El gobierno cubano anunció este miércoles que las nuevas regulaciones al trabajo por cuenta propia que se aplicarán a partir del día 7 de diciembre no incluirán dos de las más polémicas medidas, denunciadas como restrictivas por varios pequeños empresarios.
Las normativas que entrarán en vigor el viernes no restringirán el número de licencias por cuenta propia ni limitarán la capacidad de los restaurantes privados a 50 asientos, como se había informado inicialmente.
La noticia fue confirmada por la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Margarita González, en el programa de la televisión Mesa Redonda, quien también aseguró que se permitirá nuevamente solicitar 26 de las 27 licencias congeladas desde hace más de un año. Entre esas actividades están los servicios de bar, cafetería, rentas a turistas y paladares.
“El trabajo por cuenta propia es una fuente de empleo, incrementa la oferta de bienes y servicios a la población y descarga al Estado de actividades que no son fundamentales. Los tributos constituyen fuentes de ingreso para los presupuestos municipales”, dijo González.
De las 201 licencias que se permitían en la isla, con la implantación de las nuevas medidas se reducirán a 123, en su mayoría por una reagrupación de actividades afines.
La ministra resaltó que también se han presentado “irregularidades” e “ilegalidades” que han llevado a una “rectificación” en el trabajo por cuenta propia.
González dijo que quienes tengan más de una licencia podrán mantenerla mientras trabajen cotidianamente en las actividades para las que se les facilitó la licencia.
La ministra ejemplificó con un trabajador por cuenta propia que tiene siete licencias. Según la funcionaria, “es evidente que por la naturaleza de estas actividades no se pueden ejercer por una sola persona”, dijo.
En cuanto a las capacidades de las populares paladares (restaurantes), la ministra señaló que se eliminaría el límite de 50 capacidades para atender a los clientes. También se permitirá que coexistan bares con cafeterías o restaurantes.
Otra de las modificaciones es la exigencia de una cuenta bancaria donde se ingresen todos los beneficios de los pequeños negocios para ayudar al sistema fiscal.
El gobierno anunció que exoneraría del pago de impuestos por la contratación de hasta cinco trabajadores y ajustaría, además, la base imponible mínima para el pago del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo, cuyo mínimo continúa siendo del 5 por ciento.
De las 123 actividades por cuenta propia que quedaron aprobadas tras la reagrupación, 52 tributarán por el Régimen General y 71 por el Simplificado (pago mensual de una cuota consolidada).
El régimen tributario de La Habana, sin embargo, quedará diferenciado del resto del país, incrementándose la cuota mínima a 41 actividades en la capital y 20 en provincias. La ministra no aclaró si cambiará algunas de las normativas del transporte en la capital, donde cientos de choferes han reducido sus jornadas laborales y amenazaron con un paro en caso de que no se satisfagan sus demandas.
Algunas actividades a partir de ahora podrán continuar, pero no se concederán nuevas licencias. Es el caso del vendedor mayorista y minorista de productos agropecuarios, carretillero o vendedor de productos agrícolas de forma ambulatoria, comprador vendedor de discos y operador de equipos de recreación.
El país, inmerso en una desaceleración económica tras la crisis venezolana y la reducción del turismo apuesta por desarrollar la inversión extranjera. Diversos analistas han resaltado que las medidas que entrarán en vigor este viernes tienen como fin evitar la evasión fiscal en un momento tenso para las finanzas del Estado.
Las personas naturales pueden ser autorizadas a ejercer más de una actividad, siempre que cumplan lo regulado para el ejercicio del trabajo por cuenta propia. Las nuevas regulaciones establecían en principio que solo se otorgaría permiso para ejercer una sola actividad por persona.
"Este fue precisamente uno de los mayores pedidos durante los seminarios efectuados en todo el país", argumentó la ministra.
La nueva disposición se ajusta al propio Código laboral cubano que contempla la posibilidad del pluriempleo.
No obstante, el cuentapropista tiene que participar cotidianamente en su negocio, mientras que la prohibición se aplicará en aquellas labores que por su naturaleza no pueden ejecutarse en el mismo espacio de tiempo, aclaró González.
En segundo lugar, se elimina el límite de 50 capacidades en las actividades de servicio gastronómico en cafetería, en restaurante, y en la de bar y recreación. El "tope" ahora será establecido por las propias características de los locales.
Como tercera modificación se reduce de tres a dos cuotas mensuales tributarias la cuantía del saldo mínimo que debe mantener la cuenta bancaria fiscal, a abrirse en CUP, por los titulares de licencias en las seis actividades obligadas a ello. Además, se incrementa de un 20% a un 35% el fondo de efectivo para pagos menores e imprevistos no obligado a depositar en dicha cuenta bancaria fiscal.
Según explicó Meisi Bolaños, viceministra de Finanzas y Precios, el titular deberá depositar el 65% de sus ingresos, con base a lo entregado en el mes anterior.
De las 123 actividades autorizadas, solo en seis se debe habilitar por el momento esta cuenta bancaria, lo que implica a alrededor de 80.000 contribuyentes (el 13% del total): servicio gastronómico en restaurantes, en cafetería, bar y recreación; arrendador de vivienda, habitaciones y espacios; servicios de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles, y los transportistas privados en La Habana que posean vehículos de cuatro a 14 capacidades.
Un cuarto cambio, en la actividad pandero-dulcero, el Gobierno decidió permitir la venta de bebidas no alcohólicas (incluyendo la cerveza).
Esta actividad se ejercía anteriormente a tenor con las actividades de las modalidades de alimentos, donde sí podían hacerlo y en el nuevo alcance de la actividad no se precisó explícitamente.
Desde este 7 de diciembre se comienzan a otorgar nuevas autorizaciones en 26 de las 27 actividades que estaban suspendidas. Quedaría pendiente la limitación para el programador de equipos de cómputos, hasta tanto se concluyan las normativas correspondientes para su funcionamiento por parte del Ministerio de Comunicaciones.
La titular del MTSS adelantó que, además, se encuentra en análisis otro grupo de aspectos que serán aprobados en siguientes etapas, y que presentó "con el seguimiento constante al perfeccionamiento del cuentapropismo".
La viceministra primera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Martha Elena Feitó respondió en el programa oficial a lo que el moderador Randy Alonso "dudas o matrices de opinión negativas sin fundamento real en las normas".
Feitó dijo que la creación de la actividad servicio de bar y recreación no elimina el área de bar de los restaurantes asociado al servicio gastronómico que presta. (Es el mismo formato de restaurantes que tiene el sector estatal).
Por otra parte, el arrendador de viviendas y habitaciones puede brindar servicio de alimentación, incluida la oferta de bebidas alcohólicas o no. (Se incluye desayuno, almuerzo, comida). En estos casos la precisión requiere de licencia sanitaria.
Dijo que el arrendador de espacios no tiene que ser el titular de la actividad que se ejerce en ese espacio, este lo que hace es arrendar el local a otro trabajador por cuenta propia (Ejemplo: peluquería).
En cuanto al asistente para la atención educativa y el cuidado de niños, afirmó que "no hay límites de la cantidad de niños a cuidar, el límite lo determina el local en correspondencia con la capacidad que tenga a razón de dos metros cuadrados por niño; cada asistente social debe atender hasta seis infantes, en el entendido de la titular y de los trabajadores contratados. (Es lo establecido también en el sector estatal).
Dijo que las actividades que se encuentran definitivamente limitadas son carretillero, vendedor mayorista y minorista de productos agropecuarios, vendedores de disco y operador de equipos de recreación de fabricación rústica. Todos los que ya poseen estas licencias podrán continuar ejerciéndolas.
En cuanto a los horarios de trabajo, la funcionaria explicó que "los establecimientos para la producción y prestación de servicios tienen establecidos horarios de trabajo en correspondencia con las normas jurídicas, los cuales deben ser aprobados caso a caso por la administración municipal. Lo que se controlará es que funcionen dentro de la legalidad".
Vladimir Regueiro Ale, director de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios, recordó que a partir de la reorganización y unificación de diversas actividades del sector privado se establecen algunos cambios en el pago de los tributos.
De las 96 actividades que se unifican, dos pasan del Régimen General al Régimen Simplificado de Tributación; 11 pasan del Régimen Simplificado al General; 83 actividades se mantienen en el régimen actual.
El funcionario precisó que en aquellas actividades que se unifican y los propietarios de licencias pagan en la actualidad una cuota mensual superior a la que se fija como mínima para la nueva actividad unificada, se mantendrán pagando la cuota anterior, habida cuenta de que la misma responde al nivel de actividad e ingresos que le ha sido verificada anteriormente al titular de esa licencia.
Cuba se abrió a la pequeña empresa privada como parte de las reformas económicas del ex gobernante Raúl Castro en el 2010. Al cierre de este año se contabilizaban 588,000 cuentapropistas, casi cuatro veces la cifra de empresarios privados que había en el 2010. Actualmente el cuentapropismo emplea al 13 por ciento de la fuerza laboral en la isla, con una población de 11 millones de habitantes.