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General: El Tribunal Supremo de Canadá falla en contra de la libertad religiosa
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: cubanolibre  (Mensaje original) Enviado: 18/06/2018 17:59
 El Tribunal Supremo de Canadá falla contra 
Universidad cristiana que obliga a sus alumnos a firmar cláusula homofóbica
Los Colegios de Abogados de varias provincias canadienses se negaron a conceder licencias a una universidad católica que obligaba a sus estudiantes a firmar un contrato en el que se comprometen a no tener sexo fuera del matrimonio heterosexual. Aunque varios juzgados le dieron la razón a la universidad, el Supremo ha fallado en favor de los Colegios considerando que la abogacía es una profesión de interés público en la que prima la diversidad y la igualdad frente a la “libertad religiosa”.
 
EL SUPREMO DE CANADÁ 
SENTENCIA EN CONTRA DE LA “LIBERTAD RELIGIOSA”
        Por Kathleen Harris & Jordi García
Con la sentencia del Supremo estadounidense a favor (a medias) del pastelero homófobo parecía que la “libertad religiosa” (una excusa para discriminar a las personas LGTB+ en base a las creencias personales) empezaba a ganarnos terreno. Pero el Tribunal Supremo de Canadá acaba de emitir una sentencia totalmente contraria y nos ha alegrado el día.
 
La Universidad Trinity Western de Canadá, un centro educativo cristiano con unos 3500 estudiantes, se propuso en 2016 abrir una facultad de derecho. La universidad solicitó entonces a los Colegios de Abogados de todas las provincias del país las acreditaciones necesarias para que sus graduados fueran reconocidos como letrados en todo Canadá, pero los Colegios de Ontario, Columbia Británica y Nueva Escocia se negaron a emitir esos permisos.
 
El motivo de la negativa fue un documento que la Trinity Western obliga a firmar a sus estudiantes en el que se comprometen a “abstenerse de cualquier acto de intimidad sexual que viole la santidad del matrimonio entre el hombre y la mujer“. Es decir: cualquier estudiante que eche un polvo fuera del matrimonio no puede estudiar derecho en sus centros. Pero la mención del matrimonio entre “el hombre y la mujer” se entendió como un claro intento de discriminar a las personas LGTB+ (y se entendió así porque, básicamente, no había otra forma de entenderlo).
 
La Universidad llevó a juicio a dichas sociedades, lo que desembocó en una larga batalla legal que terminó dándole la razón al centro educativo argumentando que los Colegios no tenían derecho a decidir si alguien había violado o no la Carta de Derechos Humanos de cada provincia. Los grupos religiosos celebraron esa victoria, pues consideraban que era la certificación de que obligar a los estudiantes a firmar esa carta no era algo ilegal sino “una expresión de sus profundas creencias religiosas“, como afirmó Bruce Clemenger, de la Hermandad Evangélica de Canadá.
 
Como los Colegios de Abogados de la Columbia Británica y Ontario continuaron la batalla legal, la Universidad, que no mostró tanta paciencia como Job, acabó llevando el caso al Supremo pensando que iban a darles la razón como ya lo habían hecho otros tribunales.
 
Y se equivocaban.
 
Con una mayoría aplastante (7 votos contra 2) los jueces del Tribunal Supremo canadiense han dicho, básicamente, que la igualdad LGTB+ está por encima de la “libertad religiosa”.
 
Básicamente lo que el Supremo ha sentenciado es que dado que la profesión de la abogacía supone un interés público la igualdad de derechos y el apoyo a la diversidad tienen preferencia sobre las creencias religiosas de las personas. La sentencia aclara, además, que los Colegios de Abogados actuaron de forma proporcional al negarse a conceder las licencias porque no solo protegían a las personas LGTB frente a la discriminación sino que además intentaban mantener una percepción pública positiva de la abogacía en general. “Desde nuestro respetuoso punto de vista“, dice la sentencia, “la decisión de los Colegios de Abogados de no acreditar a la propuesta escuela de derecho de la Universidad Trinity Western representa un equilibrio proporcionado” entre la defensa de los Derechos Humanos y el respeto a las creencias personales; porque considera que ponerle barreras a la profesión de la abogacía podría “socavar la confianza de la sociedad en la habilidad de los Colegios de Abogados para defender el interés público“.
 
En otras palabras: si todos los abogados y abogadas del mundo son heterosexuales las personas LGTB+ pueden no tener una representación legal adecuada.
 
Janet Epp, una de las profesoras de la universidad que ayudó a redactar la propuesta para la facultad de derecho ha declarado a la prensa que la sentencia le entristece porque “es una derrota para la diversidad en Canadá“. Según Epp, “Canadá tradicionalmente ha celebrado los valores de la diversidad para un amplio abanico de religiones, así que estamos muy decepcionados con esta sentencia del Supremo“.
 
Andrew Bennett, director del instituto de libertad religiosa del think-tank cristiano Cardus, ha dicho que no se trata de un problema de identidad sexual o religiosa, sino de un problema de “libertades fundamentales, y también uno sobre la libertad de vivir tu fe de forma pública“. Bennett se lamenta además porque considera que la sentencia sugiere que la libertad religiosa se ha de ejercitar únicamente en privado.
 
Efectivamente, querido Andrew: LO HAS ENTENDIDO.
 
En el otro lado tanto los Colegios de Abogados como las organizaciones LGTB están celebrando la sentencia. Los primeros porque consideran que, como explica Miriam Kresivo, presidenta del Colegio de Abogados de la Columbia Británica, se trata de “un reconocimiento de la responsabilidad de los Colegios de Abogados al mantener los derechos de todas las personas y la protección del interés público“. Desde el Colegio de Abogados de Ontario han recordado que las personas que buscan ayuda legal tienen derecho a encontrarse “con una profesión que sea un reflejo de la diversidad de la población y que sea sensible a sus diversas necesidades“.
 
Para los colectivos LGTB la cuestión es mucho más sencilla: el Supremo de Canadá acaba de dejar claro que la “libertad religiosa” no puede estar por encima de los derechos civiles ni de los derechos humanos.
 
Y es que, recuerda amiga, tú tienes la libertad de creer en lo que te dé la real gana… pero no tienes el derecho a imponer (de forma directa o indirecta) tus creencias a los demás. Ni siquiera negándoles un servicio porque tu religión te lo impide.

Fuente: CBC
Artículo tomado de  EstoyBailando.com
 
 


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