Cuba finalmente revela su nuevo código de trabajo
POR NORA GÁMEZ TORRES / El Nuevo HeraldLuego de varios meses de suspenso, el nuevo código de trabajo cubano apareció publicado oficialmente el martes sin incluir explícitamente la protección a los trabajadores contra la discriminación por identidad de género, que había sido sugerida por la diputada Mariela Castro Espín—hija de Raúl Castro y directora del Centro Nacional de Educación Sexual (Cenesex)— y aprobada en el debate final de la Asamblea Nacional en diciembre pasado.
Aunque la sugerencia de Castro Espín había provocado objeciones del secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta, y del presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, José Luis Toledo Santander, el vicepresidente Miguel Díaz Canel puso fin al debate al sugerir que una comisión parlamentaria se encargaría de la redacción definitiva para resolver “con inteligencia” las “posibles diferencias” expresadas. La idea fue apoyada por Raúl Castro, tras lo cual se aprobó la ley.
El documento menciona explícitamente el derecho al trabajo sin discriminación por “color de la piel” y “orientación sexual” pero Castro Espín había abogado por una formulación más amplia que protegiera también a transexuales y VIH seropositivos así como por la inclusión de una cláusula contra la violencia psíquica y física en los centros laborales.
Miembros de la comunidad LGBT que habían celebrado el código, apuntaron que estas omisiones ponen en entredicho la transparencia en la toma de decisiones en el parlamento, según escribió en su blog personal el periodista y activista gay Francisco Rodríguez Cruz, estrecho colaborador del Cenesex.
El periodista especuló sobre la “transfobia” y la ignorancia sobre estos temas entre miembros de la dirección del país y afirmó que la asamblea debe votar sobre los textos definitivos y no otorgar “un cheque en blanco a ninguna persona o grupo de personas para que determinen sobre cuestiones sustantivas de derechos con posterioridad al ejercicio del voto”, agregó.
Mariela Castro, quien ha reconocido que Cuba “no está entre los países más avanzados en materia de derechos LGBT” ha intentando lograr la aprobación de un decreto ley que reconozca los cambios de identidad sexual de las personas transexuales sin que medie una operación de reasignación de sexo, así como de un nuevo código de familia que contemplaría las uniones legales entre personas del mismo sexo, pero ambos proyectos se encuentran paralizados. En conferencia de prensa el año pasado, Castro Espín había expresado que albergaba “esperanzas” de que las discusiones sobre el Código de Trabajo facilitaran la aprobación del código de familia.
Pero en el texto final también hay otras omisiones significativas. En el anteproyecto de ley que fue discutido inicialmente por “2 millones 802 mil 459 trabajadores”, según reportó la prensa oficial cubana, se refrendaba el derecho a obtener empleo sin distinción de “opinión política”, frase que fue removida de la versión que llegó a discusión en el parlamento.
También originalmente se hacía constar el derecho a “asociarse voluntariamente y constituir sindicatos”. Pero en el texto final se le añadió “de conformidad con los principios unitarios fundacionales”, es decir, se podrán formar nuevos sindicatos siempre que estén afiliados a la Central de Trabajadores de Cuba (CTC), única organización sindical legalmente reconocida.
Miembros de grupos de izquierda como la Red Observatorio Crítico han cuestionado también el llamado “principio de idoneidad”, que condiciona el despido a la evaluación de la productividad del trabajador pero también al cumplimiento de “normas de conducta de carácter general o específicas y las características personales que se exigen en el desempeño de determinados cargos”, formulación que consideran es una “puerta abierta al abuso”.
Pero el código ilustra, además, la tendencia hacia el desmantelamiento del llamado estado benefactor dentro del proceso de reformas impulsadas por Raúl Castro.
Por ejemplo, la nueva ley regula que en el sector no estatal, el empleador debe garantizar siete días de vacaciones pagadas anuales y un día de descanso a la semana, lo que contrasta con el mes de vacaciones en el sector estatal, y se acerca más a las condiciones laborales de los trabajadores de China (cinco días mínimos) y varios países del sudeste asiático como Singapur (siete días mínimos) y, Tailandia (seis).
En la mayoría de países europeos las leyes establecen entre 21 y 28 días mínimos de vacaciones para todos los trabajadores. Otros países latinoamericanos como Perú y Brasil prevén también períodos de un mes de vacaciones mientras en Estados Unidos no existe un mínimo legislado, por lo que cada compañía establece los días de vacaciones pagadas a sus trabajadores.
Otro elemento nuevo en el código es que los estudiantes de 17 años de edad o más, pueden contratarse a tiempo parcial durante el año escolar o a tiempo completo durante las vacaciones, un reclamo que venían haciendo desde hace tiempo los estudiantes de la educación superior, sobre todo aquellos que se desplazan fuera de sus provincias para asistir a la universidad y cuyas familias no pueden costear esos gastos.
La ley también restringe la posibilidad de contratarse libremente fuera del horario laboral a directivos, técnicos de la salud, médicos, investigadores, docentes, contralores y auditores, a menos que el segundo empleo este expresamente autorizado por el centro de trabajo original.
La Ley 116 Código de Trabajo se hizo vigente este martes, al ser publicada en la Gaceta Oficial. Sin embargo, en abril de este año el Ministerio de Trabajo resolvió declarar festivo el día 18, coincidente con la celebración del Viernes Santo católico, amparado en el código aún cuando este todavía no era ley. El periódico oficial Granma había anunciado que el código se publicaría el 1 de junio pero eso tampoco.
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