El 11 de abril de 2003 fueron fusilados de madrugada tres de los once autores del secuestro incruento de la lanchita de Regla, luego de haber sido apresados el 3, juzgados en trámite sumarísimo el 5 y sentenciados el 8. La sanción de muerte se ratificó el 9 por el Tribunal Supremo y se confirmó el 10 por el Consejo de Estado.
Duda razonable
Para justificar la pena capital, el tribunal de primera instancia expuso que los acusados Lorenzo Enrique Copello, Bárbaro Leodán Sevilla y Jorge Luis Martínez habían incurrido en actos “que lesionan de modo tal a la sociedad, que es necesario que a sus autores, excepcionalmente, se les castigue severamente de ella, y así sanear el medio”. Sólo que así el medio jurídico y social perdió sanidad.
No cabe duda de que los secuestradores —como describe el juez ponente del fallo con cierta fluidez en su lenguaje natal— “actuando en grupo, llevando uno de ellos una pistola, con la que dispara dos veces, se apodera de un grupo de personas en calidad de rehenes, amenazándolas con matarlas a tiros, logra apoderarse de una embarcación”. Ni cabe duda de que la Ley 93/2001 contra Actos de Terrorismo sanciona con pena de muerte o privación de libertad a quien emplee cualquier arma de cualquier forma en “una red de transporte público o cualquiera de sus componentes” (Artículo 11.c), así como con privación de libertad a quien se apodere o retenga de personas contra su voluntad y amenace con matar o herir para negociar la liberación con el Estado (Artículo 14.1) y/o se apodere de un buque con intimidación (Artículo 16.1).
Sin embargo, tampoco cabe duda de que el Código Penal (1987) prescribe que la muerte “sólo se aplica por el tribunal en los casos más graves de comisión de los delitos para los que se halla establecida” (Artículo 29.1).
Entonces sí cabe la duda de que una pistola dé para tres ejecuciones e incluso la certeza de que su empleo en este caso no es uno de los más graves de comisión del delito, ya que la propia nota informativa del gobierno puntualizó: “La totalidad de los que estaban en la nave fueron rescatados y salvados sin un disparo ni un rasguño”.
Fusilar a tres no trajo su causa de la ley, sino de cierta razón de Estado: meter miedo. Aquellos fusilamientos se noticiaron junto con la doble advertencia de que no se daría “combustible a ningún avión o embarcación secuestrados” y los secuestradores irían “a juicios sumarísimos [sin] esperar clemencia del Consejo de Estado”. Así se buscó parar la serie de secuestros de naves y aeronaves que venían ocurriendo. Incluso se apretó —hasta llevarse la rosca de la racionalidad— con que estos secuestros eran preludio de agresión yanqui.
Daños colaterales
Fidel Castro tronó el 25 de abril: “Cuando los autores saben que no tienen alternativa, se abstienen de cometer tales crímenes”. Sólo que la vida es lo que sucede antes, durante y después de la reflexión de Castro sobre la eficacia del Derecho Penal.
El 14 de julio de 2003, tres adultos armados con un revólver y un cuchillo, acompañados de una mujer con dos menores, neutralizaron al custodio del muelle de La Coloma (Pinar del Río) y exigieron al patrón poner en marcha su embarcación. Aquél se lanzó al agua y ésta fue rodeada por MININTerosos. Según la nota informativa, pasada una hora se oyó un disparo y minutos después, otros intermitentes. Uno de los menores salió con su hermanito gravemente herido en la cabeza y con ellos corría también la madre. Todos fueron llevados al hospital.
Luego de otra hora sin ruido alguno, los MININTerosos entraron a la embarcación y hallaron dos adultos muertos y otro inconsciente que a la postre falleció: Francisco Lamas (29 años), Yosvani Martínez (27) y Luis Alberto Suárez (22). La nota explicó que, tras disparar contra uno de los niños, los adultos trataron de matar al otro, pero el arma falló. Sobrevino después “un tiroteo entre los propios secuestradores [¡¿con un solo revólver?!]”.
Así se embarajó la hipótesis más plausible de que, antes que ser capturados e ir al paredón, los secuestradores prefirieron quitarse la vida, pues no cabía esperar clemencia del Consejo de Estado. Ante la falta de alternativa no se abstuvieron de cometer el crimen, sino que tomaron la irónica decisión de muerte antes que socialismo.
No podían concebir que la advertencia de Castro se desvanecería. Al día siguiente aconteció en Nuevitas (Camagüey) otro secuestro de embarcación. A la semana, los secuestradores fueron devueltos por guardacostas americanos. Según la nota oficial “los responsables principales de los delitos de robo con fuerza de la embarcación y secuestro de personas deberían responder ante los tribunales”, pero “circunstancias excepcionales” aconsejaban limitar las sanciones “a no más de diez años”.
Coda
De los tres suicidas de La Coloma no se habla, pero ellos dejaron también su mensaje a quienes están lejos (o no ven más allá de sus narices). Casi todos los cubanos prefieren jugarse la vida para salir del país y quedarse en otro antes que jugársela para quedarse allí y salir a luchar por otra Cuba. Y no puede ser menos, porque hasta una balsa maltrecha tiene más chance de llegar a su destino que todos los programas de lidericos opositores de avanzar siquiera hacia la meta pregonada de libertad y democracia.