El Consejo General del Poder Judicial prepara un informe muy crítico con la reforma del órgano de gobierno de la Administración de justicia impulsada por el ministro Alberto Ruiz- Gallardón. La propuesta de informe preceptivo, aunque no vinculante, sobre la Ley Orgánica del Poder Judicial ha sido elaborado por la vocal Margarita Robles y aún debe ser discutido la próxima semana en la comisión de estudios y, posteriormente, en el pleno. No obstante, los precedentes próximos indican que el texto crítico muy bien puede ser aprobado, como ya lo fueron los elaborados por Robles sobre la ley de tasas judiciales y sobre el Código Penal. El informe asegura que la reforma de Gallardón retrocede “en el ámbito de la salvaguardia de la independencia del poder judicial a tiempos anteriores a la Constitución”.
La reforma legal reduce las funciones del Consejo, hace que solo una parte de los vocales tenga dedicación exclusiva y mantiene el modelo de elección parlamentaria de sus miembros, aunque con cambios.
El borrador de informe del Poder Judicial asegura que el Consejo “se transforma de este modo en una especie de dirección general del Ministerio de Justicia que, de esta forma y en un intento de quebrar uno de los postulados básicos de cualquier Estado de derecho, podrá dirigir la política judicial en la forma que pudiera convenir más a sus intereses”.
“Lleva a cabo un desapoderamiento de importantes funciones que la normativa hoy vigente ha otorgado al CGPJ, como medio para garantizar la independencia de jueces y magistrados. Estas funciones pretenden otorgarse al poder ejecutivo, reduciendo el CGPJ a su mínima expresión y atribuyendo al Ministerio de Justicia la potestad reglamentaria relativa a las condiciones accesorias al estatuto de jueces y magistrados, facilitando de ese modo la posibilidad de controlar y condicionar su funcionamiento, en claro menoscabo de su independencia, y con la evidente intención de subordinar a los miembros del poder judicial —es decir, a los jueces y magistrados cuando ejercen jurisdicción— al poder ejecutivo”, asegura.
Se rechaza que la mayoría de los vocales puedan compatibilizar su trabajo judicial con la actividad en el Consejo por considerar que “el constituyente, al establecer esa radical incompatibilidad entre el ejercicio de la jurisdicción y el desempeño de cargos públicos, pretendía salvaguardar, por lo que a jueces y magistrados se refiere, no solo su independencia e imparcialidad, sino la mera apariencia de ambas, para no quebrar la confianza de los ciudadanos en la Administración de justicia”. Añade que “hubiera sido más razonable acudir a una reforma de la Carta Magna antes que proceder a esta regulación”.
Tampoco se considera acorde a la Constitución que para evitar los bloqueos en la renovación pueda procederse a esta por partes.
Igualmente rechaza el sistema de elección por entender que se limitan las atribuciones del Congreso y el Senado, aunque se mantiene la designación parlamentaria. La propuesta de informe cuestiona hasta la exposición de motivos y las causas que cita para llevar a cabo la reforma: “Es sorprendente que en el anteproyecto se haga mención a la necesidad de ‘poner fin a los problemas que a lo largo de los años se han puesto de manifiesto’, sin explicar cuáles son o han sido estos, generando una sombra de duda sobre la actuación del actual Consejo y de los que le precedieron”.