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General: Una Ley de Identidad de Género para Cuba
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Respuesta  Mensaje 1 de 1 en el tema 
De: cubanolibre  (Mensaje original) Enviado: 07/05/2021 14:25
LGTBQ - CUBA
Si las minorías se hubiesen sentado a esperar que toda la sociedad estuviera preparada, ¿cuánto habrían tardado en legalizarse los matrimonios interraciales o el voto de mujeres y negros?

Una Ley de Identidad de Género para 
Cuba: algunas personas ganarían y ninguna perdería
A principios de abril, un policía cubano fue sancionado con la separación del cargo durante tres meses, por maltratar a una mujer transexual. La medida no impidió que menos de un mes después, la escritora y activista trans Mel Herrera, fuera detenida, llevada en un carro e interrogada por tres presuntos agentes policiales que no se identificaron y la trataron por su nombre de nacimiento, no por el que ella ha escogido.
 
¿Por qué continúa ocurriendo esto en Cuba? Primero, por la ignorancia de la Policía, que refleja la de la mayor parte de la población. Segundo, porque no existe una Ley de Identidad de Género, que garantizaría a las personas trans el derecho a vivir con dignidad, sin humillaciones por parte de la Policía, sin miedo ni vergüenza a mostrar su identificación.
 
Esta Ley existe en países como Uruguay, Chile, España y Colombia. Todas reconocen el derecho de las personas al libre desarrollo de la personalidad conforme a su identidad de género, sea cual sea su sexo biológico. Permiten solicitar la adecuación del registro de su nombre y sexo, cuando no coincidan con su identidad de género.
 
En Colombia, por ejemplo, una persona trans, aun sin haber pasado por cirugía ni comenzado tratamiento hormonal, va a una notaría y, mediante un documento extrajudicial, solicita la intercesión del notario para modificar su registro civil. Con ese registro civil se dirige a la registraduría nacional del estado civil, donde se expide la nueva cédula, con el nuevo nombre y el componente de género corregido. El proceso toma entre dos y tres meses en las ciudades más grandes. Es más lento en ciudades pequeñas.
 
Sancionar una Ley de Identidad de Género en Cuba significaría dar cumplimiento al Artículo 42 de la Constitución que entró en vigor en abril de 2019: "Todas las personas son iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las autoridades y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de sexo, género, orientación sexual, identidad de género…".
 
En los países que cuentan con esta Ley, también persiste la transfobia. En Colombia, donde existe el derecho a la objeción de conciencia, algunos notarios lo ejercen al negarse a realizar el trámite o exigen evidencia de que la persona recibe tratamiento de hormonas. En ese caso, es posible acudir a otra notaría.
 
Aprobar una ley siempre toma menos tiempo que cambiar las mentes de las personas. Entender que una persona trans no es lo mismo que un hombre gay o una mujer lesbiana, sino alguien cuya identidad de género no coincide con su sexo biológico puede tomar mucho tiempo. De hecho, durante años, las personas trans fueron rechazadas por algunos gays y algunas lesbianas.
 
Una clara evidencia de que la identidad de género y la orientación sexual no son lo mismo es que a algunas mujeres trans, la minoría, les gustan las mujeres. Muchos se preguntarán para qué quiere entonces cambiarse el sexo. "Lo que te atrae y aquello con lo que te identificas no siempre sigue un patrón heterosexual", respondería la activista transexual norteamericana Rachel Crandall.
 
Pero a usted, que se siente un hombre o una mujer “normal” no tiene que importarle qué es una persona transgénero. Tampoco tiene que importarle que el término para designar a las personas cuya identidad de género está en concordancia con su sexo biológico no es "normal", sino cisgénero.
 
Lo que debe importarle es cómo violaría sus derechos que alguien a quien usted ve como una mujer, se "vista" y se defina como un hombre. ¿Qué derecho pierde usted si las personas trans pueden tener reflejados el nombre y el género con el que se sienten identificadas en sus carnés de identidad?
 
¿Afectaría eso de alguna forma el derecho de usted a la libertad de pensamiento, opinión, expresión y religión?
 
No. Usted puede incluso seguir opinando que los genitales son los que determinan el género de una persona y que esta no tiene el derecho de cambiar eso. ¿Pero por qué esta persona debe vivir de acuerdo a la opinión de usted, aun si es la opinión mayoritaria?
 
Es probable que usted aún no esté listo para comprender a las personas trans y coexistir con leyes que les reconozcan el derecho de decidir qué y quiénes son. Es probable que nunca lo esté.
 
El problema es que las personas trans no tienen tiempo para esperar a que usted, los policías y el resto de la sociedad estén listos. No tienen por qué esperar que el CENESEX le imparta un curso a la Policía y los agentes entiendan que una persona trans no es una criminal.
 
Estas personas tienen una sola vida, que quieren y merecen vivir con dignidad y derechos ahora. Para eso, lo primero que necesitan es una Ley de Identidad de Género.
 
Si las minorías se hubieran sentado a aguardar hasta que toda la sociedad estuviera preparada, ¿cuánto se habría tenido que esperar por la legalización de los matrimonios interraciales o por que las mujeres y las personas negras de ambos sexos tuvieran derecho a votar.
 
Una Ley de Identidad de Género no implica que usted tenga la obligación de invitar personas trans a su casa y ser amigo de ellas. Lo cierto es que ellas no necesitan su amistad, ni siquiera su comprensión. Necesitan y exigen respeto.
 



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