de recursos envuelven a Martha Oliva Martínez, hija del gobernador Juan Manuel Oliva Ramírez, quien tuvo que reintegrar al DIF la cantidad de 278 mil pesos que cobró por servicios de comida de un restaurante de su propiedad y de la consuegra del gobernador, Elia Margarita Lona Calvo -madre de Jorge Daniel Jiménez Lona, esposo de Montserrat Oliva Martínez-, quien vendió en un millón 807 mil pesos miel de colmena a la dependencia.

         

CUARTO.- Con fecha 25 de enero del presente año, según nota publicada por el periódico el Correo “…Luis Ernesto Ayala Torres, secretario de la Gestión Pública, afirmó que los contratos asignados a la nuera de Elías Villegas, “BARBARA HELENA MARTINEZ DIAZ” no fueron por 80 millones

Respuesta  Mensaje 7 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:11

de pesos, sino por un monto global de 160 millones de pesos, pero, están apegado a la ley y por eso no hubo ninguna observación al respecto en la auditoría que su dependencia le aplicó al DIF estatal.

La institución de asistencia social compró poco más de 12 millones en 2008 a Comercial Estrella, 80 millones en 2009 y 68 más en 2010, pero este último año, ya por cuestiones fiscales de la empresa, se facturó a nombre de Impulsora Comercial La Espiga, comentó el funcionario, quien subrayó que en la adjudicación de contratos se aplicó la normatividad…”

Explicó que por tratarse de perecederos en algunos casos, no hay obligación de licitar esas compras y la ley permite la adjudicación directa, pero que a pesar de eso todo se hizo bajo el esquema que llevaba el área de Adquisiciones de la Secretaría de Finanzas y Administración (SFyA), que emitía una convocatoria con invitación restringida a empresas que cumplían con calidad, precio y servicio, sin embargo, de la propia auditoria…” sin embargo y contrario a lo expuesto por la dependencia, se ha detectado que una múltiple cantidad de los bienes adquiridos, NO son perecederos, puesto que se adquirieron enlatados y con diversas fechas de caducidad, lo cual echa por tierra la afirmación de que podía realizarse una adjudicación directa.   

QUINTO.-  Con fecha 28 de enero del 2011 y ya con una Directora General designada, se anunció el despido de más funcionarios, según nota publicada por el periódico el correo, “…A poco más de una semana de haber sido designada directora general del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), Adriana Rodríguez Vizcarra, hizo una limpia, al remover a siete de sus directores de área con la finalidad, dijo, de hacer una "renovación integral" en la dependencia y para responder a las expectativas de la sociedad y "mejorar los procesos y controles internos". Dio a conocer los nombramientos de su equipo, sin citar el nombre de quienes fueron despedidos:

En la Dirección de Administración Financiera, designó al contador público y licenciado en Comercio, Jesús Nájera Santana; quien se ha desempeñado en cargos administrativos durante 25 años en la Administración

Respuesta  Mensaje 8 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:12

Pública Estatal y en Administración Municipal de León, esta última en el trienio 2006-2009.

En la Dirección Jurídica, el licenciado en Derecho Eric Vázquez Pérez, quién ha trabajado en la administración pública por 16 años en áreas jurídicas y 4 años en el sector privado; en la Dirección de Acciones a Favor de la Infancia, maestro Arturo Ramírez, es licenciado en Psicología educativa y tiene maestría en Ciencias y Técnicas de la Educación, quien ha ejercido desde 1982 en la docencia, en nivel educación primaria y es instructor de maestros. Asimismo, en la Dirección de Protección Jurídica Familiar como encargado de despacho al abogado José Luis Gaona; en la Dirección de Planeación y Evaluación, a Roberto Centeno Torres, quien cuenta con licenciatura en Economía y maestría en Administración Organizacional, ha sido coordinador operativo de desarrollo regional y ha colaborado en áreas de planeación en la Coordinación de Planeación para la Inversión del Gobierno del Estado, en la Coordinación de Asistencia Alimentaria a la contadora pública, Patricia Ivonne Córdova Escobedo, tiene conocimientos en áreas de administración, ha ejercido durante 19 años en el sector privado y fue presidenta de la Comisión de Inclusión Social del estado de Guanajuato; y en la Coordinación de Comunicación Social, al periodista Enrique Rangel, a quien presentó como escritor y periodista. Ayer por la noche, los nombres de los funcionarios despedidos habían sido ya borrados del directorio público oficial que se encuentra en la Unidad de Acceso a la Información Pública y, con fecha de actualización del 27 de enero del presente año. Sin embargo se debe citar que, en la dirección de Asistencia Alimentaria, fungía la maestra María de La Luz Preciado Pichardo; en la Dirección a Favor de la Infancia estaba Marta Angélica Delgado Luna y, en Comunicación Social, el periodista Felipe González Gallardo.

SEXTO.- Conscientes de nuestro deber ciudadano de denunciar hechos posiblemente delictuosos y que además son de investigación oficiosa, es por lo que acudimos a ésta instancia de Procuración de Justicia, a denunciar las anomalías de las cuales nos hemos enterado oportunamente a través de los medios de comunicación, asumiendo con total responsabilidad que lo que se

Respuesta  Mensaje 9 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:13

denuncia es del conocimiento público y que no es necesario algún requisito de procedibilidad para acudir a ésta autoridad, de igual forma, nos reservamos explícitamente el derecho de ampliar ésta denuncia para el caso del advenimiento de hechos novedosos y de igual forma, solicitamos expresamente que se nos garantice el derecho de aportar pruebas para la integración de la averiguación previa.

 

Al respecto resulta oportuno citar lo establecido en el Código Penal del Estado respecto de las conductas que posiblemente se actualicen y que son:

 

ARTÍCULO 203. A quien teniendo a su cargo la administración o el cuidado de bienes ajenos, a sabiendas realice operaciones perjudiciales al patrimonio del titular de éstos, en beneficio propio o de un tercero, se le impondrán las penas previstas en el artículo 201.

 

ARTÍCULO 204. Los delitos previstos en este capítulo sólo se perseguirán por querella, salvo que afecten el patrimonio de entidades públicas.

 

ARTÍCULO 248. Al servidor público que disponga de un bien que hubiere recibido en razón de su cargo, se le impondrá de dos a diez años de prisión y de sesenta a doscientos días multa; así como destitución del empleo o cargo e inhabilitación por el mismo término de la pena privativa de libertad impuesta.

 

ARTÍCULO 249. Al servidor público que con el carácter de tal, exija dinero, valores, servicios o cualesquiera otro bien que sepa no es debido o en mayor cantidad que la señalada por la ley, se le aplicará de uno a seis años de prisión y de diez a cincuenta días multa, destitución del empleo o cargo e inhabilitación hasta seis años.

 

Si lo exigido indebidamente se convirtiera en provecho propio o de un particular, la pena será de tres a ocho años de prisión y de veinte a cien días multa, destitución e inhabilitación hasta seis años para obtener otro cargo público.

 

ARTÍCULO 250. Al servidor público que durante el tiempo de su cargo y por motivos del mismo, aumente ilícitamente su patrimonio o se conduzca como dueño de bienes no incluidos formalmente en aquél, se le aplicará de uno a nueve años de prisión y de sesenta a doscientos días multa, destitución del empleo o cargo e inhabilitación hasta por dieciocho años.


Respuesta  Mensaje 10 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:14

Las mismas sanciones se aplicarán a quien haga figurar como suyos bienes que el servidor público adquiera o haya adquirido ilícitamente, a sabiendas de esa circunstancia.

 

ARTÍCULO 258. Se impondrá de seis meses a cuatro años de prisión, de treinta a ciento cincuenta días multa, destitución e inhabilitación para desempeñar el empleo, cargo o comisión hasta por cuatro años, al servidor público que por sí o por interpósita persona:

 

I.            Promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión.

 

II.           Indebidamente solicite o promueva alguna resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí, su cónyuge, concubino, parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el agente o las personas antes referidas formen parte.

 

III.          Valiéndose de la información que posea por razón de su empleo, cargo o comisión, sea o no materia de sus funciones y que no sea del conocimiento público, haga inversiones, enajenaciones, adquisiciones o cualquier otro acto que le produzca algún beneficio económico al servidor público o a alguna de las personas mencionadas en la fracción anterior.

 

ARTÍCULO 261. Al servidor público que dolosamente, con motivo de sus funciones exceda el límite de sus potestades o atribuciones, en detrimento de un particular o de la función pública, se le impondrá de un mes a seis años de prisión, de diez a cincuenta días multa, destitución del empleo o cargo e inhabilitación hasta por seis años.

 

 

         En el caso que nos ocupa se actualiza sin lugar a dudas lo preceptuado por las figuras típicas trascritas y que son derecho vigente y que de acuerdo a la información hasta ahora obtenida, pueden ser constitutivas de diversos delitos, tanto de servidores públicos, como de particulares.

 

 

P  R  U  E  B  A  S

 

         Para el efecto de acreditar los hechos narrados en el cuerpo de este documento solicito y al mismo tiempo ofrecemos pruebas para que se

Respuesta  Mensaje 11 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:15

desahoguen ante esta fiscalía en integración de la presente Investigación Ministerial Previa en los términos de los artículos 115 y 194 del Código de Procedimientos Penales del Estado.

 

PRUEBAS QUE SE OFRECEN POR LOS DENUNCIANTES

 

A) DOCUMENTALES QUE SE OFRECEN:

        

         Las diversas publicaciones e impresiones de notas periodísticas, que sirven de base para la presente denuncia de hechos, mismas que ofrezco en original y copias suficientes para cotejo y certificación por parte de esta Representación Social.

 

         PRUEBAS QUE SOLICITAMOS PRACTIQUE Y RECABE ESTA FISCALIA:

 

B) LAS TESTIMONIALES.

 

         Diligencia mediante la cual solicito esta autoridad cite a declarar a las siguientes personas,   

 

1.    Elia Margarita Lona Calvo

2.    Mitzi Priscila Martínez

3.    Marta Martínez Castro

4.    Juan Burgos de la Sancha

5.    Luis Rey Lara González

6.    Luis Humberto Septién Olmos

7.    José Antonio Septién Olmos

8.    Ma. Guadalupe Méndez Rivera

9.    Rafael Meza Galván

10. Martha Oliva Martínez

11. Juan Manuel Oliva Ramírez


Respuesta  Mensaje 12 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:16

1.    BARBARA HELENA MARTINEZ DIAZ en su carácter de socia de Comercial Estrella S.A. de C.V.  

2.    BARBARA HELENA MARTINEZ DIAZ en su carácter de socia Impulsora Comercial La Espiga S.A de C.V.

3.    Se Solicite a la Directora General del D.I.F. los nombres y domicilios de los siete directores de área, que fueron dados de baja, por la actual directora Adriana Rodríguez Vizcarra, según se desprende de la nota periodística del 28 de enero del 2011 y se les cite a declarar

 

Para el interrogatorio de estos testigos, pido se nos haga oportunamente de conocimiento, a efecto de coadyuvar con ésta fiscalía en el interrogatorio correspondiente, de igual forma, pedimos se requiera al D.I.F estatal, el domicilio de los testigos, ya que los desconocemos.

 

C).- LA DOCUMENTAL EN VIA DE INFORME

 

         Probanza que tiene como finalidad que pueda determinarse el monto de las finiquitos que fueron pagados a los servidores públicos dados de baja con motivo de los resultados de la auditoría realizada por la Secretaría de la Gestión Pública, como los despidos realizados por la nueva Directora General, con el fin de corroborar que estos se ajusten a la legalidad y no haya habido una sobre liquidación que pudiera influir en que los testigos guarden silencio a cambio de beneficios económicos, para ello, se pide se gire atento oficio al L.R.I. ANGEL GONZALEZ LUNA, en su carácter de Director de Relaciones Laborales y Prestaciones y Servicios, -o de quien lo sustituya en el cargo- dependiente de la Secretaría de Finanzas y Administración, con domicilio ubicado en la parte superior del Palacio de Gobierno, ubicado en paseo de la presa s/n de ésta Ciudad  de Guanajuato, Teléfonos: 73-5-36-15, 73-5-36-16, 73-5-36-17, 73-5-36-18, 73-5-36-19, 73-5-36-20 y 73-5-36-21.     


Respuesta  Mensaje 13 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:17

D).- LA DOCUMENTAL EN VIA DE INFORME

 

         Probanza que debe ser requerida a la Secretaría de la Gestión Púbica con domicilio conocido en conjunto administrativo pozuelos en la ciudad de Guanajuato, Guanajuato y que tiene como finalidad el que ésta representación social, conozca a detalle el informe de resultados de la auditoría practicada  por la Secretaría de la Gestión Pública al D.I.F (del cual se desprende la narrativa de los hechos denunciados) así como los demás documentos de trabajo y documentación soporte, a efecto de que ésta representación social cuente con esta prueba indispensable para la integración de la averiguación previa.  

 

F).- LA DOCUMENTAL EN VIA DE INFORME

 

 Que deberá rendir la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con domicilio ubicado en Insurgentes Sur 1971, Conjunto Plaza Inn, Colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Tel. 57 24 61 70 al 72, a fin de que informe:

 

a).- Si en el periodo comprendido entre el 26 de septiembre del 2006 al 31 de enero del 2011 los ciudadanos JUAN MANUEL OLIVA RAMIREZ, MARTHA MARTINEZ CASTRO Y MARTA ADRIANA, ROSA ELBA, JUAN MANUEL Y PAOLA DE JESÚS todos de apellidos OLIVA MARTINEZ, realizaron la contratación de apertura de cuentas bancarias de inversión, de cheques y de cualquier otra naturaleza, en cualesquiera de las instituciones bancarias con presencia en el país, ya sean nacionales o extranjeras, informando el o los números de cuenta, relacionados con la o las instituciones bancarias en las que se tengan contratadas las cuentas bancarias. 

 

b).- En su caso, informe si en el periodo comprendido entre el 26 de septiembre del 2006 al 31 de enero del 2011 los ciudadanos JUAN MANUEL OLIVA RAMIREZ, MARTHA MARTINEZ CASTRO Y MARTA ADRIANA, ROSA ELBA, JUAN MANUEL Y PAOLA DE JESÚS todos de apellidos OLIVA MARTINEZ, deberá informar los saldos de las cuentas que pudieran existir a nombre de estas personas, y además deberá informar además ¿Cuál fue

Respuesta  Mensaje 14 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:17

el comportamiento de la o las cuentas en el periodo señalado? Describiendo saldo promedio, saldo anterior, depósitos/abonos, retiros/cargos, y el saldo final de la o las cuentas mes a mes, detallando los movimientos realizados, indicando: fecha del movimiento, concepto, referencia, cargos, abonos y saldo del movimiento.

 

Para efecto de evitar homonimias, pedimos a esta fiscalía, se requiera a los mencionados, a efecto de que proporcionen su R.F.C. con el fin de que pueda ser solicitada dicha información a la entidad gubernamental referida y se cuente con el informe a la brevedad.

 

G).- LA DOCUMENTAL EN VIA DE INFORME

 

Que deberá rendir la Dirección General de Dirección General de Registros Públicos, cuyo titular es el Licenciado  Porfirio Hernández Oropeza, con domicilio ubicado en   calle nueva s/n. col. noria alta. C.P. 36050, tel. y fax: 01 (473) 73 2 45 22,   73 4 16 14,  73 4 16 15,   73 4 16 16,  a fin de que informe:

 

a).- Si en el periodo comprendido entre el 26 de septiembre del 2006 al 31 de enero del 2011 los ciudadanos JUAN MANUEL OLIVA RAMIREZ, MARTHA MARTINEZ CASTRO Y MARTA ADRIANA, ROSA ELBA, JUAN MANUEL Y PAOLA DE JESÚS todos de apellidos OLIVA MARTINEZ, que bienes inmuebles se han adquirido por alguna de éstas personas, señalando los datos de ubicación del inmueble, el valor de operación y la fecha de adquisición.

 

Para efecto de evitar homonimias, pedimos a esta fiscalía, se requiera a los mencionados, a efecto de que proporcionen su R.F.C. con el fin de que pueda ser solicitada dicha información a la entidad gubernamental referida y se cuente con el informe a la brevedad.

 

 

 H).- LA PERICIAL EN MATERIA DE AUDITORIA CONTABLE.

 

         Probanza que tiene como finalidad el que ésta autoridad investigadora cuente con información totalmente imparcial sobre el informe emitido por la Secretaría de la Gestión Pública, para ello, se designe perito oficial adscrito a

Respuesta  Mensaje 15 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:18

la Procuraduría General de Justicia y que previa protesta de cargo conferido proceda a dar contestación al siguiente cuestionario:

PUNTOS.

 

1.- Revisara el ejercicio en el gasto público, llevado a cabo por el D.I.F. Estatal, en los años 2009 dos mil nueve y 2010 dos mil diez.

 

2.- Revisara y dictaminará si el ejercicio del gasto público, se apegó al marco legal y reglamentario que regula al D.I.F. estatal.

 

3.- Revisará toda la documentación soporte del ejercicio del gasto, ejercido por el D.I.F. estatal en los años 2009 y 2010, determinando su autenticidad y relación con el gasto público.

 

4.- Revisará los acuerdos tomados por el Consejo Directivo (u órgano equivalente) del D.I.F. estatal verificando que actos de administración vinculados con el ejercicio del gasto público fueron acordados y si estos se apegaron al marco legal, identificando a los integrantes de ese órgano colegiado, que hayan aprobado dichos acuerdos.

 

5.- Revisará todas aquellas adquisiciones realizadas por adjudicación directa en los años 2009 y 2010 y determinará si se apegaron al marco legal y reglamentario.

 

6.- Que emita sus conclusiones y exponga la metodología empleada a efecto de que ilustre a los no enterados en materia de auditoría.     

 

Pedimos se le den todas las facilidades para que el organismo público descentralizado sujeto a auditoria, preste todas las facilidades para que los auditores lleven a cabo su labor; también solicitamos se remitan a representación social, copia de todas actas del consejo (u órgano equivalente) celebradas durante los años 2009 y 2010.  


Respuesta  Mensaje 16 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 14/02/2011 16:19

I).- LA PERICIAL EN MATERIA DE QUIMICA DE ALIMENTOS.

 

         Probanza que tiene como finalidad el que ésta autoridad investigadora cuente con información totalmente imparcial sobre el informe emitido por la Secretaría de la Gestión Pública, para ello, se designe perito oficial adscrito a la Procuraduría General de Justicia y que previa protesta de cargo conferido proceda a dar contestación al siguiente cuestionario:

1.- Revisará todas aquellas adquisiciones realizadas por adjudicación directa en los años 2009 y 2010, concretamente del programa de desayunos escolares y determinará si los productos adquiridos, son perecederos o imperecederos.

 

2.- Determinará si la miel de abeja, es producto perecedero o imperecedero. 

 

ACCION PENAL

 

         Una vez recabado el material probatorio ofrecido y solicitado a esta fiscalía, durante la integración de la averiguación previa que se inicie para tal efecto y una vez acreditado el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, solicito a esta fiscalía proceda a ejercitar la acción penal correspondiente ante el tribunal penal en turno tal y como lo ordenan los numerales 125 y 127 de la Ley adjetiva Penal del Estado.

 

REPARACION DEL DAÑO

 

         Solicito también sea reparado el daño ocasionado al erario público y para tal efecto solicito se aseguren bienes propiedad de quien o quienes resulten indiciados a efecto de garantizar el pago de los daños y perjuicios ocasionados, por así ser procedente conforme a lo que establecen los artículos 56 y 65 del Código Penal del Estado.

 

          Hago la petición de que se practiquen las anteriores diligencias ofrecidas por parte de esta fiscalía en los términos que establece el artículo 20 

Respuesta  Mensaje 17 de 20 en el tema 
De: nix-hipnos Enviado: 15/02/2011 15:12
Pues esto que escribes demuestra un grado de corrupción muy alto.
En alguna conversacion con GBN sobre los derechos de los trabajadores, me preguntó: si tienes un día de descanso, ¿no lo tomarías? ahora yo retoricamente pregunto: ¿si pudieras robar, no lo harías?

Respuesta  Mensaje 18 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 15/02/2011 16:40
NIX:
 
HACE YA SEMANA Y MEDIA QUE SE PRESENTO LA DENUNCIA Y  EL
MINISTERIO PUBLICO NO HA MOVIDO UN DEDO, POR ESO SE ENVIO AYER
UN REQUERIMIENTO AL VISITADOR DE LA PROCURADURIA GENERAL
DE JUSTICIA, ES EVIDENTE QUE EL GOBIERNO MUEVE TODOS LOS HILOS
A SU ANTOJO, NOS DEMUESTRA QUE NO ESTAN DISPUESTOS A SER
LLEVADOS ANTE LA JUSTICIA EN UN JUICIO DEMANDADO POR LOS
CIUDADANOS, ES IGUAL AL CASO DE MARCELO EBRARD EN EL DF,
AUTORIDADES SORDAS Y PREPOTENTES.
 
MI INTERES PARTICULAR NO ES UN DESEO DE VENGANZA NI MUCHO MENOS,
SE TRATA DE EL EJERCICIO DE NUESTROS DERECHOS COMO CIUDADANOS,
TU CUESTIONAMIENTO ES UNA MUY BUENA PREGUNTA, NO SOLO PARA
GIORDANO, ES UNA PREGUNTA QUE NOS VENDRIA MUY BIEN HACERNOS TODOS,
UN GOLPE DE CONCIENCIA A LA SOCIEDAD DE EL DELITO QUE HEMOS ESTADO
CONSTRUYENDO, PERO TODO TIENE UN ORIGEN Y HAY QUE TRABAJAR EN ELLO,
Y ESO ES LO QUE ESTAMOS HACIENDO, EL GOBIERNO, QUE NO TIENE
PARTIDOS, SINO QUE ES UNA CLASE SOCIAL FORMADA POR DEPREDADORES,
ESTA IDENTIFICADO COMO EL ORIGEN DE LA CORRUPCION ENTODOS LOS NIVELES
DE NUESTRA SOCIEDAD, ELLOS HAN DEMOSTRADO QUE NO LES IMPORTA
NADA MAS FUERA DE TENERNOS CAUTIVOS Y ROBAR CUANTO PUEDEN,
SE VAN TURNANDO UNOS Y OTROS, Y COMO LAS MUJERES, SE PELEAN, PERO
SERIAN INCAPACES DE HACERSE DAÑO, ESO PERMEA EN TODOS, EL TIANGUISTA
QUE VENDE PIRATERIA SE DICE--SI EL GOBIERNO ROBA ¿PORQUE YO NO?--
EL EMPRESARIO DICE--¿PARA QUE PAGARLE IMPUESTOS AL GOBIERNO QUE
SOLO SE LOS GASTA EN ESTUPIDECES?-- Y ASI SUCESIVAMENTE, ENCONTRAMOS
QUE UNA BUENA JUSTIFICACION PARA CHINGAR AL PROJIMO Y PARA CHINGAR
AL PAIS SE ENCUENTRA EN LA FALTA DE UNA FIGURA DE AUTORIDAD HONESTA.
 
¿SABES TU QUE HA HECHO LA OPOSICION Y LA IZQUIERDA PROGRESISTA
EN GUANJUATO PARA LLEVAR A JUICIO A ESTOS LADRONES?
 
ABSOLUTAMENTE NADA,  SIN EMBARGO TENEMOS NOTICIAS DE QUE EN UN
PUBLO CERCANO UNA TIPA, PERREDISTA, LE CONSIGUIO TRABAJO A UNA
PERSONA, A CAMBIO DE ESO LE ESTUVO EXIGIENDO EL 10% DE SU SUELDO
"PARA EL PARTIDO" Y AL NO SEGUIR PERMITIENDO LA EXTORSION HA SUFRIDO
ACOSO Y AMENAZAS, ESE ES EL DESEMPEÑO DE NUESTRAS AUTORIDADES,
Y DE LOS PARTIDOS POLITICOS, MIENTRAS NOS DISTRAEN CON CHISMES
Y TONTERIAS DE NAZIS, HAY QUE DARLE  CIRCO AL PUEBLO, PARA QUE NO
HABLEMOS DE LO SUSTANCIAL.
 
 
 
 
Asunto: Se denuncian graves anomalías

en la integración de averiguaciones previas.

                                                 

VISITADOR GENERAL DE LA

PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA

EN EL ESTADO DE GUANAJUATO

PRESENTE

 

            JOSE ROBERTO SAUCEDO PIMENTEL en mi carácter de denunciante dentro de la averiguación previa 97/2011 y de coadyuvante en las averiguaciones 99/2011 y 101/2011, señalando  domicilio para oír y recibir notificaciones en el ubicado en Trojes de Rocha No. 40, Fraccionamiento Quinta Las Trojes de ésta ciudad capital, (por el camino a Cervera, a un costado de las nuevas instalaciones de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guanajuato),

ante usted respetuosamente comparezco para exponer:

 

            Que por este medio, acudo a poner en conocimiento de ésta autoridad, serias anomalías cometidas por el subprocurador de Justicia MANUEL ANGEL HERNANDEZ HERNANDEZ, el jefe de zona VICTOR RUTEAGA y en contra quien resulte responsable, todos adscritos a la ciudad de León Guanajuato;    pidiendo sean investigadas y eventualmente sancionadas. 

 

H E C H O S

 

            I.-  El pasado 3 tres de febrero del 2011, fue presentada denuncia penal por posibles delitos cometidos en la administración del D.I.F.  estatal, para ello se formularon y ratificaron 3 tres denuncias por parte de 36 denunciantes, a las cuales se asignaron los números de averiguación previa 97/2011, 99/2011 y 101/2011,  

    II.-  El pasado 9 de febrero del mismo 2001, se presento una segunda denuncia la cual fue ratificada por 30 denunciantes, a la que se asignó el numero de averiguación previa 133/20111, al indagar sobre el avance de las investigaciones, la sorpresa que nos llevamos los denunciantes, fue que el agente pull ante quien se habían presentado las denuncias, no había comenzado con la integración de la averiguación previa y consta que al ser consultado el subprocurador, del porque no se estaba integrando la averiguación, la respuesta fue la siguiente: “ No tiene objeto que se inicie la investigación mientras continuen viniendo, ya cuando dejen de venir nosotros haremos lo propio (el tiempo de la denuncia) y a depende de ellos, nosotros esperaremos un tiempo prudente y entonces actuaremos” explico el subprocurador MANUEL ANGEL HERNANDEZ HERNANDEZ Periódico a.m. del jueves 10 de febrero del 2011

De la anterior narración de hechos puede desprenderse fácilmente que la conducta asumida por los activos vulneran los principios de de buena fe,  imparcialidad, legalidad, probidad y profesionalismo, que le son exigibles a quienes conforman la noble institución del Ministerio Público, afectando con su actuar la finalidad de proporcionar una pronta, plena y adecuada procuración de justicia, ya que en lugar de proceder de inmediato a investigar los hechos denunciados, se esgrime una justificación que carece de toda base legal; la obligación de el Ministerio Público es investigar, tan pronto tenga noticia de la denuncia de hechos que puedan constituir delito, la abstención de actuar se traduce en una falta administrativa, ya que materialmente se esta denegando el servicio de procuración de justicia y tal proceder de éstos servidores públicos, contraviene tales directrices y por esa razón debe ser sancionada a la luz de la Ley de Responsabilidades Administrativas Estatal, pidiendo que en su momento y dada la gravedad de la falta se aplique la destitución e inhabilitación de el empleo.

 

 

OPORTUNIDAD DE LA PRESENTACIÓN

DE ESTA DENUNCIA

 

            El actuar indebido -por omisión- de los servidores públicos denunciados fue detectado el pasado 9 de febrero del 2011,  por lo cual, la falta aún no prescribe y es necesario que se proceda a la inmediata substanciación del Procedimiento de Responsabilidad Administrativa.

 

NORMATIVIDAD VIOLADA

 

            Con su conducta los servidores públicos denunciados violan flagrantemente los artículos 47 y 48 de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Guanajuato, concretamente en las siguientes disposiciones:

 

Artículo 47.- Todo servidor público de la Procuraduría tendrá las siguientes obligaciones:

 

I. Actuar con la diligencia necesaria para la pronta, plena y debida procuración de justicia;

 

ARTÍCULO 48. Son faltas de los servidores públicos de la Procuraduría las siguientes:

 

                      I.    Incumplir las obligaciones que establece el artículo anterior;

 

                     II.    Realizar cualquier acto que cause la suspensión del servicio o implique abuso o ejercicio indebido del empleo, cargo o comisión que tiene encomendado;

En cuanto a la fracción I, tanto del artículo 47 como del artículo 48, resulta evidente que los servidores públicos denunciados, han sido omisos en prestar un servicio al que están obligados, sin tener una norma legal que justifique tal proceder, de he hecho se actualiza una verdadera denegación del servicio.   

 

En lo tocante a la fracción II del artículo 48, resulta que derivado del actuar de la activo, el delicado servicio de procuración de justicia que ésta prestó fue ha sido deficiente y su omisión de no hacer, se traduce en impunidad, solapada por la autoridad obligada a investigar.    

P R U E B A S

            Con fundamento en los artículos 49 de la Ley Orgánica del Ministerio Público del Estado de Guanajuato y 47 de la Ley de Responsabilidades Administrativas señalo:

 

            PRUEBAS QUE SE APORTAN A LA DENUNCIA

 

            I.- Copia del acuse de recibo de la denuncia presentada y la boleta de registro de la averiguación previa 97/2011

 

            PRUEBAS QUE SOLICITO SE OFREZCA, DESAHOGUEN Y VALOREN DENTRO DEL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA,  POR PARTE DE ESTA AUTORIDAD SUSTANCIADORA.

 

            I.- La testimonial a cargo de los servidores públicos denunciados.

           

            II.- Informe del avance en las investigaciones de las denuncias presentadas y cuyo número de averiguación previa ya ha sido proporcionado.

 

            III.- Todas aquellas que esta autoridad estime convenientes para el esclarecimiento de los hechos denunciados.

           

Por lo anteriormente expuesto, atentamente solicito:

 

            PRIMERO.- Se admita a trámite la presente denuncia, a efecto de que se inicie la investigación correspondiente o en su defecto, se acuerde sobre su admisión y se ordene dar vista con la presente a los servidores públicos denunciados a fin de que rindan –si es su deseo- el informe a que se refiere el artículo 48 de la Ley de Responsabilidades Administrativas, iniciando con ello el correspondiente procedimiento de responsabilidad administrativa,

 

            SEGUNDO.- Substanciado que sea, se determine la responsabilidad que resulte a los servidores públicos denunciados, imponiéndole las sanciones que correspondan.

           

            TERCERO.- Se me informe del resultado de ésta denuncia. 

 

ATENTAMENTE

GUANAJUATO A 14 DE FEBRERO DE 2011.

 

JOSE ROBERTO SAUCEDO PIMENTEL


Respuesta  Mensaje 19 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 15/02/2011 17:20
Frenan investigación al DIF
JAIME MOLINERO
NOTA PUBLICADA: 2/15/2011

El abogado Luis Roberto Saucedo Pimentel acusó al subprocurador Manuel Ángel Hernández, de frenar la investigación al DIF estatal.

Ayer, el abogado presentó una queja administrativa en la Visitaduría General de la Procuraduría, para solicitar que no quede en el olvido la demanda penal que 66 ciudadanos presentaron por los presuntos delitos cometidos en el DIF.

A su queja anexó una declaración del Subprocurador al periódico a.m., en la que el funcionario dice que decidieron no iniciar la indagatoria en el DIF, para esperar a que lleguen más demandas.

Las primeras demandas por corrupción se presentaron hace ya dos semanas.

“El Subprocurador está faltando a la Ley de Responsabilidades y a la Ley Orgánica del Ministerio Público, es mi maestro, lo estimo, pero no me queda de otra más que denunciarlo ante la omisión. Ya está denunciado ante la Visitaduría”, dijo el abogado que promueve las demandas.

El Visitador tiene la obligación de investigar si el Subprocurador incurrió en una falta administrativa que amerite sanción o inhabilitación.


Respuesta  Mensaje 20 de 20 en el tema 
De: hangar3402 Enviado: 24/02/2011 20:52
UNA FORMA DE SABER SI LAS COSAS CONTINUAN EN MEXICO COMO SIEMPRE, ES VER COMO
ACTUAN LAS AUTORIDADES; A PARTIR DE EL 3 DE FEBRERO QUE LEVANTAMOS LA PRIMERA
DENUNCIA PENAL CONTRA LOS RESPONSABLES DE LA CORRUPCION EN EL DIF DE GUANAJUATO
EL MINISTERIO PUBLICO NO INICIADO NINGUNA AVERIGUACION PREVIA,
POSTERIORMENTE SE HAN SUMADO OTRAS DEMANDAS HASTA UN TOTAL DE 66 TAN SOLO
EN LEON GUANAJUATO, CON EL FORMATO QUE PRESENTE EN ESTE MISMO PANEL, AUN ASI
NO HUBO RESPUESTAS, SE HA DENCUNACIADO ANTE LA VISITADURIA EN LA CAPITAL, GUANAJUATO,
Y TAMPOCO HAY UNA RESPUESTA, ESTE MIERCOLES ACUDIMOS A MEXICO PARA REALIZAR
NUEVAMENTE LA DENUNCIA.
MAÑANA VIERNES ACUDIREMOS NUEVAMENTE A LAS OFICINAS
DE EL MINISTERIO PUBLICO PARA SABER SI POR FIN YA ESTOS SEÑORES LES HAN DADO GANA DE
ATENDER A LOS CIUDADANOS, LOS QUE PAGAMOS SUS SUELDOS POR HACER JUSTICIA...
 
DESPUES DE TODO ESTO, PODEMOS VER QUE LAS COSAS SIGUEN EFECTIVAMENTE EN LA NORMALIDAD,
EL GOBIERNO ES UNA NIDO DE CRIMINALES CORRUPTOS, Y LAS INSTITUCIONES SUS BRAZOS
QUE SOLO SIRVEN PARA CHINGARNOS, VEAN ESTA ALERTA QUE RECIBIMOS DE UNO DE LOS DEMANDANTES:
 
 

ESTIMADO LIC. PIMENTEL:

ES AHORA CUANDO SE VAN A PONER LAS COSAS MAS EN SERIO, Y LES DIGO A TODOS, EL DOMINGO POR LA NOCHE, UN VEHÍCULO AZUL SE ESTACIONÓ FRENTE A MI DOMICILIO PARA VERIFICAR EL DOMICILIO Y LAS CARACTERÍSTICAS DE LA CASA, LAS COSAS SE TORNAN MAS EN SERIO PORQUE TRATAN DE AMEDRENTARNOS, PERO LES VOY A LANZAR UN ARTÍCULO EN EL PERIODICO AM PARA QUE APRENDAN QUE ESTAN BAJO LA OPTICA DEL PUEBLO.

 

LAS INVESTIGACIONES QUE DEBE REALIZAR EL MINISTERIO PÚBLICO ESTAN ATORADAS POR ORDENES DE JUAN MANUEL OLIVA MARTINEZ, LA HISTORIA SE VUELVE A REPETIR CON LAS MISMAS PRACTICAS DEL VIEJO PRI...

 

SALUDOS A TODOS Y CUENTEN CONMIGO EN CUALQUIER MANIFESTACION QUE CONVOQUEN, PORQUE ESTAMOS ANTE UN GOBIERNO DE EXTREMA DERECHA....

 

ATTE     XXXXXXXXX           XXXXX   XXXXX

 

SIN EMBARGO LA GENTE NO SE HA AMEDRENTADO ESTO ES DE HOY:

 

Roberto!
 
Desde este medio, te mando mi apoyo, y suerte en Mexico. No dejes de informarnos y en caso de que haya ir a derechos humanos o recurrir a las manifestaciones publicas, me avisas!
 
Saludos.

DE ESTOS CORREOS TENGO YA SUFICIENTES PARA SABER QUE NO HAY MARCHA ATRAS.

ESTOS GOBIERNOS ESTAN TENTANDO SU SUERTE EN EPOCAS EN QUE LOS CIUDADANOS ESTAN

HARTOS DE SU ESTUPIDO PROCEDER,  SEGUN LOS RESULTADOS DE MAÑANA VAMOS A RECURRIR

A LAS ULTIMAS INSTANCIAS LEGALES, ES EL PASO QUE PRECEDE A LAS MANIFESTACIONES

PUBLICAS  PACIFICAS, Y DE AHI  PUES NO SABEMOS....HAY QUE DAR LECTURA A LOS TIEMPOS,

Y EL QUE TENGA OIDOS QUE OIGA.

 


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