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General: Castigo y discriminación para los estadounidenses de origen cubano
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: cubanet201  (Mensaje original) Enviado: 17/06/2016 16:15
Discriminación con los cubanoamericanos
El castigo por vivir en libertad, es tener que sacar un pasaporte al que hemos renunciado.
 
 migracion-pasaporte-cubano-685x342.jpg (685×342)
(El pasaporte cubano es el más caro del mundo)
Los Estadounidenses de origen cubano tienen
que viajar a la Isla con pasaporte expedido por el régimen de La Habana
Santiago A. Alpízar | Diario de Cuba
El restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre Cuba y EEUU subraya la discriminación de los ciudadanos estadounidenses de origen cubano que aún tienen que viajar a la Isla con pasaporte expedido por el régimen de La Habana. De este modo arrostran que el Gobierno cubano se agarra de un simple guion, que gramaticalmente indicaría ya solo la dualidad de su identidad cultural, para discriminarlos con la complacencia del Departamento de Estado.
  
A estos ciudadanos estadounidenses de origen cubano, el Departamento de Estado se contenta con advertirles que se atengan a las consecuencias en Cuba, en vez de brindarles la debida protección legal que merecen como ciudadanos de EEUU.
  
Aparte de tener que adquirir el pasaporte más caro del mundo, los ciudadanos estadounidenses en tal situación tienen que renovarlo cada dos años. Así el régimen saca más dinero aún y el expolio se acelera por el robo de unos cuantos meses a los interesados. Las agencias locales de tramitación entregan los pasaportes mucho después de la fecha de expedición por el consulado en Washington, a partir de la cual se cuenta el plazo de renovación.
 
Las leyes del embudo
Esta discriminación de ciudadanos americanos por su origen nacional no solo es ilegal en EEUU, sino también en Cuba. La Constitución actual cubana es tajante con que "no se admitirá la doble ciudadanía. En consecuencia, cuando se adquiera una ciudadanía extranjera, se perderá la cubana" (Artículo 32).
 
Solo que como el mismo artículo puntualiza: "La ley establece el procedimiento a seguir para la formalización de la pérdida de la ciudadanía y las autoridades facultadas para decidirlo". Aunque habría que precisar cuál es esa ley.
 
El Ministerio de Justicia aclaró el 15 de octubre de 1996, en el Dictamen Nacional No. 14/96 de su Dirección de Registros y Notarías, que la regla constitucional "no significa que, al adquirirse una ciudadanía extranjera, automáticamente se pierda la cubana, pues existe un procedimiento y unas autoridades facultadas para decidir al respecto de conformidad con el Reglamento de Ciudadanía".
 
Curiosamente este reglamento es todavía el Decreto 358, de 4 de febrero de 1944, dictado por la Administración Batista como ley complementaria de la Constitución de 1940. Y esa ley prescribe que "el ministro de Estado dispondrá la instrucción del expediente oportuno cuando tuviera conocimiento de que un ciudadano cubano haya adquirido otra ciudadanía. Terminada la instrucción se declarará perdida la ciudadanía cubana por ministerio de la constitución" (Artículo 33).
 
Lejos de proceder así, el ministro de Relaciones Exteriores se vale del pleno conocimiento que tiene de cubanos con ciudadanía estadounidense para imponerles la coyunda de entrar a Cuba con una visa transfigurada en pasaporte cubano "habilitado".
 
Al Gobierno de Cuba no le importa ir así en contra de su propia Constitución, que refrenda: "Los cubanos no podrán ser privados de su ciudadanía, salvo por causas legalmente establecidas. Tampoco podrán ser privados del derecho a cambiar de esta" (Artículo 32). El propósito estriba en moler a los cubanoamericanos con los costos de tramitación y para lograrlo el Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX) se guía ya solo por aquel eslogan de María Furniture: "Aquí lo que importa es el cash".
 
La perversión jurídica
Detrás de esta decisión política, la llamada ciencia jurídica socialista viene como costurera remendona y desde 1978 circula este invento del finado constitucionalista cubano Hugo Azcuy: la Constitución prohíbe tener doble ciudadanía, pero no dos. Así, los cubanos que adquirieron afuera la ciudadanía estadounidense no pierden la cubana, sino que tienen dos.
 
Solo que no pueden invocar aquella extranjera para entrar a Cuba y entonces tienen que pagar el arancel consular más caro del mundo por el pasaporte, aunque ya dentro de Cuba sean considerados ciudadanos estadounidense para otras cosas, como recibir atención médica sonando la contadora.
 
La persona de origen cubano termina siendo ciudadano cubano o estadounidense según convenga al régimen de La Habana, mientras que, tras restablecer relaciones con él, Washington no muestra voluntad política alguna por discutir y resolver la evidente discriminación que pesa sobre los cubanos residentes en EEUU que deciden hacerse ciudadanos estadounidenses. Para empezar solo tendría que pasar al MINREX la lista de mucho más de un millón de cubanos ya naturalizados.
              Vía Diario de Cuba


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