EEUU Y CUBA EN LA ONU 2018
Radio y Televisión Martí tuvo acceso a las enmiendas que señalan la falta de libertades civiles, políticas y económicas en la isla, así como la ausencia de independencia judicial y las detenciones arbitrarias de que son objeto los opositores al régimen.
La chusmería de los diplomáticos cubanos en la ONU captada en foto 16/10/18
EEUU propone ocho enmiendas a resolución de la ONU contra embargo a Cuba
Estados Unidos está impulsando un conjunto de ocho enmiendas que critican la violación de las libertades y los derechos humanos en Cuba para que sean incluidas en la resolución contra el embargo sobre la isla, que se llevará a votación el próximo 31 de octubre.
A continuación, la lista detallada con las ocho enmiendas propuestas
Enmienda 1 - Pide a Cuba que otorgue a sus ciudadanos derechos y libertades civiles, políticas y económicas reconocidos internacionalmente, incluida la libertad de reunión, la libertad de expresión y el libre acceso a la información;
Enmienda 2 - Expresa seria preocupación de que en Cuba la grave falta de acceso a la información y la libertad de expresión, la ausencia total de independencia judicial, y el arresto y la detención arbitrarios, estén socavando los esfuerzos colectivos para implementar el Objetivo 16 de Desarrollo Sostenible, destinado a promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, proporcionar acceso a la justicia para todos y construir instituciones eficaces, responsables e inclusivas a todos los niveles;
Enmienda 3 - Expresa su gran preocupación de que en Cuba la ausencia de mujeres en los órganos más poderosos de toma de decisiones, incluido el comité ejecutivo del Consejo de Ministros y el liderazgo militar superior, socave gravemente los esfuerzos colectivos para implementar el Objetivo 5 de Desarrollo Sostenible, destinado a lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y niñas, al contrarrestar la discriminación profundamente arraigada basada en el género que resulta de las actitudes patriarcales y las normas sociales relacionadas.
Enmienda 4 - Expresa su gran preocupación por el hecho de que en Cuba el monopolio sindical de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), la prohibición del derecho de huelga y las restricciones a la negociación colectiva y los acuerdos, incluido el hecho de que las autoridades gubernamentales y los funcionarios de CTC tienen la última palabra en todos estos acuerdos, socavan gravemente los esfuerzos colectivos para implementar el Objetivo 8 de Desarrollo Sostenible, destinado a promover el crecimiento económico sostenido e inclusivo, el empleo pleno y productivo, y el trabajo decente para todos;
Enmienda 5 - Exhorta a Cuba, incluidos los poderes judiciales y de seguridad, a crear y mantener, en la ley y en la práctica, un entorno seguro y propicio en el que una sociedad civil independiente, diversa y pluralista, pueda operar sin obstáculos e inseguridad indebidas;
Enmienda 6 - Insta a Cuba a que ponga fin a las restricciones generalizadas y graves, tanto en la ley como en la práctica, sobre el derecho a la libertad de expresión, opinión, asociación y reunión pacífica, tanto en internet como fuera de las redes, incluso poniendo fin al hostigamiento, la intimidación y la persecución de los opositores políticos, defensores de los derechos humanos, activistas de los derechos de las mujeres y de las minorías, líderes laborales, activistas de los derechos de los estudiantes, periodistas, bloggers, usuarios de redes sociales y administradores de páginas de redes sociales, trabajadores de los medios de comunicación, líderes religiosos y abogados;
Enmienda 7 - Insta encarecidamente a Cuba a que libere a las personas detenidas arbitrariamente por el ejercicio legítimo de sus derechos humanos, considere la posibilidad de rescindir condenas indebidamente duras por ejercer tales libertades fundamentales, y ponga fin a las represalias contra las personas, incluidas aquellas que cooperan con los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas;
Enmienda 8 - Exhorta a Cuba a que inicie un proceso integral de rendición de cuentas en respuesta a todos los casos de violaciones graves de los derechos humanos, incluidos los que afectan a los poderes judiciales y de seguridad, y pide al Gobierno de Cuba que ponga fin a la impunidad de tales violaciones.
¿Desordenes públicos? ¡En la ONU!
EL DESORDEN VISTO POR ALBERTO MÉNDEZ CASTELLÓ, DESDE LAS TUNAS, CUBA
Imaginen que las Damas de Blanco o la UNPACU, en grupos de tres o más activistas, entren gritando ¡Lacayos! ¡Vendidos!, en una reunión de los CDR
“La embajadora de Estados Unidos en Naciones Unidas, Nikki Haley, pidió al secretario general de la ONU Antonio Guterres que investigue a las delegaciones de Cuba y Bolivia tras las escandalosas interrupciones del pasado martes en la sede del Consejo Económico y Social (ECOSOC) de la ONU en Nueva York.
“Haley pidió a Guterres que se identifique e investigue a las personas que interrumpieron la sesión (Presos por qué) que abordaba la situación de los derechos humanos en Cuba. La embajadora dijo que las delegaciones de Cuba y Bolivia amenazaron a ciudadanos comunes y causaron daños a la propiedad y solicitó a la ONU condenar esta conducta poco profesional”.
A esa nota, que dio la vuelta al mundo este fin de semana, el secretario general de la ONU Antonio Guterres dará respuesta, a ese incidente al que no pocos llaman “diplomacia de la chusmería”.
El pasado lunes, invitado al programa Las noticias como son de Radio Martí, vía telefónica desde Miami, el conductor de esa emisión, Amado Gil, preguntó: “¿Cuál es tu opinión de lo sucedido en el salón de ECOSOC de las Naciones Unidas, Alberto?”
“Voy a responderte partiendo de las leyes cubanas y ajustado al Derecho, utilizando una sola palabra: tumulto”, dije.
Resulta que el Código Penal cubano en el artículo 200.1 tipifica como delito los “desordenes públicos”, sancionando con privación de libertad de tres meses a un año, o multa de cien a trecientas cuotas (de un peso hasta 50 pesos puede ser cada cuota), al que, “sin causa que lo justifique, en lugares públicos, espectáculos o reuniones numerosas, de gritos de alarma o profiera amenazas de peligro común”.
La propia norma penal en el artículo 200.2 conceptúa que, si los actos previstos en el apartado anterior se realizan con el propósito de provocar pánico o “tumulto” o de cualquier otra forma “altere el orden público”, la sanción es de privación de libertad de “uno a tres años o multa de trecientas a mil cuotas”.
Pero los cubanos y bolivianos que la semana pasada formaron el “tumulto” (alboroto-vocerío-manoteo-golpeteo) en el salón de ECOSOC en Nueva York, apegados a la ley cubana, no sólo habrían incurrido en delito de “desordenes públicos”, sino también, en “asociación para delinquir”.
El Código Penal cubano normaliza en el artículo 207.1 como figura delictiva de “asociación para delinquir” a quienes, “en número de tres o más personas, se asocien en una banda creada para cometer delitos, por el sólo hecho de asociarse, incurren en sanción de privación de libertad de uno a tres años”.
El artículo 207.2 específica que, “si el único fin de la banda es el de provocar desórdenes o interrumpir fiestas familiares o públicas, espectáculos u otros eventos de la comunidad o cometer otros actos antisociales, la sanción es de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas”.
“Así, imaginen ustedes que las Damas de Blanco o la Unión Patriótica de Cuba (UNPACU) en grupos de tres o más activistas, entren gritando ¡Lacayos! ¡Vendidos!, en una reunión de los CDR (Comités de Defensa de la Revolución) o la Asociación de Combatientes de la Revolución Cubana (ex militares). Van presos. Los meten en la cárcel”, dije, añadiendo:
“Si las Damas de Blanco, la UNPACU, o cualquier otra organización anticastrista o cualesquiera ciudadanos hacen en Cuba lo que hicieron cubanos y bolivianos castristas en el salón de ECOSOC de la ONU en Nueva York la semana pasada, hoy estuvieran presos, con medida cautelar de prisión provisional, acusados de asociación para delinquir y desórdenes públicos”.
Claro está que la ley cubana no es aplicable en la jurisdicción de la ONU. Sólo muestro un ejemplo de dualidad moral. Mi afirmación se basa en un hecho simple: el castrismo, según lo concibió Fidel Castro (1926-2016), se basa en un simplísimo e inmoral refrán callejero: “Has lo que yo digo, no lo que yo hago.”
Miles, millones de cubanos tienen prohibido un bistec, mientras legisladores y aplicadores de esas prohibiciones castristas mastican carne de vaca a dos carrillos. No tienen que creerme, sólo tienen que observarlos.
Miles, millones de cubanos no tienen donde vivir, mientras unos pocos habitan las mansiones de a quienes a sangre y fuego hicieron huir de Cuba. Y lo peor de todo: a esos que no tienen donde vivir mientras ellos habitan mansiones, por aquello de estar prohibido en Cuba el enriquecimiento y la concentración de riqueza, los castristas prohíben la edificación más sagrada que puede tener un ser humano libre: la construcción de su personalidad.
La comparecencia bajo el lema “Presos Por qué”, convocada por el Departamento de Estado de los Estados Unidos en el salón de ECOSOC en Nueva York, para abordar la situación de los encarcelamientos y las detenciones arbitrarias en Cuba, fue asaltada según la opinión de muchos por una “chusma”. Y esa palabra me parece de correcta aplicación al acto de agresión y a sus actores.
“Chusma, conjunto de galeotes: el cómite dirigía la chusma”, dice mi diccionario, un Pequeño Larousse Ilustrado.
Galeote era un esclavo, antiguamente remaba en las galeras. Cómitre era el capataz, el gobernador de los galeotes.
Y, acaso los cubanos a quienes dentro y fuera de Cuba vemos aplaudiendo discursos que luego maldicen o transforman en chistes, ¿no son meros galeotes?
Y, acaso los dirigentes castristas que dentro de Cuba y fuera de ella pronuncian discursos incongruentes con sus leyes, modos de vivir y actuar, ¿no son meros cómitres, capataces de esclavos?
Creo que la embajadora de Estados Unidos en Naciones Unidas Nikki Haley está en un error. Ella ha confundido siervos con diplomáticos. Y los dependientes, sí, pueden agredir y vociferar, como hemos visto ahora; pero ¿qué astucia y destreza puede pedírsele a un siervo encadenado?, incluso un perro no podrá hacer otra acción que ladrar.
Así los hechos y derechos, más que amonestar galeotes remando en el edificio de la ONU en Nueva York, el secretario general de las Naciones Unidas debería llamar al orden a los cómitres de La Habana, pues de no precisar el rumbo de su galera dentro del río Hudson, sus galeotes deberán comenzar a remar hacia mar a fuera.
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