(viene
de Parte III)
Según la Concordancia de Strong, a la palabra fornicación
le asigna el número:
G4202
πορνεία
porneía
de G4203; prostitución (incluido
adulterio e incesto); figurativamente idolatría:- fornicación.
Es decir, no cambia en esencia nuestra interpretación
anterior, ya que:
Lo que se adultera es la esencia del acto sexual, que no
puede comprarse ni venderse por dinero.
El sexo no puede ser considerado jamás un acto de comercio. Ni puede ser
objeto del mismo ni ejercerse como tal.
Además del comercio sexual, la expresión incluye los
actos de violación, estupro, pedofilia, sadismo y abuso deshonesto. Estos actos
adulteran la naturaleza del deseo sexual, creado y santificado por Dios, que
debe ejecutarse siempre en forma voluntaria por todas las partes involucradas,
sean una o varias.
La fornicación, entonces, no es más que infidelidad
sexual, la que como ya explicamos antes, no es la única, ni siquiera la más
importante forma de infidelidad. Pero no es tampoco simplemente *sexo
extramatrimonial*, sino más bien una perversión sexual representada por la palabra
fornicación.
Además hay que ubicarse en el contexto histórico: la
mujer judía repudiada difícilmente podía volver a casarse, ya que había perdido
algo muy importante: la virginidad, y su carácter de repudiada la hacía una
mujer de segunda mano. En consecuencia, sólo le quedaba el recurso de dedicarse
al oficio de la fornicación (prostitución).
Con todo, habría una excepción importante a esto último.
Recordemos que entre los judíos la mujer era sierva de su esposo, es decir su
esclava. Pero a la vez, el padre de la esposa entregaba una dote con ella,
según la tradición. No debía ser raro que otro hombre codiciara no sólo a la
esposa del vecino sino (quizás más todavía) también su dote y ofreciera al
marido comprarle su mujer (es decir su esclava recordemos), posiblemente por un
precio muy inferior a la dote. Lo que se dice una verdadera ganga. Para poder
llevar a cabo este negocio, era necesario que el marido vendedor expidiera el
famoso libelo de repudio, así el nuevo pretendiente comprador quedaba habilitado
y podía casarse con la repudiada y adquirir a esta y su dote, a cambio de una
cifra mucho menor. Lo que hoy diríamos *un negocio redondo*. Sería algo similar
a la trata de blancas de hoy en día. Por eso Cristo habría dicho "...y el
que se casa con la repudiada...". Estaba queriendo prohibir o eliminar
esta repugnante práctica comercial con seres humanos (en este caso, un vulgar tráfico
comercial entre hombres de mujeres casadas).
Esta situación hoy en día es harto improbable, por no
decir prácticamente imposible. O mejor dicho, rotundamente imposible.
En suma, todo el tema parece enmarcado y circunscripto
históricamente al caso de la cultura y religión judía exclusivamente. Lo que no
quiere decir que -en la época actual- el divorcio sea deseable en sí mismo, ni
como práctica habitual. Siempre deberá ser -en todos los casos- tratado y
adoptado como una solución extrema, de ultimísima instancia, en lo posible
consensuada y aceptada por ambos esposos, punto este último que no era de
ninguna manera posible en tiempos de Cristo, ya que la mujer estaba
absolutamente sometida al marido en su condición de esclava de este y, como
tal, carecía de opciones de ninguna índole.
(Pido disculpas por haber tenido que dividir este texto
en tantas partes diferentes. Sucede que el sistema me rechazaba ingresar el
texto completo en un solo mensaje).
Bendiciones.
Ariel