EXCLUSIVO IGLESIA, GOBIERNO Y CORTE SUPREMA: CÓMO SE GESTÓ EL 2X1
Los complotados
El fallo para liberar el mayor número posible de detenidos por crímenes de lesa humanidad es producto de un acuerdo secreto entre el gobierno nacional y la Iglesia Católica. Las movidas previas de Bergoglio y de la Corte que prepararon el terreno. Las negociaciones con Elena Highton para que siga en su cargo luego del límite constitucional de 75 años. El voto de la nueva mayoría oficialista y el operativo de autoabsolución del episcopado, dos monumentos a la hipocresía.
La nueva mayoría, Rosenkrantz, Highton y Rosatti: el nivel de una Cámara de Casación. (Imagen: Leandro Teysseire)
Los esfuerzos del gobierno por simular que está molesto con la decisión de la Corte Suprema de Justicia que ordenó reducir la pena a un condenado por crímenes de lesa humanidad porque perturba su política de Derechos Humanos chocan con los datos duros que rodean el fallo del miércoles pasado.
El 20 de marzo el Secretario de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, Claudio Avruj, interesó al presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Francisco Eguiguren, en la situación de los militares detenidos por esos delitos, en una gestión impulsada una vez más por la infatigable Iglesia Católica Apostólica Romana, hoy presidida por un argentino. El gestor de la presentación a favor de los represores fue Siro de Martini, asesor jurídico del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano. Avruj pidió que la CIDH recibiera a las organizaciones de familiares de esos militares y a una delegación eclesiástica que encabezaría el propio delegado del papa Francisco en la Argentina, el nuncio apostólico Emil Paul Tscherrig. Los nexos habituales de Avruj con Bergoglio fueron el sacerdote Guillermo Marcó; el ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Sergio Berman, y el tesorero de la DAIA cuando Avruj era su director ejecutivo, Alberto Zimerman. A través de Marcó, que era el vocero de Bergoglio, el entonces arzobispo de Buenos Aires se reunía con Avruj.
La decisión fue firmada por los tres jueces que deben su cargo al presidente Maurizio Macrì: los dos que designó por decreto, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, y aquella que permanecerá en su cargo más allá del límite de 75 años que marca la Constitución Nacional, por voluntad tácita del Poder Ejecutivo. El gobierno nacional estaba en negociaciones con Elena Highton de Nolasco para solicitar el nuevo acuerdo que establece el artículo 99, inciso 4 de la Constitución, pero el senador transgénero Miguel Pichetto hizo saber que su bancada no la votaría. Highton consiguió entonces la medida cautelar de uno de los jueces más políticos del fuero contencioso administrativo federal, Enrique Lavié Pico. Mientras Avruj volaba a Washington para realizar la gestión ante la CIDH, el diario La Nación en su editorial del 16 de marzo consideró “incomprensible” que el Estado nacional no haya apelado esa decisión. Esto sólo fue una sorpresa para quienes desconocían la negociación previa. Highton es desde entonces tan deudora de Macrì como Rosenkrantz y Rosatti, y a menor costo porque no hubo escrutinio público, como hubiera ocurrido de seguirse el procedimiento del decreto 222/03.
Este fallo debe considerarse en conjunto con otros tres que en los últimos meses marcaron el perfil de la nueva Corte:
Villamil: los reclamos civiles por daños y perjuicios no son imprescriptibles como sí lo es la persecución penal.
Fontevecchia: las decisiones de la Corte Suprema tienen preminencia sobre las de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Alespeiti: para negar una prisión domiciliaria a un geronte hay que fundamentar muy bien los riesgos procesales de fuga y entorpecimiento.
En los cuatro casos Rosenkrantz formó parte de la mayoría, con socios cambiantes: tres veces Highton, dos Rosatti y Lorenzetti, una Maqueda.
Esto sugiere un nuevo eje de poder, desplazado de Lorenzetti a Rosenkrantz. El abogado del Grupo Clarín es el hombre fuerte del tribunal.
Los documentos secretos desclasificados por Estados Unidos muestran que tanto el nuncio apostólico de aquellos años, Pío Laghi, como la dirigencia de la DAIA pedían al gobierno de Jimmy Carter que no presionara a la dictadura por las violaciones a los derechos humanos porque podría ser contraproducente. Para Laghi, el dictador Jorge Videla era “un buen cristiano”; los líderes judíos opinaban que el gobierno no era antisemita y que Jacobo Timerman estaba detenido por manejar dinero del terrorismo, cosa que ni la llamada justicia militar pudo establecer.
En sincronía con el fallo de la Corte Suprema, el episcopado católico puso en marcha su enésima tentativa por la denominada reconciliación y una vez más dijo y se desdijo ante la reacción que provocó el obsceno show montado en La Montonera, que es la quinta de Pilar donde se reúnen. Uno de los objetivos de la desclasificación de documentos del Vaticano es mejorar la imagen de Laghi, como dieron a entender el monseñor de la secretaría de Estado, Giuseppe Laterza, y los obispos argentinos Mario Poli y José María Arancedo. El acuerdo del gobierno con la Iglesia incluyó la designación de un nuevo obispo castrense, luego de una vacancia de doce años. El nuevo titular de esa diócesis personal, Santiago Olivera, dijo que “los derechos humanos hay que vivirlos para todos. Que la Justicia cumpla su labor, que tiene que ser en todos los tiempos y para todas las personas. No una justicia selectiva, solo para algunos, y más mala para otros. La Justicia no puede ser ni mala ni buena, tiene que ser Justicia”, argumento especioso que retomó en su voto el juez Horacio Rosatti, de buena relación con el Opus Dei.
Hipocresía permanente
En el voto de la nueva mayoría de la Corte Suprema es sorprendente la primacía de su intención política por encima de la calidad del razonamiento jurídico. Los tres sostienen que la ley penal más benigna no puede excluir a los autores de ningún delito, aunque fueran crímenes de lesa humanidad, como si alguna vez las víctimas o el Estado hubieran pretendido excepciones. Por el contrario, todo el proceso de Memoria, Verdad y Justicia se realizó siguiendo los procedimientos y leyes ordinarios y con las mayores garantías para los imputados. Por ejemplo, ni querellantes ni fiscalías pidieron nunca que se aplicara el agravamiento de las penas contenido en el Estatuto de Roma por el que se creó la Corte Penal Internacional, que fue incorporado aquí por la ley 26.200/06. Y cuando se aumentaron las penas para casos de privación ilegal de la libertad y alteración de estado civil de los chicos robados, tanto las querellas como el ministerio público fiscal solicitaron la aplicación de la ley vigente en el momento del hecho, cuyas penas eran menores. Esto se puede verificar incluso en la condena a Muiña, que ya se benefició durante el proceso con la ley penal más benigna. La extensión indebida de los procesos se debe a las demoras causadas por las leyes de impunidad y por la desidia judicial para avanzar con los procesos, reproche que le cabe en primer lugar a la propia Corte Suprema de Justicia, que ha sido el tapón que permitió que muchos represores murieran impunes, porque no llegó a confirmar las condenas impuestas por los tribunales de juicio. Como la Corte demora el tratamiento de estas causas terminadas, la prisión preventiva se extiende y luego el mismo tribunal alega su desidia como justificación para devolver a las calles antes de tiempo a los autores de gravísimos delitos. Si el criterio de la nueva mayoría se aplicara a los casos de apropiación de chicos reduciría la escala penal a su formulación originaria (de 3 a 10 años y no de 5 a 15 según se modificó después) con lo cual todos los condenados o procesados futuros por ese delito recuperarían la libertad. Esto angustia a sus víctimas, jóvenes de entre 34 y 41 años que hace poco dejaron de sufrir esa opresión y recuperaron su identidad y que ahora viven con terror la posibilidad de cruzarse en la calle con sus apropiadores.
Lo que las víctimas sí han exigido siempre es celeridad del Poder Ejecutivo para cubrir las vacantes y de los jueces para realizar los juicios en plazos razonables. Un aspecto asombroso del fallo es que buena parte de su razonamiento se refiere a los delitos permanentes, pero en ninguna parte del texto se explica qué tiene que ver con el caso del represor Luis Muiña, que pidió la aplicación del 2x1. La mayoría afirma que la desaparición forzada de personas es un delito continuado o permanente mientras no se establezca el destino o paradero de la víctima. Pero Muiña no fue condenado por desaparición forzada (en cuyo caso la pena no hubiera sido de 13 años) sino por privación ilegal de la libertad de cinco personas cuyo destino o paradero sí fue establecido, cosa que los jueces pasan alegremente por alto. Las cinco víctimas estuvieron privadas de su libertad entre noviembre de 1976 y enero de 1977.
Con independencia del delito de que se trate, del robo de gallinas al homicidio, sea o no de lesa humanidad, carece de razonabilidad aplicar a un detenido una ley sancionada después de que cometió el crimen y derogada antes de que fuera privado de su libertad, salvo que por la naturaleza de esa ley, implique un cambio de la valoración social sobre la gravedad de ese delito. Por ejemplo, el avenimiento, que hasta 2012 liberaba de pena a un violador si la víctima lo aceptaba como esposo. Con la nueva sensibilidad hacia los derechos de la mujer, eso es inimaginable. Ésa era una ley penal más benigna que la sancionada hace cinco años. En cambio la ley que entre 1994 y 2001 dispuso el cómputo doble por cualquier delito del tiempo transcurrido en prisión preventiva más allá de los tres años, fue un dispositivo de excepción dirigido a descomprimir una situación explosiva en los penales de todo el país por la morosidad de los procedimientos judiciales. Por su naturaleza era una ley transitoria, que no implicaba ninguna evolución o involución social respecto de la gravedad de un delito determinado.
Superada la excepción (al menos así lo entendió el legislador al derogarla) es disparatado aplicarla como ley penal más benigna a delitos cometidos antes de su vigencia y juzgados después de su caducidad. Por otra parte, las reiteradas alusiones a la igualdad jurídica y a la moral constituyen la forma más perversa de ocultar la desigualdad real y de falsear los hechos. Esto es típico de las clases dominantes argentas, que en la Constitución de 1957 codificaron todos los derechos sociales que los golpistas de 1955 suprimieron. La cumbre se alcanza en el voto de Rosatti, quien no se metió como sus colegas en el berenjenal del delito permanente, cuando expone un supuesto dilema moral. Los delitos de lesa humanidad expresan el estadio más degradado en que ha caído la naturaleza humana y el régimen durante el cual se perpetraron descendió a niveles de inhumanidad nunca vistos, dice. Pero un Estado de Derecho “no es aquel que combate a la barbarie apartándose del ordenamiento jurídico sino respetando los derechos y garantías que han sido establecidos para todos, aun para los condenados por delitos aberrantes” ya que “de lo contrario se correría el riesgo de recorrer el mismo camino de declive moral que se transitó en el pasado”, agrega, creando una falsa dicotomía.
No es cierto que este beneficio deba concederse a los autores de crímenes de lesa humanidad porque también beneficia a los de delitos comunes, sino todo lo contrario. Debido a las leyes de impunidad y a la reticencia judicial para avanzar contra agentes civiles o militares de la dictadura, la ley del 2x1 ya no es aplicable a ningún autor de delitos comunes. No quedan ni siquiera homicidas sin condena firme, que hayan estado privados de la libertad más de tres años en aquella época, ni hablar de procesados. De modo que en realidad este fallo crea una categoría especial de detenidos, a los que se beneficia por encima del resto.Esa es la intención política, una vez despejada la hojarasca leguleya de segunda marca. Ojalá esta decisión no desate una nueva ola de motines carcelarios en demanda de iguales beneficios.
También es llamativo que la Corte Suprema se reduzca a un análisis de leyes penales y procesales, sin la menor referencia a la dimensión constitucional del caso, que es el terreno en el que se esperaría su aporte. En ese sentido parece más un fallo de Casación que de Corte Suprema. Por falta de análisis constitucional omiten la armonización de la ley penal más benigna con el principio de proporcionalidad “de manera que no se haga ilusoria la justicia penal”, como dijo la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso de la Masacre de la Rochela cometida en Colombia. Ese fallo fue mencionado en una declaración del secretario de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, Santiago Cantón, quien antes fue secretario ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Cantón se declaró de acuerdo con el voto minoritario de Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. En el juzgamiento de los delitos de lesa humanidad “se debe cumplir con los estándares específicos definidos por el derecho internacional de los derechos humanos. La sanción y su cumplimiento también deben responder a esa obligación. La gravedad de los delitos de lesa humanidad requiere de una sanción proporcional, e igualar la sanción en estas violaciones con los delitos comunes, como decidió la mayoría de la Corte Suprema, ignora el carácter de lesa humanidad del delito y puede llevar a que no se cumpla con el principio de proporcionalidad”, dijo. El mismo fallo de la Corte IDH fue invocado por la fiscal Angeles Ramos para pedir que el 2x1 no se aplique al militar Víctor Alejandro Gallo, condenado a 15 años por la apropiación de Francisco Madariaga, hijo del dirigente de Abuelas de Plaza de Mayo Abel Madariaga. Y el fiscal general Pablo Parenti solicitó que tampoco se aplique al apropiador Salvador Norberto Girbone, porque a diferencia de Muiña continuó cometiendo el delito después de derogada la ley del 2x1. Pero además porque la ley del 2x1 es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado en materia de persecución y sanción de graves violaciones de los Derechos Humanos y los delitos de lesa humanidad, según varias convenciones internacionales sobre Derechos Humanos y contra las Desapariciones Forzadas. Para la Corte interamericana, las penas ínfimas o ilusorias, o que puedan significar una mera apariencia de justicia son incompatibles con la Convención Americana de Derechos Humanos. La fiscal Ramos cita otros fallos sobre casos de Guatemala, Venezuela y El Salvador, donde la Corte Interamericana dice que las penas para las más graves violaciones a los derechos humanos deben ser “adecuadas” y no constituir “una forma de impunidad de facto”. Al solicitar la inconstitucionalidad de la aplicación ultraactiva del 2x1, Ramos propicia que la Corte Suprema vuelva a pronunciarse sobre el punto, esta vez con mayor seriedad. La Corte Interamericana también dijo en el caso Heliodoro Portugal vs. Panamá, que “la respuesta de un Estado a la conducta ilícita de un agente debe guardar proporcionalidad con los bienes jurídicos afectados” y que “los Estados tienen una obligación general, a la luz de los artículos 1.1 y 2 de la Convención, de garantizar el respeto de los derechos humanos protegidos por la Convención” y de perseguir conductas ilícitas que contravengan esos derechos. En dicha persecución “es necesario evitar medidas ilusorias que sólo aparenten satisfacer las exigencias formales de justicia. En este sentido, la regla de proporcionalidad requiere que los Estados impongan penas que verdaderamente contribuyan a prevenir la impunidad”. El Tribunal Oral Federal 5 se tomó pocas horas para rechazar el pedido de Girbone.
Dada la indiferencia de la nueva mayoría por el derecho constitucional y las convenciones internacionales, tal vez se podría invitar a los firmantes del fallo a un viaje en el mismo ascensor que trasladó a Carlos Mahiques hasta la Cámara Federal de Casación Penal. En este caso hasta un piso más abajo.
MARÍA DEL CARMEN ROQUETA, EX PRESIDENTA DEL TRIBUNAL QUE JUZGÓ EL PLAN DE APROPIACIÓN DE BEBÉS
“El fallo está imbuido de un garantismo mentiroso”
En diálogo con PáginaI12, la ex jueza federal cuestiona la decisión de la Corte Suprema de aplicar la ley del 2x1 a un represor. Dice que implica “un retroceso en materia de derechos humanos” y que va a demorar aún más los juicios por crímenes de lesa humanidad.
“Los jueces no están obligados a replicar las decisiones de la Corte”, advierte Roqueta. (Imagen: Dafne Gentinetta)
María del Carmen Roqueta fue jueza federal hasta el 1 de abril pasado, cuando se jubiló. Desde la presidencia del Tribunal Oral Federal número 6 dirigió el emblemático juicio por el plan sistemático de apropiación de bebés durante la última dictadura y, años después, el primero en el que se ventiló el funcionamiento de una maternidad clandestina en Campo de Mayo, donde nacieron y fueron apropiados más de una decena de bebés durante los años del terrorismo de Estado. En el primer juicio, condenó a Jorge Rafael Videla a 50 años de prisión y a varios otros represores, entre ellos a Victor Gallo, el primer condenado por delitos de lesa humanidad en intentar salir en libertad con el boleto que la Corte Suprema otorgó al represor Luis Muiña, al reducirle la condena mediante la aplicación del 2x1. Para Roqueta, la situación que instaló el fallo supremo es “negativa” y por más de una razón. Dice que “genera inseguridad jurídica” y que provoca “un retroceso en materia de derechos humanos nacional e internacional”. Explica por qué lentifica más aún el proceso de juzgamiento a los crímenes cometidos por el Estado y complica a los tribunales, “sobrepasados de trabajo”. Pero, sobre todo, advierte que afecta no solo a las familias de las víctimas y los sobrevivientes, sino a “toda la sociedad”. “Yo los vi sobreponerse al terror para sentarse a declarar, los juicios se hicieron y hacen gracias al esfuerzo de ellos para contar lo que vivieron. Este fallo es desmoralizante, seguramente les volvió el terror y, otra vez como entonces, impartido desde el Estado”, dijo.
–¿Cómo evalúa el fallo de la Corte que habilita la aplicación de la ley “del 2 por 1” a Luis Muiña, condenado por delitos de lesa humanidad?
–Mi evaluación es negativa. Considero que es un retroceso sobre todo lo que ha decidido la misma Corte en los últimos años, además del prestigio de la Argentina por resolver dentro del marco de la ley una tema delicado y trágico de su vida política. El fallo se aparta de los compromisos internacionales sobre materia de derechos humanos del Estado argentino. Por otro lado, que los miembros del Estado que cometieron delitos graves por haber violado los derechos humanos no cumplan en su totalidad con la pena que les fue otorgada por los tribunales que los juzgaron por esos delitos genera, lamentablemente, una sensación de inseguridad jurídica. Si los tribunales hemos resuelto una pena, y esa pena se revisó y se confirmó, pero luego es reducida con una interpretación entreverada, genera inseguridad jurídica.
–¿Qué efectos tendrá el fallo sobre el proceso de Justicia en torno de los delitos de lesa humanidad cometidos por el Estado durante la dictadura?
–Es un retroceso porque se deja de lado la aplicación de un derecho moderno para volver a antiguas concepciones. Es una señal que, creo, traspasa lo jurídico. Porque apunta a morigerar, ablandar un poco las condenas, está imbuido en un garantismo mentiroso. Todos sabemos que la ley penal que se aplica es la más benigna, con una interpretación distinta para los delitos continuados. Pero aplicarla cuando la persona no sufrió ningún gravamen, ya que no estaba vigente la ley del 2x1 cuando fue condenada, y en un caso de lesa humanidad, traspasa las reglas del derecho, del sentido común y del debido proceso. Es una señal cívica y política que pone en peligro el proceso de justicia. Además, puede llegar a limitar mucho la acción de los jueces no solo a la hora de responder estas peticiones, sino de encarar todo el proceso judicial en donde se evalúan crímenes a los derechos humanos. Porque un juez debe aplicar el derecho en base a la jurisprudencia que existe. Los supremos sentaron jurisprudencia con este fallo, entonces limitaron el accionar. Sin contar con la situación en la que se trabaja en los tribunales, de sobreexceso de casos. Será terrible el efecto que tendrá la lluvia de pedidos que recibirán tras el fallo de la Corte.
–Dos de los tres integrantes del Tribunal Oral Federal Nº 5 apuntaron, en su rechazo al pedido del apropiador Héctor Girbone, que no estaban obligados a aplicar los fallos de la Corte a todos los casos.
–Cierto. Ellos podrían haber aplicado el fallo, y en lugar de eso, lo discutieron. Los jueces no están obligados a replicar las decisiones de la Corte. Cada juez es soberano en sus resoluciones. Pero cuando la Corte construye una jurisprudencia, es difícil de revertir. Los jueces deben aplicar la doctrina de la Corte, salvo que tengan nuevos argumentos para apartarse de esa sentencia.
–Dice que será “terrible” la consecuencia del exceso de trabajo. ¿Por qué?
–Los tribunales orales están sobrepasados de trabajo. Y parece que quienes tienen que solucionar esa situación no entendieran cómo debe trabajar un tribunal oral, que sus integrantes deben verse las caras, deben encontrarse, sentarse, discutir. La prolongación en el tiempo de los juicios de lesa humanidad tiene que ver con esta desatención sobre lo mal que se está trabajando en los tribunales orales. Las estructuras son deplorables, te llueven casos y todos tienen la misma prioridad, no me quiero imaginar lo que será a partir de este fallo.
–¿Considera que no lo entienden o no quieren entender?
–No sé si es una cuestión dolosa o culposa, si lo hacen por tontos o por vivos.
–¿Quiénes?
–La Corte Suprema y del Consejo de la Magistratura.
–¿El fallo de la Corte puede generar cambios en la jurisprudencia sobre otras situaciones en las que no juegue el pedido de 2x1, como reducción de penas en los casos de apropiación?
–Los efectos son inimaginables. Efectivamente, cualquier condenado en la misma situación que Muiña tiene derecho a solicitar que se practique un nuevo cómputo de sus días de prisión, pero la Corte pateó un hormiguero porque lamentablemente la expansión de los efectos de su fallo va más allá del pedido de 2x1. Es muy grave que el voto mayoritario se haya basado en un caso de delito continuado, es decir, que se prolonga en el tiempo. Porque si se interpreta lineal este argumento, entonces existe la posibilidad de que en los casos de sustracción de menores se discuta la aplicación de la ley número 24.410, que aumentó el monto de pena para esos casos de 3 a 10 años y lo pasó a 5 a 15 años. Como hubo distintas interpretaciones en los últimos años, la jurisprudencia fijó el concepto de la ley al momento que cesa el delito. Pero el fallo de la Corte (del miércoles pasado) vuelve a movilizar la jurisprudencia. Yo coincido con los argumentos en minoría de (Juan Carlos) Maqueda y (Ricardo) Lorenzetti y así lo he resuelto no solo en planteos de aplicación de 2x1 (NdR: Roqueta ha rechazado en más de una ocasión pedidos similares de Gallo) que han llegado al tribunal mientras ejercí, sino también en la interpretación de delitos de ejecución permanente, que se prolongan en el tiempo. Esto lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos y es esa jurisprudencia la que debe primar. La misma Corte Suprema declaró que aquellos que hayan cometidos delitos caracterizados como de lesa humanidad o por graves violaciones a los derechos humanos son imprescriptibles. La construcción jurídica de la Corte estableció la imprescriptibilidad, lo mismo hizo con el indulto, por lo tanto ahora la mayoría de la Corte, con la interpretación que hizo en este fallo, contradice estos postulados. Creo que en el voto de la minoría está la correcta interpretación. Lo contrario demuestra la desnaturalización del monto de la pena, termina diluyéndose lo que resuelven los tribunales orales. Va contra el interés de la sociedad y la seguridad jurídica.
–¿Considera que las consecuencias las sufre toda la sociedad?
–Esto provoca malestar social. Un fallo tiene que arribar a buscar la paz, que es la única manera que tiene un país dentro del Estado de derecho, aplicar la ley dentro de las garantías y derechos que establece la Constitución Nacional y los tratados internacionales. Y aquí se debe entender que las víctimas y sus familiares deben tenerse en cuenta. No es un buen ejemplo este fallo cuando hasta hace unos días la sociedad y sus dirigentes políticos y sociales piden severidad en el cumplimiento de las condenas por hechos de violencia de género, violación y homicidio. Se sabe, y se ve en cada juicio, que la existencia de los organismos de derechos humanos es de lucha, que siempre buscan vetas por donde avanzar. Y esta vez no será distinto, pero un fallo de estas características es desmoralizante para los sobrevivientes y para los familiares de las víctimas. Yo los vi sobreponerse al terror para sentarse a declarar, los juicios se hicieron y hacen gracias al esfuerzo de ellos para contar lo que vivieron. Con este fallo seguramente les volvió el terror y, otra vez como entonces, impartido desde el Estado. Es una señal muy fuerte.
El FpV pidió el juicio político contra los supremos que avalaron el 2x1
"Consideramos que lo resuelto por la mayoría de la Corte es una decisión política que va en línea con las políticas del gobierno de Mauricio Macri de negación del genocidio", denuncian los legisladores del Frente para la Victoria-PJ en sus fundamentos.
(Imagen: Twitter)
Mientras el bloque de diputados nacionales del Frente para la Victoria-PJ, que adhirió a la marcha de mañana, solicitó el juicio político contra los integrantes de la Corte Suprema que avalaron la aplicación del 2x1 a los genocidas, los diputados de la alianza Cambiemos Daniel Lipovetzky y Anabella Hers, en un nuevo intento por despegar al Gobierno del escándalo, presentaron un proyecto de ley para anular la aplicación del beneficio a los condenados por delitos de lesa humanidad y que restringe la aplicación de la ley 24.390 a los procesados que estuvieran detenidos durante la vigencia de la norma (entre 1994 y 2001).
El pedido de juicio político por "mal desempeño de sus funciones" contra Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz fue firmado, entre otros, por Juan Cabandié, nacido en la ESMA e hijo de desaparecidos y nieto recuperado. El proyecto, cuyas firmas encabeza el jefe del bloque, Héctor Recalde, propone, además, una ley aclaratoria que establezca que en los casos de delitos de lesa humanidad no rige el principio de ley penal más benigna.
"Consideramos que lo resuelto por la mayoría de la Corte es una decisión política que va en línea con las políticas del gobierno de Mauricio Macri de negación del genocidio", denuncian los legisladores del FpV en sus fundamentos.
A su vez, el bloque Peronismo para la Victoria presentó otro proyecto elaborado junto con Abuelas de Plaza de Mayo, en el cual se ratifica que "no es aplicable" el artículo 7 de la ley 24.390 a "conductas delictivas que hayan implicado graves violaciones de los Derechos Humanos o encuadren en la categoría de los delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho internacional".
En un segundo artículo la iniciativa aclara que "la disposiciones sobre prisión preventiva que surgen de la ley 24.390 son aplicables exclusivamente a casos en los que la detención preventiva ocurra o hubiera ocurrido durante la vigencia de dicha ley" y no como beneficio retroactiva como "ley más benigna" como alega el fallo dividido de la Corte Suprema.
Por su parte, el Bloque Justicialista a través de Pablo Kosiner presentó ante el máximo tribunal un recurso de nulidad "absoluta e insanable para cualquier acto que conceda libertades prematuras a genocidas condenados por delitos de lesa humanidad". Kosiner pide así, a la propia Corte Suprema, que declare "inválido" lo resuelto en el fallo Muiña, que concedió el beneficio conocido como "2 x1" a un condenado por delitos de lesa humanidad.
El repudio al fallo de la Corte Suprema que aplicó el beneficio del “2 x 1” a un acusado de crímenes de la última dictadura brotó de las víctimas, de los familiares, de la dirigencia política casi en pleno, de los sindicatos, de fiscalías y tribunales que ya rechazaron pedidos de represores, de sectores múltiples de la sociedad y tuvo su máxima expresión ayer en un comunicado que emitió la Oficina para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Acnudh) en el que advierte que cuando los jueces hablan de aplicar la “ley penal más benigna” no pueden desconocer “los estándares internacionales aplicables a los delitos de lesa humanidad”. Fueron palabras del titular del organismo, Amerigo Incalcaterra, que advirtió de manera directa: “El Estado argentino, y la Corte Suprema como instancia del Estado, deben cumplir no sólo el derecho interno, sino también la normativa internacional aplicable y los compromisos asumidos a nivel internacional”.
El Acnudh es el organismo de Naciones Unidas que coordina todos los mecanismos destinados a supervisar la situación de derechos humanos en la región. El pronunciamiento que difundió es inusual y fue publicado en su página oficial. Es una advertencia lisa y llana al máximo tribunal argentino, que ya había empezado a emitir señales de desafío al sistema internacional de derechos humanos en un fallo de este mismo año (Fontevecchia) donde dijo que no tenía obligación de acatar una sentencia de la Corte Interamericana sobre libertad de expresión. El texto difundido ayer por el Alto Comisionado advierte: “Los crímenes de lesa humanidad agravian no sólo a las víctimas, sino a todos los seres humanos. Por ello, no pueden asimilarse a delitos comunes y su gravedad requiere de una sanción proporcional”. Además, le señala específicamente a la Corte Suprema que debe “considerar la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados en sentido de no invocar disposiciones de derecho interno como justificación del incumplimiento de una obligación internacional”.
El mensaje es que los acusados de crímenes de lesa humanidad, deben cumplir su condena, y ésta debe ser acorde a la gravedad de los delitos que se les endilgan. Léase, que si se atenúan las penas con fallos como el de la semana pasada, se estaría ante una amnistía encubierta, cuando los crímenes de lesa humanidad no son amnistiables ni indultables para el derecho internacional que nuestro país suscribe.
La decisión de la Corte benefició al represor Luis Muiña, un civil que había sido condenado a 13 años de prisión por cinco casos de secuestros y torturas en el Hospital Posadas, y que ya estaba bajo libertad condicional. Aplicó la ley del “2 x 1” a pesar de que su sanción fue posterior a los hechos y su derogación anterior a la detención y juzgamiento de Muiña.
La palabra de Incalcaterra, fue celebrada por los organismos de derechos humanos y multiplicó las perspectivas de que al menos no exista una aplicación automática del fallo de los supremos. También fue interpretada como una advertencia regional, donde Argentina ha sido un modelo en la evolución del proceso de Memoria, Verdad y Justicia, igual que en el resto del mundo. Acnudh apunta a evitar retrocesos. Incalcaterra es un funcionario de perfil más bien diplomático: sus expresiones muestran una preocupación por el impacto del fallo de la Corte en otros países y se potencian con la reacción que hubo a nivel local de toda la dirigencia política, desde el propio oficialismo -que anunció un proyecto para que el 2 x1 no alcance a los genocidas– hasta Sergio Massa que dijo que recurrirá a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). También Victoria Donda anunció una propuesta propia y el Frente para la Victoria - PJ elaboraba otra. Lo cierto es que el Congreso ha quedado en situación de tener que debatir el tema, que podrían entrar hoy en una sesión especial en Diputados (ver página 7).
A la CIDH recurrió ayer mismo una de las víctimas del Posadas, Gladys Cuervo, representada por los abogados Rodolfo Yanzón y Flavia Brozzi. Pidió que la Comisión dicte una medida cautelar para que el Estado argentino se abstenga de aplicar la ley 24.390 en juicios de lesa humanidad, mientras dirime la cuestión de fondo. Esa es la ley que permite computar dobles los días de detención a partir del segundo año de prisión preventiva sin sentencia. Además pide al organismo que incluya el tema en su agenda cuando venga a sesionar al país el 22 de este mes.
La presentación señala que la ley del “2 x1” por uno no estuvo pensada para delitos de lesa humanidad, ya que cuando fue aprobada las leyes de impunidad hacían imposible que los tribunales siquiera tuvieran la práctica de su juzgamiento. La aplicación de la norma ahora “se asimila a una reducción en la pena, con lo que el Estado se está sustrayendo de hacer efectivas reglas internacionales que obligan a fijar penas adecuadas por estos delitos”, advierte el escrito enviado por Cuervo. Cita el antecedente de una sentencia de la Corte Interamericana (“Masacre de la Rochela vs. Colombia”) “donde se trató un supuesto de aplicación de ley penal más benigna y reafirmó la necesidad de que la aplicación del marco legal respetase ‘la existencia de un principio de proporcionalidad que no beneficie sólo al imputado, sino que constituya un derecho de la víctima de graves violaciones de derechos humanos’, bajo parámetros que ratifiquen a su vez el principio de la responsabilidad principal y directa del Estado en la reparación de las víctimas y que en la investigación de graves violaciones a los derechos humanos sea imposible reconocer como compatible con la Convención Americana la imposición de penas ínfimas o ilusorias, o que puedan significar una mera apariencia de justicia…”. Advierte que en el fallo de la Corte podría haber responsabilidad internacional del Estado argentino porque “desnaturaliza la pena” y “porque opera como un supuesto de impunidad material de efectos irremediables” para sociedad y las víctimas. Resalta el hecho de que lleva las firmas de solo tres de los cinco jueces de la Corte (Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco). Otras víctimas del Posadas analizan presentarse ante la CIDH, e incluso directamente ante la Corte Interamericana. El abogado Marcelo Parrilli denunció a los tres supremos firmantes por prevaricato (fallar intencionalmente contra Derecho) y la causa le tocó a Daniel Rafecas.
Entretanto, también ante la Comisión llevó otro pedido de medida cautelar el constitucionalista Andrés Gil Domínguez para que no se aplique la ley en cuestión y solicitó que se convoque a una audiencia conciliatoria al Estado “a los efectos de arribar a una solución amistosa”. Gil Domínguez dijo que con su presentación apunta, entre otras cosas, a dar un soporte a los fiscales y jueces que discrepen con el criterio supremo. A su entender el criterio de la Corte viola disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas.
El Alto Comisionado fue insistente en algunos conceptos, como que la Convención sobre Imprescriptibilidad de Crímenes de Guerra y de Lesa Humanidad (ratificada por Argentina en 1995, con jerarquía constitucional) más el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, establecen que estos delitos son imprescriptibles e instalan un esquema para juzgarlos y reparar a las víctimas. Recordó que los derechos a la verdad, la justicia y la reparación, ya han sido objeto de recomendaciones al Estado Argentino por parte de los mecanismos de protección de derechos humanos de Naciones Unidas.
Lo que sucede es que en la última década, incluso un poco más, todas las decisiones de la Corte Suprema se encaminaron en sentido a acatar esos señalamientos y sustentar desde los tribunales el proceso de Memoria, Verdad y Justicia por el que tanto batallaron los organismos de derechos humanos. Mauricio Macri lo llamó “el curro de los derechos humanos” en su campaña electoral, intentó vaciar de sentido el feriado del 24 de marzo (Día de la Memoria, la Verdad y la Justicia) e instaló un discurso destinado a poner en duda el número de desaparecidos. El fallo de la Corte se posó sobre todo eso. Ni ella ni el Gobierno esperaban un repudio generalizado tan contundente.
Imputan a los tres jueces que avalaron el 2x1 para los genocidas
El fiscal Guillermo Marijuan pidió que se investigue por prevaricato a los jueces Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz. La denuncia penal contra los tres jueces de la Corte Suprema que avalaron el beneficio del 2x1 para represores condenados por delitos de lesa humanidad, avanza en los tribunales.
El fiscal federal Guillermo Marijuan dio curso a la denuncia contra los tres jueces de la Corte que avalaron la aplicación del 2x1 para un represor condenado por delitos de lesa humanidad. Desde los tribunales informaron que Marijuan solicitó que se investigue a los camaristas Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco, por el delito de prevaricato.
El dictamen del funcionario del Ministerio Público fue elevado al juez federal Daniel Rafecas para que se abra una investigación penal tras la denuncia radicada ayer por el abogado y ex legislador porteño Marcelo Parrilli. Prevaricato es el delito que se les adjudica a los magistrados cuando dictan resoluciones contrarias a derecho.
La denuncia quedó radicada en el juzgado federal de Rafecas bajo el número 5900/2017 y apuntó contra los tres jueces que avalaron la aplicación del 2x1 para Luis Muiña, condenado a trece años de prisión por la represión de Estado en el Hospital Posadas al comienzo de la última dictadura militar.
Llegan al Congreso varios proyectos de ley para enmendar el fallo de la Corte Suprema, que hoy no defienden ni siquiera todos sus firmantes. El gobierno y la Iglesia buscaron fidelizar el voto castrense, pero el tiro les salió por la culata y ahora buscan la manera menos gravosa de dar marcha atrás.
Jueces de la Corte incómodos en sus sillones. Los que formaron la mayoría no imaginaron las consecuencias políticas y sociales de lo que firmaron. (Imagen: Joaquín Salguero)
El intenso y extenso repudio que provocó el fallo de la Corte Suprema de Justicia, aplicando a un condenado por crímenes de lesa humanidad la derogada ley extraordinaria del 2x1, ha sembrado el desconcierto en quienes desde el gobierno nacional y la Iglesia Católica lo impulsaron, pero también en sectores de la oposición y en el propio tribunal. Nadie esperaba semejante reacción, que cruza todos los sectores sociales y los alineamientos políticos y que confluirá mañana en una movilización sobre la Plaza de Mayo que promete ser enorme. Incluso, mientras el papa Bergoglio pronunciaba su homilía dominical desde la ventana sobre la Plaza de San Pedro, medio centenar de personas exhibieron carteles de repudio al fallo.
La ley del 2x1 fue sancionada en 1994, 18 años después de los delitos por los cuales fue condenado el agente civil de inteligencia Luis Muiña, y derogada en 2001, una década antes de que fuera detenido. Se trató de una ley de excepción, concebida para descomprimir la situación en los penales, superpoblados de detenidos sin condena. Ni Muiña ni otros responsables de crímenes de lesa humanidad estaban entre ellos, ya que en esos años rigieron las leyes y decretos de impunidad de los sucesivos presidentes Raúl Alfonsín y Carlos Menem. Al absurdo legal se suma el disparate constitucional, que desconoce la obligación de castigar en forma proporcional esos crímenes, como surge de los tratados internacionales de Derechos Humanos, que desde 1994 tienen jerarquía constitucional, y de la jurisprudencia acumulada desde entonces por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
El secretario de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural, Claudio Avruj, y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, estuvieron entre los gestores del fallo. El 20 de marzo, Avruj y el asesor de Garavano, Siro de Martini, le pidieron en Washington al presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el jurista peruano Francisco Eguiguren, y a su secretario ejecutivo, el abogado brasileño Paulo Abrao, que durante su visita a la Argentina este mes recibieran a los familiares de los militares detenidos y al nuncio apostólico, quien abogaría por la llamada reconciliación. Avruj fue el primer funcionario que se pronunció en apoyo de la sentencia de la Corte. Sin embargo, también él recibió la directiva de retractarse, cosa que hizo sin preocuparse por la prolijidad. Cuando lo celebró “no tenía cabal conocimiento del fallo” dijo. Luego escribió un artículo para la agencia estatal Telam (que operó a favor del proyecto eclesiástico) en el que dijo que “es inadmisible el uso de la figura del 2x1” y que “compartir las calles con personas que cometieron delitos atroces contra la humanidad sería algo negativo”. Marcos Peña Braun, quien es el estratega electoral del gobierno, fue el primero en cuestionar el fallo, y lo siguieron ordenadamente Rogelio Frigerio y Federico Pinedo, quien hasta anunció un proyecto de ley del oficialismo para oponerse. Garavano dijo que el 2x1 era una ley perversa contra la que siempre se había opuesto y que su aplicación a crímenes de lesa humanidad “debería estar fuera del debate jurídico”. El ministro ni siquiera descarta hacer algún tipo de presentación ante el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, como si fuera un particular afectado por el fallo y no un miembro del Poder Ejecutivo que representa al Estado Nacional. En ese camino se va a tropezar con Sergio Tomás Massa, quien ya anunció que presentará ese recurso. Aunque se presente como opositor al gobierno, él tampoco puede ser peticionario porque no ha sido afectado ni es un defensor de los Derechos Humanos. Por eso, su suegro, Fernando Galmarini, está recurriendo a la libreta telefónica de sus tiempos en Montoneros, en procura de víctimas dispuestas a acompañar a Massa.
Desde la oposición, el presidente del bloque de diputados del FpV Héctor Recalde presentará un proyecto de ley aclaratoria sobre los alcances del 2x1, reivindicatorio de la soberanía popular sobre un poder contramayoritario. También circulan otros dos textos, preparados por el fiscal general Jorge Auat, a cargo de la Procuraduria de crímenes de lesa humanidad, y el fiscal Pablo Parenti, que dirige la Unidad sobre apropiación de niños durante el terrorismo de Estado. El ex juez y ex ministro radical Ricardo Gil Lavedra, dio su aprobación al proyecto de Parenti. Una vez que todos tengan estado parlamentario, se compatibilizarán en Comisiones en procura de un texto único que pueda ser aprobado por unanimidad o amplísima mayoría, como contundente mensaje político. Esa sería una salida bienvenida incluso por algunos de los jueces que formaron la mayoría, sin imaginar las consecuencias sociales y políticas de lo que firmaron.
El analista Rosendo Fraga escribió en su newsletter de la primera quincena de mayo que el 2x1 sancionado por la Corte Suprema “se convirtió en un problema político”. Según Fraga, el fallo fue inspirado por la Iglesia Católica Apostólica Romana al plantear la denominada “reconciliacion” y convocar a su asamblea plenaria “a partícipes de ambos lados del conflicto de los años setenta para escucharlos”. Y antes la misma Corte había fallado por la prisión domiciliaria para un caso de lesa humanidad. “El gobierno acompañó e impulsó ambas acciones (de la Iglesia y la Corte) percibiendo en ellas la oportunidad de retener el voto del sector militar, que multiplicado por su contexto familiar, alcanza al millón de votos. Los dos miembros del tribunal designados a propuesta de Macri, votaron los dos fallos a favor de la extensión de los beneficios de la ley penal común a estos casos”. Fraga añade que frente las críticas de las organizaciones de derechos humanos, “el gobierno decidió tomar distancia e incluso criticó el fallo a través de funcionarios relevantes (Peña y Garavano). Este retroceso, no impedirá las críticas de las organizaciones de derechos humanos y los sectores políticos afines a ellas y puede hacer perder la adhesión electoral del voto militar, que en la segunda vuelta optó por Macri en aproximadamente 85 por ciento”.
El domingo, un nutrido grupo de personas se estacionó junto a la valla de ingreso a la Plaza de San Pedro, sobre la avenida de la Conciliación, que conmemora los tratados de Letrán de 1929 entre Benito Mussolini y el papa Pío XI, por los que la Iglesia Católica reconoció la soberanía del Reino de Italia, que a su vez le pagó una cuantiosa indemnización por las propiedades de los Estados Pontificios nacionalizadas. Forman parte del Grupo de argentinos por la Memoria, la Verdad y la Justicia, formado cuando Maurizio Macrì ganó las elecciones presidenciales y que se hizo presente durante su primera visita a Roma. Sus pancartas caseras decían “Argentina. Memoria, Verdad, Justicia”, “No 2x1. Nunca Más”, “No al 2x1 a los genocidas. Son 30 mil”, “Ninguna reconciliación. Prisión a los genocidas”. También había reclamos por Ni Una menos y por la libertad de Milagro Sala. Bergoglio participó en la ordenación de diez sacerdotes en la Basílica de San Pedro y concelebró la misa con el cardenal Agostino Vallini, el vicegerente Filippo Iannone, los obispos auxiliares de la diócesis de Roma, los párrocos de los nuevos curas y los superiores de los seminarios en que estudiaron. En su homilía dirigida a los fieles reunidos en la plaza, Bergoglio predicó a los nuevos sacerdotes que fueron elegidos “no para hacer carrera, sino para servis” y les aconsejó que “no hagan homilías intelectuales o elaboradas, hablen claro, hablen al corazón”, porque “la doble vida es una fea enfermedad en la Iglesia. El presbítero que ha estudiado mucho y tiene 1, 2 o 3 diplomas, pero no ha aprendido a llevar la Cruz de Cristo no sirve. Será un buen académico, un buen profesor, pero no un buen sacerdote”.
Aparte de las fotos que ilustran esta nota hubo otras tomadas para el diario Clarín, que por supuesto no las publicó. En cuanto desplegaron los carteles un policía romano pidió refuerzos. Acudieron a su llamado sérpicos de inteligencia de la DIGOS. Cuando se cerró el balcón del Papa, les recomendaron que “la próxima vez” pidieran permiso previo y que les sería concedido, recomendación que tomaron muy en serio. Mañana, en adhesión a la marcha sobre la plaza de Mayo, el grupo de argentinos se congregará frente a la embajada argentina, a la vista de la basílica de Santa Maria Maggiore, que habitualmente usa el Papa.
DECLARACIÓN DE ABOGADOS CONTRA EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA
"Un inadmisible paso hacia la impunidad"
Desde Santa Fe
Las abogadas y abogados de juicios por crímenes de lesa humanidad que deliberaron en Santa Fe advirtieron que el fallo de la Corte Suprema de la Nación que conmutó la condena a un genocida por la ley del 2x1 es "ilegal" y "un inadmisible paso hacia la impunidad" del terrorismo de estado en la Argentina. Lo denunciarán en una audiencia que ya les concedió la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) cuando esté en Buenos Aires, entre el 22 y el 26 de mayo. Y anunciaron que pedirán en el Congreso el juicio político a los tres jueces de la mayoría macrista que votaron la sentencia, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti y Elena Higton de Nolasco, por la causal del "mal desempeño de sus funciones".
La resolución cerró la quinta jornada nacional del colectivo Mario Bosch que reunió a más de 90 profesionales de todo el país y se conoció cuando ya se preparan para mañana, a las 18, marchas de repudio al fallo en las principales ciudades -en Rosario, en el Monumento a la Bandera y en Santa Fe, en la plaza del Soldado‑. Mientras arrecian las protestas públicas, entre ellas la del Partido Justicialista de Santa Fe que sumó su segundo "repudio" a Rosatti: el primero, por haber aceptado que Mauricio Macri lo designe por decreto en la Corte y ahora por beneficiar "a los autores de las más cruentas aberraciones violatorias de derechos humanos que conocemos en la Argentina, como el plan sistemático de exterminio y la desaparición de jóvenes y de trabajadores, torturas y apropiación de bebés, entre otras". El PJ ratificó su compromiso con "la defensa de la memoria, la verdad y la justicia y la "protección de los derechos humanos", lo que deja en falsa escuadra a su ex afiliado Rosatti.
El colectivo de abogadas y abogados dijo que el fallo de la Corte tendrá "un grave impacto" en los juicios al terrorismo de estado y debilita la "obligación" de la Argentina de "prevenir, investigar, castigar y reparar los delitos de lesa humanidad". "No sólo es injusto", sino que es "ilegal", "de allí su gravedad, lo que implica un inadmisible paso hacia la impunidad".
Por lo tanto, resolvió pedir el "juicio político" a Rosenkrantz, Highton de Nolasco y Rosatti por "mal desempeño en sus funciones" y denunciar ante la CIDH "la grave situación en la que se encuentra el proceso de juzgamiento de los delitos de lesa humanidad" en la Argentina.
Al mismo tiempo, alentó los pronunciamientos políticos en el Congreso y en las Legislatura. El jueves, la Cámara de Diputados de la provincia ya había rechazado el fallo de la Corte al votar un proyecto que impulsó el jefe del interbloque del Frente Progresista, Eduardo Di Pollina.
Argentina: Aprueban ley que frena rebajas por crímenes de guerra tras fallo que benefició a opresor
Publicado: 11 may 2017 01:57 GMT | Última actualización: 11 may 2017 05:01 GMT
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El proyecto, aprobado por unanimidad, impide a futuro la aplicación del 2x1 a los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra. Nuestro corresponsal, Ignacio Jubilla, ha profundizado en este tema.
Martin AcostaReuters
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Este miércoles en Argentina, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto de ley que limita el uso de la ley denominada 2x1, o cómputo doble de los días de detención, en casos de delito de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar. La decisión fue tomada tras el controvertido fallo de la Corte Suprema la semana pasada, que benefició con dicha ley al exmilitar Luis Muiña, sentenciado a 13 años de cárcel por el secuestro y tortura de cinco personas durante una operación en 1976.
Los legisladores han dejado claro hoy que el proyecto, aprobado por unanimidad, impide la aplicación del 2x1 a los delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra. Al respecto, el presidente de Argentina, Mauricio Macri, felicitó al Congreso por resolver con prontitud "el vacío legal" que había dejado dicha resolución.
"Siempre estuve en contra porque estoy en contra de cualquier herramienta que sea a favor de la impunidad. Y más aún, cuando esa herramienta se quiere aplicar para delitos de lesa humanidad", aseveró el mandatario.
No obstante, la reciente ley no podrá ponerse en marcha en el caso Muiña, ya que el fallo que concedió el beneficio no se puede modificar. Tal situación fue fuertemente criticada y provocó el descontento popular y la movilización de miles de personas y organismos en defensa de los derechos humanos.
De acuerdo con distintas encuestas publicadas en las últimas horas, más del 85% de la población argentina rechaza la decisión de la Corte Suprema, aunque la ley aprobada hoy pondrá freno a la petición de al menos siete genocidas condenados, que pidieron ser favorecidos al igual que Muiña.
CFK CRITICÓ EL FALLO DEL 2X1 A LOS GENOCIDAS Y SEÑALÓ LA RESPONSABILIDAD DEL GOBIERNO
“Estamos ante una nueva Corte automática”
En medio de su viaje a Europa, la ex presidenta afirmó que el máximo tribunal “dio por tierra” con tratados internacionales al otorgarles el beneficio del 2x1 a los genocidas. Señaló, además, que el Gobierno “tuvo que ver” con esa decisión.
La ex presidenta opinó del fallo desde su viaje en Bruselas. (Imagen: AFP)
Desde Bélgica, la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner criticó duramente el fallo de la Corte Suprema de Justicia que benefició con la derogada ley de 2 por 1 la reducción de la condena al represor Luis Muiña. Sostuvo que “estamos por lo pronto con respecto a derechos humanos ante una nueva Corte automática o mayoría automática” que “dio por tierra con tratados internacionales, con su propia jurisprudencia”. Tampoco dudó en asociar la decisión del Máximo Tribunal al impulso del Gobierno de avanzar en una amnistía a los genocidas. “Si, claro que tuvo que ver”, dijo CFK sobre la influencia del Ejecutivo y les apunto a los cortesanos que votaron a favor en el fallo: los dos jueces propuestos por el presidente Mauricio Macri (Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti) “que intentaron ingresar sin pasar por el Parlamento, por DNU” y a la jueza Elena Highton de Nolasco que debía dejar su cargo a los 75 años “por imperio de la Constitución” y “consiguió que el Gobierno no apelara esa resolución judicial” con la que seguirá en el cargo.
La ex presidenta también se refirió a la repercusión sobre el fallo de la Corte en Europa, un continente que –a su juicio– “fue puntal contra la dictadura genocida del 24 de marzo de 1976 en la solidaridad con lo que estaba sucediendo en la República Argentina”. “La verdad que están muy sorprendidos y muy preocupados por estas decisiones que se han adoptado en la República Argentina y que tienden a echar por tierra lo que es considerado una conquista no de la Argentina sino una conquista universal en materia de derechos humanos”, dijo CFK en una entrevista concedida al canal de noticias C5N desde Bruselas.
“Más que mensaje, convocar a todos los argentinos”, respondió a la pregunta de “si tenía algún mensaje” para la multitudinaria marcha de ayer en Argentina contra el fallo de la Corte. Cristina Kirchner, se refirió entonces a lo que había dicho en la sede del gremio de los docentes privados (Sadop), una día después del fallo de los cortesanos y antes de viajar a Europa: “Dije que esto debía convocarnos a todos más allá de las oposiciones entre las posiciones ideológicas. Sostuve además y sigo sosteniendo que los Derechos Humanos no son ni de izquierda ni de derecha, y que realmente por la calle pueda caminar gente que violó, torturó, desapareció chicos, tiró gente al mar, a mí no me entra en la cabeza” y “no me entra en la cabeza que haya gente que pueda apoyar eso”, agregó a las consignas que desde la marcha pro-oficialista del primero de abril se pronunciaron contra la política de Estado sobre derechos humanos.
“Con lo cual creo que la defensa de la democracia no sólo le debe caber a las organizaciones de derechos humanos, que han sido un puntal formidable en todo esto, sino a toda la sociedad. Creo que es bueno para todos que vivamos en un país en donde los genocidas no caminan por la calle y creo que por eso la convocatoria”, insistió sobre la marcha convocada ayer por los organismos y acompañada por un amplio abanico político-partidario.
Antes, CFK se había explayado sobre la influencia del Gobierno en el fallo de la Corte. “Lo único que hay independiente hoy son los Reyes de España en la República Argentina. Todo tiene vinculación con todo y si con algo hace juego el gobierno es con el poder judicial en la República Argentina, nada que ver con el poder judicial de antaño. A mí me han tirado decisiones de gobierno con medidas cautelares, fallos contra la Ley de Medios, fallos contra el tema de las reservas, todo tipo de fallos habidos y por haber. Hoy vemos una justicia, salvo honrosas y contadas excepciones, totalmente alineada con el Ejecutivo, y peor la Corte aún, que dio por tierra con tratados internacionales, con su propia jurisprudencia”, sostuvo.
Allí incluyó a los tres jueces, sin nombrarlos, que conformaron esa “mayoría automática” en el Máximo Tribunal: Rosenkrantz y Rosatti propuestos por un Decreto de Necesidad y Urgencia de Macri y “que intentaron ingresar sin pasar por el Parlamento. Además de Highton de Nolasco, quien habría logrado con su voto la continuidad en la Corte a pesar de cumplir con las edad (75 años) establecida por la Constitución debería culminar su mandato.
“Estamos por lo pronto con respecto a derechos humanos ante una nueva Corte automática o mayoría automática. Es muy preocupante, porque uno de los logros más importantes que creo que nadie puede discutirnos es aquella interpelación que Néstor (Kirchner) le hizo al Parlamento al poco tiempo de haber asumido para construir una Corte y una Justicia absolutamente independientes. Y vaya que construimos una Corte absolutamente independiente”, concluyó la ex presidenta.