El Parlamento de Islandia aprueba la despatologización
de las identidades trans y añade una tercera opción de sexo legal
El Parlamento de Islandia ha aprobado una reforma de la ley de identidad de género que incluye el reconocimiento, por primera vez, de una tercera opción de sexo legal. La medida se adoptó sin votos en contra y adopta el principio de autodeterminación de género para la modificación registral del sexo de las personas trans, un procedimiento que estará disponible también para menores de edad. El activismo lamenta que no se hayan abordado asuntos como la prohibición de las cirugías de «normalización» en menores intersexuales.
La ley de identidad de género aprobada en 2012 contempló la creación de una unidad de disforia de género en el Hospital Universitario Nacional de Islandia, con la capacidad de llevar a cabo operaciones de reasignación. El proceso de reconocimiento de la nueva identidad legal se extendía durante 18 meses y se exigía una justificación de haber vivido de acuerdo con el género escogido durante al menos 12 meses. A continuación, un comité de expertos decidía sobre el diagnóstico de disforia de género y, en caso positivo, aprobaba la modificación registral del sexo y la expedición de los nuevos documentos de identidad. El texto no requería someterse a una operación de reasignación.
El proyecto de ley elaborado por el Gobierno islandés, de coalición entre el Movimiento Verde de Izquierda, el conservador Partido de la Independencia y el agrarista Partido Progresista, actualiza el texto de 2012 para adaptarlo a las demandas de despatologización y autodeterminación de género de la comunidad trans. El Parlamento islandés aprobó la reforma el pasado 19 de junio por 45 votos a favor, ninguno en contra y tres abstenciones. Quince diputados no estaban presentes en el momento de la votación.
La medida adopta el principio de autodeterminación de género y elimina la necesidad de un diagnóstico de disforia de género para acceder a la modificación registral del sexo legal. Los trámites se simplifican y se acortan en el tiempo, y el procedimiento también estará disponible para los menores de edad, siempre que cuenten con la autorización de un progenitor. Como novedad, también se introduce una tercera opción de sexo legal «X», que ya existe en otros países europeos como Alemania (donde se denomina «diverso»), Austria o Malta.
A pesar de los avances, el activismo ha lamentado que el texto aprobado por el Parlamento no contemple la prohibición de las cirugías de «normalización» en menores intersexuales. El proyecto presentado por el Gobierno sí incluía la medida, que desapareció de la versión final. Un comité de expertos discutirá durante los próximos doce meses sobre un texto legislativo que aborde las necesidades de las personas intersexuales. Otro de los puntos que ha sido criticado se refiere al dilatado periodo de tiempo, de hasta 18 meses, que habrá que esperar para poder registrarse bajo el sexo legal «X».
En cualquier caso, la norma coloca a Islandia en el grupo de cabeza de los países con legislaciones más avanzadas en cuanto a reconocimiento de la autodeterminación de género. En Europa, países como Dinamarca, Grecia, Irlanda, Malta o Portugal también han aprobado normas similares en los últimos años. En España, la ley 3/2007 ha envejecido de forma prematura: sigue vigente la necesidad de un diagnóstico de «disforia de género» y la exigencia (con algunas excepciones) de dos años de tratamiento hormonal para que tu identidad sea legalmente reconocida en todos los documentos oficiales. Aunque leyes posteriores de ámbito autonómico hayan incorporado ya el principio de la despatologización, no dejan de ser normas de alcance limitado por lo que a este aspecto se refiere, que no permiten modificar algunos de los documentos más importantes. En el caso de los menores, todo sigue a criterio del juez de turno.
Informe anual sobre derechos LGTB en Europa
Como ya es habitual en estas fechas, ILGA Europa ha emitido su informe anual sobre la situación de los derechos LGTB en el continente europeo. El estudio, como es también lo acostumbrado, incluye la clasificación de los distintos países según el grado de adecuación de sus normativas jurídicas al reconocimiento y promoción de los derechos de las personas LGTBI. En este año, encabeza la clasificación Malta, un país que ha aprobado importantes medidas legislativas en el reconocimiento de los derechos de las personas transexuales e intersexuales, pero que, sin embargo, aún mantiene una legislación distinta e inferior para las parejas del mismo sexo. También es de señalar la bajada en la clasificación del Reino Unido, que la encabezaba en los años anteriores y ahora desciende al tercer puesto. España sube uno respecto al año anterior, hasta alcanzar la quinta posición.
Al igual que en años anteriores, la clasificación de ILGA Europa se basa en un porcentaje, en el que influyen todas las medidas implementadas en materia de igualdad y antidiscriminación (25 % de la puntuación total), derecho de familia (27 %), crímenes y discursos de odio (20 %), reconocimiento legal de la identidad de género y la integridad corporal (15 %), libertad de asociación (8 %) y asilo (5 %). El porcentaje de consecución de logros en estas materias varía según su ámbito de aplicación sea nacional o territorial.
Malta encabeza este año la clasificación, sin duda debido a la aprobación de una de las legislaciones de identidad de género más avanzadas del mundo, pues es la única que prohíbe taxativamente cualquier procedimiento quirúrgico innecesario en las características sexuales de una persona sin su consentimiento. También está adecuada a la despatologización de la transexualidad y es aplicable a los menores. Malta ha aprobado asimismo una ley que prohíbe a los profesionales de la medicina la realización de innecesarias intervenciones quirúrgicas en los niños intersexuales. Sin embargo, en materia de igualdad y familia, Malta sigue estableciendo diferencias entre las parejas del mismo o distinto sexo, pues solo estas últimas pueden contraer matrimonio, dejando para las parejas del mismo sexo la posibilidad de las uniones civiles, una legislación de inferior rango para un mismo hecho.
El Reino Unido baja dos posiciones respecto a la clasificación obtenida desde el año 2011, en que comenzó a encabezar el listado. Bélgica, por su parte, conserva su segunda posición. España alcanza la quinta, subiendo un puesto respecto al año pasado. A destacar también el descenso de países como Holanda y Noruega, que el pasado año empataban con España, y, sobre todo, el de Suecia, que desciende desde la cuarta plaza hasta la duodécima.
Aunque el clima o aceptación sociales no influyen en la calificación de ILGA, no deja de sorprender que la discriminación expresa y constitucional del colectivo LGTB no reste puntuación, como en el caso de Croacia, que supera a las mencionadas Holanda, Noruega o Suecia cuando su población, mediante referéndum, corroboró en 2013 una reforma constitucional para prohibir el matrimonio igualitario.
La situación en España
La puntuación alcanzada por España se ve mermada debido, sobre todo, a la falta de disposiciones de rango constitucional que protejan específicamente la orientación sexual y la identidad de género. También se señala que España carece de instituciones de ámbito nacional que se ocupen de vigilar y arbitrar los supuestos de discriminación de las personas LGTB. Otra de las carencias es que las legislaciones que protegen contra la discriminación en el trabajo y el acceso a los servicios de las personas LGTB son únicamente de ámbito territorial (autonómico o municipal). Por ello, el objetivo en el apartado de la igualdad y no discriminación solo alcanza el 35 %. La falta de adecuación de la vigente ley de identidad de género de ámbito nacional a la despatologización de la transexualidad, más la carencia de una legislación protectora de las personas intersexuales, ocasionan que ese apartado solo se sitúe en el 59 % de logros. Sin embargo, sí consigue un 100 % en lo que respecta a la familia (matrimonio igualitario y adopción) y las libertades de reunión, asociación y expresión.
Entre los acontecimientos que han tenido lugar en el pasado 2015, ILGA destaca el fallecimiento de Pedro Zerolo y la dedicatoria de una plaza en su memoria en Madrid. También se hace eco de la controversia con la circular interna del Metro de Madrid, luego anulada, que instaba a sus interventores a estrechar la vigilancia en determinadas estaciones y trayectos de personas identificadas como gais. Sin abandonar la capital, da cuenta de que, por primera vez, la bandera arcoíris adornó el edificio del Ayuntamiento durante las fiestas del Orgullo.
El informe recoge la estadística facilitada por el Ministerio del Interior respecto a los crímenes de odio perpetrados en 2014, de los cuales las agresiones a personas LGTBI representaban el 40 % (un informe luego corregido en el referido al 2015). Sin abandonar el organismo, ILGA también hace referencia a las declaraciones del ministro Jorge Fernández Díaz y su disgusto por si su hijo se casara con otro hombre. Alcanzando todo el espectro social y mediático, ILGA engloba en los discursos de odio los comentarios de Los Chunguitos en el programa Gran Hermano VIP, en los que decían preferir «un hijo deforme antes que maricón».
Aun así, ILGA sigue destacando que la aceptación social de la homosexualidad en España continúa siendo muy alta, situándose muy por encima de la media europea. Es más, según los informes a disposición de la organización, España se situaría a la cabeza mundial a ese respecto.
Clasificación en años anteriores
En el primer informe, de 2010, cuando no se valoraban aún las medidas respecto al colectivo transexual, Suecia encabezó la lista. En 2011 y 2012, con valoración también respecto a la identidad de género, ya fue el Reino Unido quien consiguió la mayor puntación. También lo hizo en 2013, cuando se inició el sistema porcentual, en 2014 y en 2015. España, en todos los casos, se ha situado siempre en los puestos de cabeza.