En la balanza el ordenamiento legal
Tras la decisión del Tribunal Supremo de EE.UU.,
el Código Civil de Puerto Rico podría tener que ser revisado a fondo
Por Israel Rodríguez Sánchez /
En Puerto Rico una mujer tiene derecho a practicarse un aborto, no porque se decidiera localmente, sino porque la corte suprema de EU así lo determinó. Por causa de la relación política particular que tiene PR con EU, las determinaciones de la corte suprema de ese país aplican a PR.
La opinión del Tribunal Supremo de Estados Unidos que reconoce derechos a los matrimonios del mismo sexo coloca a Puerto Rico frente a una ineludible corriente que puede obligar al gobierno y otros sectores a extender derechos adicionales a la población homosexual.
En primer lugar, el Estado tiene sus propios retos. El principal de ellos es la posibilidad de cambiar el ordenamiento legal que niega derechos a la comunidad lésbica, gay, bisexual, transgénero y transexual (LGBTT). Para eso, habría que empezar por revisar todo el Código Civil y replantearse de una manera coherente todos los temas relacionados con las leyes de familia.
“Esos cambios en las leyes deben salir de la Legislatura. La opinión del Supremo debe ser un mensaje para que miren la legislación y ver si se está discriminando por orientación sexual”, advirtió ayer la presidenta del Colegio de Abogados, Ana Irma Rivera Lassén.
En segundo lugar, la comunidad LGBTT se enfrenta a un nuevo panorama. Si, por ejemplo surgieran nuevos casos ante los tribunales, el Supremo federal ya ha sentado una base sobre este tema que va dirigida al reconocimiento de más derechos, incluido el matrimonio gay.
“El lenguaje que utilizan los jueces es que tratar de restringir derechos violenta la Quinta Enmienda y tambien la Undécima; deja entrever que si llega un nuevo caso al Supremo, con la composición que tiene ahora, tendría alta probabilidad de que se viabilice el matrimonio gay”, afirmó Amárilis Pagán, directora ejecutiva del Proyecto Matria.
No obstante, Pagán aclaró que el fin último de la lucha gay no es el matrimonio. “Lo importante es que la comunidad LGBTT merece protección amplia y esta decisión añade argumentos al trabajo que hacemos. Pero aún nos queda un camino largo, como que no se discrime en la búsqueda de vivienda y se nos reconozca plenamente en la Ley 100 de derechos civiles en la Isla”, agregó.
Como en Puerto Rico hay tantos programas con fondos federales, existe la posibilidad de que se cuestione si la prohibición al matrimonio gay afecta el acceso a ellos, opinó el abogado Osvaldo Burgos, especialista en derechos humanos. “Por ejemplo, si viniera algún beneficio contributivo a nivel local, pero que esté basado en una disposición federal, alguien podría levantar cuestionamientos de trato desigual”.
Aunque las disposiciones laborales en Puerto Rico no cambian con la decisión del Supremo, también queda abierta la puerta para discutir el tema más a fondo, lo que podría provocar cambios en la legislación laboral, sostuvo Michelle Benítez, portavoz de la Sociedad para la Gerencia de los Recursos Humanos.
Benítez explicó que como en Puerto Rico no se ha aprobado el matrimonio entre personas del mismo sexo, la decisión no impacta de momento. Sin embargo señaló que el 50% de las compañías multinacionales, muchas de las cuales tienen presencia en Puerto Rico, voluntariamente han incluido en el paquete de beneficios de empleados a las parejas de hecho, y también ha incrementado el número que está incluyendo a las parejas del mismo sexo.
Por su parte, Iraelia Pernas, directora ejecutiva de la Asociación de Compañías de Seguros (Acodese), recordó que en la Legislatura hay una enmienda pendiente al Código de Seguros de Salud, que incluye una definición de “cohabitante”, la que permitiría la inclusión de parejas del mismo sexo en la póliza.
Por último, la meta del sector religioso de impulsar nuevamente que se enmiende la Constitución para elevar a rango constitucional que el matrimonio es entre un hombre y una mujer podría quedar en nada. Esto porque el Supremo no entró a evaluar la impugnación de la llamada propuesta 8 de California. Por eso, prevalece una decisión del Tribunal de Apelaciones que determinó que una mayoría no puede afectar los derechos constitucionales de una minoría.
“Esto afecta enormemente la posibilidad de que una propuesta como esa pueda pasar de primera base”, dijo el licenciado Ricardo Alfonso, exdirector de la Clínica de Discrimen por Orientación Sexual e Identidad de Género de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico.
A nivel de Puerto Rico existe una clara y militante oposición de sectores religiosos y conservadores a la hora de conceder el derecho del matrimonio a personas del mismo sexo. Estos sectores intentan que la discusión gire en torno a temas de familia y tradiciones. Entendemos que estos argumentos carecen de justificación válida, aún así pueden encontrar eco a nivel legislativo de parte de políticos conservadores y de carreristas políticos que solo miran las manifestaciones para apoyar las causas de los que más llevan. Sin embargo, a nivel de las cortes federales la discusión gira en torno a si es constitucional negarle a las personas del mismo sexo el derecho al matrimonio, el cual es permitido a heterosexuales.
Dentro de este escenario, si la Corte Suprema de EU decide que es inconstitucional prohibir que las personas del mismo sexo se casen, no importa las manifestaciones que realicen los grupos opositores, ni los discursos oportunistas que digan los carreristas políticos; será una realidad: podremos casarnos.
Gerardo Alvarado y Marian Díaz colaboraron en esta historia.